Empresa Individual de Responsabilidade Limitada76.574.600-0

Servicios Héctor Rojas Gárate E.I.R.L..

MODIFICACIÓN — 7 de fev. de 2025

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2025-02-07Ver PDF (CVE 2607807)

Informações societárias

SpA
Calama, Antofagasta
Duração: Indefinida

Objeto social

La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros asociados a ella o no, dentro y fuera del país, a las siguientes actividades: a) Arriendo de maquinarias, herramientas, equipos, vehículos livianos y pesados; b) el movimiento de tierra, áridos, escombros y rellenos con el fin de venderlos, trasladarlos a otros lugares o que sobre los terrenos o superficies en el cual se realizaron dichos trabajos, se puedan construir y elevar toda clase de edificios, casas, centros comerciales y en general cualquiera construcción de cualquier índole; c) Servicios a la pequeña, mediana y gran minería; d) ventas de artículos de construcción y ferretería; e) administración, gestión y desarrollo de los servicios de hotelería; f) gestión de instalaciones deportivas; y g) la realización de cualquiera otra actividad análoga o complementaria que se relacione directa o indirectamente con las ya mencionadas o que los accionistas acuerden.

Capital

Capital total

$450.000.000

Capital integralizado

$450.000.000

Capital pendente

$0

Ações

1.000.000

Sócios (4)

NomeParticipação

Héctor Hernán Rojas Cruz

Accionista

18.xxx.xxx-2

25%

Jeannett Andrea Rojas Cruz

Accionista

14.xxx.xxx-9

25%

Carmen Gloria Rojas Cruz

Accionista

16.xxx.xxx-6

25%

Paloma Belén Rojas Díaz

Accionista

21.xxx.xxx-6

25%

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 2 de maio de 2006

    Constitución original de la empresa SERVICIOS HÉCTOR ROJAS GÁRATE E.I.R.L. / SERVICIOS H Y H E.I.R.L.

  2. Falecimento· 10 de fevereiro de 2024

    Fallece Héctor Hernán Rojas Gárate.

    Héctor Hernán Rojas Gárate

  3. Sucessão

    Los comparecientes actúan como comuneros de la sucesión de Héctor Hernán Rojas Gárate y se adjudican la empresa en partes iguales.

    Héctor Hernán Rojas Cruz · Jeannett Andrea Rojas Cruz · Carmen Gloria Rojas Cruz · Paloma Belén Rojas Díaz

Texto oficial do extrato

Carlos Felipe Urbina Reszczynski, Notario Público titular de la 5º Notaría de Antofagasta, con oficio en calle Almirante Juan José Latorre Nº 2.398, Antofagasta, certifico: por escritura pública de fecha 31 de enero de 2025, Repertorio Número 197-2025 comparecen: 1) Don HÉCTOR HERNÁN ROJAS CRUZ, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad número dieciocho millones cuatrocientos mil cuatrocientos veintitrés guion dos, domiciliado para estos efectos en calle Talca número mil novecientos uno, Villa Ayquina, Calama, de paso en esta ciudad; 2) doña JEANNETT ANDREA ROJAS CRUZ; chilena, soltera, enfermera, cédula de identidad número catorce millones quinientos cincuenta y siete mil trescientos cincuenta y nueve guion nueve, domiciliada, para estos efectos, en calle Esmeralda número mil novecientos veintiuno, ciudad de Antofagasta; 3) doña CARMEN GLORIA ROJAS CRUZ, chilena, soltera, administrador de empresas, cédula de identidad número dieciséis millones ochocientos sesenta y siete mil novecientos ochenta y seis guion seis, domiciliada para estos efectos en calle Talca número mil novecientos uno, Villa Ayquina, Calama, de paso en esta ciudad; y 4) doña PALOMA BELÉN ROJAS DÍAZ, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad número veintiún millones trescientos noventa y cinco mil seiscientos cincuenta y seis guion seis, domiciliada para estos efectos en oficina Petronila número doscientos cuarenta y seis, casa dos, San Marco uno, ciudad de Antofagasta. Los anteriores comparecen como comuneros en la “sucesión de don Héctor Hernán Rojas Garate”, fallecido con fecha diez de febrero del año dos mil veinticuatro, quienes proceden a modificar la empresa individual de responsabilidad limitada de nombre “SERVICIOS HÉCTOR ROJAS GÁRATE E.I.R.L” o “SERVICIOS H Y H E.I.R.L.”, persona jurídica de derecho privado, del giro de su denominación rol único tributario número 76.574.600-0, la cual fue constituida por escritura pública de fecha dos de mayo de dos mil seis, otorgada ante don Patricio Hernán Cathalifaud Moroso, titular de la tercera notaría del Loa Calama y que se encuentra inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de El Loa, Calama correspondiente al año dos mil seis, a fojas ciento quince bajo el numero noventa y tres y fue publicada en el Diario Oficial con fecha veinticinco de mayo del año dos mil seis. El capital estatutario actual de la referida empresa es de cuatrocientos cincuenta millones de pesos. Los comparecientes acordaron lo siguiente: 1) La sucesión de don Héctor Hernán Rojas Gárate, en su calidad de únicos herederos, practicaron por sí mismos y de común acuerdo la liquidación parcial de la comunidad hereditaria existente sobre la empresa SERVICIOS HÉCTOR ROJAS GÁRATE E.I.R.L. Asimismo, en el proceso de partición, liquidación y pago de hijuelas los comparecientes, se adjudicaron la entera empresa individual SERVICIOS HÉCTOR ROJAS GÁRATE E.I.R.L” o “SERVICIOS H Y H E.I.R.L.”, en forma exclusiva a los comparecientes, en partes iguales, como hijos y herederos del causante. En consecuencia, se adjudica a: a) don Héctor Hernán Rojas Cruz, el veinticinco por ciento de los derechos sociales, equivalentes a ciento doce millones quinientos mil pesos; b) doña Jeannett Andrea Rojas Cruz, el veinticinco por ciento de los derechos sociales, equivalentes a ciento doce millones quinientos mil pesos; c) doña Carmen Gloria Rojas Cruz, el veinticinco por ciento de los derechos sociales, equivalentes a ciento doce millones quinientos mil pesos; y d) doña Paloma Belén Rojas Díaz, el veinticinco por ciento de los derechos sociales, equivalentes a ciento doce millones quinientos mil pesos. En consecuencia, producto de esta liquidación parcial, cada heredero será considerado propietario del porcentaje que le corresponde de los derechos sociales indicados. Asimismo, las partes declaran que esta liquidación parcial se realiza de común acuerdo y que la misma no afecta los derechos sobre otros bienes que forman parte de la masa hereditaria.- 2) Posteriormente, los comparecientes, en su calidad de adjudicatarios, como únicos y actuales propietarios en partes iguales de la referida empresa, con el expreso ánimo de continuar su giro, acordaron por unanimidad TRANSFORMAR la empresa individual de responsabilidad limitada, en una Sociedad por Acciones, siendo los estatutos extractados los siguientes: Razón social: es “SERVICIOS HECTOR ROJAS GARATE SpA”, la que podrá también actuar válidamente y para todos los efectos, incluso ante los bancos e instituciones financieras bajo el nombre de fantasía “SERVICIOS H y H SpA.- Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros asociados a ella o no, dentro y fuera del país, a las siguientes actividades: a) Arriendo de maquinarias, herramientas, equipos, vehículos livianos y pesados; b) el movimiento de tierra, áridos, escombros y rellenos con el fin de venderlos, trasladarlos a otros lugares o que sobre los terrenos o superficies en el cual se realizaron dichos trabajos, se puedan construir y elevar toda clase de edificios, casas, centros comerciales y en general cualquiera construcción de cualquier índole; c) Servicios a la pequeña, mediana y gran minería; d) ventas de artículos de construcción y ferretería; e) administración, gestión y desarrollo de los servicios de hotelería; f) gestión de instalaciones deportivas; y g) la realización de cualquiera otra actividad análoga o complementaria que se relacione directa o indirectamente con las ya mencionadas o que los accionistas acuerden.- Capital social: El capital de la sociedad, que asciende a la cantidad de cuatrocientos cincuenta millones de pesos, dividido en un millón de acciones ordinarias, nominativas, iguales, de una misma serie y sin valor nominal son íntegramente suscritas y pagadas en la forma indicada a continuación: a) Héctor Hernán Rojas Cruz, suscribe doscientas cincuenta mil acciones, por ciento doce millones quinientos mil pesos.- que se encuentran suscritas y pagadas con anterioridad a este acto; b) Jeannett Andrea Rojas Cruz; suscribe doscientas cincuenta mil acciones, por ciento doce millones quinientos mil pesos.- que se encuentran suscritas y pagadas con anterioridad a este acto; c) Carmen Gloria Rojas Cruz suscribe doscientas cincuenta mil acciones, por ciento doce millones quinientos mil pesos.- que se encuentran suscritas y pagadas con anterioridad a este acto; y d) Paloma Belén Rojas Díaz suscribe doscientas cincuenta mil acciones, por ciento doce millones quinientos mil pesos.- que se encuentran suscritas y pagadas con anterioridad a este acto. En consecuencia, el capital de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado.-Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Calama, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y/o en el extranjero.- Duración: La duración de la Sociedad será indefinida.- Demás menciones en escritura extractada. Antofagasta 04 de febrero del 2025.-

ModificaçãoDiario Oficial · 2016-10-06Ver PDF (CVE 1120790)

Informações societárias

E.I.R.L.
Avda. Grecia 2007

Capital

Capital total

$450.000.000.-

Capital integralizado

$10.000.000.-

Capital pendente

$440.000.000.-

Sócios (1)

NomeParticipação

HECTOR HERNAN ROJAS GARATE

Titular

-

Texto oficial do extrato

JOSÉ MIGUEL SEPÚLVEDA GARCÍA, Titular 4ª Notaría El Loa, Calama, Vivar 1917, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, HECTOR HERNAN ROJAS GARATE, chileno, soltero, 63 años, Avda. Grecia 2007, Calama, constituyente de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada “SERVICIOS HECTOR ROJAS GARATE E.I.R.L.” o “SERVICIOS H Y H E.I.R.L.”, RUT nº 76.574.600-0, según escritura pública 02 Mayo 2006, otorgada ante Patricio Hernán Cathalifaud Moroso, Notario Público Calama, extracto inscrito a fjs. 115, nº 93, 24 Mayo 2006, Reg. Com. C.B.R. El Loa- Calama, publicado Dº. Of. nº 38.472, 25 Mayo 2006, modifica capital empresa actualmente ascendente a $10.000.000.- a la cantidad de $450.000.000.-, aportando $440.000.000.- a enterar en plazo no mayor a 60 días contados fecha presente escritura. En consecuencia cláusula 5ª queda siguiente forma: “QUINTO.- El capital que el constituyente transfiere a la Empresa y que ha de considerar como su capital empresarial será la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS, que el constituyente aporta en dinero efectivo en la forma que se indica a continuación: a) Con la suma de diez millones de pesos que se enteró y pagó al momento de constituirse la empresa denominada “SERVICIOS HECTOR ROJAS GARATE E.I.R.L.”, con fecha dos de mayo del dos mil seis; b) Con la cantidad de cuatrocientos cuarenta millones de pesos, que se aportará, enterará y pagará en dinero efectivo dentro del plazo de sesenta días desde la fecha que se suscribe la presente escritura pública de modificación.” En todo lo no modificado seguirá vigente escritura original. Calama, 16 Septiembre 2016.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    SERVICIOS HÉCTOR ROJAS GÁRATE E.I.R.L.

    CVE 2607807

  2. MODIFICACIÓN

    SERVICIOS HECTOR ROJAS GARATE E.I.R.L.

    CVE 1120790

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