Sociedad Importadora, Exportadora Y Comercializadora Impakto Brasil Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$6.000.000
Capital integralizado
$2.004.000
Capital pendente
$3.996.000
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 25% | $2.004.000 |
PAULA ANIJAR ALBUQUERQUE G MORENO Socio | - | 25% | $1.998.000 |
Socio | - | 25% | $1.998.000 |
Socio | - | 25% | $0 |
Administradores (2)
Histórico societário relatado
- Cessão de direitos· 20 de janeiro de 2017
LUCIANA ALMEIDA ROCHA cede 8,4% de sus derechos sociales a TELMA MARQUES
- Cessão de direitos· 20 de janeiro de 2017
PAULA ANIJAR ALBUQUERQUE G MORENO cede 8,3% de sus derechos sociales a TELMA MARQUES
- Cessão de direitos· 20 de janeiro de 2017
CLEIDE IRIS DE FARIA GOMES cede 8,3% de sus derechos sociales a TELMA MARQUES
- Mudança de capital· 20 de janeiro de 2017
Se rectifica la distribución de aportes y el capital social queda en $6.000.000
LUCIANA ALMEIDA ROCHA · PAULA ANIJAR ALBUQUERQUE G MORENO · CLEIDE IRIS DE FARIA GOMES · TELMA MARQUES
- Mudança de administrador· 20 de janeiro de 2017
La administración, representación y uso de la razón social pasa a LUCIANA ALMEIDA ROCHA y TELMA MARQUES indistintamente y separadas
Texto oficial do extrato
JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRODER, Notario Público, Suplente del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Huérfanos 835, piso 18, certifico que, por escritura de 20 de enero de 2017, ante mi, PAULA ANIJAR ALBUQUERQUE G MORENO, Camino de Cintura 8023, comuna de Huechuraba; LUCIANA ALMEIDA ROCHA, Avenida Santa Marta 7650, Condominio Los Abedules, comuna de Huechuraba; CLEIDE IRIS DE FARIA GOMES, Avenida Pedro Fontova 6450, casada 91, Condominio Puertas de Huechuraba, comuna de Huechuraba; y TELMA MARQUES, El Sauce 1400, casa 55, comuna de Huechuraba, rectificaron SOCIEDAD IMPORTADORA, EXPORTADORA Y COMERCIALIZADORA IMPAKTO BRASIL LIMITADA, inscrita en extracto en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 75897 No. 40984, año 2016, el error en la distribución del porcentaje social, establecido en el titulo segundo de los estatutos sociales ya señalados, de la siguiente forma, Uno) donde dice “a) Doña LUCIANA ALMEIDA ROCHA, aporta la cantidad de dos millones de pesos, equivalentes al treinta y tres como tres por ciento del capital social”, debe decir: “ a) Doña LUCIANA ALMEDIA ROCHA, aporta la cantidad de dos millones cuatro mil pesos, equivalente al treinta y tres coma cuatro del capital social; Dos) Donde dice “b) Doña PAULA ANIJAR ALBUQUERQUE G MORENO, aporta la cantidad de dos millones de pesos, equivalentes al treinta y tres coma tres por ciento del capital social”, debe decir: “b) Doña PAULA ANIJAR ALBUQUERQUE G MORENO, aporta la cantidad de un millón novecientos noventa y ocho mil pesos, equivalentes al treinta y tres coma tres por ciento del capital social; Tres) donde dice “c) doña CLEIDE IRIS DE FARIA GOMES, aporta la cantidad de dos millones de pesos, equivalente al treinta y tres coma tres por ciento del capital social”, debe decir: “c) doña CLEIDE IRIS DE FARIA GOMES aporta la cantidad de un millón novecientos noventa y ocho mil pesos, equivalentes al treinta y tres coma tres por ciento del capital social” y se le agrega la frase “ los cuáles serán aportados según las necesidades de caja; Cuatro) De este modo, en la cláusula sexta del contrato social queda del siguiente tenor “ El Capital Social será la suma de seis millones de pesos, que las socias pagan, aportan y enteran en la forma que se señala a continuación: “ a) Doña LUCIANA ALMEDIA ROCHA, Aporta la cantidad de dos millones cuatro mil pesos, equivalente al treinta y tres coma cuatro del capital social, pagando y enterando en este acto al contado y en dinero en efectivo; b) Doña PAULA ANIJAR ALBUQUERQUE G MORENO, aporta la cantidad de un millón novecientos noventa y ocho mil pesos, equivalentes al treinta y tres coma tres por ciento del capital social; los cuales serán ingresados conforme a las necesidades de caja c) doña CLEIDE IRIS DE FARIA GOMES aporta la cantidad de un millón novecientos noventa y ocho mil pesos, equivalentes al treinta y tres coma tres por ciento del capital social, los cuales serán aportados según las necesidades de caja”.- Asimismo, mediante citado instrumento doña LUCIANA ALMEIDA ROCHA, vende, cede y transfiere a doña TELMA MARQUES quien compra y adquiere para si un 8,4% de los derechos sociales que le corresponde en la sociedad, equivalente al 8,4% del total de los derechos sociales, en $504.000 pagados forma señalada escritura; PAULA ANIJAR ALBUQUERQUE G MORENO, vende, cede y transfiere a doña TELMA MARQUES quien compra y adquiere para si un 8,3% de los derechos sociales que le corresponde en la sociedad equivalente al 8.3% del total de los derechos sociales, en $498.000, pagados forma señalada escritura; CLEIDE IRIS DE FARIA GOMES, vende, cede y transfiere a doña TELMA MARQUES quien compra y adquiere para si un 8,3% de los derechos sociales que le corresponde en la sociedad equivalente al 8,3% del total de los derechos sociales, en $498.000, pagados forma señalada escritura.- Consecuencia cesiones, los derechos sociales quedan divididos entre sus únicas socias en un 25% de los derechos sociales para cada una de ellas.- Además, modifican el pacto social, en el sentido, que la administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a doña LUCIANA ALMEIDA ROCHA y a doña TELMA MARQUES, en forma indistinta y separada, quienes dispondrán de todas y cada una de las facultades que se enumeran en el contrato social constitutivo.- En todo lo no rectificado y modificado por la citada escritura, continua vigente en todas sus partes el contrato social constitutivo.- SANTIAGO; 23 de enero de 2017.-
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD IMPORTADORA, EXPORTADORA Y COMERCIALIZADORA IMPAKTO BRASIL LIMITADA
CVE 1175841
