Casa Bagua SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (1)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 14.xxx.xxx-0 | 14.xxx.xxx-0 | - | - |
Histórico societário relatado
- Constituição· 29 de julho de 2016
Constitución de la sociedad por acciones CASA BAGUA SpA.
Texto oficial do extrato
Ante mi, DANIEL HURTADO NAVIA, , Abogado, Notario Público Titular, Conservador y Archivero Judicial de las Comunas de Vicuña y Paihuano, con oficio en calle Gabriela Mistral 582, comuna de Vicuña, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo, certifica que: por escritura de fecha cinco de julio de 2023 Repertorio notarial 357-2023 ante mí, doña ALICIA CAROLINA VALDES MUÑOZ, R.U.T. 14.606.526-0, domiciliada en Diaguitas calle Principal número 7-D, comuna de Vicuña, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo, en su calidad de única accionista de la sociedad por acciones “CASA BAGUA SpA” inscrita a fojas 31, número 25 del año 2016, del conservador de comercio de Vicuña y Paihuano, publicada en el diario oficial el 29 de julio de 2016, modifica el estatuto de la sociedad, agregando entre el “Artículo Tercero” y “Artículo Cuarto” vigentes, un nuevo artículo en el siguiente tenor: Artículo tercero A: Cumplimiento del Objeto Social: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo. La compareciente modifica además el artículo décimo cuarto por el siguientes: Articulo Décimo Cuarto: Gerente General. La Sociedad será administrada por un Gerente General, pudiendo este ser o no accionista, designado — y esencialmente revocable — por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la Junta. Sin embargo, no será necesaria la celebración de Junta de Accionistas para efectos de la designación o revocación del Gerente General en caso que tal designación o revocación conste por escritura pública firmada por el único accionista o por todos los accionistas de la Sociedad. Para todos los efectos, el Gerente General tendrá todas las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis correspondan al directorio, a los directores y al gerente general de una sociedad anónima. Lo anterior es sin perjuicio de los apoderados especiales de la Sociedad que el único accionista o todos los accionistas por unanimidad nombren por escritura pública. En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios/accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas o socios de la Sociedad. Demás antecedentes en escritura extractada. Vicuña, 05 de julio de 2023.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
Casa Bagua SpA
CVE 2340907
