Rios Y Compañía Abogados Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$1.200.000
Capital integralizado
$1.200.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 15.xxx.xxx-7 | 15.xxx.xxx-7 | 50% | $600.000 |
Socio 17.xxx.xxx-1 | 17.xxx.xxx-1 | 50% | $600.000 |
Texto oficial do extrato
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 26 de marzo de 2024, repertorio N° 3.892-2024, ante mí, don Andrés Ríos Urquidi, C.I. N° 15.959.981- 7, Av. Apoquindo 3721, piso 21, Las Condes, Región Metropolitana, y don Pablo Ignacio Astorga Lanas, C.I. N° 17.600.941-1, Av. Apoquindo 3721, piso 21, Las Condes, Región Metropolitana, modifican la sociedad RIOS Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA, Rut N°76.738.729-6, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 1751 N°819 del año 2023, de la siguiente manera: a) Don Andrés Ríos Urquidi cede y transfiere el 20% de los derechos sociales de la sociedad Rios y Compañía Abogados Limitada a don Pablo Ignacio Astorga Lanas, quien los acepta y adquiere para sí. De esta manera, quedan como únicos socios, don Andrés Ríos Urquidi con un 50% del total de los derechos sociales y don Pablo Ignacio Astorga Lanas con un 50% del total de los derechos sociales. Los actuales socios reiteran que limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad; b) Como consecuencia de la cesión socios reemplazan íntegramente el artículo 6° del pacto social por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: Capital social. El capital de la sociedad es la suma de $1.200.000, que los socios aportan, enteran y pagan de la siguiente forma: A) Don Andrés Ríos Urquidi aporta la suma de $600.000, equivalentes al 50% del total de los derechos sociales, ya enterados a la caja social; y B) Don Pablo Ignacio Astorga Lanas aporta la suma de $600.000, equivalentes al 50% del total de los derechos sociales, ya enterados a la caja social, a entera satisfacción de la Sociedad”. Las actuales y únicas socias reiteran que limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 01 de abril de 2024.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
RIOS Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA
CVE 2478418
