Oz Net SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Texto oficial do extrato
PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA, Notario Público, Titular de la 48º Notaría de Santiago, domiciliada en Av. Apoquindo 3076, oficina 601, Las Condes, certifico: Que con fecha 15 de Junio de 2023, se redujo a escritura pública Acta de la Junta de Accionistas de OZ NET SpA, celebrada el día 17 de mayo 2023, en la cual la unanimidad de los accionistas presentes, acordaron disminuir el número de los miembros del Directorio, pasando de ser un órgano colegiado compuesto por seis integrantes, a un Directorio compuesto por tres directores. De acuerdo con lo anterior, se acordó sustituir el Artículo Undécimo Permanente y Artículo Segundo Transitorio de los estatutos sociales, en los siguientes términos: ARTÍCULO UNDÉCIMO: Administración. La sociedad será administrada por un Directorio compuesto de tres miembros titulares, accionistas o no, elegidos por la Junta de Accionistas. El Directorio durará un periodo de tres años, al final del cual deberá renovarse totalmente, pudiendo sus miembros ser reelegidos indefinidamente por periodos sucesivos, con amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 4 de Julio de 2023.-
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Capital
Capital total
$150.400.000
Capital integralizado
$750.000
Capital pendente
$149.650.000
Ações
4.400
Texto oficial do extrato
ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, Notario Público Interino de la 48ª Notaría de Santiago Av. Apoquindo 3076, oficina 601, Las Condes, certifico: Que con fecha 24 de febrero de 2023, ante mi Suplente don Oscar Eduardo Campero Estay, se redujo a escritura pública Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de OZ NET SpA, celebrada el día 10 de febrero de 2023, en la cual los accionistas presentes, acordaron, entre otras materias, lo siguiente: 1) Dejar sin efecto aumento de capital acordado en el año 2019, quedando, en consecuencia, un capital suscrito y pagado de $750.000 dividido en 750 acciones. Este capital resulta, además, de la disminución de pleno derecho declarada mediante escritura pública de fecha 10 de agosto de 2022, donde se eliminaron 100 acciones en virtud del artículo 438, inciso segundo, del Código de Comercio, y tal como se indica en la anotación al margen de la inscripción social. 2) En virtud de lo anterior, se acuerda nuevamente aumentar el capital social desde la suma de $750.000 pesos, dividido en 750 acciones, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, a la suma final de $150.400.000 pesos, dividido en 4.400 acciones, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie. De acuerdo con lo anterior, se acordó sustituir el Artículo Cuarto Permanente y Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales, en los siguientes términos: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la sociedad será la suma de ciento cincuenta millones cuatrocientos mil pesos, dividido en cuatro mil cuatrocientas acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal”. Por su parte, el Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada establece que el capital pagado de la sociedad asciende a $750.000 pesos y que el saldo del capital por pagar asciende a $149.650.000. Demás acuerdos en escritura extractada. Santiago, 2 de Marzo de 2023.
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Texto oficial do extrato
LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Notario Público, domiciliado en Don Carlos Nº 2889, Las Condes, certifico: Que con fecha 28 de Julio de 2021, Repertorio N°4.252-2021, se redujo a escritura pública Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de OZ NET SpA, celebrada el día 24 de junio 2021, en la cual la mayoría absoluta de los accionistas presentes, acordaron que los miembros del Directorio serán remunerados por sus funciones. De acuerdo con lo anterior, se acordó sustituir el Artículo Undécimo Permanente por el siguiente texto: “ARTÍCULO UNDÉCIMO: Administración. La sociedad será administrada por un Directorio compuesto de seis miembros titulares, accionistas o no, elegidos por la Junta de Accionistas. El Directorio durará un periodo de tres años, al final del cual deberá renovarse totalmente, pudiendo sus miembros ser reelegidos indefinidamente por periodos sucesivos. El Directorio celebrará sus sesiones en Santiago. Los Directores deberán emplear, en el ejercicio de sus funciones, el cuidado y diligencia establecidos por la ley. La responsabilidad de los Directores no podrá ser limitada ni liberárseles de ella por acuerdo alguno. En especial, los Directores no podrán ejecutar los actos a que se refiere el artículo cuarenta y dos de la ley dieciocho mil cuarenta y seis. Las reuniones del Directorio se constituirán con la mayoría absoluta de sus miembros titulares; y los acuerdos se adoptarán por la mayoría absoluta de los directores asistentes con derecho a voto. En caso de empate, decidirá el voto del Presidente. El Directorio se reunirá una vez al mes para las sesiones ordinarias, en los días y horas que él mismo determine y no requerirá de citación especial. Podrá reunirse en sesiones extraordinarias cuando las cite, especialmente, el Presidente, por sí, o a indicación de uno o más Directores, previa calificación que el Presidente haga de la necesidad de la reunión, salvo que ésta sea solicitada por la mayoría absoluta de los Directores, caso en el cual deberá necesariamente celebrarse la reunión sin calificación previa. En estas sesiones extraordinarias sólo podrán tratarse las materias que se señalen específicamente en la convocatoria. De las deliberaciones y acuerdos del Directorio se dejará constancia en un libro de actas por cualquier medio, siempre que ofrezca seguridad que no podrá haber intercalaciones, supresiones o cualquiera otra adulteración que pueda afectar la fidelidad del acta, que será firmada por los Directores que hubieren concurrido a la sesión. Si alguno de ellos falleciere o se imposibilitare, por cualquier causa, para suscribir el acta correspondiente, se dejará constancia en la misma de la respectiva circunstancia o impedimento. Se entenderá aprobada el acta desde el momento de su firma, conforme a lo expresado precedentemente y, desde esa fecha, se podrán llevar a efecto los acuerdos a que ella se refiere. El Director que quiera salvar su responsabilidad por algún acto o acuerdo del Directorio, deberá hacer constar en el acta su oposición, debiendo dar cuenta de ello, en la próxima Junta Ordinaria de Accionistas, el que la presida. El Director que estimare que un acta adolece de inexactitudes u omisiones, tiene el derecho de estampar, antes de firmarla, las salvedades correspondientes. En el evento de que uno o más Directores tengan interés, por sí o como representante de otras personas, en un acto o contrato que celebre la sociedad, deberán proceder en conformidad a lo dispuesto por el artículo cuarenta y cuatro de la ley número dieciocho mil cuarenta y seis. Los directores serán remunerados por sus funciones de acuerdo a lo acordado en Junta de Accionistas. La sociedad tendrá un Presidente y un Gerente General, cargos que serán nominados por el Directorio en la primera sesión posterior a la designación de los Directores. El Gerente General estará premunido de todas las facultades propias de un factor de comercio y de todas aquellas que expresamente le otorgue el Directorio y representará judicialmente a la sociedad con las facultades establecidas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil. El cargo de Gerente General es incompatible con el Presidente y Auditor o Contador de la sociedad. El director podrá delegar parte de sus facultades en el Gerente General, Gerentes de Área, Sub Gerentes o Abogados de la sociedad, en un Director o en una Comisión de Directores, y, para objetos especialmente determinados en otras personas”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 3 de Agosto de 2021.-
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Administradores (6)
Texto oficial do extrato
RAUL UNDURRAGA LASO, Notario Público, Titular de la 29º Notaría de Santiago, domiciliado en calle Mac Iver Nº 225, Of. 302, certifico: Que con fecha 11 de agosto de 2020, ante mi, se redujo a escritura pública Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de OZ NET SpA, celebrada el día 03 de agosto 2020, en la cual la unanimidad de los accionistas presentes, acordaron aumentar el número de los miembros del Directorio, pasando de ser un órgano colegiado compuesto por 5 integrantes, a un Directorio compuesto por 6 directores. De acuerdo con lo anterior, se acordó sustituir el Artículo Undécimo Permanente y Artículo Segundo Transitorio de los estatutos sociales, en los siguientes términos: “ARTÍCULO UNDÉCIMO: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto de seis miembros titulares, accionistas o no, elegidos por la Junta de Accionistas. Por su parte, el ”ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO” de la escritura extractada establece que se designan como directores de la sociedad a los señores Avram Fritch, Guillermo Daniel Gurvich, José Andrés Neuman Vaisman, Álvaro Guell Villanueva, José Ignacio Díaz San Román y Ron Fritch Cherniavsky. Santiago, 13 de agosto de 2020. RAUL UNDURRAGA LASO, NOTARIO PÚBLICO
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Capital
Capital total
$150.500.000
Capital integralizado
$850.000
Capital pendente
$149.650.000
Ações
4.500
Texto oficial do extrato
RAUL UNDURRAGA LASO, Notario Público, Titular de la 29º Notaría de Santiago, domiciliado en calle Mac Iver Nº 225, Of. 302, certifico: Que con fecha 24 de diciembre de 2019, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de OZ NET SpA, celebrada ante mí, el día 26 noviembre 2019, en la cual la unanimidad de los accionistas presentes, acordaron, entre otros asuntos, lo siguiente: Aumentar el capital social desde la suma de $850.000 pesos, dividido en 850 acciones, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, a la suma de $150.500.000 pesos, dividido en 4.500 acciones, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie. De acuerdo con lo anterior, se acordó sustituir el Artículo Cuarto Permanente y Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales, en los siguientes términos: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la sociedad será la suma de $150.500.000, dividido en 4.500 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal”. Por su parte, el Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada establece que el capital pagado de la sociedad asciende a $850.000 y que el saldo del capital por pagar asciende a $149.650.000. Demás acuerdos en escritura extractada. RAUL UNDURRAGA LASO, NOTARIO PÚBLICO. Santiago, 13 de enero de 2020.
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