Empresa Individual de Responsabilidade Limitada76.524.762-4

Marco Antonio Mecias Maraboli, Comercial E.I.R.L..

MODIFICACIÓN — 10 de mai. de 2017

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2017-05-10Ver PDF (CVE 1213337)

Informações societárias

SpA
Rancagua, O'Higgins
Duração: indefinida
Administração: Administrador único

Objeto social

La realización de todo tipo de inversiones en Chile o el extranjero, gestión, promoción y establecimiento de todo tipo de empresas, importación, exportación, compraventa, comisión, consignación, distribución, representación, comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena de cualquier clase de productos, mercaderías, confites, insumos en general, sean de procedencia nacional como extranjera, al mayor o al detalle, ya sea en tiendas, almacenes y otros establecimientos comerciales, en especial el de ferretería, bazar, perfumería, juguetería, artículos y productos de higiene y aseo; asimismo toda la gama de venta, comercialización, inclusive distribución de bebidas envasadas de todo tipo, de fantasía, alcohólicas, no alcohólicas, especialmente bebidas energéticas; arrendamiento de inmuebles o bienes raíces habitacionales, industriales y principalmente comerciales, pudiendo explotarlos personalmente o darlos en subarrendamiento; y en general cualquier otro negocio que acordare la sociedad.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital integralizado

$2.000.000

Capital pendente

$0

Ações

2.000

Sócios (1)

NomeParticipação

MARCO ANTONIO MECIAS MARABOLI

Accionista

9.xxx.xxx-1

100%

Administradores (1)

MARCO ANTONIO MECIAS MARABOLI

9.xxx.xxx-1Administrador

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 1 de dezembro de 2008

    Constitución de la E.I.R.L. MARCO ANTONIO MECIAS MARABOLI, COMERCIAL E.I.R.L., también denominada MARTON CHILE E.I.R.L.

    MARCO ANTONIO MECIAS MARABOLI

  2. Transformação· 2 de maio de 2017

    La E.I.R.L. se transforma en MARTON CHILE SpA, continuadora legal de sus derechos y obligaciones.

    MARCO ANTONIO MECIAS MARABOLI · MARTON CHILE E.I.R.L.

Texto oficial do extrato

ERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público Titular Tercera Notaría de Rancagua, oficio Campos 377, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, MARCO ANTONIO MECIAS MARABOLI, chileno, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad nacional número 9.661.990-1, domicilio calle Los Lirios Nº735, Villa Veracruz, comuna Rancagua; el comparecientes mayor de edad, y expone que es le único dueño de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada de nombre MARCO ANTONIO MECIAS MARABOLI, COMERCIAL E.I.R.L., también denominada MARTON CHILE E.I.R.L., Rol Único Tributario número 76.524.762-4, sociedad comercial del giro de su denominación con domicilio en calle Independencia 645, local 1, Comuna de Rancagua, quien viene en modificar dicha empresa individual de responsabilidad limitada y en transformarla en una sociedad por acciones, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, que a continuación se transcriben, y que se complementará como sigue: ARTÍCULO PRIMERO: El compareciente ya individualizado declara ser el único dueño de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada de nombre MARCO ANTONIO MECIAS MARABOLI, COMERCIAL E.I.R.L., también denominada MARTON CHILE E.I.R.L., Rol Único Tributario número 76.524.762-4, constituida por Escritura Pública de fecha 1 de Diciembre de 2008, ante el Notario Público don Cesar Claudio Valdivia García, de la cuarta Notaría de Rancagua, con oficio en Graneros calle Santa Julia 189, oficina 203, Región de O`Higgins; e inscrita a fojas 660 vuelta, Nº880, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, del año 2008, cuyo extracto fue debidamente publicado en el diario oficial número 39.243, de fecha 22 de Diciembre del año 2008; quien viene en modificar dicha empresa individual de responsabilidad limitada y en transformarla en una sociedad por acciones, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, que a continuación se transcriben, por las disposiciones de la ley número veinte mil ciento noventa, sobre mercado de capitales y dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil.- ARTÍCULO SEGUNDO Como consecuencia de todo lo anterior y la transformación que se da cuenta, en este acto la referida Empresa Individual de Responsabilidad Limitada se transforma en una sociedad por acciones, según se detalla en el artículo tercero de la presente escritura, siendo para todos los efectos la continuadora legal de los derechos y obligaciones de la sociedad que se transforma. ARTÍCULO TERCERO: Transformación: El nombre de la sociedad a partir de este momento será MARTON CHILE SpA (Sociedad por Acciones), y que se regirá por las estipulaciones de estos estatutos y, en silencio de ellos, por las disposiciones de la ley número veinte mil ciento nueve, sobre Mercado de Capitales y dieciocho mil dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. Su domicilio será la ciudad de Rancagua, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. La sociedad comenzara a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración indefinida, salvo que los socios accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino en algún período determinado no menor a un año y en todo caso al final del período anual que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo período. ARTÍCULO CUARTO: OBJETO DE LA SOCIEDAD: El objeto de la sociedad será: A) La realización de todo tipo de Inversiones en Chile o el Extranjero, gestión, promoción y establecimiento de todo tipo de empresas, importación, exportación, compraventa, comisión, consignación, distribución, representación, comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena de cualquier clase de productos, mercaderías, confites, insumos en general, sean de procedencia nacional como extranjera, al mayor o al detalle, ya sea en tiendas, almacenes y otros establecimientos comerciales, en especial el de ferretería, bazar, perfumería, juguetería, artículos y productos de higiene y aseo; Así mismo toda la gama de venta, comercialización, inclusive distribución de bebidas envasadas de todo tipo, de fantasía, alcohólicas, no alcohólicas, especialmente bebidas energéticas; B) Así mismo sin perjuicio de lo anterior la sociedad podrá tomar en arrendamiento cualquier tipo de inmuebles o bienes raíces, sean estos de tipo habitacional, industrial y principalmente comercial, pudiendo al efecto explotarlos personalmente o darlos en subarrendamiento de acuerdo a la denominación de estos, sea para el hospedaje, la industria y el comercio; y en general cualquier otro negocio que acordare la sociedad.- ARTÍCULO QUINTO: El Capital de la Sociedad es de $2.000.000, dividido en 2.000 ACCIONES, cada una por un valor nominal de MIL PESOS, que el accionista fundador a suscrito y pagado en la forma que señala el artículo segundo transitorio. Se establece expresamente que todas las acciones suscritas de la Sociedad confieren el derecho a voto en la Junta de Accionistas y cada una no requieren de su impresión en láminas físicas.- ADMINISTRACIÓN: Se nombra como administrador de la sociedad accionista fundador don MARCO ANTONIO MECIAS MARABOLI. Quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el DECIMOOCUARTO de los estatutos. Se establece en este acto, que por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto; demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 02 de Mayo de 2017.-

ModificaçãoDiario Oficial · 2017-02-15Ver PDF (CVE 1183099)

Informações societárias

SpA
Rancagua, O'Higgins
Duração: Indefinida
Administração: Administrador único

Objeto social

Fabricación, importación, comercialización y distribución de vidrios, termopaneles, accesorios y elementos térmicos para ventanas, ventanales, puertas y marcos de PVC y DVH; distribución nacional; importación de piezas, accesorios, maquinaria, herramientas y materia prima; participación en otras personas jurídicas y realización de actos y negocios relacionados.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital integralizado

$10.000.000

Capital pendente

$0

Ações

10.000

Sócios (2)

NomeParticipação

PATRICIO ALEJANDRO VERGARA MORA

Accionista

15.xxx.xxx-4

50%

RODRIGO ANDRÉS HERRERA URRUTIA

Accionista

10.xxx.xxx-0

50%

Administradores (1)

PATRICIO ALEJANDRO VERGARA MORA

15.xxx.xxx-4Administrador

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 21 de janeiro de 2016

    Constitución de Sociedad Comercial Vidriería Murano Limitada / Vidriería Murano Ltda.

    PATRICIO ALEJANDRO VERGARA MORA · RODRIGO ANDRÉS HERRERA URRUTIA

Texto oficial do extrato

ERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público Titular Tercera Notaría de Rancagua, oficio Campos 377, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, Don PATRICIO ALEJANDRO VERGARA MORA, empresario, C.I. 15.123.016-4, y RODRIGO ANDRÉS HERRERA URRUTIA, Arquitecto, C.I. 10.682.236-0, ambos domiciliados en Avenida Las Torres número 90 Bodega “A”, Megacentro Rancagua; los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas citadas, y exponen que son los únicos dueños de la SOCIEDAD COMERCIAL VIDRIERIA MURANO LIMITADA, también denominada VIDRIERIA MURANO LTDA, Rol Único Tributario número 76.524.762-4, quienes vienen en transformarla en una sociedad por acciones, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, que a continuación se transcriben, y que se complementará como sigue: ARTÍCULO PRIMERO: Los comparecientes ya individualizados declaran ser los únicos dueños de la SOCIEDAD COMERCIAL VIDRIERIA MURANO LIMITADA, también denominada VIDRIERIA MURANO LTDA, Rol Único Tributario número 76.524.762-4, constituida por Escritura Pública de fecha 21 de Enero 2016, inscrita a fs. 127 vuelta, Nº104, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, del año 2016, cuyo extracto fue debidamente publicado en el diario oficial número 41.373, de fecha 3 de Febrero del año 2016, ante Notario Público de Rancagua don Ernesto Montoya Peredo; quienes vienen en transformarla en una sociedad por acciones, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, que a continuación se transcriben, por las disposiciones de la ley número veinte mil ciento noventa, sobre mercado de capitales y dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil.- ARTÍCULO SEGUNDO Como consecuencia de todo lo anterior, la referida sociedad de responsabilidad limitada se transforma en una sociedad por acciones, según se detalla en el artículo tercero, siendo para todos los efectos la continuadora legal de los derechos y obligaciones de la sociedad que se transforma. ARTÍCULO TERCERO: Transformación: El nombre de la sociedad a partir de este momento será VIDRIERIA MURANO SpA (Sociedad por Acciones) y que se regirá por las estipulaciones de estos estatutos y, en silencio de ellos, por las disposiciones de la ley número veinte mil ciento nueve, sobre Mercado de Capitales y dieciocho mil dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. Su domicilio será la ciudad de Rancagua, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. La sociedad comenzara a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración indefinida, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino en algún período determinado no menor a un año y en todo caso al final del período anual que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo período. ARTÍCULO CUARTO OBJETO DE LA SOCIEDAD: El objeto de la sociedad será el siguiente: Será la fabricación, importación, comercialización y distribución de vidrios, y de este en todas sus denominaciones y manufacturados incluidos en termopaneles, de sus accesorios y todos los elementos térmicos que componen ventanas, ventanales, puertas y marcos de PVC y DVH. Así mismo la sociedad podrá por cuenta propia o de terceros distribuir nacionalmente sus productos y accesorios, sea en vehículos propios, tomados en leasing o arrendamiento. Sin perjuicio de lo ya señalado la Sociedad podrá importar todo tipo de piezas, accesorios, maquinaria, herramientas y materia prima tendiente a la fabricación de ventanas, ventanales, puertas y marcos de denominación termopanel DVH o PVC; Y en general realizar todos aquellos actos y negocios que los socios acuerden, sin que sea necesaria su enumeración en este acto. La sociedad podrá también participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades; y cualquier otra actividad que deseen explotar los accionistas por mayoría absoluta de ellos.- ARTÍCULO QUINTO: El Capital de la Sociedad es de DIEZ MILLONES DE PESOS, dividido en DIEZ MIL ACCIONES, cada una por un valor nominal de MIL PESOS, que los accionistas fundadores suscriben y pagan siguiente forma, constituyente PATRICIO ALEJANDRO VERGARA MORA, suscribe y paga la cantidad de 5.000 ACCIONES, esto es, por la cantidad de $5.000.000.-; mientras que el constituyente RODRIGO ANDRÉS HERRERA URRUTIA, suscribe y paga la cantidad de 5.000 ACCIONES, esto es, por la cantidad de $5.000.000.- Las cantidades que cada accionista fundador aporta en este acto a título de pago de acciones suscritas es enterada y pagadas en este acto a la caja social. ADMINISTRACIÓN: Se nombra como administrador de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto y para que actúe en los términos señalados en el ARTÍCULO DECIMOCUARTO de estos estatutos a don a don PATRICIO ALEJANDRO VERGARA MORA. Se establece en este acto, que por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto; demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 27 de Enero de 2017.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    MARCO ANTONIO MECIAS MARABOLI, COMERCIAL E.I.R.L.

    CVE 1213337

  2. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD COMERCIAL VIDRIERIA MURANO LIMITADA

    CVE 1183099

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