Sociedade de Responsabilidade Limitada76.951.565-8

Turismo G7 Limitada

MODIFICACIÓN — 14 de out. de 2021

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2021-10-14Ver PDF (CVE 2025091)

Informações societárias

Ltda
Administração: Administración indistinta de Christian Eduardo Herrera Soto y Jorge Alejandro Durán Frez, actuando separada o conjuntamente; sobre 200 UF deben actuar conjuntamente

Sócios (5)

NomeParticipação

Christian Eduardo Herrera Soto

Socio

13.xxx.xxx-4

20%

Patricia Andrea Ávila Montero

Socio

15.xxx.xxx-8

20%

Luis Salvador Percker Fuenzalida

Socio

12.xxx.xxx-5

20%

Nicole Alexandra Flores Jara

Socio

12.xxx.xxx-6

20%

Jorge Alejandro Durán Frez

Socio

9.xxx.xxx-4

20%

Administradores (2)

Christian Eduardo Herrera Soto

13.xxx.xxx-4Administrador

Jorge Alejandro Durán Frez

9.xxx.xxx-4Administrador

Representação legal (1)

Christian Omar Vera Vicuña

11.xxx.xxx-8Em representação de Luis Salvador Percker Fuenzalida12.xxx.xxx-5

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 10 de outubro de 2018

    Constitución original de TURISMO G7 LIMITADA

  2. Cessão de direitos

    Carlos Felipe Segura Ciuchi cede el 100% de sus derechos a cinco cesionarios

    Carlos Felipe Segura Ciuchi · Christian Eduardo Herrera Soto · Patricia Andrea Ávila Montero · Luis Salvador Percker Fuenzalida · Nicole Alexandra Flores Jara · Jorge Alejandro Durán Frez

  3. Cessão de direitos

    Nelson Andrés Torres Aguilar cede el 100% de sus derechos a cinco cesionarios

    Nelson Andrés Torres Aguilar · Christian Eduardo Herrera Soto · Patricia Andrea Ávila Montero · Luis Salvador Percker Fuenzalida · Nicole Alexandra Flores Jara · Jorge Alejandro Durán Frez

  4. Mudança de administrador

    Se modifica la administración para que corresponda indistintamente a Christian Eduardo Herrera Soto y Jorge Alejandro Durán Frez, con actuación conjunta sobre 200 UF

    Christian Eduardo Herrera Soto · Jorge Alejandro Durán Frez

Texto oficial do extrato

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico que por escritura pública de fecha 15 de Septiembre de 2021, otorgada ante mí, Carlos Felipe Segura Ciuchi, chileno, casado, guía de turismo, cédula nacional de identidad N° 12.278.837-7, domiciliado en Camino Las Cumbres N° 6.838, Comuna de La Florida; don Christian Herrera Soto, chileno, soltero, ingeniero en comercio internacional, cédula de identidad N° 13.921.339-4, domiciliado en Avenida Irarrázabal N° 425, Depto. 1507, comuna de Ñuñoa; doña Patricia Andrea Ávila Montero, chilena, soltera, ingeniera en gestión turística, cédula de identidad N° 15.374.261-8, domiciliada en Avenida Irarrázabal N° 425, Depto. 1507, comuna de Ñuñoa; doña Nicole Alexandra Flores Jara, chilena, soltera, guía de turismo, cédula de identidad N° 12.880.520-6, domiciliada en Avenida Salvador N° 2922, comuna de Ñuñoa; don Jorge Alejandro Durán Frez, chileno, casado, guía de turismo, cédula de identidad N° 9.871.186-4, domiciliado en Calle Mariner N° 176, Depto. 404, comuna de Estación Central; don Nelson Andrés Torres Aguilar, chileno, divorciado, técnico en turismo, cédula de identidad N° 10.657.485-5, domiciliado en calle Moneda N° 1576, comuna de Santiago; y Luis Salvador Percker Fuenzalida, chileno, casado, intérprete de idiomas, cédula de identidad N° 12.237.707-5, domiciliado en calle Cosmos N° 169, Depto. 201 K, comuna de Estación Central, representado convencionalmente por don Christian Omar Vera Vicuña, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 11.658.723-8, domiciliado en Calle Nueva York N° 57, Piso 4, Santiago; todos de la Región Metropolitana, modifican los estatutos de la sociedad “TURISMO G7 LIMITADA”, constituida en por escritura pública de fecha 10 de octubre del año 2018, otorgada ante Notario Público don Osvaldo Pereira Gonzalez, inscrita en el Registro del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a Fojas 81.565, Número, 41.825, del Registro de Comercio de Santiago del año 2018. Por esta escritura se modifican los estatutos sociales de la sociedad “TURISMO G7 LIMITADA”, en la forma que se pasa a indicar: El socio Carlos Felipe Segura Ciuchi, cedió el 100% de sus derechos de la sociedad, “TURISMO G7 LIMITADA” a don Christian Eduardo Herrera Soto, Doña Patricia Andrea Ávila Montero, don Luis Salvador Percker Fuenzalida, doña Nicole Alejandra Flores Jara y a don Jorge Alejandro Durán Frez, en la suma de $500.000, pagando cada uno de los cesionarios la suma de $100.000; en el mismo acto, el socio Nelson Andrés Torres Aguilar, cedió el 100% de sus derechos de la sociedad “TURISMO G7 LIMITADA” a don Christian Eduardo Herrera Soto, doña Patricia Andrea Ávila Montero, don Luis Salvador Percker Fuenzalida, doña Nicole Alejandra Flores Jara y don Jorge Alejandro Durán Frez, en la suma de $500.000, pagando a cada uno de los cesionarios la suma de $100.000 de sus derechos de la sociedad. Luego de la cesión de derechos sociales realizada por don Carlos Felipe Segura Ciuchi y don Nelson Andrés Torres Aguilar, estos socios dejan de pertenecer a la sociedad “TURISMO G7 LIMITADA”, quedando en definitiva como socios actuales: don Luis Salvador Percker Fuenzalida, don Christian Eduardo Herrera Soto; doña Patricia Andrea Avila Montero; doña Nicole Alexandra Flores Jara y don Jorge Alejandro Durán Frez, cada uno con el 20% de los derechos sociales. En virtud de lo señalado del punto anterior, los socios actuales de la sociedad, vienen en modificar la cláusula Sexta de la escritura pública de constitución, en relación a la representación, administración y uso de razón social de la sociedad, en el sentido que corresponderá en forma indistinta a los socios Christian Eduardo Herrera Soto y don Jorge Alejandro Durán Frez, quienes actuando de manera separada o conjuntamente, podrán ejecutar y celebrar los contratos inherentes al giro social, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos sea que correspondan al objeto social o no. Las actuaciones en todos los asuntos que superen un valor o cuantía de 200 UF, ambos administradores deberán actuar de forma conjunta. Todas las demás cláusulas de la escritura original siguen vigentes, salvo las modificaciones que se hacen en este acto, en esta escritura de modificación de sociedad limitada. Santiago, 12 de Octubre de 2021.

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  1. MODIFICACIÓN

    TURISMO G7 LIMITADA

    CVE 2025091

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