Sociedade de Responsabilidade Limitada76.921.056-3

Inmobiliaria Santa Elisa Limitada

MODIFICACIÓN — 23 de out. de 2024

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2024-10-23Ver PDF (CVE 2560515)

Informações societárias

Ltda
Fundo San José de Paillihue

Capital

Capital total

$256.270.544

Sócios (8)

NomeParticipação

José Rodolfo Raymundo Marín Infante

Socio

11.25%

Mónica Marta Ana Quiroga Galté

Socio

11.25%

Raymundo Guillermo Marín Quiroga

Socio

30%

María Angélica Muñoz Williams

Socio

5%

Raymundo Ignacio Marín Muñoz

Socio

1.666667%

María Soledad Marín Muñoz

Socio

1.666667%

Javiera Paz Marín Muñoz

Socio

1.666666%

José Joaquín Marín Muñoz

Socio

-

Histórico societário relatado

  1. Cessão de direitos· 21 de dezembro de 2021

    José Rodolfo Raymundo Marín Infante y Mónica Marta Ana Quiroga Galté donan derechos sociales a Raymundo Guillermo Marín Quiroga y a sus hijos

    José Rodolfo Raymundo Marín Infante · Mónica Marta Ana Quiroga Galté · Raymundo Guillermo Marín Quiroga · Raymundo Ignacio Marín Muñoz · María Soledad Marín Muñoz · Javiera Paz Marín Muñoz · José Joaquín Marín Muñoz

Texto oficial do extrato

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogada, Notario Público Titular 38ª Notaría de Santiago, Avenida Isidora Goyenechea Nº 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública de 9 de octubre de 2024, otorgada ante mí, José Rodolfo Raymundo Marín Infante, Mónica Marta Ana Quiroga Galté, Raymundo Guillermo Marín Quiroga, María Angélica Muñoz Williams, Raymundo Ignacio Marín Muñoz, María Soledad Marín Muñoz, Javiera Paz Marín Muñoz y José Joaquín Marín Muñoz, todos domiciliados en Fundo San José de Paillihue, de la comuna y ciudad de Los Ángeles, y de paso en Santiago, modificaron Inmobiliaria Santa Elisa Limitada, constituida escritura pública 10 agosto 2018 otorgada ante doña Emilia Elizabeth Solar Hunter, Notario Público Suplente del Titular del Notario de Los Ángeles don Luis Eduardo Solar Bach, cuyo extracto autorizado fue inscrito a fojas 612 vuelta número 351 Registro Comercio Los Ángeles año 2018. Modificaciones consisten en: /Uno/ Dar cuenta que por escritura pública otorgada el 21 de diciembre de 2021, en la Notaría de Los Ángeles de Luis Eduardo Solar Bach, ante su Suplente, Rodrigo Andrés Fica Bahamonde, en adelante también el “Contrato de Donación”, José Rodolfo Raymundo Marín Infante hizo las siguientes donaciones: /a/ donó a Raymundo Guillermo Marín Quiroga, quien aceptó para sí, la plena propiedad del 15% de los derechos sociales totales de Inmobiliaria Santa Elisa Limitada; /b/ donó a Raymundo Ignacio Marín Muñoz, quien aceptó para sí, la nuda propiedad del 4,6875% de los derechos sociales totales de Inmobiliaria Santa Elisa Limitada; /c/ donó a María Soledad Marín Muñoz, la que aceptó para sí, la nuda propiedad del 4,6875% de los derechos sociales totales de Inmobiliaria Santa Elisa Limitada. /d/ donó a Javiera Paz Marín Muñoz, la que aceptó para sí, la nuda propiedad del 4,6875% de los derechos sociales totales de Inmobiliaria Santa Elisa Limitada. /e/ donó a José Joaquín Marín Muñoz, quien aceptó para sí, la nuda propiedad del 4,6875% de los derechos sociales totales de Inmobiliaria Santa Elisa Limitada. /Dos/ Dar cuenta que en el mismo Contrato de Donación antes indicado, Mónica Marta Ana Quiroga Galté también hizo las siguientes donaciones: /a/ donó a Raymundo Guillermo Marín Quiroga, quien aceptó para sí, la plena propiedad del 15% de los derechos sociales totales de Inmobiliaria Santa Elisa Limitada; /b/ donó a Raymundo Ignacio Marín Muñoz, quien aceptó para sí, la nuda propiedad del 4,6875% de los derechos sociales totales de Inmobiliaria Santa Elisa Limitada; /c/ donó a María Soledad Marín Muñoz, la que aceptó para sí, la nuda propiedad del 4,6875% de los derechos sociales totales de Inmobiliaria Santa Elisa Limitada; /d/ donó a Javiera Paz Marín Muñoz, la que aceptó para sí, la nuda propiedad del 4,6875% de los derechos sociales totales de Inmobiliaria Santa Elisa Limitada; /e/ donó a José Joaquín Marín Muñoz, quien aceptó para sí, la nuda propiedad del 4,6875% de los derechos sociales totales de Inmobiliaria Santa Elisa Limitada; /Tres/ Términos y condiciones a los que se sujeta el usufructo de los derechos sociales donados consta en Contrato de Donación antes referido, según se da cuenta en escritura extractada. /Cuatro/ En consideración a donaciones de derechos sociales antes indicadas, quedan como únicos socios de Inmobiliaria Santa Elisa Limitada, José Rodolfo Raymundo Marín Infante, Mónica Marta Ana Quiroga Galté, Raymundo Guillermo Marín Quiroga, María Angélica Muñoz Williams, Raymundo Ignacio Marín Muñoz, María Soledad Marín Muñoz, Javiera Paz Marín Muñoz y José Joaquín Marín Muñoz, quienes en su calidad de actuales y únicos socios, acordaron: 1/ actualizar Artículo Quinto del Pacto Social de Inmobiliaria Santa Elisa Limitada, relativo al capital social de la Sociedad por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de $256.270.544.-, que los socios han aportado y pagado de la siguiente forma: /a/ don José Rodolfo Raymundo Marín Infante, ha aportado la cantidad de $28.830.435.-, íntegramente pagados a entera satisfacción de los otros socios y de la Sociedad, equivalente a la plena propiedad de aproximadamente un 11,25% de los derechos sociales totales de la Sociedad; /b/ doña Mónica Marta Ana Quiroga Galté, ha aportado la cantidad de $28.830.435.-, íntegramente pagados a entera satisfacción de los otros socios y de la Sociedad, equivalente a la plena propiedad de aproximadamente un 11,25% de los derechos sociales totales de la Sociedad; /c/ don Raymundo Guillermo Marín Quiroga, ha aportado la cantidad de $76.881.164.-, íntegramente pagados a entera satisfacción de los otros socios y de la Sociedad, equivalente a la plena propiedad de aproximadamente un 30% de los derechos sociales totales de la Sociedad; /d/ doña María Angélica Muñoz Williams, ha aportado la cantidad de $12.813.527.-, íntegramente pagados a entera satisfacción de los otros socios y de la Sociedad, equivalente a la plena propiedad de aproximadamente un 5% de los derechos sociales totales de la Sociedad; /e/ don Raymundo Ignacio Marín Muñoz, ha aportado la cantidad de $4.271.176.-, íntegramente pagados a entera satisfacción de los otros socios y de la Sociedad, equivalente a la plena propiedad de aproximadamente un 1,666667% de los derechos sociales totales de la Sociedad y la cantidad de $24.025.364.-, íntegramente pagados a entera satisfacción de los otros socios y de la Sociedad, equivalente a la nuda propiedad de aproximadamente un 9,375% de los derechos sociales totales de la Sociedad, cuyo usufructo corresponde a razón de un 4,6875% a cada uno de don José Rodolfo Raymundo Marín Infante y doña Mónica Marta Ana Quiroga Galté, usufructo que se sujeta a los términos y condiciones que se indican en el Artículo Transitorio del Pacto Social de la Sociedad; /f/ doña María Soledad Marín Muñoz, ha aportado la cantidad de $4.271.176.-, íntegramente pagados a entera satisfacción de los otros socios y de la Sociedad, equivalente a la plena propiedad de aproximadamente un 1,666667% de los derechos sociales totales de la Sociedad y la cantidad de $24.025.364.-, íntegramente pagados a entera satisfacción de los otros socios y de la Sociedad, equivalente a la nuda propiedad de aproximadamente un 9,375% de los derechos sociales totales de la Sociedad, cuyo usufructo corresponde a razón de un 4,6875% a cada uno de don José Rodolfo Raymundo Marín Infante y doña Mónica Marta Ana Quiroga Galté, usufructo que se sujeta a los términos y condiciones que se indican en el Artículo Transitorio del Pacto Social de la Sociedad; /g/ doña Javiera Paz Marín Muñoz, ha aportado la cantidad de $4.271.175.-, íntegramente pagados a entera satisfacción de los otros socios y de la Sociedad, equivalente a la plena propiedad de aproximadamente un 1,666666% de los derechos sociales totales de la Sociedad y la cantidad de $24.025.364.-, íntegramente pagados a entera satisfacción de los otros socios y de la Sociedad, equivalente a la nuda propiedad de aproximadamente un 9,375% de los derechos sociales totales de la Sociedad, cuyo usufructo corresponde a razón de un 4,6875% a cada uno de don José Rodolfo Raymundo Marín Infante y doña Mónica Marta Ana Quiroga Galté, usufructo que se sujeta a los términos y condiciones que se indican en el Artículo Transitorio del Pacto Social de la Sociedad; y /h/ don José Joaquín Marín Muñoz, ha aportado la cantidad de $24.025.364.-, íntegramente pagados a entera satisfacción de los otros socios y de la Sociedad, equivalente a la nuda propiedad de aproximadamente un 9,375% de los derechos sociales totales de la Sociedad, cuyo usufructo corresponde a razón de un 4,6875% a cada uno de don José Rodolfo Raymundo Marín Infante y doña Mónica Marta Ana Quiroga Galté, usufructo que se sujeta a los términos y condiciones que se indican en el Artículo Transitorio del Pacto Social de la Sociedad.”. Socios reiteran que de acuerdo a lo dispuesto en Artículo Sexto Pacto Social de la Sociedad, su responsabilidad se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes; /2/ Incluir un nuevo Artículo Transitorio al Pacto Social de Inmobiliaria Santa Elisa Limitada, en el cual se acordó dejar constancia de los términos y condiciones del usufructo que grava los derechos sociales donados a Raymundo Ignacio Marín Muñoz, María Soledad Marín Muñoz, Javiera Paz Marín Muñoz y José Joaquín Marín Muñoz, todo según se indica en escritura extractada. En lo no modificado expresamente permanece plenamente vigente el Pacto Social de Inmobiliaria Santa Elisa Limitada. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 18 de octubre de 2024.

ModificaçãoDiario Oficial · 2022-01-14Ver PDF (CVE 2071859)

Informações societárias

Ltda
Fundo San José de Paillihue

Capital

Capital total

$256.270.544

Sócios (6)

NomeParticipação

Mónica Marta Ana Quiroga Galté

Socio

-

José Rodolfo Raymundo Marín Infante

Socio

-

María Angélica Muñoz Williams

Socio

-

Raymundo Ignacio Marín Muñoz

Socio

-

María Soledad Marín Muñoz

Socio

-

Javiera Paz Marín Muñoz

Socio

-

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 10 de agosto de 2018

    Se constituye Inmobiliaria Santa Elisa Limitada.

  2. Cessão de direitos

    Alejandro Marín Quiroga cede el 5% de sus derechos sociales a María Angélica Muñoz Williams.

    Alejandro Marín Quiroga · María Angélica Muñoz Williams

  3. Cessão de direitos

    Raymundo Guillermo Marín Quiroga cede $4.271.176 a Raymundo Ignacio Marín Muñoz.

    Raymundo Guillermo Marín Quiroga · Raymundo Ignacio Marín Muñoz

  4. Cessão de direitos

    Raymundo Guillermo Marín Quiroga cede $4.271.176 a María Soledad Marín Muñoz.

    Raymundo Guillermo Marín Quiroga · María Soledad Marín Muñoz

  5. Cessão de direitos

    Raymundo Guillermo Marín Quiroga cede $4.271.175 a Javiera Paz Marín Muñoz.

    Raymundo Guillermo Marín Quiroga · Javiera Paz Marín Muñoz

  6. Saída de sócio

    Alejandro Marín Quiroga y Raymundo Guillermo Marín Quiroga se retiran de la sociedad.

    Alejandro Marín Quiroga · Raymundo Guillermo Marín Quiroga

Texto oficial do extrato

Rodrigo Andrés Fica Bahamonde, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Notaría de Los Ángeles don Luis Eduardo Solar Bach, calle Lautaro Nº 325 locales 4 y 5, certifico: por escritura pública de 21 de diciembre de 2021, otorgada ante mí, Mónica Marta Ana Quiroga Galte, José Rodolfo Raymundo Marín Infante, también conocido como José Rodolfo Raimundo Marín Infante, Raymundo Guillermo Marín Quiroga, Alejandro Marín Quiroga, María Angélica Muñoz Williams, Raymundo Ignacio Marín Muñoz, María Soledad Marín Muñoz y Javiera Paz Marín Muñoz, todos domiciliados en Fundo San José de Paillihue, de la comuna y ciudad de Los Ángeles, modificaron Inmobiliaria Santa Elisa Limitada, RUT. N° 76.921.056-3, constituida escritura pública 10 agosto 2018 otorgada ante doña Emilia Elizabeth Solar Hunter, Notario Publico Suplente del Titular del Notario de Los Ángeles don Luis Eduardo Solar Bach, cuyo extracto autorizado fue inscrito a fojas 612 vuelta número 351 Registro Comercio Los Ángeles año 2018. Modificaciones consisten en: /Uno/ Alejandro Marín Quiroga vende, en términos y condiciones indicados en escritura extractada, a María Angélica Muñoz Williams la totalidad de su participación en Inmobiliaria Santa Elisa Limitada, ascendente al 5% de los derechos sociales totales de la misma. /Dos/ Raymundo Guillermo Marín Quiroga vende, en términos y condiciones indicados en escritura extractada, a Raymundo Ignacio Marín Muñoz, una participación en el capital social de Inmobiliaria Santa Elisa Limitada ascendente a $4.271.176.-, correspondiente al 1,6666% aproximadamente de los derechos sociales totales de la misma. /Tres/ Raymundo Guillermo Marín Quiroga vende, en términos y condiciones indicados en escritura extractada, a María Soledad Marín Muñoz una participación en el capital social de Inmobiliaria Santa Elisa Limitada ascendente a $4.271.176.-, correspondiente al 1,6666% aproximadamente de los derechos sociales totales de la misma. /Cuatro/ Raymundo Guillermo Marín Quiroga vende, en términos y condiciones indicados en escritura extractada, a Javiera Paz Marín Muñoz, una participación en el capital social de Inmobiliaria Santa Elisa Limitada ascendente a $4.271.175.-, correspondiente al 1,6666% aproximadamente de los derechos sociales totales de la misma. /Cinco/ Como consecuencia cesiones de derechos indicadas, Alejandro Marín Quiroga y Raymundo Guillermo Marín Quiroga se retiran de Inmobiliaria Santa Elisa Limitada, quedando como únicos socios de Inmobiliaria Santa Elisa Limitada, Mónica Marta Ana Quiroga Galté, José Rodolfo Raymundo Marín Infante, María Angélica Muñoz Williams, Raymundo Ignacio Marín Muñoz, María Soledad Marín Muñoz y Javiera Paz Marín Muñoz, quienes acuerdan actualizar y sustituir Artículo Quinto Pacto Social, por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la cantidad de $256.270.544.-, que los socios han aportado y pagado de la siguiente forma: /a/ doña Mónica Marta Ana Quiroga Galté aportó la cantidad de $115.321.745.-, íntegramente pagados a entera satisfacción de los otros socios y de la Sociedad; /b/ don José Rodolfo Raymundo Marín Infante aportó la cantidad de $115.321.745.-, íntegramente pagados a entera satisfacción de los otros socios y de la Sociedad; /c/ doña María Angélica Muñoz Williams aportó la cantidad de $12.813.527.-, íntegramente pagados a entera satisfacción de los otros socios y de la Sociedad; /d/ don Raymundo Ignacio Marín Muñoz, aportó la cantidad de $4.271.176.-, íntegramente pagados a entera satisfacción de los otros socios y de la Sociedad; /e/ doña María Soledad Marín Muñoz, aportó la cantidad de $4.271.176.-, íntegramente pagados a entera satisfacción de los otros socios y de la Sociedad; y /f/ doña Javiera Paz Marín Muñoz, aportó la cantidad de $4.271.175.-, íntegramente pagados a entera satisfacción de los otros socios y de la Sociedad.” Los socios reiteran que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo Sexto del Pacto Social de la Sociedad, su responsabilidad se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Los Ángeles, 06 de Enero de 2022.-

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    Inmobiliaria Santa Elisa Limitada

    CVE 2560515

  2. MODIFICACIÓN

    Inmobiliaria Santa Elisa Limitada

    CVE 2071859

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