Comercializadora Rosita Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 18.xxx.xxx-9 | 18.xxx.xxx-9 | 50% | - |
Socio 08.xxx.xxx-3 | 08.xxx.xxx-3 | 50% | - |
Administradores (3)
Histórico societário relatado
- Falecimento· 3 de maio de 2021
Fallece la socia Adriana de las Mercedes Diaz Vargas.
- Sucessão· 11 de novembro de 2021
Se concede posesión efectiva de la causante y se anota marginalmente en el Registro de Comercio.
- Cessão de direitos
Rosa Olga Roman Diaz cede 12,5% de sus derechos a Juan Adrian Roman Diaz.
- Cessão de direitos
Juan Miguel Roman Guajardo cede la totalidad de sus derechos sociales a Juan Adrian Roman Diaz.
Texto oficial do extrato
César Maturana Pérez, abogado, Notario Público Interino de la Sexta Notaría de San Miguel, con oficio ubicado en calle Ramón Subercaseaux 1244, comuna de San Miguel, certifico que, por escritura pública otorgada con fecha 19/08/2024, ante mí, repertorio número 1094-2024; doña ROSA OLGA ROMAN DIAZ, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, comerciante, cédula de identidad número dieciocho millones setecientos cuarenta y tres mil treinta y nueve guion nueve, don JUAN ADRIAN ROMAN DIAZ, chileno, casado, comerciante, cédula de identidad número ocho millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil ochenta guion tres; y don JUAN MIGUEL ROMAN GUAJARDO, chileno, viudo, comerciante, cédula de identidad número cinco millones setecientos once mil ochocientos cuarenta guion siete, todos domiciliados para éstos en efectos en Lucila Godoy número cero dos mil trescientos setenta y seis, comuna de Lo Espejo. Modifican la sociedad de Responsabilidad Limitada: “COMERCIALIZADORA ROSITA LIMITADA” RUT N° 76.965.801-7, constituida con fecha 05/11/2018, otorgada en la Notaría de San Miguel don Luis Alberto Maldonado Concha, con oficio en calle Ramón Subercaseaux N°1244, comuna de San Miguel, inscrita en extracto a fojas 85.086 número 43.649, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2018, publicada en Diario Oficial número 42.202, de fecha 12/11/2018, en los siguientes sentidos: Con fecha 03/05/2021, falleció la socia doña ADRIANA DE LAS MERCEDES DIAZ VARGAS, defunción que fue inscrita bajo el número 144, del año 2021, correspondiente a la Circunscripción de Lo Espejo, posesión efectiva fue concedida por Resolución Exenta número 77.161 de fecha 11/11/2021, del Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación de la Región Metropolitana, anotada marginalmente en el Registro de Comercio de Santiago a fs.85.086 N°43.649, año 2018. Los socios que componen actualmente la Sociedad denominada “COMERCIALIZADORA ROSITA LIMITADA, y sus porcentajes, son los siguientes, la sucesión intestada quedada al fallecimiento de doña ADRIANA DE LAS MERCEDES DIAZ VARAS, cuyos integrantes son doña ROSA OLGA ROMAN DIAZ, don JUAN MIGUEL ROMAN GUAJARDO, y don JUAN ADRIAN ROMAN DIAZ, son dueños del cincuenta por ciento de los derechos sociales; y además doña ROSA OLGA ROMAN DIAZ, es dueña por derecho propio del cincuenta por ciento de los derechos sociales. ADJUDICACIÓN DERECHOS: Doña ADRIANA DE LAS MERCEDES DIAZ VARAS, tenía una participación equivalente de 50% de derechos en la sociedad, siendo estos derechos transmitidos, asignándose y adjudicándose los porcentajes de la siguiente manera: doña ROSA OLGA ROMAN DIAZ, se adjudica un 12,5% de la participación del causante en la sociedad, equivalente a $1.250.000; don JUAN ADRIAN ROMAN DIAZ, se adjudica un 12,5% de la participación del causante en la sociedad, equivalente a $1.250.000; y don JUAN MIGUEL ROMAN GUAJARDO, se adjudica un 25% de la participación de la causante en la sociedad, como cónyuge sobreviviente, equivalente a $2.500.000. A consecuencia de lo anterior, quedan con sus porcentajes, y derechos sociales de la siguiente forma; 1) doña ROSA OLGA ROMAN DIAZ, quedó con el SESENTA Y DOS COMA CINCO POR CIENTO DE LOS DERECHOS SOCIALES; 2) don JUAN MIGUEL ROMAN GUAJARDO, quedó con el VEINTICINCO POR CIENTO DE LOS DERECHOS SOCIALES, y 3) don JUAN ADRIAN ROMAN DIAZ, quedó con el DOCE COMA CINCO POR CIENTO DE LOS DERECHOS SOCIALES. Compraventa de Derechos Sociales. Uno) Doña ROSA OLGA ROMAN DIAZ, vende, cede y transfiere, parte de los derechos sociales esto es el 12,5% DE DERECHOS, a don JUAN ADRIAN ROMAN DIAZ, el quien los compra, adquiere y acepta para sí, en la suma de $1.250.000, pagados con anterioridad a acto, al contado; y Dos) Don JUAN MIGUEL ROMAN GUAJARDO, vende, cede y transfiere el total de los derechos sociales esto es el 25% DE DERECHOS, a don JUAN ADRIAN ROMAN DIAZ, el quien los compra, adquiere y acepta para sí, en la suma de $2.500.000, pagados con anterioridad a acto, al contado. Como consecuencia de lo anterior, quedan como únicos y actuales socios, con el cincuenta por 50% para cada uno del haber social doña ROSA OLGA ROMAN DIAZ, y don JUAN ADRIAN ROMAN DIAZ. Los actuales y únicos socios de la sociedad COMERCIALIZADORA ROSITA LIMITADA, modifican cláusula TERCERO de la escritura de constitución que la representación y administración de la Sociedad y el uso de su razón social, corresponderá conjunta, separada e indistintamente para cada uno de los socios, quienes la ejercerán anteponiendo a su firma la razón social, y tendrán todas y cada una de las atribuciones establecidas en pacto social, y se dan por reproducidas. En todo lo no modificado rige pacto social constitutivo y su modificación. Demás estipulaciones escritura extractada. San Miguel, 24 de septiembre de 2024.
Informações societárias
Objeto social
a) la compra, venta, comercialización, importación, exportación, distribución, venta al por mayor y al detalle de toda clase de productos; b) importar, exportar, reexportar, distribuir y comercializar, al por menor y al por mayor, en el país o en el extranjero, toda clase de productos; c) la compra, venta, comercialización, distribución, importación, exportación y consignación de todo tipo de bebidas alcohólicas, y analcohólicas, licores, gaseosas, y todos sus derivados; d) invertir y adquirir bienes muebles e inmuebles, enajenarlos a cualquier título, explotarlos y administrarlos, construir en ellos; y e) cualquier otra actividad que los socios determinen este o no relacionada con el objeto social
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital integralizado
$5.000.000
Capital pendente
$5.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $5.000.000 |
Adriana de las Mercedes Díaz Varas Socio | - | 50% | $5.000.000 |
Administradores (2)
Adriana de las Mercedes Díaz Varas
Texto oficial do extrato
Luis Alberto Maldonado Concha, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con oficio ubicado en calle Ramón Subercaseaux 1244, comuna de San Miguel, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 5 de noviembre de 2018, Rosa Olga Román Díaz, domiciliada en calle Lucila Godoy N°02418, comuna de Lo Espejo, y Adriana de las Mercedes Díaz Varas, domiciliada en calle Lucila Godoy N°02376, comuna de Lo Espejo, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuyas principales cláusulas extracto: Razón Social: “Comercializadora Rosita Limitada”, pudiendo utilizar para fines publicitarios y bancarios el nombre de fantasía de “Rosita Limitada”. Objeto: a) la compra, venta, comercialización, importación, exportación, distribución, venta al por mayor y al detalle de toda clase de productos; b) importar, exportar, reexportar, distribuir y comercializar, al por menor y al por mayor, en el país o en el extranjero, toda clase de productos; c) la compra, venta, comercialización, distribución, importación, exportación y consignación de todo tipo de bebidas alcohólicas, y analcohólicas, licores, gaseosas, y todos sus derivados; d) invertir y adquirir bienes muebles e inmuebles, enajenarlos a cualquier título, explotarlos y administrarlos, construir en ellos; y e) cualquier otra actividad que los socios determinen este o no relacionada con el objeto social. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos de la República o en el extranjero. Duración: 5 años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Capital: $10.000.000.- que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: a\ Rosa Olga Román Díaz, la suma de $5.000.000.- en acto de constitución, al contado y en dinero efectivo, a total conformidad de la Sociedad, esto es, una participación equivalente a un 50% del capital social; y b\ Adriana de las Mercedes Díaz Varas, la suma de $5.000.000.- a enterar en el plazo de una año contado desde la fecha de constitución, esto es, una participación equivalente a un 50% del capital social. Administración: Corresponderá separada e indistintamente a Rosa Olga Román Díaz y a Adriana de las Mercedes Díaz Varas. San Miguel, 8 de noviembre de 2018.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
COMERCIALIZADORA ROSITA LIMITADA
CVE 2551641
- CONSTITUCIÓN
Comercializadora Rosita Limitada
CVE 1493834
