Sociedade por Ações76.552.118-1

Constructora Renku SpA

MODIFICACIÓN — 7 de jan. de 2019

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2019-01-07Ver PDF (CVE 1524080)

Informações societárias

SpA

Capital

Capital total

$30.000.000

Capital integralizado

$30.000.000

Capital pendente

$0

Ações

100

Sócios (1)

NomeParticipação

JUAN MARCELO MORALES CAROCA

Accionista

13.xxx.xxx-7

100%

Texto oficial do extrato

SERGIO W. ARENAS BENONI, Notario Público titular de La Cisterna, Gran Avenida José Miguel Carrera 8006, certifico: Por escritura pública hoy ante mí: JUAN MARCELO MORALES CAROCA, chileno, soltero, ingeniero constructor, C.I.Nº 13.248.056-7, El Pinar Nº 205, Of. 5, San Joaquín, único y actual accionista de “CONSTRUCTORA RENKU SpA”, constituida por escritura fecha 09 de diciembre del 2015, ante Notario Público de La Cisterna, Armando Arancibia Calderón, extracto encuento inscrito a fojas 93.243, número 54.428, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2015, y publicada en el Diario Oficial de fecha 12 de Diciembre de 2015.- Modificaciones consisten: A) Se modifica el estatuto constitutivo, específicamente en el “TÍTULO TERCERO: De la Administración.- ARTÍCULO QUINTO” especialmente los numerales Dos) y Seis), reemplazándolos por los siguientes: “Dos) Vender, ceder y transferir, enajenar, permutar y, en general, comprar, aceptar y adquirir para la sociedad CONSTRUCTORA RENKU SpA, a cualquier título, toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, acciones, debentures, bonos u otros; celebrar contratos de promesa sobre los bienes enumerados u otros”.- “Seis) Constituir derecho real de hipoteca en favor de terceros, incluso con cláusula de garantía general; como asimismo alzar y posponer hipotecas”.- B) Modifica el TÍTULO SEGUNDO.- Capital y acciones.- ARTÍCULO CUARTO: y el ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: en el sentido que aumenta el capital de $5.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, pagados al contado en este acto en dinero efectivo, en el acto constitutivo, a un capital de $30.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal.- En consecuencia las cláusulas que hablan del capital quedará a contar de esta fecha como se pada a expresar: “TÍTULO SEGUNDO.- Capital y acciones.- ARTÍCULO CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de TREINTA MILLONES DE PESOS, dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión”.- y “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es la suma de treinta millones de pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto; que el accionista don JUAN MARCELO MORALES CAROCA, paga y suscribe en este acto, al contado y en dinero efectivo, enterándolo íntegramente en caja social”.- En lo no modificado se mantienen vigentes cláusulas estatuto social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. La Cisterna, 27 de Diciembre de 2018.

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