Sociedad Paula Cartes Asesoria Inmobiliaria Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: e) desarrollar proyectos habitacionales de habitabilidad y/o técnicos así como la presentación de asistencia técnica, jurídica y social requerida por el ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Histórico societário relatado
- Constituição· 6 de novembro de 2018
Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Sociedad Paula Cartes Asesoria Inmobiliaria Limitada.
Paula Elizabeth Cartes Cortés · María Narcisa Salgado Henríquez
Texto oficial do extrato
RAMON GARCIA CARRASCO, Notario Público Titular de Concepción, con Oficio en calle Rengo 444 de la ciudad, certifico: por escritura pública de fecha 11 de abril de 2019 ante mí, doña Paula Elizabeth Cartes Cortés, Trabajadora Social, casada en régimen patrimonial de separación total de bienes, cédula de identidad número 17.264.882-7 , domiciliado en Avda. Laguna Grande seiscientos veinticinco, casa cinco, San Pedro de la Paz, y doña María Narcisa Salgado Henríquez, Chilena, divorciada, cédula de identidad número 8.179.751-k, trabajadora independiente, domiciliada en Eduardo Frei 244, Curanilahue y de paso por esta. Los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas respectivas, y exponen. PRIMERO: que por escritura pública de fecha 6 de noviembre de dos mil dieciocho, otorgada ante el notario público de Concepción, don RAMON GARCÍA CARRASCO, los comparecientes ya individualizados, vinieron en constituir sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD PAULA CARTES ASESORIA INMOBILIARIA LIMITADA” inscrita a fojas 2663v 2019 del año dos mil dieciocho (2018) en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción y su extracto fue publicado el diario oficial con fecha diez (29) de noviembre de dos mil dieciocho (2018). SEGUNDO: en este acto y por el presente instrumento los comparecientes viene en modificar los siguientes menciones de la escritura de constitución: 1) ARTÍCULO SEGUNDO: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: e) cualquier otra actividad que acuerden los socios. Y 2) ARTÍCULO SÉPTIMO: uno) representar judicialmente a la Sociedad con todas y cada una de las facultades ordinarias y extraordinarias del mandato judicial contempladas en ambos incisos del artículo siete del Código de Procedimiento Civil, las que incluyen la facultad de desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones, renunciar a los recursos y los términos legales, transigir, con declaración expresa que la facultad de transigir comprende también la transacción extrajudicial, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios judiciales o extrajudiciales, percibir, otorgar quitas o esperas. DEBE DECIR: ARTÍCULO SEGUNDO: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: e) desarrollar proyectos habitacionales de habitabilidad y/o técnicos así como la presentación de asistencia técnica, jurídica y social requerida por el ministerio de Vivienda y Urbanismo. ARTÍCULO SÉPTIMO: uno) representar judicialmente a la Sociedad con todas y cada una de las facultades ordinarias y extraordinarias del mandato judicial contempladas en ambos incisos del artículo siete del Código de Procedimiento Civil, las que incluyen la facultad de desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones, renunciar a los recursos y los términos legales, transigir, con declaración expresa que la facultad de transigir comprende también la transacción extrajudicial, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios judiciales o extrajudiciales, percibir, otorgar quitas o esperas, y firmar o suscribir convenios con organismos públicos. TERCERO: estas son todas las modificaciones que se agregan a la sociedad. Concepción, abril 17 de 2019.-
Informações societárias
Capital
Capital total
$1.000.000
Texto oficial do extrato
RAMON GARCIA CARRASCO, Notario Público Titular de Concepción, con Oficio en calle Rengo 444 de la ciudad, Certifico: por escritura pública de fecha 28-03-2019, ante mí, doña Paula Elizabeth Cartes Cortés, Trabajadora Social, Chilena, casada en régimen patrimonial de separación total de bienes, cédula de identidad número 17.264.882-7, domiciliada en Avda. Laguna Grande seiscientos veinticinco, casa cinco, San Pedro de la Paz, por escritura pública de fecha 13 de marzo de dos mil dos mil diecinueve, otorgada ante el notario público de Concepción, don RÁMON GARCÍA CARRASCO, la compareciente ya individualizada , viene en modificar sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD PAULA CARTES ASESORIA INMOBILIARIA LIMITADA” inscrita a fojas 2663v número 2019 del año dos 2018 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción y su extracto fue publicado el Diario Oficial con fecha 29 de noviembre de 2018, RUT 76.972.724-8, Capital. $1.000.000.- En este acto y por el presente instrumento la compareciente viene en rectificar los siguientes menciones de la escritura de modificación: uno) TITULO DEL ESCRITO: se señala como nombre social “PAULA CARTES ASESORIA INMOBILIARIA LIMITADA” y dos) en él artículo primero señala que “ viene en modificar sociedad de responsabilidad limitada “PAULA CARTES ASESORIA INMOBILIARIA LIMITADA” DEBE DECIR: uno) Título del escrito debe decir “SOCIEDAD PAULA CARTES ASESORIA INMOBILIARIA LIMITADA” y dos) señala que “ viene en modificar sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD PAULA CARTES ASESORIA INMOBILIARIA LIMITADA”. Se le otorgan las facultades especiales de aclarar, rectificar, emendar o adicionar nuevas errores, o diferencias que tengan origen en esta escritura, en clausula tercera de la escritura de modificación ya indicada a doña PAULA ELIZABETH CARTES CORTES. Estas son todas las modificaciones que se agregan a la sociedad. Concepción, marzo 29 de 2019.-
Informações societárias
Objeto social
Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: desarrollar proyectos habitacionales de habitabilidad y/o técnicos así como la presentación de asistencia técnica, jurídica y social requerida por el ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Capital
Capital total
$1.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 17.xxx.xxx-7 | 17.xxx.xxx-7 | - | - |
María Narcisa Salgado Henríquez Socio 8.xxx.xxx-k | 8.xxx.xxx-k | - | - |
Representação legal (2)
María Narcisa Salgado Henríquez
Histórico societário relatado
- Constituição· 6 de novembro de 2018
Paula Elizabeth Cartes Cortés y María Narcisa Salgado Henríquez constituyen la sociedad.
Paula Elizabeth Cartes Cortés · María Narcisa Salgado Henríquez
Texto oficial do extrato
RAMON GARCIA CARRASCO, Notario Público Titular de Concepción, con Oficio en calle Rengo 444 de la ciudad, certifico: por escritura pública de fecha 17-01-2019, ante mí, doña Paula Elizabeth Cartes Cortés, Trabajadora Social, Chilena, casada en régimen patrimonial de separación total de bienes, cédula de identidad número 17.264.882-7, domiciliado en Avda. Laguna Grande seiscientos veinticinco, casa cinco, San Pedro de la Paz, y doña María Narcisa Salgado Henríquez, Chilena, divorciada, cédula de identidad número 8.179.751-K, trabajadora independiente, domiciliada en Eduardo Frei 244, Curanilahue. Los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas respectivas, y exponen. PRIMERO: que por escritura pública de fecha 6 de noviembre de 2018, otorgada ante el notario público de Concepción, don RÁMON GARCÍA CARRASCO, los comparecientes ya individualizados, vinieron en constituir sociedad de responsabilidad limitada “PAULA CARTES ASESORIA INMOBILIARIA LIMITADA” inscrita a 2663v número 2019 del año 2018 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción y su extracto fue publicado el Diario Oficial con fecha 29 de noviembre 2018. CVE 1503840. Capital social: Un millón de pesos ($1.000.000.-).- SEGUNDO: en este acto y por el presente instrumento los comparecientes viene en modificar los siguientes menciones de la escritura de constitución: DONDE DICE: 1) ARTÍCULO SEGUNDO: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: e) cualquier otra actividad que acuerden los socios. Y 2) ARTÍCULO SÉPTIMO: uno) representar judicialmente a la Sociedad con todas y cada una de las facultades ordinarias y extraordinarias del mandato judicial contempladas en ambos incisos del artículo siete del Código de Procedimiento Civil, las que incluyen la facultad de desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones, renunciar a los recursos y los términos legales, transigir, con declaración expresa que la facultad de transigir comprende también la transacción extrajudicial, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios judiciales o extrajudiciales, percibir, otorgar quitas o esperas. DEBE DECIR: ARTÍCULO SEGUNDO: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: e) desarrollar proyectos habitacionales de habitabilidad y/o técnicos así como la presentación de asistencia técnica, jurídica y social requerida por el ministerio de Vivienda y Urbanismo. ARTÍCULO SÉPTIMO: uno) representar judicialmente a la Sociedad con todas y cada una de las facultades ordinarias y extraordinarias del mandato judicial contempladas en ambos incisos del artículo siete del Código de Procedimiento Civil, las que incluyen la facultad de desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones, renunciar a los recursos y los términos legales, transigir, con declaración expresa que la facultad de transigir comprende también la transacción extrajudicial, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios judiciales o extrajudiciales, percibir, otorgar quitas o esperas, y firmar o suscribir convenios con organismos públicos. TERCERO: estas son todas las modificaciones que se agregan a la sociedad. Concepción, marzo 13 de 2019.-
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD PAULA CARTES ASESORIA INMOBILIARIA LIMITADA
CVE 1578784
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SOCIEDAD PAULA CARTES ASESORIA INMOBILIARIA LIMITADA
CVE 1572013
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PAULA CARTES ASESORIA INMOBILIARIA LIMITADA
CVE 1561337
