Ascensores Chile SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$1.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 50% | - |
Accionista | - | 50% | - |
Histórico societário relatado
- Constituição· 21 de novembro de 2018
FELIX ARTURO CASTELLANOS y SERGIO CRISTIAN GAETE MORA constituyen ASCENSORES CHILE SpA con 50% de participación cada uno.
Texto oficial do extrato
FELIX JARA CADOT, 41ª Notaría, Huérfanos 1160/ subsuelo, Santiago, certifica: por escritura pública, hoy ante mí: FELIX ARTURO CASTELLANOS, domiciliado en Tercera Avenida mil doscientos veintiuno, departamento mil cuatrocientos siete, comuna de San Miguel, de paso en ésta, y SERGIO CRISTIAN GAETE MORA, domiciliado en pasaje Su Santidad Damaso número cero doscientos treinta y uno, comuna de Quilicura. Con fecha veintiuno de noviembre del año dos mil dieciocho, FELIX ARTURO CASTELLANOS, socio dueño del cincuenta por ciento, y SERGIO CRISTIAN GAETE MORA, dueño del otro cincuenta por ciento de participación social, constituyeron la sociedad por acciones cuya razón social es “ASCENSORES CHILE SpA”, en la notaria de don FELIX JARA CADOT, quedando inscrita a fojas 92.157 número 47.258 del Registro de Comercio del CBR de Santiago, del año 2018. Capital social asciende a $1.000.000. En cuanto a la Administración de la sociedad contemplado en el TITULO TERCERO de la escritura de constitución, se señala: “TITULO TERCERO. DE LA ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO DÉCIMO: Se podrá nombrar uno o más administradores que actúen en forma separada o conjunta. El administrador responderá de sus actos a un directorio, el que será elegido por Junta de Accionistas, debiendo ser integrado por un número impar, elegidos de entre los accionistas. Las responsabilidades del directorio y del administrador, se asimilarán a las responsabilidades establecidas para las sociedades anónimas en su norma especial, asimilando el cargo de administrador al de gerente general de la compañía, en cuanto sea compatible. En todo caso, la administración y representación de la Sociedad corresponderá al Administrador o Administradores.”. RECTIFICACION Y MODIFICACIÓN: Que por este acto, los constituyentes vienen en rectificar y modificar la constitución de la sociedad solo en la parte transcrita en el punto anterior la que quedará en definitiva de la siguiente forma: “TITULO TERCERO. DE LA ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO DÉCIMO: Se podrá nombrar uno o más administradores que actúen en forma separada o conjunta. El administrador será elegido por la Junta de Accionistas, por mayoría absoluta de sus integrantes. La administración y representación de la Sociedad corresponderá al Administrador o Administradores.”. En lo demás, se mantienen las cláusulas de la escritura de constitución. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago a 27 de Marzo de 2019.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
ASCENSORES CHILE SpA
CVE 1575305
