Sociedad Heladera Del Sur SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Ações
7.000
Sócios (1)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 9.xxx.xxx-0 | 9.xxx.xxx-0 | 100% | - |
Administradores (1)
Histórico societário relatado
- Constituição· 1 de fevereiro de 2019
Se constituye la sociedad bajo la razón social Sociedad Heladera del Sur Limitada.
- Transformação· 7 de março de 2025
La sociedad de responsabilidad limitada se transforma en sociedad por acciones bajo la razón social Sociedad Heladera del Sur SpA.
- Outro ato· 11 de abril de 2025
Se rectifica la escritura de transformación de sociedad.
- Mudança de administrador· 17 de outubro de 2025
Se modifica el régimen de administración y Marianne Pilar Toy Meza vende y cede sus acciones a Adolfo Osvaldo Toy Fagalde.
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad calle A. Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 17 de Octubre de 2025, otorgada ante mí, don ADOLFO OSVALDO TOY FAGALDE, chileno, transportista, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número nueve millones trescientos noventa y seis mil ochocientos diecinueve guión cero y doña MARIANNE PILAR TOY MEZA, chilena, soltera, enfermera, cedula de identidad número dieciocho millones ciento treinta mil ochocientos veintinueve guión K, ambos domiciliados en avenida Portal del Maipo número cero ciento treinta y siete de la ciudad y comuna de Temuco, modificaron sociedad por acciones que gira bajo razón social: “SOCIEDAD HELADERA DEL SUR SpA”, nombre de fantasía: “COMERCIALIZADORA DEL SUR SpA”, rol único tributario número setenta y seis millones novecientos ochenta y seis mil seiscientos guión cero.- CONSTITUIDA con fecha primero de Febrero del año dos mil diecinueve, como sociedad de responsabilidad limitada bajo la razón social: “SOCIEDAD HELADERA DEL SUR LIMITADA” nombre de fantasía: “COMERCIALIZADORA DEL SUR LIMITADA”, por escritura pública otorgada ante el Notario Público de la ciudad de Temuco don Rodrigo Sanhueza Ríos, suplente del titular don Juan Antonio Loyola Opazo. El extracto de dicha escritura de Constitución de Sociedad rola inscrito a fojas doscientos dieciséis vuelta número ciento cuarenta del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil diecinueve y fue publicado en el Diario Oficial, en su edición número cuarenta y dos mil doscientos setenta y cinco, de fecha ocho de Febrero del año dos mil diecinueve.- Posteriormente los constituyentes por escritura pública de fecha siete de Marzo del año dos mil veinticinco, suscrita ante el Notario de la ciudad de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, TRANSFORMARON la sociedad de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones bajo la razón social: “SOCIEDAD HELADERA DEL SUR SpA”, pudiendo actuar con el nombre de fantasía: “COMERCIALIZADORA DEL SUR SpA”. El extracto de la escritura de Transformación de Sociedad rola inscrito a fojas trescientos cincuenta vuelta número ciento ochenta y siete del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil veinticinco y fue publicado en el Diario Oficial, en su edición número cuarenta y cuatro mil ciento seis de fecha veintidós de Marzo del año dos mil veinticinco.- Dicha escritura de Transformación de Sociedad fue RECTIFICADA por escritura pública de fecha once de Abril del año dos mil veinticinco, ante el Notario Público de la ciudad de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, cuyo extracto rola inscrito a fojas trescientos cincuenta y dos número ciento ochenta y ocho del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil veinticinco y fue publicado en el Diario Oficial, en su edición número cuarenta y cuatro mil ciento treinta y dos de fecha veinticuatro de Abril del año dos mil veinticinco.- PRESENTES MODIFICACIONES: Por acto escritura don ADOLFO OSVALDO TOY FAGALDE y doña MARIANNE PILAR TOY MEZA, modifican la sociedad “SOCIEDAD HELADERA DEL SUR SpA”, siguientes sentidos: Uno) Modificación del régimen de administración. La administración de “SOCIEDAD HELADERA DEL SUR SpA” corresponderá exclusivamente a don ADOLFO OSVALDO TOY FAGALDE, quien la ejercerá por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública. El administrador, actuando en forma individual y separada, ya sea por sí o por medio de los apoderados que designe al efecto de conformidad con la presente cláusula, tendrá las más amplias facultades de administración, facultades en escritura extractada.- Dos) Venta y cesión de acciones. Doña MARIANNE PILAR TOY MEZA vende, cede y transfiere a don ADOLFO OSVALDO TOY FAGALDE, quien compra y adquiere para sí, el cien por ciento de las acciones y participación en el capital social que a la primera corresponden en la sociedad “SOCIEDAD HELADERA DEL SUR SpA” consistentes en tres mil quinientas acciones equivalentes al cincuenta por ciento del capital social. El precio de la venta o cesión es la suma de tres millones quinientos mil pesos que don ADOLFO OSVALDO TOY FAGALDE pagó a doña MARIANNE PILAR TOY MEZA, forma estipulada en escritura.- En virtud de lo anterior, doña MARIANNE PILAR TOY MEZA deja de ser socia en la sociedad “SOCIEDAD HELADERA DEL SUR SpA”, quedando como único socio don ADOLFO OSVALDO TOY FAGALDE.- En todo lo no modificado a través del presente instrumento, rigen plenamente las disposiciones contenidas en las escrituras señaladas anteriormente.- Demás estipulaciones escritura extractada. Temuco, 24 de octubre de 2025.
Informações societárias
Capital
Capital total
$7.000.000
Capital integralizado
$7.000.000
Capital pendente
$0
Ações
7.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 9.xxx.xxx-0 | 9.xxx.xxx-0 | 50% | $3.500.000 |
Accionista 18.xxx.xxx-k | 18.xxx.xxx-k | 50% | $3.500.000 |
Histórico societário relatado
- Constituição· 1 de fevereiro de 2019
Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD HELADERA DEL SUR LIMITADA, con nombre de fantasía COMERCIALIZADORA DEL SUR LIMITADA.
- Transformação· 7 de março de 2025
La sociedad SOCIEDAD HELADERA DEL SUR LIMITADA se transformó en una sociedad por acciones denominada SOCIEDAD HELADERA DEL SUR SpA.
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifica: por escritura fecha 11 de Abril de 2025, ante mi, ADOLFO OSVALDO TOY FAGALDE, chileno, transportista, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número nueve millones trescientos noventa y seis mil ochocientos diecinueve guión cero y MARIANNE PILAR TOY MEZA, chilena, soltera, enfermera, cedula de identidad número dieciocho millones ciento treinta mil ochocientos veintinueve guión K, ambos domiciliados en Avenida Portal del Maipo número cero ciento treinta y siete de la ciudad y comuna de Temuco, expusieron: Uno) Que por escritura pública de fecha primero de febrero del año dos mil diecinueve, suscrita ante el Notario Público de la ciudad de Temuco don Rodrigo Sanhueza Ríos, suplente del titular don Juan Antonio Loyola Opazo, otorgada bajo el repertorio número seiscientos veinticuatro / dos mil diecinueve, los comparecientes constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD HELADERA DEL SUR LIMITADA” cuyo nombre de fantasía es “COMERCIALIZADORA DEL SUR LIMITADA”. El extracto de dicha escritura de constitución de sociedad rola inscrito a fojas doscientos dieciséis vuelta número ciento cuarenta del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil diecinueve y fue publicado en el Diario Oficial, en su edición número cuarenta y dos mil doscientos setenta y cinco, de fecha ocho de febrero del año dos mil diecinueve.- Dos) Que por escritura pública de fecha siete de marzo del año dos mil veinticinco, suscrita ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, otorgada bajo el repertorio número mil doscientos cuarenta y seis / dos mil veinticinco, los comparecientes transformaron la sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD HELADERA DEL SUR LIMITADA”, Rol Único Tributario setenta y seis millones novecientos ochenta y seis mil seiscientos guion cero, singularizada en el número Uno) precedente, en una sociedad por acciones denominada “SOCIEDAD HELADERA DEL SUR SpA”. Un extracto de dicha escritura de transformación de sociedad fue publicado en el Diario Oficial con fecha veintidós de marzo del año dos mil veinticinco en su edición número cuarenta y cuatro mil ciento seis.- PRESENTE RECTIFICACION: Que por este acto y través de la escritura extractada, vienen en rectificar la escritura pública de transformación de sociedad ya singularizada de fecha siete de marzo de dos mil veinticinco en el siguiente sentido: A) Se rectifica la cláusula SEGUNDO, TÍTULO SEGUNDO, ARTÍCULO QUINTO de la citada escritura pública de transformación de sociedad, en aquella parte en que por un error involuntario se señaló que el capital de la sociedad, ascendente a SIETE MILLONES DE PESOS, se divide en MIL acciones nominativas, debiendo decir que dicho capital se divide en SIETE MIL acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. En razón de lo anterior, la citada cláusula SEGUNDO, TÍTULO SEGUNDO, ARTÍCULO QUINTO de la citada escritura, queda redactada en los siguientes términos: “TÍTULO SEGUNDO. Del capital de la sociedad. ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de SIETE MILLONES DE PESOS dividido en SIETE MIL acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal”. B) Se rectifica la cláusula SEGUNDO, DISPOSICIONES TRANSITORIAS, ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO de la citada escritura pública de transformación de sociedad, en aquella parte en que por un error involuntario se señaló que el capital de la sociedad, ascendente a SIETE MILLONES DE PESOS se divide en MIL acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, debiendo decir que dicho capital se divide en SIETE MIL acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. En razón de lo anterior, la citada cláusula SEGUNDO, DISPOSICIONES TRANSITORIAS, ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO, queda redactada en los siguientes términos: “DISPOSICIONES TRANSITORIAS. ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad ascendente a la cantidad de SIETE MILLONES DE PESOS dividido en SIETE MIL acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, ha sido suscrito y pagado por los accionistas constituyentes de la siguiente forma: don ADOLFO OSVALDO TOY FAGALDE suscribe TRES MIL QUINIENTAS acciones ordinarias de serie única, equivalentes a la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, los que en este acto ingresan a la caja social y doña MARIANNE PILAR TOY MEZA suscribe TRES MIL QUINIENTAS acciones ordinarias de serie única, equivalentes a la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, los que en este acto ingresan a la caja social”. C) Se rectifica la enumeración de las cláusulas CUARTO y QUINTO de la citada escritura pública de transformación de sociedad, ya que, siguiendo el orden numérico de las cláusulas de dicho instrumento, la cláusula señalada erradamente como CUARTO corresponde en realidad a la cláusula TERCERO y la cláusula señalada erradamente como QUINTO corresponde en realidad a la cláusula CUARTO. En razón de lo anterior, las cláusulas erradamente señaladas como CUARTO y QUINTO de la citada escritura pública, quedan redactadas en los siguientes términos: “TERCERO: Domicilio. Para todos los efectos legales, las partes constituyen domicilio especial en la ciudad y comuna de Temuco.” “CUARTO: Poder especial. Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura, aún en el evento de fallecimiento o incapacidad de las partes, para requerir y firmar las anotaciones, inscripciones y subinscripciones que en Derecho procedan ante el Conservador de Bienes Raíces respectivo, requerir las publicaciones pertinentes y realizar los demás trámites de legalización de la sociedad y, en especial, para tramitar ante la oficina del Servicio de Impuestos Internos que corresponda los trámites relativos a su iniciación de actividades y posteriores timbrajes.- Se faculta irrevocablemente a los Abogados doña Sonia Vargas Etcheberry y don Marcos Antonio Ríos Acosta, para que actuando indistintamente y en representación de los comparecientes, suscriban las escrituras públicas o privadas necesarias para corregir, enmendar, agregar, complementar o sanear la presente escritura pública, para su plena vigencia de acuerdo a la Ley”.- En todo lo no modificado a través del presente instrumento, rigen íntegramente las disposiciones contenidas en la escritura de transformación de sociedad ya singularizada.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Temuco, 21 de Abril de 2025.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD HELADERA DEL SUR SpA
CVE 2721806
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD HELADERA DEL SUR LIMITADA
CVE 2637734
