Envasadora La Estación Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La importación y exportación de toda clase de productos de diversión, juguetes, libros, artículos de deportes y recreación, la compra y venta de los mismos, su comercialización y distribución dentro del territorio nacional y para en extranjero, y en general, realizar todos aquellos negocios que sean necesarios, conexos o conducentes a la realización del objetivo social o que en el futuro los socios acuerden.
Capital
Capital total
$10.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
JONATHAN OLIVER CASTRO SANDOVAL Socio | - | 50% | $3.500.000 |
Socio | - | 50% | $3.500.000 |
Administradores (2)
JONATHAN OLIVER CASTRO SANDOVAL
Histórico societário relatado
- Constituição· 8 de abril de 2016
Constitución de ENVASADORA LA ESTACION LIMITADA.
- Outro ato· 12 de maio de 2020
La sociedad fue modificada por escritura de 12 mayo 2020.
- Cessão de direitos· 7 de setembro de 2023
OLGA YOLANDA ABARCA RUBIO vende 16,65% a JONATHAN OLIVER CASTRO SANDOVAL y 16,65% a KATHERINA BUDINICH ABARCA.
OLGA YOLANDA ABARCA RUBIO · JONATHAN OLIVER CASTRO SANDOVAL · KATHERINA BUDINICH ABARCA
- Mudança de nome· 7 de setembro de 2023
La razón social cambia de ENVASADORA LA ESTACION LIMITADA a COMERCIAL NUEVA ESTACION LIMITADA.
- Mudança de administrador· 7 de setembro de 2023
Se modifica el régimen de administración para que cualquiera de los socios administre y use la razón social indistintamente.
- Mudança de capital· 7 de setembro de 2023
El capital social aumenta de $3.000.000 a $10.000.000.
Texto oficial do extrato
GUILLERMO CRISTIAN PEREZ DIAZ, Notario Público de Rancagua, con oficio en Graneros, Av. La Compañía número cero sesenta y seis, certifico: Por escritura hoy ante mí, Repertorio Notarial N°724-2024, don JONATHAN OLIVER CASTRO SANDOVAL, doña KATHERINA BUDINICH ABARCA, ambos domiciliados en Parcela 12, Lote 1B, San Pedro, San Francisco de Mostazal, y doña OLGA YOLANDA ABARCA RUBIO, domiciliada en calle Independencia 188, San Francisco de Mostazal, sanearon y modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada ENVASADORA LA ESTACION LIMITADA, constituida por escritura de 08 abril 2016 ante el Notario Público de la Cuarta Notaría de Rancagua con asiento en Graneros Guillermo Cristian Pérez Díaz, inscrita fojas 361 Nº 291 Registro Comercio Rancagua año 2016, publicada Diario Oficial de 07 abril 2016. RUT 76.534.492-1. Capital social: $3.000.000.- SANEAMIENTO 1: La sociedad fue modificada por escritura de 12 mayo 2020, ante mismo Notario indicado, inscrita fojas 432 Nº 253 Registro Comercio Rancagua año 2020. No obstante inscripción conservatoria, el vicio formal saneado es a) la falta de publicación oportuna del extracto de la modificación en Diario Oficial, conforme lo exige Art. 3º de Ley 3.918, b) según escritura pública de fecha 07 de septiembre de 2023, ante el Notario Público Titular de la Primera Notaria de Rancagua don Gerardo Andrés Carvallo Castillo, fue Saneada y Modificada según las siguientes MODIFICACIONES: A) Que doña OLGA YOLANDA ABARCA RUBIO, dueña del 33,3% del haber social, vende 16,65% de este haber social a don JONATHAN OLIVER CASTRO SANDOVAL, en $500.000.-, que paga en efectivo, este acto; y vende 16,65% restante de este haber social a doña KATHERINA BUDINICH ABARCA, en $500.000.-, que paga en efectivo, este acto. Quedan como socios JONATHAN OLIVAR CASTRO SANDOVAL y KATHERINA BUDINICH ABARCA, con un 50% del haber social cada uno; B) Que por escritura de fecha 07 de septiembre de 2023, los comparecientes modifican cláusula Segunda pacto social, cambiando objeto social por el siguiente: “La importación y exportación de toda clase de productos de diversión, juguetes, libros, artículos de deportes y recreación, la compra y venta de los mismos, su comercialización y distribución dentro del territorio nacional y para en extranjero, y en general, realizar todos aquellos negocios que sean necesarios, conexos o conducentes a la realización del objetivo social o que en el futuro los socios acuerden.”; C) Modifican razón social de ENVASADORA LA ESTACION LIMITADA, por el de COMERCIAL NUEVA ESTACION LIMITADA, nombre fantasía NUEVA LA ESTACION LIMITADA; D) En la cláusula Cuarta: ADMINISTRACION: Se suprime el siguiente párrafo de la cláusula del pacto original, en la parte que señala: “…corresponderán a uno de los socios o un tercero ajeno a la sociedad quien actuará como administrador mandatario y representante de la sociedad. Este administrador mandatario y representante de la sociedad será designado por la mayoría absoluta de los socios, esto es, por más de la mitad de los socios, a través de escritura pública y tendrá una dur ación indefinida en su cargo. El administrador mandatario representante de la sociedad podrá ser removido de su cargo y revocado su mandato por la mayoría absoluta de los socios, esto es, por más de la mitad de los socios, a través de escritura pública. Todos los efectos legales de la remoción del cargo y revocación del mandato se harán efectivos a partir de la fecha de dicha escritura pública. El administrador mandatario y representante de la sociedad deberás rendir cuenta documentada de su gestión al rest o de los socios a lo menos una vez al año, no recibirá remuneración alguna por su gestión a menos que se trate de un tercero ajeno a la sociedad que ocupe el cargo… ” y se reemplaza por el siguiente: “…la administración y uso de la razón social corresponde rá indistintamente a cualquiera de los socios, quien anteponiendo la razón social su firma, la representara con todas las facultades señaladas en la cláusula Cuarta del pacto social, las que se dan por expresamente reproducidas…”; E) Socios restantes acuerdan aumentar capital social de $3.000.000.- a $10.000.000.-, aportando cada uno $3.500.000. -, mediante capitalización de diversas partidas de dinero entregadas a sociedad con anterioridad. En todo lo demás se mantiene vigente pacto social y modificación. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 07 de septiembre de 2023. SANEAMIENTO 2: Que, la escritura de fecha 07 de septiembre de 2023, en atención a que no se pudo inscribir dentro de plazo, debido al cambio de conservador de bienes raíces competente, las partes ratifican lo expuesto y sanean en el sentido propuesto, rigiendo como vigentes las estipulaciones del pacto social. Graneros, 05 de Septiembre de 2024.
Informações societárias
Objeto social
La importación y exportación de toda clase de productos de diversión, juguetes, libros, artículos de deportes y recreación, la compra y venta de los mismos, su comercialización y distribución dentro del territorio nacional y para en extranjero, y en general, realizar todos aquellos negocios que sean necesarios, conexos o conducentes a la realización del objetivo social o que en el futuro los socios acuerden.
Capital
Capital total
$10.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
JONATHAN OLIVER CASTRO SANDOVAL Socio | - | 50% | $3.500.000 |
Socio | - | 50% | $3.500.000 |
Histórico societário relatado
- Constituição· 8 de abril de 2016
Constitución de ENVASADORA LA ESTACION LIMITADA.
- Cessão de direitos· 7 de setembro de 2023
OLGA YOLANDA ABARCA RUBIO vende 16,65% de su haber social a JONATHAN OLIVER CASTRO SANDOVAL y 16,65% a KATHERINA BUDINICH ABARCA.
OLGA YOLANDA ABARCA RUBIO · JONATHAN OLIVER CASTRO SANDOVAL · KATHERINA BUDINICH ABARCA
- Mudança de nome· 7 de setembro de 2023
Se modifica la razón social de ENVASADORA LA ESTACION LIMITADA a COMERCIAL LA ESTACION LIMITADA y la fantasía a NUEVA LA ESTACION LIMITADA.
- Mudança de capital· 7 de setembro de 2023
Se aumenta el capital social de $3.000.000 a $10.000.000.
Texto oficial do extrato
GUILLERMO CRISTIAN PEREZ DIAZ, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Rancagua, con oficio en la comuna de Graneros, Avenida La Compañía número 066, certifico: Por escritura hoy ante mí, don JONATHAN OLIVER CASTRO SANDOVAL, doña KATHERINA BUDINICH ABARCA, ambos domiciliados en Parcela 12, Lote 1B, San Pedro, San Francisco de Mostazal, y doña OLGA YOLANDA ABARCA RUBIO, domiciliada en calle Independencia 188, San Francisco de Mostazal, sanearon y modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada ENVASADORA LA ESTACION LIMITADA, constituida por escritura de 08 abril 2016 ante el Notario Público de la Cuarta Notaría de Rancagua con asiento en Graneros Guillermo Cristian Pérez Díaz, inscrita fojas 361 Nº 291 Registro Comercio Rancagua año 2016, publicada Diario Oficial de 07 abril 2016. RUT 76.534.492-1. Capital social: $3.000.000.- SANEAMIENTO 1: La sociedad fue modificada por escritura de 12 mayo 2020, ante mismo Notario indicado, inscrita fojas 432 Nº 2353 Registro Comercio Rancagua año 2020. No obstante inscripción conservatoria, el vicio formal saneado es a) la falta de publicación oportuna del extracto de la modificación en Diario Oficial, conforme lo exige Art. 3º de Ley 3.918, b) según escritura pública de fecha 07 de septiembre de 2023, ante el Notario Público Titular de la Primera Notaria de Rancagua don Gerardo Andrés Carvallo Castillo, fue Saneada y Modificada según las siguientes MODIFICACIONES: A) Que doña OLGA YOLANDA ABARCA RUBIO, dueña del 33,3% del haber social, vende 16,65% de este haber social a don JONATHAN OLIVER CASTRO SANDOVAL, en $500.000.-, que paga en efectivo, este acto; y vende 16,65% restante de este haber social a doña KATHERINA BUDINICH ABARCA, en $500.000.-, que paga en efectivo, este acto. Quedan como socios JONATHAN OLIVAR CASTRO SANDOVAL y KATHERINA BUDINICH ABARCA, con un 50% del haber social cada uno; B) Que por escritura de fecha 07 de septiembre de 2023, los comparecientes modifican cláusula Segunda pacto social, cambiando objeto social por el siguiente: “La importación y exportación de toda clase de productos de diversión, juguetes, libros, artículos de deportes y recreación, la compra y venta de los mismos, su comercialización y distribución dentro del territorio nacional y para en extranjero, y en general, realizar todos aquellos negocios que sean necesarios, conexos o conducentes a la realización del objetivo social o que en el futuro los socios acuerden.”; C) Modifican razón social de ENVASADORA LA ESTACION LIMITADA, por el de COMERCIAL LA ESTACION LIMITADA, nombre fantasía NUEVA LA ESTACION LIMITADA; D) En la cláusula Cuarta: ADMINISTRACION: Se suprime el siguiente párrafo de la cláusula del pacto original, en la parte que señala: “…corresponderán a uno de los socios o un tercero ajeno a la sociedad quien actuará como administrador mandatario y representante de la sociedad. Este administrador mandatario y representante de la sociedad será designado por la mayoría absoluta de los socios, esto es, por más de la mitad de los socios, a través de escritura pública y tendrá una duración indefinida en su cargo. El administrador mandatario representante de la sociedad podrá ser removido de su cargo y revocado su mandato por la mayoría absoluta de los socios, esto es, por más de la mitad de los socios, a través de escritura pública. Todos los efectos legales de la remoción del cargo y revocación del mandato se harán efectivos a partir de la fecha de dicha escritura pública. El administrador mandatario y representante de la sociedad deberás rendir cuenta documentada de su gestión al resto de los socios a lo menos una vez al año, no recibirá remuneración alguna por su gestión a menos que se trate de un tercero ajeno a la sociedad que ocupe el cargo… ” y se reemplaza por el siguiente: “…la administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, quien anteponiendo la razón social su firma, la representara con todas las facultades señaladas en la cláusula Cuarta del pacto social, las que se dan por expresamente reproducidas…”; E) Socios restantes acuerdan aumentar capital social de $3.000.000.- a $10.000.000.-, aportando cada uno $3.500.000.-, mediante capitalización de diversas partidas de dinero entregadas a sociedad con anterioridad. En todo lo demás se mantiene vigente pacto social y modificación. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 07 de septiembre de 2023. SANEAMIENTO 2: Que, la escritura de fecha 07 de septiembre de 2023, en atención a que no se pudo inscribir dentro de plazo, debido al cambio de conservador de bienes raíces competente, las partes ratifican lo expuesto y sanean en el sentido propuesto, rigiendo como vigentes las estipulaciones del pacto social. Graneros, 05 de Septiembre de 2024.
Informações societárias
Objeto social
La importación y exportación de toda clase de productos de diversión, juguetes, libros, artículos de deportes y recreación, la compra y venta de los mismos, su comercialización y distribución dentro del territorio nacional y para en extranjero, y en general, realizar todos aquellos negocios que sean necesarios, conexos o conducentes a la realización del objetivo social o que en el futuro los socios acuerden.
Capital
Capital total
$10.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
JONATHAN OLIVER CASTRO SANDOVAL Socio | - | 50% | $3.500.000 |
Socio | - | 50% | $3.500.000 |
Administradores (2)
JONATHAN OLIVER CASTRO SANDOVAL
Histórico societário relatado
- Constituição· 8 de abril de 2016
Constitución de ENVASADORA LA ESTACION LIMITADA con capital de $3.000.000.
- Mudança de capital· 12 de maio de 2020
La sociedad fue modificada, quedando pendiente la publicación oportuna del extracto de la modificación.
Texto oficial do extrato
GERARDO ANDRES CARVALLO CASTILLO, Notario Público, San Martín 427, certifica: Por escritura hoy ante mí, don JONATHAN OLIVER CASTRO SANDOVAL, doña KATHERINA BUDINICH ABARCA, ambos domiciliados en Parcela 12, Lote 1B, San Pedro, San Francisco de Mostazal, y doña OLGA YOLANDA ABARCA RUBIO, domiciliada en calle Independencia 188, San Francisco de Mostazal, sanearon y modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada ENVASADORA LA ESTACION LIMITADA, constituida escritura de 08 abril 2016, Notario Público Cuarta Notaría de Rancagua con asiento en Graneros don Guillermo Cristian Pérez Díaz, inscrita fojas 361 Nº 291 Registro Comercio Rancagua año 2016, publicada Diario Oficial de 07 abril 2016. RUT 76.534.492-1. Capital social: $3.000.000.- SANEAMIENTO La sociedad fue modificada por escritura de 12 mayo 2020, ante mismo Notario indicado, inscrita fojas 432 Nº 253 Registro Comercio Rancagua año 2020. No obstante inscripción conservatoria, el vicio formal saneado es la falta de publicación oportuna del extracto de la modificación en Diario Oficial, conforme lo exige Art. 3º de Ley 3.918. MODIFICACION Consiste en: A) Que doña OLGA YOLANDA ABARCA RUBIO, dueña del 33% del haber social, vende 16,65% de este haber social a don JONATHAN OLIVER CASTRO SANDOVAL, en $500.000.-, que paga en efectivo, este acto; y vende 16,65% restante de este haber social a doña KATHERINA BUDINICH ABARCA, en $500.000.-, que paga en efectivo, este acto. Quedan como socios JONATHAN OLIVAR CASTRO SANDOVAL y KATHERINA BUDINICH ABARCA, con un 50% del haber social cada uno; B) Modifican cláusula Segunda pacto social, cambiando objeto social por el siguiente: “La importación y exportación de toda clase de productos de diversión, juguetes, libros, artículos de deportes y recreación, la compra y venta de los mismos, su comercialización y distribución dentro del territorio nacional y para en extranjero, y en general, realizar todos aquellos negocios que sean necesarios, conexos o conducentes a la realización del objetivo social o que en el futuro los socios acuerden.”; C) Modifican razón social de ENVASADORA LA ESTACION LIMITADA, por el de COMERCIAL LA ESTACION LIMITADA, nombre fantasía NUEVA LA ESTACION LIMITADA; D) En la cláusula Cuarta: ADMINISTRACION: Se suprime el siguiente párrafo de la cláusula del pacto original, en la parte que señala: “…corresponderán a uno de los socios o un tercero ajeno a la sociedad quien actuará como administrador mandatario y representante de la sociedad. Este administrador mandatario y representante de la sociedad será designado por la mayoría absoluta de los socios, esto es, por más de la mitad de los socios, a través de escritura pública y tendrá una duración indefinida en su cargo. El administrador mandatario representante de la sociedad podrá ser removido de su cargo y revocado su mandato por la mayoría absoluta de los socios, esto es, por más de la mitad de los socios, a través de escritura pública. Todos los efectos legales de la remoción del cargo y revocación del mandato se harán efectivos a partir de la fecha de dicha escritura pública. El administrador mandatario y representante de la sociedad deberás rendir cuenta documentada de su gestión al resto de los socios a lo menos una vez al año, no recibirá remuneración alguna por su gestión a menos que se trate de un tercero ajeno a la sociedad que ocupe el cargo… ” y se reemplaza por el siguiente: “…la administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, quien anteponiendo la razón social su firma, la representara con todas las facultades señaladas en la cláusula Cuarta del pacto social, las que se dan por expresamente reproducidas…”; E) Socios restantes acuerdan aumentar capital social de $3.000.000.- a $10.000.000.-, aportando cada uno $3.500.000.-, mediante capitalización de diversas partidas de dinero entregadas a sociedad con anterioridad. En todo lo demás se mantiene vigente pacto social y modificación. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 07 de septiembre de 2023.
Informações societárias
Objeto social
La importación y exportación de toda clase de productos de diversión, juguetes, libros, artículos de deportes y recreación, la compra y venta de los mismos, su comercialización y distribución dentro del territorio nacional y para en extranjero, y en general, realizar todos aquellos negocios que sean necesarios, conexos o conducentes a la realización del objetivo social o que en el futuro los socios acuerden.
Capital
Capital total
$10.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
JONATHAN OLIVAR CASTRO SANDOVAL Socio | - | 50% | $3.500.000 |
Socio | - | 50% | $3.500.000 |
Histórico societário relatado
- Constituição· 8 de abril de 2016
Constitución de ENVASADORA LA ESTACION LIMITADA.
- Mudança de nome· 12 de maio de 2020
Se modificó la sociedad en una escritura anterior, saneada por falta de publicación oportuna.
- Cessão de direitos· 7 de setembro de 2023
Olga Yolanda Abarca Rubio vende su 33,3% del haber social: 16,65% a Jonathan Oliver Castro Sandoval y 16,65% a Katherina Budinich Abarca.
OLGA YOLANDA ABARCA RUBIO · JONATHAN OLIVER CASTRO SANDOVAL · KATHERINA BUDINICH ABARCA
- Mudança de nome· 7 de setembro de 2023
La razón social cambia de ENVASADORA LA ESTACION LIMITADA a COMERCIAL NUEVA ESTACION LIMITADA.
ENVASADORA LA ESTACION LIMITADA · COMERCIAL NUEVA ESTACION LIMITADA
- Mudança de administrador· 7 de setembro de 2023
Se sustituye la administración por un sistema indistinto a cualquiera de los socios.
- Mudança de capital· 7 de setembro de 2023
El capital social aumenta de $3.000.000 a $10.000.000.
Texto oficial do extrato
GERARDO ANDRES CARVALLO CASTILLO, Notario Público de Rancagua, San Martín 427, de esta ciudad, certifico: Por escritura hoy ante mí, don JONATHAN OLIVER CASTRO SANDOVAL, doña KATHERINA BUDINICH ABARCA, ambos domiciliados en Parcela 12, Lote 1B, San Pedro, San Francisco de Mostazal, y doña OLGA YOLANDA ABARCA RUBIO, domiciliada en calle Independencia 188, San Francisco de Mostazal, sanearon y modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada ENVASADORA LA ESTACION LIMITADA, constituida por escritura de 08 abril 2016 ante el Notario Público de la Cuarta Notaría de Rancagua con asiento en Graneros Guillermo Cristian Pérez Díaz, inscrita fojas 361 Nº 291 Registro Comercio Rancagua año 2016, publicada Diario Oficial de 07 abril 2016. RUT 76.534.492-1. Capital social: $3.000.000.- SANEAMIENTO La sociedad fue modificada por escritura de 12 mayo 2020, ante mismo Notario indicado, inscrita fojas 432 Nº 2353 Registro Comercio Rancagua año 2020. No obstante inscripción conservatoria, el vicio formal saneado es la falta de publicación oportuna del extracto de la modificación en Diario Oficial, conforme lo exige Art. 3º de Ley 3.918. MODIFICACIONES: Consiste en: A) Que doña OLGA YOLANDA ABARCA RUBIO, dueña del 33,3% del haber social, vende 16,65% de este haber social a don JONATHAN OLIVER CASTRO SANDOVAL, en $500.000.-, que paga en efectivo, este acto; y vende 16,65% restante de este haber social a doña KATHERINA BUDINICH ABARCA, en $500.000.-, que paga en efectivo, este acto. Quedan como socios JONATHAN OLIVAR CASTRO SANDOVAL y KATHERINA BUDINICH ABARCA, con un 50% del haber social cada uno; B) Modifican cláusula Segunda pacto social, cambiando objeto social por el siguiente: “La importación y exportación de toda clase de productos de diversión, juguetes, libros, artículos de deportes y recreación, la compra y venta de los mismos, su comercialización y distribución dentro del territorio nacional y para en extranjero, y en general, realizar todos aquellos negocios que sean necesarios, conexos o conducentes a la realización del objetivo social o que en el futuro los socios acuerden.”; C) Modifican razón social de ENVASADORA LA ESTACION LIMITADA, por el de COMERCIAL NUEVA ESTACION LIMITADA, nombre fantasía NUEVA LA ESTACION LIMITADA; D) En la cláusula Cuarta: ADMINISTRACION: Se suprime el siguiente párrafo de la cláusula del pacto original, en la parte que señala: “…corresponderán a uno de los socios o un tercero ajeno a la sociedad quien actuará como administrador mandatario y representante de la sociedad. Este administrador mandatario y representante de la sociedad será designado por la mayoría absoluta de los socios, esto es, por más de la mitad de los socios, a través de escritura pública y tendrá una duración indefinida en su cargo. El administrador mandatario representante de la sociedad podrá ser removido de su cargo y revocado su mandato por la mayoría absoluta de los socios, esto es, por más de la mitad de los socios, a través de escritura pública. Todos los efectos legales de la remoción del cargo y revocación del mandato se harán efectivos a partir de la fecha de dicha escritura pública. El administrador mandatario y representante de la sociedad deberás rendir cuenta documentada de su gestión al resto de los socios a lo menos una vez al año, no recibirá remuneración alguna por su gestión a menos que se trate de un tercero ajeno a la sociedad que ocupe el cargo… ” y se reemplaza por el siguiente: “…la administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, quien anteponiendo la razón social su firma, la representara con todas las facultades señaladas en la cláusula Cuarta del pacto social, las que se dan por expresamente reproducidas…”; E) Socios restantes acuerdan aumentar capital social de $3.000.000.- a $10.000.000.-, aportando cada uno $3.500.000.-, mediante capitalización de diversas partidas de dinero entregadas a sociedad con anterioridad. En todo lo demás se mantiene vigente pacto social y modificación. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 07 de septiembre de 2023.
Informações societárias
Texto oficial do extrato
GUILLERMO CRISTIAN PEREZ DIAZ, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Rancagua con asiento en la Comuna de Graneros, con oficio en calle La Compañía 66, Certifico: Por escritura pública de fecha 12 de Mayo de 2020 JONATHAN OLIVER CASTRO SANDOVAL, RUT: 16.373.060-K, domiciliado en Calle Argomedo 65, comuna de Santiago, KATHERINA BUDINICH ABARCA, RUT: 15.959.022-4 y OLGA YOLANDA ABARCA RUBIO, RUT: 7.392.761-7 ambas domiciliadas en calle Independencia 188, Mostazal, modificaron la cláusula cuarta de los estatutos sociales de “Envasadora La Estación Limitada” inscrita a fojas 361 N° 291 Registro Comercio año 2016 que lleva Conservador de Comercio Rancagua reemplazándola por: “CUARTO: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá, a DOS SOCIOS de la compañía quienes podrán actuar conjunta o separadamente, en calidad de administradores mandatarios y representantes de la sociedad, con todas las más amplias facultades de representación que permite la ley, sin necesidad de requerir autorización alguna del otro socio administrador para realizar cualquier acto o contrato. Cada socio administrador mandatario y representante de la sociedad será designado por la mayoría absoluta de los socios, esto es, por más de la mitad de los socios, a través de escritura pública y tendrá una duración indefinida en su cargo. Los socios administradores mandatarios y representantes de la sociedad podrán ser removidos de su cargo y revocados en su mandato por la mayoría absoluta de los socios, esto es, por más de la mitad de los mismos, a través de escritura pública. Todos los efectos legales de la remoción del cargo y revocación del mandato se harán efectivos a partir de la fecha de dicha escritura pública. Ambos administradores mandatarios y representantes de la sociedad deberán rendir cuenta documentada de su gestión al resto de los socios a lo menos una vez al año, no recibirán remuneración alguna por su gestión. Cualquiera de ambos socios administradores mandatarios y representantes de la sociedad, podrá actuar separadamente del otro con las más amplias y totales facultades de representación que permite la Ley Chilena, sin necesidad de requerir autorización alguna del otro socio administrador mandatario y representante de la compañía, de manera de cada socio que detente la calidad de administrador mandatario y representante de la sociedad, actuando por la compañía y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos”. El resto de la cláusula Cuarta y las demás estipulaciones constan de escritura extractada. Graneros 12 DE MAYO de 2020.
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