Comercial Y Asesorías Dime SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$185.000.000
Ações
39.000
Sócios (7)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
Luis Felipe Cordero Echeverría Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Andrés Guillermo Mackenna Echaurren Accionista | - | - | - |
Cristian Esteban Barrientos Vera Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Representação legal (5)
Luis Felipe Cordero Echeverría
Cristian Esteban Barrientos Vera
Texto oficial do extrato
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular 42° Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 10 de marzo de 2021, otorgada ante mí, don Cristian Mackenna Rueda, por sí y a su vez, en nombre y representación de Comercial y Asesorías DIME SpA, don Luis Felipe Cordero Echeverría en nombre y representación de Inversiones Inmobiliarias Altasur Limitada, don José Pedro Donoso Pinto en nombre y representación de Inversiones Amal Limitada, don Marco Antonio Canepa Christie, don Andrés Guillermo Mackenna Echaurren, don Cristian Esteban Barrientos Vera en nombre y representación de Inmobiliaria e Inversiones Cristian Barrientos E.I.R.L. y doña Flor Eneida Osorio Hernández en nombre y representación de Juan Ignacio Quintana Osorio, actuales y únicos accionistas, según consta al Notario que autoriza, de “Comercial y Asesorías DIME SpA”, Rol Único Tributario N° 76.940.960-2, inscrita a fojas 36.775, número 26.351, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2007, modificaron el artículo segundo de los estatutos sociales el que a partir de la fecha de la escritura extractada quedó redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO SEGUNDO: El capital de la sociedad será la cantidad de ciento ochenta y cinco millones de pesos divido en treinta y nueve mil acciones de una misma serie, nominativas y sin valor nominal que se suscriben, enteran y pagan en la forma y proporción que se indica en el artículo primero transitorio. Las acciones de la sociedad se emitirán sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. La sociedad podrá adquirir y poseer acciones de su propia emisión, con las limitaciones señaladas en el artículo cuatrocientos treinta y ocho del Código de Comercio, las que deberán enajenarse dentro del plazo de cinco años contados desde su adquisición. Si dentro del plazo establecido, las acciones no se enajenan, el capital quedará reducido de pleno derecho y las acciones se eliminarán del registro.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de marzo de 2021.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
COMERCIAL Y ASESORÍAS DIME SpA
CVE 1910045
