Sociedade por Ações76.517.778-2

Mountain Nazca SpA

MODIFICACIÓN — 13 de jan. de 2021

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2021-01-13Ver PDF (CVE 1879212)

Informações societárias

SpA
Cerro El Plomo Nº 5.630, oficina 201

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital integralizado

$10.000.000

Ações

10.000

Sócios (1)

NomeParticipação

MOUNTAIN NAZCA LATIN AMERICA B.V.

Accionista

100%

Representação legal (1)

JUAN CARLOS CERDA CELIS

Em representação de MOUNTAIN NAZCA LATIN AMERICA B.V.

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 10 de novembro de 2015

    Constitución original de MOUNTAIN NAZCA SpA.

  2. Outro ato· 26 de janeiro de 2016

    La sociedad fue objeto de una modificación anterior.

Texto oficial do extrato

MARÍA LUISA VERA JERALDO, Notario Público Suplente de Doña MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número quinientos setenta y ocho, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica que: Por escritura pública de fecha 18-12-2020, Repertorio Nº 14.484/2020, ante mí, comparece: JUAN CARLOS CERDA CELIS en representación de MOUNTAIN NAZCA LATIN AMERICA B.V., ambos domiciliados para estos efectos, en calle Cerro El Plomo Nº 5.630, oficina 201, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, expone: MOUNTAIN NAZCA LATIN AMERICA B.V., es el único y actual accionista de la sociedad MOUNTAIN NAZCA SpA, RUT: 76.517.778-2 que se constituyó por escritura pública de fecha 10/11/2015, otorgada en la Notaria Pública de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia, cuyo extracto se inscribió a fojas 86.313 Número 50.442 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2015, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 16/11/2015. La sociedad ha sido objeto de una modificación, la que consta por escritura pública de fecha 26/01/2016, otorgada en la notaría pública de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia, la cual fue inscrita a fojas 12.460 N° 7.032 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016 y fue publicada en el Diario Oficial con fecha 18/02/2016. Por el presente instrumento, MOUNTAIN NAZCA LATIN AMERICA B.V., debidamente representada, en su calidad de único y actual accionista de MOUNTAIN NAZCA SpA viene en resciliar y dejar sin efecto en todas sus partes, la escritura de fecha 26/01/2016 otorgada en Notaria Pública de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia, cuyo extracto fue inscrito a fojas 12.460, número 7.032, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016, y publicada en el Diario Oficial de fecha 18 de febrero del mismo año, retrotrayendo las cosas al estado anterior al de su celebración. Como consecuencia de la resciliación señalada anteriormente, MOUNTAIN NAZCA LATIN AMERICA B.V., en su calidad de único accionista de MOUNTAIN NAZCA SpA, acuerda introducir a los estatutos sociales las siguientes modificaciones: A) Modificar cláusula QUINTA relativa al capital, dejándola sin efecto e introduciendo la siguiente nueva: “TÍTULO SEGUNDO. Capital y acciones. ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000, dividido en 10.000 acciones iguales, nominativas, y sin valor nominal, que se suscribe y paga en conformidad al artículo primero transitorio. El capital y el valor de las acciones se entenderá modificado de pleno derecho cada vez que la junta ordinaria de accionistas apruebe el balance del ejercicio. El balance deberá expresar el nuevo capital y el valor de las acciones resultantes de la distribución de la revalorización de la sociedad, al someter el balance del ejercicio a la consideración de la junta, deberá previamente distribuir en forma proporcional la revalorización del capital propio entre las cuentas del capital pagado, las de utilidades retenidas y otras cuentas representativas del patrimonio.”Capital suscrito y pagado: $10.000.000; B) Otras modificaciones que no son materia de extracto. En todo lo no modificado por el presente instrumento, seguirán plenamente vigentes las demás cláusulas del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 04 de Enero de 2021.

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    CVE 1879212

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