Sociedade por Ações76.722.221-1

Inmobiliaria Horizonte SpA

MODIFICACIÓN — 16 de out. de 2025

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2025-10-16Ver PDF (CVE 2713571)

Informações societárias

SpA
San Pedro de la Paz, Biobío
Duração: indefinida

Capital

Capital total

$2.000.000

Ações

400

Sócios (1)

NomeParticipação

Andrea Alejandra Apablaza Gajardo

Accionista

14.xxx.xxx-8

100%

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 18 de novembro de 2016

    Se constituyó Inmobiliaria Horizonte SpA.

  2. Outro ato· 3 de agosto de 2025

    Se celebró junta extraordinaria de accionistas que acordó la modificación estatutaria.

    Andrea Alejandra Apablaza Gajardo

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Notario Interino, con oficio en Castellón N° 116, Comuna de Concepción, certifico: Por escritura pública de fecha 01 de septiembre de 2025, ante mí, Repertorio N°3273, doña ANDREA ALEJANDRA APABLAZA GAJARDO en representación de la sociedad “Inmobiliaria Horizonte SpA” Rol Único Tributario Nº 76.722.221-1, ambas con domicilio en Cataluña 1208, oficina 204-B, Concepción, edificio Solar del Valle, Valle Escondido Paicaví Región Bio Bio, vienen en reducir a escritura acta Junta Extraordinaria de accionistas de fecha 3 de agosto del año 2.025, reducida a escritura pública con fecha 1 de septiembre del año 2.025, ante el Notaria Público Interino de la 2ª Notaría de Concepción, señor Pedro Enrique Hidalgo Sarzosa, Repertorio N° 3773/2025, “Modificación de Los Estatutos”, MODIFICACIÓN: Se modifican las siguientes cláusulas del estatuto social de constitución de sociedad, la que se constituyó por escritura pública de fecha dieciocho de noviembre del año dos mil dieciséis, suscrita ante el Notario don RICARDO SALGADO SEPULVEDA de la comuna de Talcahuano, repertorio número mil ciento seis guion dos mil dieciséis, cuyo extracto de Constitución, rola inscrito a fojas dos mil quinientos ochenta y cuatro vuelta número dos mil ciento cincuenta y siete del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año dos mil dieciséis, publicado en el diario oficial, con fecha veinticuatro de noviembre del año dos mil dieciséis. Uno) ARTICULO QUINTO DEL CAPITULO SEGUNDO. CAPITAL Y ACCIONES, se modifica quedando de esta forma: “El capital de la sociedad será la suma de dos millones de pesos divididos en cuatrocientas acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El capital de la sociedad se suscribe y paga en la forma y plazos indicados en los artículos transitorios de estos Estatutos”, el resto del ARTICULO QUINTO DEL CAPITULO SEGUNDO. CAPITAL Y ACCIONES, permanece inalterable. Dos) ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO, quedando en definitiva de esta forma: “Las cuatrocientas acciones nominativas, de una misma seria y sin valor nominal, en que se divide el capital social, establecido en el Artículo Quinto de los Estatutos, son suscrito en su totalidad por doña Andrea Alejandra Apablaza Gajardo, a un valor de cinco mil pesos cada una”. Tres) ARTICULO TERCERO TRANSITORIO, quedando en definitiva de esta forma: Doña Andrea Alejandra Apablaza Gajardo paga las seiscientas acciones que ha suscrito de la siguiente forma: Uno) doscientas ochenta acciones que las paga en este acto, de contado, con la suma de un millón cuatrocientos mil pesos, en dinero efectivo y de lo cual la sociedad declara recibidos a su entera conformidad y satisfacción, ingresando los dineros a caja social.- Dos) ciento veinte acciones que las paga en este acto, de contado, con la suma de seiscientos mil pesos, en dinero efectivo y de lo cual la sociedad declara recibidos a su entera conformidad y satisfacción, ingresando los dineros a caja social.- Se elimina el resto del ARTICULO TERCERO TRANSITORIO. Cuatro) ARTICULO CUARTO TRANSITORIO quedando en definitiva de esta forma: En consecuencia, quedan completamente pagadas las seiscientas acciones suscritas por doña Andrea Alejandra Apablaza Gajardo, declarándose la sociedad recibida del precio total de dos millones de pesos, resultante de la suma de los valores individuales en que fueron suscritas cada una de aquellas acciones, a su entera conformidad, el cual es ingresado al activo social. Cinco) CLASULA QUINTA, quedando en definitiva de esta forma: Los comparecientes confieren poder irrevocable a doña ANDREA ALEJANDRA APABLAZA GAJARDO, RUT número 14.304.583-8, para que, actuando en su nombre y representación pueda ejecutar los actos y suscribir los instrumentos públicos y privados que fueren necesarios para aclarar, rectificar o complementar esta escritura, en relación con cualquier requisito que fuere necesario a juicio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, para publicar en el diario oficial y para inscribir adecuadamente las estipulaciones contenidas en este instrumento, como asimismo en cualquier cláusula no principal, pudiendo efectuar las anotaciones que fueren necesarias en la matriz de la misma y solicitar al Conservador de Bienes Raíces respectivo las anotaciones, inscripciones y subinscripciones a que hubiese lugar. En caso de fallecimiento de cualquiera de los mandantes, este mandato continuará vigente de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo dos mil ciento sesenta y nueve del Código Civil, pues también está destinado a ejecutarse después del fallecimiento de los mandantes. Las partes dejan constancia que este mandato se otorga con carácter de irrevocable y gratuito en conformidad a lo dispuesto en los Artículos doscientos treinta y cinco, doscientos treinta y ocho y siguientes del Código de Comercio. RESCILIACIÓN.- Por el presente instrumento, doña ANDREA ALEJANDRA APABLAZA GAJARDO y la INMOBILIARIA HORIZONTE SpA, representada por doña ANDREA ALEJANDRA APABLAZA GAJARDO, vienen en resciliar y dejar sin efecto, el aporte que se efectuó al momento de constituir la sociedad por escritura pública de fecha dieciocho de noviembre del año dos mil dieciséis, suscrita ante el Notario don RICARDO SALGADO SEPULVEDA de la comuna de Talcahuano, repertorio número mil ciento seis guion dos mil dieciséis, cuyo extracto de Constitución, rola inscrito a fojas dos mil quinientos ochenta y cuatro vuelta número dos mil ciento cincuenta y siete del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año dos mil dieciséis, publicado en el diario oficial, con fecha veinticuatro de noviembre del año dos mil dieciséis, y que se efectuó sobre de los siguientes inmuebles: a) Unidad número tres, correspondiente al departamento número ciento tres, del edificio A; b) Unidad número doscientos veinticuatro, correspondiente a la Bodega número cuarenta y ocho, ambas del Condominio ubicado en calle Bayona número mil novecientos, de la comuna de San Pedro de la Paz, construido en el Lote L-uno, cuyos deslindes son los siguientes: NORTE: En noventa y siete coma nueve metros con otros propietarios, Parque Residencial Laguna Grande; SUR: En ciento doce coma sesenta y seis metros con calle Bayona; ORIENTE: En setenta y dos coma veintiséis metros con otros propietarios, Parque Residencial Laguna Grande; PONIENTE: En cincuenta y dos coma cincuenta y dos metros con prolongación calle Barcelona.- Los antecedentes relativos a dicho Condominio, se encuentran agregados bajo el número treinta y cuatro del año dos mil siete al final del Registro de Propiedad, Sección Especial Ley diecinueve mil quinientos treinta y siete de Copropiedad Inmobiliaria en el Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz. El título de dominio a su favor de la INMOBILIARIA HORIZONTE SpA, se encuentra inscrito a fojas cuatro mil seiscientos cincuenta y nueve número tres mil doscientos setenta y siete del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz del año dos mil dieciséis, por motivos de disminución del capital social.- Los inmuebles rol de avalúo número doce mil trescientos cuarenta y dos guion cuarenta y cuatro y doce mil trescientos cuarenta y dos guion ciento sesenta y ocho respectivamente, ambos de la comuna de San Pedro de la Paz, no registran deuda, por pago de contribuciones a los Bienes Raíces. NOTAS AL MARGEN.- Deberá por lo tanto, tomarse nota de la presente escritura pública de resciliación al margen: a) De la escritura pública de fecha dieciocho de noviembre del año dos mil dieciséis, suscrita ante el Notario don RICARDO SALGADO SEPULVEDA de la comuna de Talcahuano, repertorio número mil ciento seis guion dos mil dieciséis; b) De la inscripción de fojas dos mil quinientos ochenta y cuatro vuelta número dos mil ciento cincuenta y siete del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año dos mil dieciséis; c) De la inscripción de fojas cuatro mil seiscientos cincuenta y nueve número tres mil doscientos setenta y siete del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz del año dos mil dieciséis. VIGENCIA DE INSCRIPCION: De la forma antes relatada, quedara plenamente vigente la inscripción de fojas seis mil cuatrocientos sesenta y dos, número tres mil doscientos cincuenta del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz del año dos mil trece, a favor de doña ANDREA ALEJANDRA APABLAZA GAJARDO. Se faculta a doña ANDREA ALEJANDRA APABLAZA GAJARDO, previa reducción a escritura pública de la presente acta de junta extraordinaria de accionistas, para requerir con copia autorizada de la presente, al Registro de Comercio y Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, las anotaciones, inscripciones, y subinscripciones que fueren procedentes.- MANDATO PARA REDUCIR A ESCRITURA PÚBLICA, PUBLICACIÓN E INSCRIPCIÓN: Se acuerda otorgar mandato irrevocable a doña ANDREA ALEJANDRA APABLAZA GAJARDO, RUT número 14.304.583-8, para solicitar la reducción de la presente acta de junta extraordinaria de accionista a escritura pública y se faculta para solicitar y requerir la publicación en el diario oficial de la presente acta de junta extraordinaria de accionista, previamente reducida a escritura pública y para requerir posteriormente la respectiva inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Concepción y en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de San Pedro de la Paz.- capital $2.000.000.- domicilio: San Pedro de la Paz; duración: indefinida.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Concepción 14 de octubre de 2025.-

ConstituiçãoDiario Oficial · 2021-10-30Ver PDF (CVE 2034352)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

El desarrollo, explotación, administración, arrendamiento, comercialización y venta de todo tipo de bienes inmuebles o raíces, así como todo tipo de inversiones, pudiendo invertir los fondos disponibles con que cuente la sociedad

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital integralizado

$10.000.000

Capital pendente

$0

Ações

10.000

Sócios (4)

NomeParticipação

INMOBILIARIA CANELA SpA

Accionista

-

PAULA FRANCISCA TORRES INFANTE

Accionista

-

PATRICIA ALEJANDRA RIVERA FITA

Accionista

-

LUCÍA JULIA INFANTE TORRES

Accionista

-

Texto oficial do extrato

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Carmencita 20, comuna de Las Condes, Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 25 de Octubre de 2021, Repertorio N° 8935/2021, ante Suplente, INMOBILIARIA CANELA SpA, PAULA FRANCISCA TORRES INFANTE, PATRICIA ALEJANDRA RIVERA FITA, y LUCÍA JULIA INFANTE TORRES, constituyeron una sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto: Nombre: INMOBILIARIA HORIZONTE SpA pudiendo utilizar el nombre de fantasía “Horizonte SpA”; Domicilio: Santiago, dentro del territorio jurisdiccional del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, sin perjuicio que pueda abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero; Objeto social: El objeto de la sociedad será el desarrollo, explotación, administración, arrendamiento, comercialización y venta de todo tipo de bienes inmuebles o raíces, así como todo tipo de inversiones, pudiendo invertir los fondos disponibles con que cuente la sociedad; Capital social: $10.000.000, dividido en 10.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagados. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 27 de Octubre de 2021.- COSME FERNANDO GOMILA GATICA.- Notario Titular.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    Inmobiliaria Horizonte SpA

    CVE 2713571

  2. CONSTITUCIÓN

    INMOBILIARIA HORIZONTE SpA

    CVE 2034352

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