Sociedade por Ações76.775.212-3

Asesorías E Inversiones Santa Verónica SpA

MODIFICACIÓN — 20 de ago. de 2025

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2025-08-20Ver PDF (CVE 2687696)

Informações societárias

SpA
Camino Lonquén Sur 3900
Administração: Gerente General

Sócios (2)

NomeParticipação

Verónica Isabel Parker Sanfuentes

Accionista

12.xxx.xxx-3

-

Juan Pablo Lorenzini Paci

Accionista

8.xxx.xxx-9

-

Administradores (1)

Representantes perante o SII (1)

Verónica Isabel Parker Sanfuentes

12.xxx.xxx-3Representante

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior VALENTINA MALTES FARIAS, Notario Suplente de la Primera Notaria de Talagante, ubicada en Arturo Prat 764, comuna Talagante, certifica: Que por escritura pública hoy ante mí, Repertorio N°1440 - 2025: VERÓNICA ISABEL PARKER SANFUENTES, C.I.N°12.231.875-3, y JUAN PABLO LORENZINI PACI, C.I.N°8.770.008-9, ambos domiciliados para estos efectos en Camino Lonquén Sur 3900, Talagante, modificaron estatuto sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES SANTA VERÓNICA SpA, RUT N°76.775.212-3, inscrita a fojas 54.685, número 29.576, del Registro de Comercio año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, reemplazando el Artículo Segundo Transitorio por el siguiente, cuyo texto regirá a contar de esta fecha: “Por este acto, y con efecto a contar de la fecha de la presente escritura pública, los accionistas que han constituido la Sociedad, esto es, doña Verónica Isabel Parker Sanfuentes y don Juan Pablo Lorenzini Paci, designan a doña Verónica Isabel Parker Sanfuentes, cédula nacional de identidad número doce millones doscientos treinta y un mil ochocientos setenta y cinco guión tres, como Gerente General de la Sociedad, quien actuando individualmente, y anteponiendo su firma al nombre de la mandante, podrá representar a la Sociedad con todas y cada una de las facultades indicadas en los, artículos Décimo Cuarto y Décimo Quinto de los estatutos sociales, esto es, el Gerente General tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y también las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna, y en particular; y sin que se entienda limitación alguna a las facultades y atribuciones amplias del Gerente General, éste tendrá las facultades especiales indicadas en el artículo Décimo Quinto de los estatutos sociales, las que, a mayor abundamiento, se dan por íntegramente reproducidas para estos efectos. La designación precedente regirá indefinidamente hasta que conste haberse designado otro gerente general en la forma y de conformidad con las normas legales y estatutarias”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Talagante, 19 Junio 2025.

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