Sociedade de Responsabilidade Limitada76.598.876-4

Sociedad Comercial El Señor De Los Milagros Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 31 de mai. de 2018

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2018-05-31Ver PDF (CVE 1407474)

Informações societárias

Ltda
Rengo, O'Higgins

Objeto social

Compra venta, importaciones y exportaciones, reexportaciones, distribuciones, comercialización, por cuenta ajena o propia, de toda clase de mercancías y productos, sea al por mayor o al detalle, de procedencia nacional o extranjera, dentro o fuera del territorio nacional, tanto en zona franca, como en zona de extensión y/o el resto del país, sea que estas se efectúen bajo el amparo del Régimen de zona franca contemplado en el decreto ley número mil cincuenta y cinco y todas sus modificaciones posteriores o por regímenes aduaneros especiales o generales. Representar a marcas nacionales e internacionales. Toda otra operación que los socios determinen y que se relacione directa o indirectamente con el objeto social.

Sócios (2)

NomeParticipação

MAURA ROXANA ZABALETA SAONA

Socio

14.xxx.xxx-4

-

WILDER CESAR QUIROZ PAREDES

Socio

22.xxx.xxx-3

-

Representação legal (2)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 9 de agosto de 2016

    Maura Roxana Zabaleta Saona y Wilder Cesar Quiroz Paredes constituyen una sociedad de responsabilidad limitada.

    MAURA ROXANA ZABALETA SAONA · WILDER CESAR QUIROZ PAREDES

Texto oficial do extrato

RAMÓN GARCÍA CARRASCO, Notario Público Titular de Concepción, con Oficio en calle Rengo Nº444 Concepción, certifica: Por escritura Pública de 22 de mayo de 2018, ante mí, MAURA ROXANA ZABALETA SAONA, peruana, soltera, comerciante, domiciliada en calle Rengo setecientos sesenta y cuatro Concepción, cedula de identidad catorce millones setecientos cuarenta y cinco mil trescientos nueve guion cuatro, y WILDER CESAR QUIROZ PAREDES, peruano, soltero, comerciante, domiciliado en Rengo setecientos sesenta y cuatro Concepción, cédula de identidad veintidós millones ochenta y un mil quinientos cuarenta y seis mil guion tres, expusieron: PRIMERO: Que por escritura Pública de nueve de Agosto de dos mil dieciséis ante el Notario Público don Ramón García Carrasco de Concepción los socios MAURA ROXANA ZABALETA SAONA y don WILDER CESAR QUIROZ PAREDES constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por las normas de la ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, normas pertinentes del código civil y de comercio respectivamente, cuya razón social es “SOCIEDAD COMERCIAL EL SEÑOR DE LOS MILAGROS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, pudiendo actuar también con los nombres de fantasía “COMERCIAL EL SEÑOR DE LOS MILAGROS Y CIA LTDA”. SEGUNDO: Por el presente instrumento los socios vienen en agregar al objeto de la constitución de sociedad de responsabilidad limitada, lo siguiente: A).- compra venta, importaciones y exportaciones, reexportaciones, distribuciones, comercialización, por cuenta ajena o propia, de toda clase de mercancías y productos, sea al por mayor o al detalle, de procedencia nacional o extranjera, dentro o fuera del territorio nacional, tanto en zona franca, como en zona de extensión y /o el resto del país, sea que estas se efectúen bajo el amparo del Régimen de zona franca contemplado en el decreto ley numero mil cincuenta y cinco y todas sus modificaciones posteriores o por regímenes aduaneros especiales o generales. B).- Representar a marcas nacionales e internacionales. C).- Toda otra operación que los socios determinen y que se relacione directa o indirectamente con el objeto social de la constitución de sociedad de responsabilidad limitada, quedando en definitiva agregadas por el presente instrumento lo relativo a dichos objetos. TERCERO: Los comparecientes acuerdan que las clausulas no modificadas del pacto social se mantendrán en su tenor. CUARTO: Los comparecientes facultan y otorgan mandato a don Julián Marcelo Herrera Martínez, para que en su nombre y representación requiera, adicione, modifique, enmiende, y otorgue todas las escrituras adicionales y complementarias que sean pertinentes, y realice las publicaciones, inscripciones, subinscripciones o anotaciones que fuesen legalmente procedentes para dar curso legal y vigencia de este contrato. QUINTO: Los comparecientes fijan domicilio en la ciudad de concepción para estos efectos del presente instrumento. Concepción, Mayo 29 de 2018.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD COMERCIAL EL SEÑOR DE LOS MILAGROS Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 1407474

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