Servicios El Recurso SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La ejecución de trabajos, obras o servicios vinculados, directa o indirectamente a la construcción, movimientos de tierra, urbanizaciones, instalaciones de redes de agua potable, alcantarillado, pavimentación de caminos y aguas lluvias, ya sea por cuenta propia o ajena; ejecutar en bienes raíces toda clase de modificaciones, edificaciones y transformaciones, construir en ellos, subdividirlos, urbanizarlos y lotearlos; la administración por cuenta propia y/o de terceros de edificios de departamentos, de oficinas, comunidades de copropietarios y condominios, y de locales comerciales e industriales y de empresas; prestar asesorías y consultorías de todo tipo a terceros, así como efectuar asesorías en negocios; y en general, realizar toda clase de operaciones relacionadas directamente con el objeto social.
Sócios (1)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 77.025.898-7 | 77.025.898-7 | - | - |
Administradores (1)
Edmundo Andrés Hermosilla Varas
Histórico societário relatado
- Constituição· 27 de junho de 2019
La sociedad fue constituida por escritura pública.
- Outro ato
La modificación reemplaza el objeto social y la cláusula de administración.
Texto oficial do extrato
Pedro Hernán Álvarez Lorca, Notario Público de la Primera Notaria de Buin, Aníbal Pinto 269, local 5, certifico: Por escritura pública de fecha 04 de octubre de 2024, otorgada ante doña Alondra Valeska Borje Bastias, Notario Público Suplente de este oficio, bajo el Repertorio N° 1461-2024, Agrícola El Recurso SpA, RUT: 77.025.898-7, quien su vez es representada por don Edmundo Andrés Hermosilla Varas, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula de identidad número 15.367.654-2, ambos domiciliados para estos efectos en Lote 96 resultante de la subdivisión de la parcela número 76 del Proyecto de Parcelación El Recurso, comuna de Buin, como único accionista de SERVICIOS EL RECURSO SpA, RUT 77.050.478-3, ANTECEDENTES.- La sociedad fue constituida por escritura pública de fecha 27 de Junio del año dos mil diecinueve, otorgada ante el Notario de San Miguel, don Jorge Reyes Bessone, e inscrita a fojas 54525 número 26959, del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019, extracto que fue publicado en el Diario Oficial, el día 20 de Julio del año 2019. MODIFICACIONES: A) OBJETO: Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La ejecución de trabajos, obras o servicios vinculados, directa o indirectamente a la construcción, movimientos de tierra, urbanizaciones, instalaciones de redes de agua potable, alcantarillado, pavimentación de caminos y aguas lluvias, ya sea por cuenta propia o ajena; b) Ejecutar en bienes raíces toda clase de modificaciones, edificaciones y transformaciones, construir en ellos, subdividirlos, urbanizarlos y lotearlos, c) La administración por cuenta propia y/o terceros, de edificios de departamentos, de oficinas, comunidades de copropietarios y condominios, y de locales comerciales e industriales y de empresas, realizar todas las actividades inherentes a dicha administración, en especial, suministrar todos los servicios necesarios para el buen funcionamiento de éstos; cuidar, vigilar y reparar los bienes y servicios, de uso común, cobrar y percibir los gastos comunes, cobrar y percibir específicamente los servicios y/o distribución de la energía eléctrica y de agua potable rural, contratar seguros, contratar personal, contratar con empresas de consumo, representar a sus mandantes ante autoridades políticas, administrativas y judiciales; d) Prestar asesorías y consultorías de todo tipo a terceros, así como efectuar asesorías en negocios. e) en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directamente con el objeto social y todos aquellos que tengan como finalidad ejercer los derechos y cumplir con las obligaciones legales o convencionalmente derivados de la existencia y actividad de la Sociedad; B) ADMINISTRACION se reemplaza del pacto constitutivo el titulo tercero TÍTULO TERCERO. Administración de la sociedad. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: La administración de la sociedad corresponderá a un administrador elegido por la Junta de Accionistas, quien la ejercerá con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y se mantendrán en su cargo hasta que la Junta de Accionistas acuerde reemplazarlos. Cada vez que alguna norma de la Ley y/o el Reglamento sea aplicable a la sociedad y haga referencia a alguna facultad, derecho o deber del Directorio, se entenderá que la respectiva referencia es hecha a él o los administradores. En todo lo no modificado quedan plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo, Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Buin, 16 de Octubre de 2024.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
SERVICIOS EL RECURSO SpA
CVE 2559904
