Arriagada Grúas Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
Se amplía el objeto social agregando la fabricación de productos metálicos para uso estructural.
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Nicolás Alejandro Arriagada Álvarez Socio 17.xxx.xxx-9 | 17.xxx.xxx-9 | 99% | $4.900.000 |
Sebastian Andres Arriagada Alvarez Socio 19.xxx.xxx-4 | 19.xxx.xxx-4 | 1% | $100.000 |
Administradores (1)
Nicolás Alejandro Arriagada Álvarez
Histórico societário relatado
- Constituição· 20 de fevereiro de 2018
Constitución de Arriagada Grúas Limitada o Arrental Ltda.
- Cessão de direitos· 31 de maio de 2021
Gustavo Alejandro Arriagada Briones cede su 50% de derechos sociales a Nicolás Alejandro Arriagada Álvarez y Sebastián Andres Arriagada Alvarez.
Gustavo Alejandro Arriagada Briones · Nicolás Alejandro Arriagada Álvarez · Sebastian Andres Arriagada Alvarez
- Mudança de administrador· 31 de maio de 2021
La administración de la sociedad queda radicada exclusivamente en Nicolás Alejandro Arriagada Álvarez.
- Mudança de capital· 31 de maio de 2021
Se redistribuye el capital social entre Nicolás Alejandro Arriagada Álvarez y Sebastián Andres Arriagada Alvarez.
Nicolás Alejandro Arriagada Álvarez · Sebastian Andres Arriagada Alvarez
- Outro ato· 31 de maio de 2021
Se amplía el objeto social agregando fabricación de productos metálicos para uso estructural.
Nicolás Alejandro Arriagada Álvarez · Sebastian Andres Arriagada Alvarez
Texto oficial do extrato
GUILLERMO CRISTIAN PEREZ DIAZ, Notario Público Titular Cuarta Notaría de Rancagua, Avenida La Compañía N°066 Graneros, certifica: Por escritura pública hoy ante mi, don GUSTAVO ALEJANDRO ARRIAGADA BRIONES, chileno, empresario, cédula nacional de identidad número 7.980.431-2, casado y separado totalmente de bienes, don NICOLÁS ALEJANDRO ARRIAGADA ÁLVAREZ, chileno, empresario, cedula nacional de identidad número 17.085.823-9, soltero y don SEBASTIAN ANDRES ARRIAGADA ALVAREZ, Cedula Nacional de Identidad número 19.955.319-4, estudiante, soltero, todos domiciliados en Camino La Punta 114, San Francisco de Mostazal, modifican sociedad “Arriagada Grúas Limitada” o “Arrental Ltda.”, constituida ante esta notaria, por escritura 20 de febrero de 2018, inscrita en el Registro de Comercio a fojas 187 vta., número 159 del Registro de Comercio del año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua y publicada en el Diario Oficial número 41996 el 1 de marzo de 2018 en siguiente sentido: Se retira de la sociedad don GUSTAVO ALEJANDRO ARRIAGADA BRIONES, quien vende, cede y transfiere su participación social que equivale al 50% del capital social de la siguiente forma: a don NICOLÁS ALEJANDRO ARRIAGADA ÁLVAREZ quien compra y adquiere para sí el 49% de su participación social en la presente sociedad. El precio de venta y cesión de la participación señalada es la cantidad de $2.400.000.- que don NICOLÁS ALEJANDRO ARRIAGADA ÁLVAREZ paga en este acto, de contado y en dinero en efectivo, declarando don GUSTAVO ALEJANDRO ARRIAGADA BRIONES, recibirlos a su entera y total satisfacción; y don GUSTAVO ALEJANDRO ARRIAGADA BRIONES, quien vende, cede y transfiere a don SEBASTIAN ANDRES ARRIAGADA ALVAREZ quien compra y adquiere para sí el 1% de su participación social en la presente sociedad. El precio de venta y cesión de la participación señalada es la cantidad de $100.000.- que don SEBASTIAN ANDRES ARRIAGADA ALVAREZ paga en este acto, de contado y en dinero en efectivo, declarando don GUSTAVO ALEJANDRO ARRIAGADA BRIONES, recibirlos a su entera y total satisfacción, la sociedad queda formada única y exclusivamente por los socios: a) don NICOLÁS ALEJANDRO ARRIAGADA ÁLVAREZ, con un aporte de $4.900.000 equivalente a un 99% del capital social y b) don SEBASTIAN ANDRES ARRIAGADA ALVAREZ, con un aporte de $100.000.- equivalente a un 1% del capital social los únicos socios don NICOLÁS ALEJANDRO ARRIAGADA ÁLVAREZ y don SEBASTIAN ANDRES ARRIAGADA ALVAREZ modifican la sociedad referida en las condiciones siguientes: a) en la cláusula segunda del pacto social se amplía el objeto social en el sentido de agregar lo siguiente: “Fabricación productos metálicos para uso estructural”; b) en la cláusula sexta: La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá única y exclusivamente a don NICOLÁS ALEJANDRO ARRIAGADA ÁLVAREZ, quien anteponiendo la razón social a su firma obligará y representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad con las más amplias y completas facultades en los mismos términos señalados en la cláusula sexta de la escritura de constitución de la sociedad. c) se modifica la cláusula novena del pacto social en el siguiente sentido: “NOVENO: La sociedad no se disuelve en caso de fallecimiento o incapacidad sobreviniente de un socio, insolvencia de alguno de los socios o de insolvencia de la sociedad o cualquier otro suceso que afecte la libre disposición de los bienes, sea de la sociedad o de algún socio. La sociedad continúa, en tales eventos, cuando se refieren a un socio, con el o los socios sobrevivientes y con los herederos o causahabientes del socio respectivo, representados por quien corresponda en derecho o por un mandatario común, que deberá designarse dentro del plazo de 30 días de ocurrido el respectivo evento. Si transcurrido dicho plazo no ocurre dicho nombramiento, la sociedad se entiende disuelta de pleno derecho, debiendo procederse a su liquidación conforme se detalla en ésta escritura” Demás estipulaciones escritura extractada. Graneros, 31 de mayo de 2021.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
Arriagada Grúas Limitada
CVE 1958611
