Servicios Médicos Profesionales Los Robles Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$300.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
FERNANDO RAMIRO VEGA GONZALEZ Socio 13.xxx.xxx-0 | 13.xxx.xxx-0 | 70% | $210.000 |
CAROLINA ANDREA VASQUEZ ANTONIO Socio 15.xxx.xxx-3 | 15.xxx.xxx-3 | 30% | $90.000 |
Histórico societário relatado
- Constituição· 21 de junho de 2019
Constitución de la sociedad Servicios Médicos Profesionales Los Robles Limitada por Fernando Ramiro Vega Gonzalez y Carolina Andrea Vasquez Antonio.
FERNANDO RAMIRO VEGA GONZALEZ · CAROLINA ANDREA VASQUEZ ANTONIO
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha once de Diciembre de dos mil veinticinco, ante mí, comparecen: don FERNANDO RAMIRO VEGA GONZALEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, Médico Cirujano Broncopulmonar, cédula nacional de identidad número trece millones novecientos sesenta y dos mil ochocientos setenta y ocho guion cero; y doña CAROLINA ANDREA VASQUEZ ANTONIO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, Médico Cirujano con especialidad en medicina interna, cédula nacional de identidad número quince millones seiscientos veinticinco mil setecientos treinta guion tres, ambos domiciliados en calle Los Conquistadores numero dos mil ciento cinco, casa número trece, de la comuna y ciudad de Temuco, Región De La Araucanía, expusieron: Que por escritura pública de fecha veintiuno de junio del año dos mil diecinueve, en la Notaría de don JORGE ELIAS TADRES HALES, Abogado, Notario Público Titular de la Agrupación de las comunas de Temuco, Padre las Casas, Cunco, Vilcún, Freire y Melipeuco, don FERNANDO RAMIRO VEGA GONZALEZ, y doña CAROLINA ANDREA VASQUEZ ANTONIO, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada “SERVICIOS MÉDICOS PROFESIONALES LOS ROBLES LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y siete millones treinta y ocho mil seiscientos siete guion uno, y anotada al Repertorio bajo el número cinco mil cuatrocientos sesenta y cuatro del año dos mil diecinueve, y cuyo extracto se encuentra inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas setecientos noventa y dos vuelta, bajo el número cuatrocientos noventa y cuatro del año dos mil diecinueve, y publicado en la edición del Diario Oficial número cuarenta y dos mil trescientos noventa y dos, de fecha primero de julio del año dos mil diecinueve. La sociedad se constituyó con un capital social de TRESCIENTOS MIL PESOS, que no ha sido modificado a la fecha, los que fueron aportados de la siguiente forma: a) don FERNANDO RAMIRO VEGA GONZALEZ, aportó la suma de DOSCIENTOS DIEZ MIL PESOS, al contado en dinero en efectivo, correspondiéndole por tanto, el SETENTA POR CIENTO de los haberes y derechos sociales; y b) doña CAROLINA ANDREA VASQUEZ ANTONIO, aportó la suma de NOVENTA MIL PESOS, al contado, en dinero efectivo, correspondiéndole por tanto, el TREINTA POR CIENTO de los haberes y derechos sociales.- PRESENTE MODIFICACIÓN. Por acto escritura, los socios, de común acuerdo deciden modificar la cláusula OCTAVA de la escritura de constitución de la sociedad, ya singularizada, y que dicen relación con la distribución de utilidades y pérdidas entre los socios, estableciendo porcentajes distintos a los de su participación y en consecuencia, deja sin efecto además cualquier disposición de la escritura de constitución señalada en la cláusula anterior, que diga relación con este aspecto, entendiéndose desde ahora y para todos los efectos, en el siguiente sentido: “OCTAVO: DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES Y EVENTUALES PERDIDAS. Las utilidades y eventuales perdidas que arroje el balance de la sociedad, deducidas las reservas legales, se distribuirán entre los socios en la siguiente proporción: a) de un SESENTA POR CIENTO para el socio FERNANDO RAMIRO VEGA GONZALEZ, y b) de un CUARENTA POR CIENTO para la socia CAROLINA ANDREA VASQUEZ ANTONIO. Los socios de común acuerdo declaran y establecen que las proporciones antes señaladas tienen directa relación con las obligaciones personales que cada socio tendrá en el desarrollo del giro de la sociedad, de conformidad a los servicios y trabajo personal que cada uno de ellos realizará en la actividad social. Si la razonabilidad de los criterios mencionados y/o el porcentaje de las atribuciones expresamente asignadas, se ve alterada por circunstancias en el futuro, los socios de común acuerdo podrán modificarlo cumpliendo las solemnidades legales requeridas para este tipo societario”.- En todo lo que no se modifica por el presente instrumento, seguirán vigentes íntegramente las estipulaciones del pacto social señalado en la cláusula PRIMERA del instrumento extractado.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 16 de Diciembre de 2025.
Informações societárias
Objeto social
La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina, principalmente toda actividad relacionada con la medicina general, medicina interna, medicina broncopulmonar adulto, y en el área de la salud en general y en todas y cada una de las especialidades relacionadas, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales. Además, la participación en investigaciones, la realización de docencia, ya sea en universidades, institutos, instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales, en las áreas ya referidas, esto es, servicios médicos y área de la salud en general, pudiendo postular y adjudicarse proyectos, concursos, licitaciones, nacionales o extranjeros, públicas o privadas, en las áreas del giro social.
Capital
Capital total
$300.000
Capital integralizado
$300.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
FERNANDO RAMIRO VEGA GONZALEZ Socio 13.xxx.xxx-0 | 13.xxx.xxx-0 | 70% | $210.000 |
CAROLINA ANDREA VASQUEZ ANTONIO Socio 15.xxx.xxx-3 | 15.xxx.xxx-3 | 30% | $90.000 |
Administradores (2)
FERNANDO RAMIRO VEGA GONZALEZ
CAROLINA ANDREA VASQUEZ ANTONIO
Texto oficial do extrato
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha veintiuno de Junio de dos mil diecinueve, ante mí, don FERNANDO RAMIRO VEGA GONZALEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, Médico Cirujano Broncopulmonar, cédula nacional de identidad número trece millones novecientos sesenta y dos mil ochocientos setenta y ocho guion cero; y doña CAROLINA ANDREA VASQUEZ ANTONIO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, Médico Cirujano con especialidad en medicina interna, cédula nacional de identidad número quince millones seiscientos veinticinco mil setecientos treinta guion tres; ambos domiciliados en calle Los Conquistadores numero dos mil ciento cinco, casa número trece, de la comuna y ciudad de Temuco, Región De La Araucanía, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada.- RAZON SOCIAL: “SERVICIOS MÉDICOS PROFESIONALES LOS ROBLES LIMITADA”, nombre de fantasía “LOS ROBLES LTDA.”.- ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderá a ambos socios don FERNANDO RAMIRO VEGA GONZALEZ, y doña CAROLINA ANDREA VASQUEZ ANTONIO, en forma conjunta o separada, indistintamente, facultades en pacto social.- CAPITAL: $300.000.-, los que serán aportados por los socios, de la siguiente manera: a) don FERNANDO RAMIRO VEGA GONZALEZ, aporta la suma de DOSCIENTOS DIEZ MIL PESOS, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social en acto escritura, correspondiéndole por tanto, el SETENTA POR CIENTO de los haberes y derechos sociales; b) Doña CAROLINA ANDREA VASQUEZ ANTONIO aporta la suma de NOVENTA MIL PESOS, al contado, en dinero efectivo, en acto escritura ingresado en caja social, correspondiéndole por tanto, el TREINTA POR CIENTO de los haberes y derechos sociales.- Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. OBJETO: será: La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina, principalmente toda actividad relacionada con la medicina general, medicina interna, medicina broncopulmonar adulto, y en el área de la salud en general y en todas y cada una de las especialidades relacionadas, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales. Además, la participación en investigaciones, la realización de docencia, ya sea en universidades, institutos, instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales, en las áreas ya referidas, esto es, servicios médicos y área de la salud en general, pudiendo postular y adjudicarse proyectos, concursos, licitaciones, nacionales o extranjeros, públicas o privadas, en las áreas del giro social. DURACION: empezará a regir con fecha escritura y tendrá una duración de cinco años, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, forma establecida en escritura.- DOMICILIO: Temuco, Región de La Araucanía, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país y en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 27 de Junio de 2019.-
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
SERVICIOS MÉDICOS PROFESIONALES LOS ROBLES LIMITADA
CVE 2743764
- CONSTITUCIÓN
SERVICIOS MÉDICOS PROFESIONALES LOS ROBLES LIMITADA
CVE 1614899
