Inversiones Fema Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$30.300.000
Capital integralizado
$30.300.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
MANUEL ALEJANDRO ACUÑA REYES Socio | - | 99% | $30.000.000 |
DENISSE GLADYS ARÉVALO RAMÍREZ Socio | - | 1% | $300.000 |
Histórico societário relatado
- Constituição· 23 de fevereiro de 2019
Constitución de Inversiones Fema Limitada.
Texto oficial do extrato
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que el día 26 de noviembre de 2019, ante mí, Manuel Alejandro Acuña Reyes, domiciliado en calle Castro N° 5.359, cuidad, comuna y región de Antofagasta; y doña Denisse Gladys Arévalo Ramírez, domiciliada en Valle del Cerro N° 3.966, ciudad, comuna y región de Antofagasta; modificaron el artículo Quinto de la Sociedad “Inversiones Fema Limitada”, constituida por escritura pública de 23 de febrero de 2019, otorgada en la notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha, por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de treinta millones trescientos mil pesos, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: a) don MANUEL ALEJANDRO ACUÑA REYES, aporta la cantidad de treinta millones de pesos, correspondientes al noventa y nueve por ciento de los derechos sociales, que suscribe y paga en este acto con el aporte en dominio del bien inmueble que se singulariza a continuación: Casa número trece del Conjunto Habitacional Villa El Mirador, con acceso por calle Jaime Padrely número doscientos treinta y cuatro, ubicado en el sector de la Población Villa Carrizo, de la comuna de Antofagasta, individualizada en el plano archivado bajo el número seiscientos veintiocho del año mil novecientos noventa y seis. Los deslindes generales del terreno sobre el que se construyó el conjunto habitacional, son: AL NORTE, en treinta coma treinta y cinco metros, con calle Jaime Padrely; AL SUR, en setenta coma sesenta metros, con lote número dos de la manzana F; AL ORIENTE, en cincuenta y cinco metros, en línea curva con otros propietarios; y AL PONIENTE, en treinta y siete coma doscientos veinticinco metros, con parte del lote número diez, y con los lotes números once al diecisiete, de la manzana F. Adquirió este inmueble por compra que hizo a don Freddy Alejandro Naranjo Tello según que consta en escritura pública otorgada con fecha veintitrés de noviembre del año dos mil doce en la Sexta Notaría de Antofagasta de doña María Soledad Lascar Merino. El dominio a su favor se encuentra inscrito a fojas novecientos treinta y cuatro vuelta, número mil veintiséis, en el Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta del año dos mil trece. DECLARACIÓN JURADA IVA: La parte vendedora declara bajo fe de juramento que de la venta del bien raíz objeto del presente contrato de compraventa, da cuenta de una convención que se encuentra NO AFECTA O EXENTA del Impuesto a las Ventas y Servicios ya que la venta es efectuada por un vendedor no habitual. La presente Declaración Jurada se efectúa en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución número dieciséis publicada en extracto en el Diario Oficial del treinta y uno de enero de dos mil diecisiete. DECLARACIÓN JURADA ZONA FRONTERIZA: Ambas partes declaran bajo fe de juramento que son chilenos y haber nacido dentro del territorio nacional; y, b) doña DENISSE GLADYS ARÉVALO RAMÍREZ aporta la cantidad de trescientos mil pesos, correspondientes al uno por ciento de los derechos sociales, que paga en este acto, en dinero efectivo.”. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 03 de diciembre de 2019.
Informações societárias
Objeto social
La realización de todo tipo de inversiones de capitales en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, de cualquier especie o naturaleza o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y, en general, toda clase de títulos, valores mobiliarios, efectos de comercio y demás instrumentos de mercado de capitales, sea mediante la adquisición, venta o cesión de derechos; concurrir a la formación, constitución, modificación, transformación o ampliación de otras sociedades de cualquier clase que impliquen efectuar inversiones en actividades de índole comercial o de asesorías económicas; concurrir a la formación, constitución, modificación, transformación o ampliación de otras sociedades de cualquier clase que impliquen efectuar inversiones en actividades de índole comercial o de asesorías económicas y compraventa de inmuebles; la representación judicial o extrajudicial de personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado; la representación en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y para el cumplimiento de objeto social, la sociedad podrá realizar todos los actos, contratos y negociaciones que tiendan a su consecución o que se relacionen con los fines sociales o para aquellos que los socios acuerden.
Capital
Capital total
$65.650.000
Capital integralizado
$65.650.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
MANUEL ALEJANDRO ACUÑA REYES Socio 15.xxx.xxx-1 | 15.xxx.xxx-1 | 99% | $65.000.000 |
DENISSE GLADYS ARÉVALO RAMÍREZ Socio 16.xxx.xxx-6 | 16.xxx.xxx-6 | 1% | $650.000 |
Administradores (1)
MANUEL ALEJANDRO ACUÑA REYES
Texto oficial do extrato
MARGARITA MORANO ZAMORANO, Notario Publico, Suplente del Titular 27° Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha, oficio Orrego Luco N° 0153, Providencia, certifica que por escritura publica de fecha de hoy ante mí, MANUEL ALEJANDRO ACUÑA REYES, chileno, casado en régimen de separación total de bienes, ingeniero mecánico, C.I. N°15.975.487-1, domiciliado en calle Castro N°5359, comuna y ciudad de Antofagasta; y, doña DENISSE GLADYS ARÉVALO RAMÍREZ, chilena, casada en régimen de separación total de bienes, educadora de párvulos, C.I. N°16.489.068-6, domiciliada en Valle del Cerro N°3966, comuna y ciudad de Antofagasta, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada de razón social “INVERSIONES FEMA LIMITADA”;.- Objeto. Uno) La realización de todo tipo de inversiones de capitales en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, de cualquier especie o naturaleza o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y, en general, toda clase de títulos, valores mobiliarios, efectos de comercio y demás instrumentos de mercado de capitales, sea mediante la adquisición, venta o cesión de derechos; Dos) Concurrir a la formación, constitución, modificación, transformación o ampliación de otras sociedades de cualquier clase que impliquen efectuar inversiones en actividades de índole comercial o de asesorías económicas; Tres) Concurrir a la formación, constitución, modificación, transformación o ampliación de otras sociedades de cualquier clase que impliquen efectuar inversiones en actividades de índole comercial o de asesorías económicas y compraventa de inmuebles; Cinco) La representación judicial o extrajudicial de personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado; Seis) La representación en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y, Siete) Para el cumplimiento de objeto social, la sociedad podrá realizar todos los actos, contratos y negociaciones que tiendan a su consecución o que se relacionen con los fines sociales o para aquellos que los socios acuerden. – Administración y uso de razón social: don MANUEL ALEJANDRO ACUÑA REYES, con amplias facultades que detalla instrumento extractado. Domicilio. Ciudad de Antofagasta, Región de Antofagasta, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el resto del país o en el extranjero.- Capital. $65.650.000, que los socios aportan y pagan: a) don MANUEL ALEJANDRO ACUÑA REYES, $65.000.000, correspondientes al 99% de los derechos sociales, que suscribe y paga con el aporte en dominio de los bienes inmuebles que se singularizan en escritura extractada; b) doña DENISSE GLADYS ARÉVALO RAMÍREZ, $650.000, correspondientes al 1% de los derechos sociales, que pagados, en dinero en efectivo al momento de la suscripción del instrumento extractado.- los socios limitan su responsabilidad personal al monto de sus respectivos aportes.- Duración: indefina a contar de la fecha del instrumento extractado.- Demás estipulaciones en instrumento extractado.- Santiago 23 abril 2019.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
Inversiones Fema Limitada
CVE 1708761
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES FEMA LIMITADA
CVE 1584003
