Sociedade de Responsabilidade Limitada76.902.351-8

Inversiones Santa Laura Limitada

MODIFICACIÓN — 7 de ago. de 2021

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2021-08-07Ver PDF (CVE 1990508)

Informações societárias

Ltda
calle José Ananías N°424

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (6)

NomeParticipação

ADOLFO ELÍAS SEBASTIÁN HIRMAS HALABÍ

Socio

1%

ANDREA SUSANA MANZUR GODOY

Socio

30%

ADOLFO ELÍAS HIRMAS MANZUR

Socio

17.25%

EMILIA ANTONIA HIRMAS MANZUR

Socio

17.25%

MARTÍN ALONSO HIRMAS MANZUR

Socio

17.25%

LAURA AMAYA HIRMAS MANZUR

Socio

17.25%

Histórico societário relatado

  1. Cessão de direitos· 27 de julho de 2021

    ADOLFO ELÍAS SEBASTIÁN HIRMAS HALABÍ dona el 50% de sus derechos sociales a sus hijos, en partes iguales.

    ADOLFO ELÍAS SEBASTIÁN HIRMAS HALABÍ · ADOLFO ELÍAS HIRMAS MANZUR · EMILIA ANTONIA HIRMAS MANZUR · MARTÍN ALONSO HIRMAS MANZUR · LAURA AMAYA HIRMAS MANZUR

Texto oficial do extrato

MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 28 de julio del año 2021, ante mí, don ADOLFO ELÍAS SEBASTIÁN HIRMAS HALABÍ, doña ANDREA SUSANA MANZUR GODOY, don ADOLFO ELÍAS HIRMAS MANZUR, doña EMILIA ANTONIA HIRMAS MANZUR, don MARTÍN ALONSO HIRMAS MANZUR y doña LAURA AMAYA HIRMAS MANZUR, todos domiciliados para estos efectos en calle José Ananías N°424, comuna de Macul, de paso en esta, Región Metropolitana, celebraron “Da cuenta de hecho que indica y Modificación de Estatutos INVERSIONES SANTA LAURA LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 53.139 número 27.342 del Reg. de Com. del CBR de Santiago año 2018, y acordaron lo siguiente: I. Da cuenta de hecho que indica: Por escritura pública de fecha 27 de julio de 2021, otorgada en la Notaría de San Miguel, con asiento en San Ramón, de doña Marcela Andrea Medina Ricci, don ADOLFO ELÍAS SEBASTIÁN HIRMAS HALABÍ donó por acto entre vivos, gratuita e irrevocablemente, por mera liberalidad, a sus hijos, don ADOLFO ELÍAS HIRMAS MANZUR, doña EMILIA ANTONIA HIRMAS MANZUR, don MARTÍN ALONSO HIRMAS MANZUR y doña LAURA AMAYA HIRMAS MANZUR, el 50% del total de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES SANTA LAURA LIMITADA, en partes iguales. Como consecuencia de lo señalado, aumentan su participación social don ADOLFO ELÍAS HIRMAS MANZUR, doña EMILIA ANTONIA HIRMAS MANZUR, don MARTÍN ALONSO HIRMAS MANZUR y doña LAURA AMAYA HIRMAS MANZUR, en un 12,5% del total de los derechos sociales cada uno de ellos, y disminuye su participación social don ADOLFO ELÍAS SEBASTIÁN HIRMAS HALABÍ. II. Modificación de Estatutos. Los socios de la sociedad INVERSIONES SANTA LAURA LIMITADA acuerdan modificar el artículo cuarto, relativo al capital social, por el del siguiente tenor: CUARTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de un millón de pesos, íntegramente pagado con anterioridad a esta fecha, y que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: a) don ADOLFO ELÍAS SEBASTIÁN HIRMAS HALABÍ con la suma de diez mil pesos, equivalentes al uno por ciento del total de los derechos sociales; b) doña ANDREA SUSANA MANZUR GODOY con la suma de trescientos mil pesos, equivalentes al treinta por ciento del total de los derechos sociales; c) don ADOLFO ELÍAS HIRMAS MANZUR con la suma de ciento setenta y dos mil quinientos pesos, equivalentes al diecisiete coma veinticinco por ciento del total de los derechos sociales; d) doña EMILIA ANTONIA HIRMAS MANZUR con la suma de ciento setenta y dos mil quinientos pesos, equivalentes al diecisiete coma veinticinco por ciento del total de los derechos sociales; e) don MARTÍN ALONSO HIRMAS MANZUR con la suma de ciento setenta y dos mil quinientos pesos, equivalentes al diecisiete coma veinticinco por ciento del total de los derechos sociales; y f) doña LAURA AMAYA HIRMAS MANZUR con la suma de ciento setenta y dos mil quinientos pesos, equivalentes al diecisiete coma veinticinco por ciento del total de los derechos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Ramón, 03 de agosto de 2021. M. Medina R. Notario Público.

ModificaçãoDiario Oficial · 2021-04-28Ver PDF (CVE 1934057)

Informações societárias

Ltda
calle José Ananías N°424

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (6)

NomeParticipação

ADOLFO ELÍAS SEBASTIÁN HIRMAS HALABÍ

Socio

51%

ANDREA SUSANA MANZUR GODOY

Socio

30%

ADOLFO ELÍAS HIRMAS MANZUR

Socio

4.75%

EMILIA ANTONIA HIRMAS MANZUR

Socio

4.75%

MARTÍN ALONSO HIRMAS MANZUR

Socio

4.75%

LAURA AMAYA HIRMAS MANZUR

Socio

4.75%

Histórico societário relatado

  1. Cessão de direitos· 13 de abril de 2021

    ANDREA SUSANA MANZUR GODOY dona el 19% de sus derechos sociales a sus hijos, en partes iguales

    ANDREA SUSANA MANZUR GODOY · ADOLFO ELÍAS HIRMAS MANZUR · EMILIA ANTONIA HIRMAS MANZUR · MARTÍN ALONSO HIRMAS MANZUR · LAURA AMAYA HIRMAS MANZUR

Texto oficial do extrato

MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 15 de abril del año 2021, ante mí, don ADOLFO ELÍAS SEBASTIÁN HIRMAS HALABÍ, doña ANDREA SUSANA MANZUR GODOY, don ADOLFO ELÍAS HIRMAS MANZUR, doña EMILIA ANTONIA HIRMAS MANZUR, don MARTÍN ALONSO HIRMAS MANZUR y doña LAURA AMAYA HIRMAS MANZUR, todos domiciliados para estos efectos en calle José Ananías N°424, comuna de Macul, de paso en esta, Región Metropolitana, celebraron “Da cuenta de hecho que indica y Modificación de Estatutos INVERSIONES SANTA LAURA LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 53.139 número 27.342 del Reg. de Com. del CBR de Santiago año 2018, y acordaron lo siguiente: I. Da cuenta de hecho que indica: Por escritura pública de fecha 13 de abril de 2021, otorgada en la Notaría de San Miguel, con asiento en San Ramón, de doña Marcela Andrea Medina Ricci, doña ANDREA SUSANA MANZUR GODOY donó por acto entre vivos, gratuita e irrevocablemente, por mera liberalidad, a sus hijos, don ADOLFO ELÍAS HIRMAS MANZUR, doña EMILIA ANTONIA HIRMAS MANZUR, don MARTÍN ALONSO HIRMAS MANZUR y doña LAURA AMAYA HIRMAS MANZUR, el 19% del total de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES SANTA LAURA LIMITADA, en partes iguales. Como consecuencia de lo señalado, ingresan como socios a la sociedad don ADOLFO ELÍAS HIRMAS MANZUR, doña EMILIA ANTONIA HIRMAS MANZUR, don MARTÍN ALONSO HIRMAS MANZUR y doña LAURA AMAYA HIRMAS MANZUR, con el 4,75% del total de los derechos sociales cada uno de ellos, y disminuye su participación social doña ANDREA SUSANA MANZUR GODOY. II. Modificación de Estatutos. Los socios de la sociedad INVERSIONES SANTA LAURA LIMITADA acuerdan modificar el artículo cuarto, relativo al capital social, por el del siguiente tenor: CUARTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de un millón de pesos, íntegramente pagado con anterioridad a esta fecha, y que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: a) don ADOLFO ELÍAS SEBASTIÁN HIRMAS HALABÍ con la suma de quinientos diez mil pesos, equivalentes al cincuenta y un por ciento del total de los derechos sociales; b) doña ANDREA SUSANA MANZUR GODOY con la suma de trescientos mil pesos, equivalentes al treinta por ciento del total de los derechos sociales; c) don ADOLFO ELÍAS HIRMAS MANZUR con la suma de cuarenta y siete mil quinientos pesos, equivalentes al cuatro coma setenta y cinco por ciento del total de los derechos sociales; d) doña EMILIA ANTONIA HIRMAS MANZUR con la suma de cuarenta y siete mil quinientos pesos, equivalentes al cuatro coma setenta y cinco por ciento del total de los derechos sociales; e) don MARTÍN ALONSO HIRMAS MANZUR con la suma de cuarenta y siete mil quinientos pesos, equivalentes al cuatro coma setenta y cinco por ciento del total de los derechos sociales; y f) doña LAURA AMAYA HIRMAS MANZUR con la suma de cuarenta y siete mil quinientos pesos, equivalentes al cuatro coma setenta y cinco por ciento del total de los derechos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Ramón, 19 de abril de 2021. M. Medina R. Notario Público.

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  1. MODIFICACIÓN

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