Sociedade por Ações76.543.169-7

La Cocina SpA

MODIFICACIÓN — 23 de nov. de 2019

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2019-11-23Ver PDF (CVE 1686466)

Informações societárias

SpA
calle Paicaví 246
Administração: Administrador y Gerente General

Capital

Ações

100

Sócios (3)

NomeParticipação

JAVIERA PAOLA OLIVARES YAKSIC

Accionista

18.xxx.xxx-3

45%

CRISTÓBAL ALEJANDRO OLIVARES YAKSIC

Accionista

181.217.424-2

45%

CONSTRUCTORA MINIONS DEL SUR SPA

Accionista

76.876.848-K

10%

Administradores (1)

CARLOS AURELIO OLIVARES KUTTSMANS

7.xxx.xxx-8Administrador

Representação legal (2)

LUIS ALBERTO APABLAZA OLIVA

10.xxx.xxx-4Em representação de LA COCINA SpA76.543.169-7

CARLOS AURELIO OLIVARES KUTTSMANS

7.xxx.xxx-8Em representação de CONSTRUCTORA MINIONS DEL SUR SPA76.876.848-K

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 26 de janeiro de 2015

    Se constituyó LA COCINA SpA por escritura pública.

    LA COCINA SpA

  2. Mudança de administrador· 28 de outubro de 2019

    XANDRA PAOLA YAKSIC CONTRERAS cesó como administradora.

    XANDRA PAOLA YAKSIC CONTRERAS

Texto oficial do extrato

José Gerardo Bambach Echazarreta, abogado, Notario Público Titular de la Notaria de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle San Martin número novecientos seis, certifica: Con fecha 21 de noviembre de 2019, repertorio Nº 2.812-19, ante mí, don LUIS ALBERTO APABLAZA OLIVA, abogado, cédula de identidad 10.507126-4 domicilio calle Diagonal Pedro Aguirre Cerda 1265 Concepción; quien comparece por sí y según se acreditará a nombre de “LA COCINA SpA”, rut 76.543.169-7, domicilio en calle Paicaví 246 Concepción; reduce a escritura pública 3 Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 21 Noviembre del año 2019; La sociedad LA COCINA SpA, se constituyó por escritura pública 26 de Enero 2015, Notario Publico JOSE GERARDO BAMBACH ECHAZARRETA, extracto publicado diario oficial número 41.070 de 30 Enero 2015, inscrito a fojas 379, número 283, del Registro de Comercio año 2015 Conservador de Bienes Raíces de Concepción. El 21 NOVIEMBRE del año 2019 a 10 horas antes de meridiano concurrieron los siguientes ACCIONISTAS únicos uno) JAVIERA PAOLA OLIVARES YAKSIC; cédula de identidad 18.810.923-3, dueña 45 acciones nominativas Dos) CRISTÓBAL ALEJANDRO OLIVARES YAKSIC, cédula de identidad 18.1217.424-2 dueño 45 acciones nominativas, Tres) CONSTRUCTORA MINIONS DEL SUR SPA, de su giro, rol único tributaio 76.876.848-K representada CARLOS AURELIO OLIVARES KUTTSMANS, cédula de identidad 7.464.372-8. dueña 10 acciones nominativas..- Con fecha 21 de NOVIEMBRE 2019 12 horas antes de meridiano se constituyó la junta. Designación de don CARLOS AURELIO OLIVARES KUTTSMANS, nuevo Administrador y Gerente General de la sociedad “LA COCINA SpA”, dejando expresa constancia que doña XANDRA PAOLA YAKSIC CONTRERAS, ceso en dicho cargo a contar del veintiocho de Octubre del año dos mil diecinueve, revocando todos sus poderes conferidos en la escritura constitutiva de la sociedad antes indicada, CARLOS AURELIO OLIVARES KUTTSMANS, quien además será su GERENTE GENERAL, estando facultado para actuar, en nombre y representación de la sociedad, el cual durará en sus funciones hasta que su nombramiento sea revocado por los accionistas en la forma establecida en los estatutos, dicho administrador , queda facultado desde esta fecha para ejecutar todos los actos y celebrar los contratos y realizar los gastos, adquisiciones e inversiones y operación de la sociedad, a cuyo efecto podrá girar sobre los fondos sociales y actuar con todas las atribuciones que estos estatutos le confieren. Para estos efectos , y para el ejercicio de las facultades que en éste acto se le otorgan , podrá realizar todas y cada una de las facultades señaladas en la cláusula novena de la escritura social, ya suficientemente individualizada, facultades que se dan por enteramente reproducidas una a una. SE ACUERDA por los socios, que respecto de Bancos e Instituciones financieras en que la sociedad mantiene cuentas corrientes bancarias; como también respecto de direcciones Regionales y Oficinas administrativas del Servicio de Impuestos Internos y de Tesorería General de la República, Administradora de Fondos de Pensiones, Banco Central y cualquier otra persona, natural o jurídica, con que la Empresa tuviere pendientes actos a la fecha, que seguirán vigentes al respecto todos los poderes, representaciones y administradores de la empresa, mientras no se tome nota de esta escritura en la inscripción matriz; y de los actos, con respecto a dichas instituciones , que realicen los representantes o mandatarios respectivos obligarán entretanto, a la presente sociedad. Los comparecientes dejan constancia que, quedarán revocados y sin efecto los poderes otorgados por la sociedad con anterioridad a esta fecha en que se tome nota de esta escritura en la inscripción matriz en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, o , hasta que se informen los nuevos poderes a las instituciones u organismo señalados, considerándose cualquiera de los hechos mencionados que ocurra primero. Todo manteniéndose única y exclusivamente vigente aquellos poderes especiales que por la presente escritura se han otorgado.-Se faculta a portador de copia autorizada de un extracto de la presente escritura, para que requiera las anotaciones, inscripciones o subinscripciones que fueren procedentes, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción. Se levanta la sesión a las 12:30 horas del día 21 NOVIEMBRE 2019; se dejó constancia por el Notario don José Gerardo Bambach Echazarreta el cual certifica en la escritura pública haber concurrido y el acta que es expresión fiel de lo ocurrido y acordado en la reunión. Otras estipulaciones escritura extractada. Concepción, 21 de noviembre de 2019.

ModificaçãoDiario Oficial · 2019-11-09Ver PDF (CVE 1679263)

Informações societárias

SpA
Paicaví 246
Administração: Administrador y Gerente General

Capital

Ações

100

Sócios (3)

NomeParticipação

JAVIERA PAOLA OLIVARES YAKSIC

Accionista

18.xxx.xxx-3

45%

CRISTÓBAL ALEJANDRO OLIVARES YAKSIC

Accionista

18.xxx.xxx-2

45%

CONSTRUCTORA MINIONS DEL SUR SPA

Accionista

76.876.848-K

10%

Administradores (1)

CARLOS AURELIO OLIVARES KUTTSMANS

7.xxx.xxx-8Administrador

Representação legal (1)

CARLOS AURELIO OLIVARES KUTTSMANS

7.xxx.xxx-8Em representação de CONSTRUCTORA MINIONS DEL SUR SPA76.876.848-K

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 26 de janeiro de 2015

    La sociedad LA COCINA SpA se constituyó por escritura pública.

  2. Mudança de administrador· 28 de outubro de 2019

    Se designa a CARLOS AURELIO OLIVARES KUTTSMANS como nuevo administrador y gerente general, cesando XANDRA PAOLA YAKSIC CONTRERAS.

    CARLOS AURELIO OLIVARES KUTTSMANS · XANDRA PAOLA YAKSIC CONTRERAS

Texto oficial do extrato

CRISTHOFER JORDÁN TORRES RIFFO, Abogado, Notario Suplente del Titular de la Segunda Notaria de Concepción, don JOSE GERARDO BAMBACH ECHAZARRETA, según consta en decreto judicial número decreto judicial Nº 561, protocolizado al final del registro del presente bimestre, con el Nº 795, con oficio en esta ciudad, en calle San Martín Nº 906, certifica: Que por Escritura Pública de fecha 29 de Octubre de 2019, repertorio Nº2.597-19, ante mí, compareció LUIS ALBERTO APABLAZA OLIVA, chileno, casado, y separado totalmente de bienes , abogado, cédula de identidad número diez millones quinientos siete mil ciento veintiséis raya cuatro, con domicilio en calle Diagonal Pedro Aguirre Cerda mil doscientos sesenta y cinco departamento nueve de la comuna de Concepción; quien comparece por sí y según se acreditará a nombre de “LA COCINA SpA”, de su giro, rol único tributario número setenta y seis millones quinientos cuarenta y tres mil ciento sesenta y nueve raya siete, con domicilio en calle Paicaví doscientos cuarenta y seis de la comuna de Concepción, el compareciente mayor de edad, y quien acredita su identidad con cédula de identidad antes indicada y expone; viene en reducir a escritura pública Segunda Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha veintiocho de Octubre del año dos mil diecinueve en los siguientes términos; PRIMERO: ANTECEDENTES DE LA SOCIEDAD.- UNO) La sociedad LA COCINA SpA, se constituyó por escritura pública de fecha veintiséis de Enero de del año dos mil quince, número de repertorio ciento noventa y tres raya quince de la Notaria publica de Concepción de don JOSE GERARDO BAMBACH ECHAZARRETA, cuyo extracto fue publicado en el diario oficial número cuarenta y un mil setenta de fecha treinta de Enero de dos mil quince, y cuyo extracto fue inscrito a fojas trescientos setenta y nueve número doscientos ochenta y tres, del Registro de Comercio de año dos mil quince del Conservador de Bienes Raíces de Concepción. DOS) Con fecha veintiocho de Octubre del año dos mil diecinueve a las diez horas antes de meridiano concurrieron los siguientes ACCIONISTAS.- En la actualidad son únicos accionistas de la sociedad LA COCINA SpA, conforme al Registro de accionistas de la sociedad las siguientes personas con el siguiente número de acciones: uno) JAVIERA PAOLA OLIVARES YAKSIC; cédula de identidad número dieciocho millones ciento diecisiete mil ochocientos diez mil novecientos veintitrés guion tres, quien es dueña de cuarenta y cinco acciones nominativas, de una misma serie única de la sociedad, ordinarias, y sin valor nominal, que corresponden al cuarenta y cinco por ciento de estas. Dos) CRISTÓBAL ALEJANDRO OLIVARES YAKSIC, cédula de identidad número dieciocho millones ciento diecisiete mil cuatrocientos veinticuatro guion dos, quien es dueño de cuarenta y cinco acciones nominativas, de una misma serie única de la sociedad, ordinarias, y sin valor nominal, que corresponden al cuarenta y cinco por ciento de estas.- Tres) CONSTRUCTORA MINIONS DEL SUR SPA, de su giro, rol único tributaio número setenta y seis millones ochocientos setenta y seis mil ochocientos cuarenta y ocho raya K; representada por don CARLOS AURELIO OLIVARES KUTTSMANS, cédula de identidad número siete millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil trescientos setenta y dos raya ocho, quien es dueña de diez acciones nominativas, de una misma serie única de la sociedad, ordinarias, y sin valor nominal, que corresponden al cuarenta y cinco por ciento de estas.- TRES) TOTAL DE LAS ACCIONES CON DERECHO A VOTO Y FORMALIDADES, comparecen a la junta extraordinaria todos los accionistas señalados en el punto anterior. Cuatro ) Rol único tributario número setenta y seis millones quinientos cuarenta y tres mil ciento sesenta y nueve raya siete.- CINCO) La junta extraordinaria se constituye a las a las diez horas antes de meridiano, en calle Paicaví doscientos cuarenta y seis, Concepción, comuna de Concepción, se celebró la SEGUNDA Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “LA COCINA SpA”, en adelante e indistintamente la “sociedad”. Seis) Compareció XANDRA PAOLA YAKSIC CONTRERAS, chilena, casada en separación total de bienes, nutricionista, cédula de identidad número ocho millones noventa y tres mil cuatrocientos noventa y seis guión uno, domiciliada en calle Paicaví, número doscientos cuarenta y seis, comuna de Concepción; doña JAVIERA PAOLA OLIVARES YAKSIC; chilena, empresaria, soltera cédula de identidad número dieciocho millones ciento diecisiete mil ochocientos diez mil novecientos veintitrés guion tres, domiciliada en calle Paicaví, número doscientos cuarenta y seis, comuna de Concepción; en calidad de socia de LA COCINA SPA, don CRISTÓBAL ALEJANDRO OLIVARES YAKSIC, chileno, empresario, soltero cédula de identidad número dieciocho millones ciento diecisiete mil cuatrocientos veinticuatro guion dos domiciliada en calle Paicaví, número doscientos cuarenta y seis, comuna de Concepción; en calidad de socio de LA COCINA SPA; CONSTRUCTORA MINIONS DEL SUR SPA, de su giro, rol único tributaio número setenta y seis millones ochocientos setenta y seis mil ochocientos cuarenta y ocho raya K; representada por don CARLOS AURELIO OLIVARES KUTTSMANS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, comerciante, cédula de identidad número siete millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil trescientos setenta y dos raya ocho, ambos domiciliados en calle LAS ACACIAS número ocho de la comuna de Tomé: Presidió la reunión doña JAVIERA PAOLA OLIVARES YAKSIC, ya individualizada y actúo de secretario don CRISTÓBAL ALEJANDRO OLIVARES YAKSIC, ya individualizado. ASISTENCIA. El Presidente señala que concurren a la presente junta, de fecha veintiocho de Octubre del año dos mil diecinueve a las diez horas antes de meridiano los siguientes accionistas: uno) JAVIERA PAOLA OLIVARES YAKSIC; cédula de identidad número dieciocho millones ciento diecisiete mil ochocientos diez mil novecientos veintitrés guion tres, quien es dueña de cuarenta y cinco acciones nominativas, de una misma serie única de la sociedad, ordinarias, y sin valor nominal, que corresponden al cuarenta y cinco por ciento de estas. Dos) CRISTÓBAL ALEJANDRO OLIVARES YAKSIC, cédula de identidad número dieciocho millones ciento diecisiete mil cuatrocientos veinticuatro guion dos, quien es dueño de cuarenta y cinco acciones nominativas, de una misma serie única de la sociedad, ordinarias, y sin valor nominal, que corresponden al cuarenta y cinco por ciento de estas.- Tres) CONSTRUCTORA MINIONS DEL SUR SPA, de su giro, rol único tributaio número setenta y seis millones ochocientos setenta y seis mil ochocientos cuarenta y ocho raya K; representada por don CARLOS AURELIO OLIVARES KUTTSMANS, cédula de identidad número siete millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil trescientos setenta y dos raya ocho, quien es dueña de diez acciones nominativas, de una misma serie única de la sociedad, ordinarias, y sin valor nominal, que corresponden al cuarenta y cinco por ciento de estas.- SEIS) CALIFICACIÓN DE PODERES. Los poderes fueron debidamente calificados y aprobados. Siete) Formalidades de la Convocatoria. La Presidenta solicita que se deje expresa constancia en acta, del cumplimiento de las siguientes formalidades para la celebración de esta junta: a) La Junta fue auto convocada, conforme lo permite el artículo 60 de la Ley N° 18.046, por lo cual se omitió la publicación de avisos de citación y otras formas de comunicación por existir plena seguridad de que asistirían a esta asamblea los titulares de la totalidad de las acciones emitidas con derecho a voto.b)Que efectivamente se encuentran presentes en la sala los titulares del cien por ciento de las acciones en las que se divide el capital de la sociedad, de manera personal, según consta en el Registro de Accionista de la sociedad, pudiendo participar los asistentes en conformidad a lo establecido en el artículo 62 de la Ley N°18.046. OCHO) INSTALACIÓN DE LA JUNTA. La Presidenta señaló que con fecha veintiocho de Octubre del año dos mil diecinueve a las diez horas antes de meridiano, estando presente la totalidad de las acciones emitidas por la sociedad se requiere el quorum legal para la celebración de esta junta. En consecuencia, agrego que al haberse cumplido las exigencias previstas por la ley, y los estatutos para que las juntas puedan válidamente reunirse, declara constituida esta Junta Extraordinaria de Accionistas, dándola por instalada y abierta la sesión. SEGUNDO: UNO) OBJETO DE LA JUNTA. La Presidente manifestó que el objeto de la junta es someter a aprobación de los accionistas, los siguientes puntos: uno.-) La modificación como gerente general, y Administrador de la sociedad, el cual ejercía doña XANDRA PAOLA YAKSIC CONTRERAS, ya individualizada, por don CARLOS AURELIO OLIVARES KUTTSMANS, cédula de identidad número siete millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil trescientos setenta y dos raya ocho conforme a los establecido en el artículo noveno del estatuto social otorgado por escritura pública de fecha veintiseis de Enero de dos mil quince en la Notaria de Concepción, don Jose Gerardo Bambach Echazarreta, número de repertorio ciento noventa y tres raya dos mil quince, cuyo extracto fue publicado en el diario oficial número cuarenta y un mil setenta de fecha treinta de Enero de dos mil quince, y cuyo extracto fue inscrito a fojas trescientos setenta y nueve número doscientos ochenta y tres, del Registro de Comercio de año dos mil quince del Conservador de Bienes Raíces de Concepción. Dos) Establecer que los accionistas, conforme al libro de accionistas de “La Cocina SpA”, que los comparecientes antes individualizados son los únicos socios, quienes son los propietarios del cien por ciento de las acciones de la referida sociedad.- DOS)ACUERDOS: Luego de analizar la propuesta, los accionistas acordaron por la unanimidad de los accionistas asistentes que representa el cien por ciento de las acciones emitidas de la sociedad. UNO. La designación de don CARLOS AURELIO OLIVARES KUTTSMANS, cédula de identidad número siete millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil trescientos setenta y dos raya ocho, como nuevo Administrador y Gerente General de la sociedad “LA COCINA SpA”, dejando expresa constancia que doña XANDRA PAOLA YAKSIC CONTRERAS, ceso en dicho cargo a contar del veintiocho de Octubre del año dos mil diecinueve, revocando todos sus poderes conferidos en la escritura constitutiva de la sociedad antes indicada y contenidas en la cláusula NOVENA del estatuto social. TERCERO: DESIGNACIÓN DE UN NUEVO ADMINISTRADOR SOCIAL; Sin que forme parte de los estatutos, accionistas por medio del presente instrumento público , vienen en designar como administrador de la sociedad a don CARLOS AURELIO OLIVARES KUTTSMANS, quien además será su GERENTE GENERAL, estando facultado para actuar, en nombre y representación de la sociedad, el cual durará en sus funciones hasta que su nombramiento sea revocado por los accionistas en la forma establecida en los estatutos, dicho administrador , queda facultado desde esta fecha para ejecutar todos los actos y celebrar los contratos y realizar los gastos, adquisiciones e inversiones y operación de la sociedad, a cuyo efecto podrá girar sobre los fondos sociales y actuar con todas las atribuciones que estos estatutos le confieren. Para estos efectos , y para el ejercicio de las facultades que en éste acto se le otorgan , podrá realizar todas y cada una de las facultades señaladas en la cláusula novena de la escritura social, ya suficientemente individualizada, facultades que se dan por enteramente reproducidas una a una; dicho administrador, queda facultado desde esta fecha para ejecutar todos los actos celebrar todos los contratos y realizar los gastos, adquisiciones e inversiones y operación de la sociedad. El administrador, anteponiendo el nombre de la sociedad o razón a su firma, representará a la sociedad con las facultades y poderes descritas en estos estatutos. El o los administradores, actuando en la forma indicada, tienen las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, y en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna. Las facultades del o los administrador incluyen, entre otras, y sin que la enumeración que sigue sea taxativa, las siguientes: uno) Representar a la sociedad, en todos los juicios y gestiones judiciales en que tenga interés o pueda tenerlo, ante cualquier tribunal ordinario, especial, de cualquier naturaleza o arbitral, así intervenga como demandante demandada o tercero de cualquier especie, pudiendo ejercer toda clase de acciones ordinarias, ejecutivas, especiales, etcétera, relativas a su persona, bienes o a cualquier acto o contrato, etcétera, y solicitar todas las autorizaciones o formular todas las declaraciones que estime convenientes o necesarias; dos) Representar a la sociedad, con las facultades ordinarias o extraordinarias del mandato judicial, y estará facultado para desistirse en primera instancia de la acción entablada, aceptar la demanda contraria, renunciar a los recursos y a los términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, prorrogar jurisdicción, intervenir en las gestiones de conciliación y avenimientos y percibir; tres) Representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad, pudiendo especialmente concurrir ante toda clase de autoridades políticas, administrativas, municipales, marítimas, portuarias y aduaneras, organismos o instituciones de derecho público, fiscales o semifiscales, autoridades de orden tributario, provisional o laboral, de administración autónoma, organismos, servicios, etcétera, o personas de derecho privado, sean ellas naturales o jurídicas, con toda clase de presentaciones, solicitudes, peticiones, memoriales, incluso obligatorios, modificarlos o desistirse de ellas y demás documentos que sean menester y desistirse de sus peticiones; cuatro) Celebrar, aprobar o rechazar convenios judiciales o extrajudiciales, con los acreedores o deudores de la sociedad; cinco) Obtener y conceder quitas o esperas; pactar garantías, intereses, descuentos, deducciones y condonaciones; seis) Señalar domicilio; siete) Obtener concesiones administrativas, de cualquier naturaleza u objeto; ocho) Obtener mercedes de agua y presentar solicitudes de constitución de derechos de aprovechamiento de aguas; nueve) Ejercer acciones reivindicatorias o posesorias; diez) Alegar e interrumpir prescripciones; once) Constituirse en agente oficioso; doce) Adquirir por ocupación, accesión, tradición, prescripción, etcétera; trece) Solicitar pertenencias mineras; catorce) Solicitar aposición de sellos; quince) Someter a compromiso, nombrar, solicitar o concurrir al nombramiento de jueces compromisarios y fijarles o concurrir a la fijación de sus facultades, incluso de amigables componedores, remuneraciones, plazos, etcétera; dieciséis) Nombrar, solicitar o concurrir al nombramiento de síndicos, liquidadores, depositarios, peritos, tasadores, interventores, etcétera, fijarles sus facultades, deberes, remuneraciones, plazos, etcétera, removerlos o solicitar su remoción; diecisiete) Reclamar implicancias, recusar, solicitar cumplimiento de resoluciones judiciales, incluso de tribunales extranjeros, impetrar medidas prejudiciales y precautorias, recurrir al arraigo y retención de naves, entablar gestiones preparatorias de la vía ejecutiva, solicitar embargos y señalar bienes al efecto, interponer recursos judiciales, solicitar declaratorias de quiebra o adherirse a su petición, asistir a juntas de acreedores, y proponer modificaciones a los mismos; dieciocho) Retirar de las oficinas de correos, telégrafos, aduanas, empresas de transporte terrestre, marítimo o aéreo, toda clase de correspondencia, incluso certificada, giros, reembolsos, cargas, encomiendas, mercaderías, piezas, postales, etcétera, signadas o dirigidas a la sociedad. Podrán incluso firmar correspondencia de la sociedad; diecinueve) Inscribir propiedad intelectual, industrial, nombres comerciales, modelos industriales, patentar inventos, todo esto, ante organismos estatales o registros en redes computacionales de nombres de dominio, direcciones u otro tipo de inscripciones; veinte) Establecer agencias y establecimientos, en cualquier punto del país; veintiuno) Pagar en efectivo, por dación en pago, por consignación, subrogación, cesión de bienes, etcétera, todo los que la sociedad adeudare por cualquier título y, en general, extinguir obligaciones, ya sea, por novación, remisión, compensación, etcétera; veintidós) Celebrar contratos de promesa, otorgar los contratos prometidos y exigir judicial o extrajudicialmente su cumplimiento, relativos a bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales; veintitrés) Comprar, vender, permutar y, en general, adquirir y enajenar a cualquier título, bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures y derechos de cualquier naturaleza; veinticuatro) Gravar los bienes sociales con derechos de uso, usufructo, habitación, etcétera, o constituir servidumbres activas o pasivas; veinticinco) Dar y tomar en arrendamiento, administración o concesión, toda clase de bienes corporales e incorporales, raíces o muebles; veintiséis

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