Sociedade de Responsabilidade Limitada76.637.030-6

Agrícola La Sanchina Limitada

MODIFICACIÓN — 18 de fev. de 2023

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2023-02-18Ver PDF (CVE 2274429)

Informações societárias

Ltda
Avenida Presidente Kennedy N°9070, oficina 1501
Administração: Corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don RODRIGO FERNANDO SANHUEZA SILVA; en caso de fallecimiento de éste, a los socios sobrevivientes, conjuntamente a lo menos dos cualesquiera de ellos

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (4)

NomeParticipação

RODRIGO FERNANDO SANHUEZA SILVA

Socio

-

RODRIGO ANDRÉS SANHUEZA SÁNCHEZ

Socio

-

PAULA XIMENA SANHUEZA SÁNCHEZ

Socio

-

JAVIERA PAZ SANHUEZA SÁNCHEZ

Socio

-

Administradores (1)

Histórico societário relatado

  1. Falecimento· 1 de janeiro de 2021

    Fallece la socia LAURA PATRICIA DEL CARMEN SÁNCHEZ RÍOS.

    LAURA PATRICIA DEL CARMEN SÁNCHEZ RÍOS

  2. Sucessão· 22 de setembro de 2022

    Se adjudican por partición hereditaria los derechos de la causante a sus hijos RODRIGO ANDRÉS SANHUEZA SÁNCHEZ, PAULA XIMENA SANHUEZA SÁNCHEZ y JAVIERA PAZ SANHUEZA SÁNCHEZ.

    LAURA PATRICIA DEL CARMEN SÁNCHEZ RÍOS · RODRIGO ANDRÉS SANHUEZA SÁNCHEZ · PAULA XIMENA SANHUEZA SÁNCHEZ · JAVIERA PAZ SANHUEZA SÁNCHEZ

Texto oficial do extrato

MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, abogada, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio ubicado en Avenida Santa Rosa N°7.955, San Ramón, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 19 de diciembre de 2022, ante mí, don don RODRIGO FERNANDO SANHUEZA SILVA, don RODRIGO ANDRÉS SANHUEZA SÁNCHEZ, doña PAULA XIMENA SANHUEZA SÁNCHEZ y doña JAVIERA PAZ SANHUEZA SÁNCHEZ; todos domiciliados para éstos efectos en Avenida Presidente Kennedy N°9070, oficina 1501, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, celebraron “Da cuenta de hecho que indica y modificación de estatutos sociales AGRÍCOLA LA SANCHINA LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 464 número 396 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, correspondiente al año 2006; y acordaron lo siguiente: I.- DA CUENTA DE HECHO QUE INDICA. Los comparecientes dejaron constancia: i) del fallecimiento de la socia doña LAURA PATRICIA DEL CARMEN SÁNCHEZ RÍOS (Q.E.P.D.), cuya posesión efectiva se tramitó ante el Segundo Juzgado de Letras de Curicó, en los autos voluntarios Rol V-46-2021, en virtud de la cual se reconocieron como herederos testamentarios a sus hijos, habiendo repudiado la herencia su cónyuge sobreviviente; ii) de la liquidación de la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de doña LAURA PATRICIA DEL CARMEN SÁNCHEZ RÍOS(Q.E.P.D.), mediante escritura pública de “Partición de Comunidad Hereditaria Sucesión Laura Patricia del Carmen Sánchez Ríos”, suscrita con fecha 22 de septiembre de 2022, suscrita ante doña Marcela Medina Ricci, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón; por la cual se adjudicaron a don RODRIGO ANDRÉS SANHUEZA SÁNCHEZ, doña PAULA XIMENA SANHUEZA SÁNCHEZ y doña JAVIERA PAZ SANHUEZA SÁNCHEZ; un tercio a cada uno, de los derechos de que la causante era titular en la AGRÍCOLA LA SANCHINA LIMITADA. II.- MODIFICACIONES SOCIALES. Como consecuencia de lo señalado, para adecuar los estatutos a la nueva realidad social, los actuales y únicos socios reemplazaron el artículo cuarto, relativo al capital social; y el artículo quinto, relativo a la administración, representación y uso de la razón social; por los del siguiente tenor: ARTÍCULO CUARTO: El capital social es la suma de $1.000.000, que los socios ha aportado en la forma y proporciones siguientes: a) don RODRIGO FERNANDO SANHUEZA SILVA, la suma de $20.000, íntegramente enterados en la caja social con anterioridad a esta fecha; b) don RODRIGO ANDRÉS SANHUEZA SÁNCHEZ, la suma de $326.667, íntegramente enterados en la caja social con anterioridad a esta fecha; c) doña PAULA XIMENA SANHUEZA SÁNCHEZ, la suma de $326.666, íntegramente enterados en la caja social con anterioridad a esta fecha; y d) doña JAVIERA PAZ SANHUEZA SÁNCHEZ, la suma de $326.667, íntegramente enterados en la caja social con anterioridad a esta fecha. ARTÍCULO QUINTO: La administración, representación y el uso de la razón social, corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don RODRIGO FERNANDO SANHUEZA SILVA, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, gozando de las más amplias facultades de administración y disposición, sin límite alguno, debiendo resolver en forma interna las dificultades que se susciten entre los socios y que se deriven de la aplicación o interpretación del presente contrato, sin perjuicio que puedan recurrir a la instancia arbitral que se estipula en la cláusula décimo segunda de este pacto, pudiendo, además, actuar, sin que la enumeración sea taxativa, en la celebración de los siguientes actos o contratos, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social (…). En caso de fallecimiento de don RODRIGO FERNANDO SANHUEZA SILVA, la administración corresponderá a los socios sobrevivientes, quienes, actuando conjuntamente, a lo menos dos cualesquiera de ellos, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 8 de febrero de 2023. M. Medina R. Notario Público.

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    CVE 2274429

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