Sociedade de Responsabilidade Limitada77.009.221-3

ATAC Consultores Limitada

MODIFICACIÓN — 2 de ago. de 2023

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2023-08-02Ver PDF (CVE 2354530)

Informações societárias

Ltda
Providencia, Región Metropolitana
Administração: separada e indistintamente por uno cualesquiera de los señores Felipe Ignacio Crespillo Echeverría, Rodrigo Andrés Vásquez Luque y Rodrigo Alfonso Salamanca Palacios

Capital

Capital total

$500.000

Capital integralizado

$500.000

Capital pendente

$0

Sócios (3)

NomeParticipação

Rodrigo Alfonso Salamanca Palacios

Socio

25%

Rodrigo Andrés Vásquez Luque

Socio

25%

FVP Consultores Limitada

Socio

50%

Histórico societário relatado

  1. Cessão de direitos· 19 de julho de 2023

    Mario Alberto Bascuñán Arroyo cede una cuota equivalente al 25% de los derechos sociales a FVP Consultores Limitada y se retira de la sociedad.

    Mario Alberto Bascuñán Arroyo · FVP Consultores Limitada

Texto oficial do extrato

MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Notario Público, titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número tres mil treinta y nueve, piso cinco, comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 19 de julio de 2023, Repertorio N° 10812 / 2023.-, ante mí, don Rodrigo Alfonso Salamanca Palacios, don Rodrigo Andrés Vásquez Luque, don Mario Alberto Bascuñán Arroyo y FVP Consultores Limitada, todos con domicilio en Avenida Providencia número mil doscientos ocho, oficina quinientos cuatro, comuna de Providencia, acordaron modificar la sociedad denominada ATAC Consultores Limitada, inscrita a fojas veintiocho mil novecientos noventa y tres, número catorce mil quinientos setenta y cinco en el Registro de Comercio correspondiente al año dos mil diecinueve del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, como sigue: don Mario Alberto Bascuñán Arroyo vendió, cedió y transfirió una cuota en el capital de la sociedad ascendente a la suma de ciento veinticinco mil pesos, equivalente a un veinticinco por ciento de derechos sociales, a FVP Consultores Limitada. Como consecuencia de la cesión de derechos sociales, FVP Consultores Limitada aumentó su participación en el capital social y don Mario Alberto Bascuñán Arroyo se retiró de la sociedad. Con el propósito de dar cuenta de lo anterior en los estatutos sociales, los actuales y únicos socios de la compañía, esto es, don Rodrigo Alfonso Salamanca Palacios, don Rodrigo Andrés Vásquez Luque y FVP Consultores Limitada, acordaron modificar los estatutos sociales, reemplazando el artículo cuarto del actual pacto social por el que sigue: “CUARTO: El capital de la sociedad será la suma de quinientos mil pesos, aportado y pagado por los socios o sus antecesores con anterioridad a este acto y en dinero efectivo, como sigue: a) por don Rodrigo Alfonso Salamanca Palacios, en la suma de ciento veinticinco mil pesos; b) por don Rodrigo Andrés Vásquez Luque, en la suma de ciento veinticinco mil pesos; y c) por la sociedad denominada FVP Consultores Limitada, en la suma de doscientos cincuenta mil pesos.”. Asimismo, acordaron modificar el artículo tercero del contrato de sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “TERCERO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá, separada e indistintamente, a uno cualesquiera de los señores Felipe Ignacio Crespillo Echeverría, Rodrigo Andrés Vásquez Luque y Rodrigo Alfonso Salamanca Palacios.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de julio de 2023.

ModificaçãoDiario Oficial · 2023-03-25Ver PDF (CVE 2291239)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 5 años, renovable sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años
Administração: Uno cualesquiera de Felipe Ignacio Crespillo Echeverría y Mario Alberto Bascuñán Arroyo, actuando conjuntamente con uno cualquiera de Rodrigo Andrés Vásquez Luque y Rodrigo Alfonso Salamanca Palacios

Objeto social

La prestación de servicios, asesorías y consultorías en materias tributarias, sean contables, legales o financieras.

Capital

Capital total

$500.000

Capital integralizado

$500.000

Capital pendente

$0

Sócios (4)

NomeParticipação

Rodrigo Alfonso Salamanca Palacios

Accionista

-

Rodrigo Andrés Vásquez Luque

Accionista

-

Mario Alberto Bascuñán Arroyo

Accionista

-

FVP Consultores Limitada

Accionista

-

Texto oficial do extrato

María Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la 18 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 17 de marzo de 2023, Repertorio 3714 / 2023, ante la Notario Suplente doña Paula Andrea Luna Saez, don Rodrigo Alfonso Salamanca Palacios, don Rodrigo Andrés Vásquez Luque, don Mario Alberto Bascuñán Arroyo y la sociedad denominada FVP Consultores Limitada, todos los anteriores con domicilio para estos efectos en Avenida Providencia número mil doscientos ocho, oficina quinientos cuatro, comuna de Providencia, Región Metropolitana, modificaron la sociedad denominada ATTORNEY & ACCOUNTANT SpA, inscrita a fojas 28993, número 14575, del Registro de Comercio correspondiente al año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, como sigue: Uno. La calidad de don Rodrigo Alfonso Salamanca Palacios, de don Rodrigo Andrés Vásquez Luque, de don Mario Alberto Bascuñán Arroyo y de la sociedad denominada FVP Consultores Limitada como únicos accionistas de la sociedad ATTORNEY & ACCOUNTANT SpA, consta del Registro de Accionistas vigente a la fecha del presente instrumento, que ha tenido a la vista la Notario que autoriza y que es certificado por ella. Dos. Se acordó modificar el nombre de la sociedad, en el sentido que desde ahora en adelante se denomina ATAC CONSULTORES SpA. Como consecuencia de lo anterior, se reemplazó íntegramente la cláusula primera de los estatutos sociales por la siguiente: “PRIMERO: La sociedad se denomina ATAC CONSULTORES SpA. Su domicilio es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder constituir agencias, oficinas y representaciones en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados.”. Tres. Se acordó modificar el objeto de la sociedad, en el sentido de limitarlo a la prestación de servicios, asesorías y consultorías en materias tributarias, sean contables, legales o financieras. Como consecuencia de lo anterior, se reemplazó íntegramente la cláusula tercera de los estatutos sociales por la siguiente: “TERCERO: El objeto de la sociedad es la prestación de servicios, asesorías y consultorías en materias tributarias, sean contables, legales o financieras.”. Cuatro. Se acordó transformar la sociedad en una sociedad civil de responsabilidad limitada cambiando en tal sentido su especie o tipo social con subsistencia de su personalidad jurídica y reformando sus estatutos, los que se extractan como sigue: La sociedad se denominará ATAC CONSULTORES LIMITADA y su objeto es la prestación de servicios, asesorías y consultorías en materias tributarias, sean contables, legales o financieras. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno cualesquiera de los señores Felipe Ignacio Crespillo Echeverría y Mario Alberto Bascuñán Arroyo, actuando conjuntamente con uno cualquiera de los señores Rodrigo Andrés Vásquez Luque y Rodrigo Alfonso Salamanca Palacios. El capital de la sociedad será la suma de quinientos mil pesos, aportado y pagado por los socios en este acto y en dinero efectivo, como sigue: a) por don Rodrigo Alfonso Salamanca Palacios, en la suma de ciento veinticinco mil pesos; b) por don Rodrigo Andrés Vásquez Luque, en la suma de ciento veinticinco mil pesos; c) por don Mario Alberto Bascuñán Arroyo, en la suma de ciento veinticinco mil pesos; y d) por la sociedad denominada FVP Consultores Limitada, en la suma de ciento veinticinco mil pesos. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. La sociedad rige desde esta fecha y durará cinco años, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que se deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de tres meses de anticipación al respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Santiago, 23 de marzo de 2023.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    ATAC Consultores Limitada

    CVE 2354530

  2. MODIFICACIÓN

    ATTORNEY & ACCOUNTANT SpA

    CVE 2291239

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