Inmobiliaria El Refugio Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital integralizado
$5.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $2.500.000 |
Socio | - | 50% | $2.500.000 |
Administradores (1)
Histórico societário relatado
- Cessão de direitos· 8 de maio de 2020
Syver Joseph Balada Gutierrez cede el 50% de sus derechos sociales a María José Miranda Montero y se retira de la sociedad.
SYVER JOSEPH BALADA GUTIERREZ · MARÍA JOSÉ MIRANDA MONTERO · OSCAR ARTURO AZÓCAR PIECKERT
Texto oficial do extrato
NANCY DE LA FUENTE HERNANDEZ, abogado, Notario Público Titular 37 Notaría de Santiago, Huérfanos 1117 oficina 1014, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 08 de mayo de 2020, Rep N° 1424, ante mi, don OSCAR ARTURO AZÓCAR PIECKERT y doña MARÍA JOSÉ MIRANDA MONTERO, ambos para estos efectos domiciliados en Bezanilla 1330, comuna de Independencia, ciudad de Santiago; y don SYVER JOSEPH BALADA GUTIERREZ, domiciliado en Vitacura 3578, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, modificaron la sociedad denominada INMOBILIARIA EL REFUGIO LIMITADA, inscrita a fojas 95.742 número 49.141 del Registro de Comercio de 2018, en los siguientes términos: UNO. CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES. Don SYVER JOSEPH BALADA GUTIERREZ vende, cede y transfiere el cincuenta por ciento de los derechos sociales de la Sociedad a doña MARÍA JOSÉ MIRANDA MONTERO, cediendo por tanto el total de su participación social y retirándose de la sociedad. El precio de esta cesión es la cantidad única y total de dos millones seiscientos seis mil pesos chilenos. Como consecuencia de la venta y cesión de derechos sociales quedan como únicos socios de la Sociedad: A) Don ÓSCAR ARTURO AZÓCAR PIECKERT, titular del cincuenta por ciento de los derechos sociales; y B) Doña MARÍA JOSÉ MIRANDA MONTERO titular del cincuenta por ciento de los derechos sociales. DOS. MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO QUINTO DE LOS ESTATUTOS. Como consecuencia de la venta cesión de derechos sociales, los actuales y únicos socios de la Sociedad acuerdan sustituir la cláusula quinta de estatutos sociales por la siguiente: “Artículo Quinto: Capital. El capital social es la cantidad de cinco millones de pesos, que se aporta, entera y paga por los socios, en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación: (A) Don ÓSCAR ARTURO AZÓCAR PIECKERT, aporta la cantidad de dos millones quinientos mil pesos, que equivalen al cincuenta por ciento del capital social, íntegramente pagados y enterados a la caja social; y (B) Doña MARÍA JOSÉ MIRANDA MONTERO, aporta la cantidad de dos millones quinientos mil pesos, que equivalen al cincuenta por ciento del capital social, íntegramente pagados y enterados a la caja social”. TRES. MODIFICACION DEL ARTÍCULO SÉPTIMO DE LOS ESTATUTOS RELATIVOS A LA ADMINISTRACIÓN. Asimismo, los actuales y únicos socios de la Sociedad, acordaron modificar la cláusula Séptima de los estatutos de la Sociedad relativa a la administración, señalando que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a don OSCAR ARTURO AZÓCAR PIECKERT, quien actuará en nombre y representación de la sociedad con todas las facultades señaladas en el Artículo Octavo siguiente de los estatutos sociales. En todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el estatuto social, en especial respecto a limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 14 de mayo de 2020.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA EL REFUGIO LIMITADA
CVE 1767263
