Infante Valenzuela Molina Abogados Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$2.256.400
Sócios (5)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
SERVICIOS LEGALES RUMBO NORTE LIMITADA Socio | - | 28% | $631.792 |
SERVICIOS LEGALES GVS LIMITADA Socio | - | 22% | $496.408 |
ASESORÍAS PROFESIONALES MOLINA LIMITADA Socio | - | 28% | $631.792 |
ASESORÍAS LEGALES EL MIRADOR LIMITADA Socio | - | 12% | $270.768 |
Hector Mainer Vidal Hantsch Socio | - | 10% | $225.640 |
Administradores (5)
José Miguel Infante Lira
Gonzalo Valenzuela Silva
Gonzalo Juan Molina Ariztía
Federico Allendes Silva
Héctor Mainer Vidal Hantsch
Representantes perante o SII (5)
José Miguel Infante Lira
Gonzalo Valenzuela Silva
Gonzalo Juan Molina Ariztía
Federico Allendes Silva
Héctor Mainer Vidal Hantsch
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior MAURICIO REINOSO CIFUENTES, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 43ª Notaría de Santiago de JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, con oficio en Huérfanos N°835 Piso 18, comuna de Santiago, CERTIFICO: Por escritura Pública de Fecha 6 de Enero del año 2026. REPERTORIO N°183- 2026, otorgada ante el Notario titular de esta Notaria, el compareciente, SERVICIOS LEGALES RUMBO NORTE LIMITADA; SERVICIOS LEGALES GVS LIMITADA; ASESORÍAS PROFESIONALES MOLINA LIMITADA; ASESORÍAS LEGALES EL MIRADOR LIMITADA; ASESORÍAS LEGALES EL CIRUELILLO LIMITADA; y don HECTOR MAINER VIDAL HANTSCH, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo N° 3.885, sexto piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron sociedad “INFANTE VALENZUELA MOLINA ABOGADOS LIMITADA” en los siguientes sentidos: 1.- Debidamente autorizados por todos los socios comparecientes: i. Asesorías Legales El Ciruelillo Limitada vende, cede y transfiere a Servicios Legales Rumbo Norte Limitada, quien compra, acepta y adquiere un 2% del capital y derechos sociales. ii. Asesorías Legales El Ciruelillo Limitada vende, cede y transfiere a Servicios Legales GVS Limitada, quien compra, acepta y adquiere, un 1% del capital y derechos sociales. iii. Asesorías Legales El Ciruelillo Limitada vende, cede y transfiere a Asesorías Profesionales Molina Limitada, quien compra, acepta y adquiere, un 2% del capital y derechos sociales. Como consecuencia de la cesión total de sus derechos, Asesorías Legales El Ciruelillo Limitada, deja de ser socio de la compañía. 2.- Se modifican los siguientes artículos de los estatutos sociales de INFANTE VALENZUELA MOLINA ABOGADOS LIMITADA: A) Se modifica el artículo quinto, reemplazando su texto por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $2.256.400, aportado de la siguiente manera: a) SERVICIOS LEGALES RUMBO NORTE LIMITADA aporta $631.792, esto es un 28% de los derechos sociales, suma que ha enterado a la caja social, en dinero efectivo, con anterioridad a este acto, declarando la sociedad haberla recibido a su total satisfacción; b) SERVICIOS LEGALES GVS LIMITADA aporta $496.408, esto es un 22% de los derechos sociales, suma que ha enterado a la caja social, en dinero efectivo, con anterioridad a este acto, declarando la sociedad haberla recibido a su total satisfacción; c) ASESORÍAS PROFESIONALES MOLINA LIMITADA aporta $631.792, esto es un 28% de los derechos sociales, suma que ha enterado a la caja social, en dinero efectivo, con anterioridad a este acto, declarando la sociedad haberla recibido a su total satisfacción; d) ASESORÍAS LEGALES EL MIRADOR LIMITADA aporta $270.768, esto es un 12% de los derechos sociales, suma que ha enterado a la caja social, en dinero efectivo, con anterioridad a este acto, declarando la sociedad haberla recibido a su total satisfacción; y, e) Don HECTOR MAINER VIDAL HANTSCH aporta $225.640, esto es un 10% de los derechos sociales, suma que ha enterado a la caja social, en dinero efectivo, con anterioridad a este acto, declarando la sociedad haberla recibido a su total satisfacción.-“ B) Se modifica el artículo cuarto en el sentido que el uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a los señores José Miguel Infante Lira, Gonzalo Valenzuela Silva, Gonzalo Juan Molina Ariztía, Federico Allendes Silva y Héctor Mainer Vidal Hantsch, quienes actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos, indistintamente y anteponiendo la razón social a sus nombres y firmas, representarán a INFANTE VALENZUELA MOLINA ABOGADOS LIMITADA. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 20 de enero de 2026.
Informações societárias
Histórico societário relatado
- Constituição· 11 de agosto de 2025
Se constituyó la sociedad LAS PETUNIAS SpA.
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43° Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 12 de septiembre de 2025, repertorio número 27.034, ante mí: JOAO ANTONIO CASTILLO LILLO, en representación de IVETTE FANY JEQUIER AGOUBORDE, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo 3885, piso 6, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, rectificó escritura pública de constitución de la sociedad LAS PETUNIAS SpA (la “Sociedad”), de fecha 11 de agosto del año 2025, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola (“Escritura de Constitución”), cuyo extracto fue inscrito a fojas 72575 número 27861 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2025, y fue publicado en el Diario Oficial en su edición de fecha 22 de agosto del año 2025 (“Extracto de Constitución”), en el siguiente sentido: dado que se incurrió en errores involuntarios al individualizar a la compareciente al acto de constitución de la Sociedad, se rectificó la Escritura de Constitución y el Extracto de Constitución en el sentido de que donde dice donde dice “IVETTE FANNY JEQUIER AGOUBORDE”, debe decir “IVETTE FANY JEQUIER AGOUBORDE”. En todo lo no rectificado, continúan plenamente vigentes los instrumentos antes señalados. Demás estipulaciones en escritura extractada. 23 septiembre de 2025.
Informações societárias
Capital
Capital total
$2.256.400
Sócios (6)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
SERVICIOS LEGALES RUMBO NORTE LIMITADA Socio | - | 26% | $586.664 |
SERVICIOS LEGALES GVS LIMITADA Socio | - | 21% | $473.844 |
ASESORÍAS PROFESIONALES MOLINA LIMITADA Socio | - | 26% | $586.664 |
ASESORÍAS LEGALES EL MIRADOR LIMITADA Socio | - | 12% | $270.768 |
ASESORÍAS LEGALES EL CIRUELILLO LIMITADA Socio | - | 5% | $112.820 |
HECTOR MAINER VIDAL HANTSCH Socio | - | 10% | $225.640 |
Histórico societário relatado
- Constituição· 10 de fevereiro de 2006
Se constituyó INFANTE VALENZUELA MOLINA ABOGADOS LIMITADA.
- Cessão de direitos· 31 de julho de 2024
SERVICIOS LEGALES GVS LIMITADA cede un 5% del capital y derechos sociales a HECTOR MAINER VIDAL HANTSCH.
SERVICIOS LEGALES GVS LIMITADA · HECTOR MAINER VIDAL HANTSCH
Texto oficial do extrato
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43° Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifica: Por escritura pública de fecha 31 de julio de 2024, ante mí, comparecen: don JOSÉ MIGUEL INFANTE LIRA, en representación de SERVICIOS LEGALES RUMBO NORTE LIMITADA, don GONZALO VALENZUELA SILVA, en representación de SERVICIOS LEGALES GVS LIMITADA, don GONZALO JUAN MOLINA ARIZTÍA, en representación de ASESORÍAS PROFESIONALES MOLINA LIMITADA, don FEDERICO ALLENDES SILVA, en representación de ASESORÍAS LEGALES EL MIRADOR LIMITADA, don JOSÉ ALBERTO GUZMÁN MOHR, en representación de ASESORÍAS LEGALES EL CIRUELILLO LIMITADA, y don HECTOR MAINER VIDAL HANTSCH, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo N° 3885, sexto piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; quienes modificaron y cedieron derechos de la sociedad de responsabilidad limitada denominada INFANTE VALENZUELA MOLINA ABOGADOS LIMITADA, sociedad constituida por escritura pública de fecha 10 de febrero del año 2006, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, e inscrita a fojas 7.264 número 4.957 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2006, en el siguiente sentido: A) Acordaron aproximar al número entero más cercano los porcentajes de participación en los derechos sociales respecto a cada uno de los socios, y así obtener un mayor orden y claridad en la proporción de derechos que detenta cada uno sobre el capital social, y por esa vía dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 18.267. En virtud de lo anterior, el capital y derechos sociales de INFANTE VALENZUELA MOLINA ABOGADOS LIMITADA queda distribuido entre los socios en las siguientes proporciones: i) SERVICIOS LEGALES RUMBO NORTE LIMITADA ha aportado $586.664, esto es un 26% de los derechos sociales; ii) SERVICIOS LEGALES GVS LIMITADA ha aportado $586.664, esto es un 26% de los derechos sociales; iii) ASESORÍAS PROFESIONALES MOLINA LIMITADA ha aportado $586.664, esto es un 26% de los derechos sociales; iv) ASESORÍAS LEGALES EL MIRADOR LIMITADA, ha aportado $270.768, esto es un 12% de los derechos sociales; v) ASESORÍAS LEGALES EL CIRUELILLO LIMITADA ha aportado $112.820, esto es un 5% de los derechos sociales; vi) don HECTOR MAINER VIDAL HANTSCH ha aportado $112.820, esto es un 5% de los derechos sociales. B) SERVICIOS LEGALES GVS LIMITADA, debidamente autorizada por todos los socios, por medio de su representante vendió, cedió y transfirió a don HECTOR MAINER VIDAL HANTSCH un 5% del capital y derechos sociales de INFANTE VALENZUELA MOLINA ABOGADOS LIMITADA. C) En consecuencia de la aproximación y cesión de derechos sociales mencionadas previamente, los únicos y actuales socios acordaron modificar el artículo quinto de los estatutos de la sociedad reemplazando su texto por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de dos millones doscientos cincuenta y seis mil cuatrocientos pesos, aportado de la siguiente manera: a) SERVICIOS LEGALES RUMBO NORTE LIMITADA aporta quinientos ochenta y seis mil seiscientos sesenta y cuatro pesos, esto es un veintiséis por ciento de los derechos sociales, suma que ha enterado a la caja social, en dinero efectivo, con anterioridad a este acto, declarando la sociedad haberla recibido a su total satisfacción; b) SERVICIOS LEGALES GVS LIMITADA aporta cuatrocientos setenta y tres mil ochocientos cuarenta y cuatro pesos, esto es un veintiún por ciento de los derechos sociales, suma que ha enterado a la caja social, en dinero efectivo, con anterioridad a este acto, declarando la sociedad haberla recibido a su total satisfacción; c) ASESORÍAS PROFESIONALES MOLINA LIMITADA aporta quinientos ochenta y seis mil seiscientos sesenta y cuatro pesos, esto es un veintiséis por ciento de los derechos sociales, suma que ha enterado a la caja social, en dinero efectivo, con anterioridad a este acto, declarando la sociedad haberla recibido a su total satisfacción; d) ASESORÍAS LEGALES EL MIRADOR LIMITADA aporta doscientos setenta mil setecientos sesenta y ocho pesos, esto es un doce por ciento de los derechos sociales, suma que ha enterado a la caja social, en dinero efectivo, con anterioridad a este acto, declarando la sociedad haberla recibido a su total satisfacción; e) ASESORÍAS LEGALES EL CIRUELILLO LIMITADA aporta ciento doce mil ochocientos veinte pesos, esto es un cinco por ciento de los derechos sociales, suma que ha enterado a la caja social, en dinero efectivo, con anterioridad a este acto, declarando la sociedad haberla recibido a su total satisfacción; y f) Don HECTOR MAINER VIDAL HANTSCH aporta doscientos veinticinco mil seiscientos cuarenta pesos, esto es un diez por ciento de los derechos sociales, suma que ha enterado a la caja social, en dinero efectivo, con anterioridad a este acto, declarando la sociedad haberla recibido a su total satisfacción”. Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus respectivos aportes. Todo lo no modificado se mantiene plenamente vigente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 6 de agosto de 2024.
Informações societárias
Capital
Capital total
$2.256.400
Capital integralizado
$2.256.400
Capital pendente
$0
Sócios (6)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
SERVICIOS LEGALES RUMBO NORTE LIMITADA Socio | - | 25.9993795426343% | $586.650 |
SERVICIOS LEGALES GVS LIMITADA Socio | - | 25.9993795426343% | $586.650 |
ASESORÍAS PROFESIONALES MOLINA LIMITADA Socio | - | 25.9993795426343% | $586.650 |
ASESORÍAS LEGALES EL MIRADOR LIMITADA Socio | - | 11.9992022691012% | $270.750 |
ASESORÍAS LEGALES EL CIRUELILLO LIMITADA Socio | - | 5.00132955149796% | $112.850 |
HECTOR MAINER VIDAL HANTSCH Socio | - | 5.00132955149796% | $112.850 |
Texto oficial do extrato
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43° Notaría Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifica: Por escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2023, ante mí, comparecen: don JOSÉ MIGUEL INFANTE LIRA por sí y en representación de SERVICIOS LEGALES RUMBO NORTE LIMITADA, don GONZALO VALENZUELA SILVA por sí y en representación de SERVICIOS LEGALES GVS LIMITADA, don GONZALO JUAN MOLINA ARIZTÍA por sí y en representación de ASESORÍAS PROFESIONALES MOLINA LIMITADA, don FEDERICO ALLENDES SILVA por sí y en representación de ASESORÍAS LEGALES EL MIRADOR LIMITADA, don JOSÉ ALBERTO GUZMÁN MOHR por sí y en representación de ASESORÍAS LEGALES EL CIRUELILLO LIMITADA, y don HECTOR MAINER VIDAL HANTSCH, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo N° 3.885, sexto piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; quienes cedieron derechos sociales y modificaron la sociedad INFANTE VALENZUELA MOLINA ABOGADOS LIMITADA, en el siguiente sentido: don JOSÉ MIGUEL INFANTE LIRA, don GONZALO VALENZUELA SILVA, don GONZALO JUAN MOLINA ARIZTÍA, don FEDERICO ALLENDES SILVA, y don JOSÉ ALBERTO GUZMÁN MOHR con la debida autorización de los restantes socios, vendieron y cedieron la totalidad de sus derechos en INFANTE VALENZUELA MOLINA ABOGADOS LIMITADA, y por tanto, se retiran de ella, quedando como únicos socios son: SERVICIOS LEGALES RUMBO NORTE LIMITADA, SERVICIOS LEGALES GVS LIMITADA, ASESORÍAS PROFESIONALES MOLINA LIMITADA, ASESORÍAS LEGALES EL MIRADOR LIMITADA, ASESORÍAS LEGALES EL CIRUELILLO LIMITADA, y don HECTOR MAINER VIDAL HANTSCH, y en consecuencia, en sus calidades de únicos socios, aprueban modificar el artículo quinto de los estatutos de la sociedad, reemplazando su texto por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de dos millones doscientos cincuenta y seis mil cuatrocientos pesos, aportado de la siguiente manera: a) SERVICIOS LEGALES RUMBO NORTE LIMITADA aporta quinientos ochenta y seis mil seiscientos cincuenta pesos, esto es un veinticinco coma nueve nueve nueve tres siete nueve cinco cuatro dos seis tres cuatro tres por ciento de los derechos sociales, suma que ha enterado a la caja social, en dinero efectivo, con anterioridad a este acto, declarando la sociedad haberla recibido a su total satisfacción; b) SERVICIOS LEGALES GVS LIMITADA aporta quinientos ochenta y seis mil seiscientos cincuenta pesos, esto es un veinticinco coma nueve nueve nueve tres siete nueve cinco cuatro dos seis tres cuatro tres por ciento de los derechos sociales, suma que ha enterado a la caja social, en dinero efectivo, con anterioridad a este acto, declarando la sociedad haberla recibido a su total satisfacción; c) ASESORÍAS PROFESIONALES MOLINA LIMITADA aporta quinientos ochenta y seis mil seiscientos cincuenta pesos, esto es un veinticinco coma nueve nueve nueve tres siete nueve cinco cuatro dos seis tres cuatro tres por ciento de los derechos sociales, suma que ha enterado a la caja social, en dinero efectivo, con anterioridad a este acto, declarando la sociedad haberla recibido a su total satisfacción; d) ASESORÍAS LEGALES EL MIRADOR LIMITADA aporta doscientos setenta mil setecientos cincuenta pesos, esto es un once coma nueve nueve nueve dos cero dos dos seis nueve uno cero uno dos por ciento por ciento de los derechos sociales, suma que ha enterado a la caja social, en dinero efectivo, con anterioridad a este acto, declarando la sociedad haberla recibido a su total satisfacción; e) ASESORÍAS LEGALES EL CIRUELILLO LIMITADA aporta ciento doce mil ochocientos cincuenta pesos, esto es un cinco coma cero cero uno tres dos nueve cinco cinco uno cuatro nueve siete nueve seis por ciento de los derechos sociales, suma que ha enterado a la caja social, en dinero efectivo, con anterioridad a este acto, declarando la sociedad haberla recibido a su total satisfacción; y f) don HECTOR MAINER VIDAL HANTSCH aporta ciento doce mil ochocientos cincuenta pesos, esto es un cinco coma cero cero uno tres dos nueve cinco cinco uno cuatro nueve siete nueve seis por ciento de los derechos sociales, suma que ha enterado a la caja social, en dinero efectivo, con anterioridad a este acto, declarando la sociedad haberla recibido a su total satisfacción.” Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Lo no modificado se mantiene vigente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Juan Ricardo San Martín Urrejola. Santiago 12 de enero de 2024.
Informações societárias
Objeto social
la prestación de servicios, representaciones y asesorías profesionales, sean legales, judiciales, financieras, económicas, de inversión mobiliaria e inmobiliaria, y todos los actos, contratos, gestiones y negocios encaminados a tales fines, con todo tipo de personas, entidades particulares o públicas, nacionales o extranjeras
Capital
Capital total
$2.256.400
Capital integralizado
$2.256.400
Capital pendente
$0
Sócios (6)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
José Miguel Infante Lira Socio | - | 25.9993795426343% | $586.650 |
Gonzalo Valenzuela Silva Socio | - | 25.9993795426343% | $586.650 |
Gonzalo Juan Molina Ariztía Socio | - | 25.9993795426343% | $586.650 |
Federico Allendes Silva Socio | - | 11.9992022691012% | $270.750 |
Socio | - | 5.00132955149796% | $112.850 |
Héctor Mainer Vidal Hantsch Socio | - | 5.00132955149796% | $112.850 |
Administradores (6)
José Miguel Infante Lira
Gonzalo Valenzuela Silva
Gonzalo Juan Molina Ariztía
Federico Allendes Silva
Héctor Mainer Vidal Hantsch
Texto oficial do extrato
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43° Notaría Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2022, ante mí, don JOSÉ MIGUEL INFANTE LIRA, don GONZALO VALENZUELA SILVA, don GONZALO JUAN MOLINA ARIZTÍA, don FEDERICO ALLENDES SILVA, don JOSÉ ALBERTO GUZMÁN MOHR y don HECTOR MAINER VIDAL HANTSCH; todos con domicilio para estos efectos en Avenida Apoquindo N° 3885, sexto piso, Las Condes, Región Metropolitana; en sus calidades de únicos accionistas de INFANTE VALENZUELA MOLINA ABOGADOS SpA., aprueban y acuerdan transformar el régimen jurídico de dicha sociedad, desde una sociedad por acciones, a una sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos se extractan: Razón social: “INFANTE VALENZUELA MOLINA ABOGADOS LIMITADA”, sin perjuicio que para todos los efectos legales pueda usar indistintamente cualquier de los siguientes nombres de fantasía “INFANTE VALENZUELA MOLINA LIMITADA”, “IVM ABOGADOS LIMITADA” o “IVM LIMITADA”. Objeto: la prestación de servicios, representaciones y asesorías profesionales, sean legales, judiciales, financieras, económicas, de inversión mobiliaria e inmobiliaria, y todos los actos, contratos, gestiones y negocios encaminados a tales fines, con todo tipo de personas, entidades particulares o públicas, nacionales o extranjeras. Capital: $2.256.400, aportado de la siguiente manera: a) JOSÉ MIGUEL INFANTE LIRA aporta $586.650, esto es un 25,9993795426343% de los derechos sociales, enterado en dinero efectivo con anterioridad a este acto; b) GONZALO VALENZUELA SILVA aporta $586.650, esto es un 25,9993795426343% de los derechos sociales, enterado en dinero efectivo con anterioridad a este acto; c) GONZALO JUAN MOLINA ARIZTÍA aporta $586.650, esto es un 25,9993795426343% de los derechos sociales, enterado en dinero efectivo con anterioridad a este acto; d) FEDERICO ALLENDES SILVA aporta $270.750, esto es un 11,9992022691012 % de los derechos sociales, enterado en dinero efectivo con anterioridad a este acto; e) JOSÉ ALBERTO GUZMÁN MOHR aporta $112.850, esto es un 5,00132955149796% de los derechos sociales, enterado en dinero efectivo con anterioridad a este acto; y f) don HECTOR MAINER VIDAL HANTSCH aporta $112.850, esto es un 5,00132955149796% de los derechos sociales, enterado en dinero efectivo con anterioridad a este acto. Administración: El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a don José Miguel Infante Lira, don Gonzalo Valenzuela Silva, don Gonzalo Juan Molina Ariztía, don Federico Allendes Silva, don José Alberto Guzmán Mohr y don Héctor Mainer Vidal Hantsch, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos. Duración: La sociedad comenzará a regir con esta fecha, y tendrá una duración de 20 años, prorrogándose automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada vez, salvo que a lo menos 3 cualquiera de los socios, actuando conjuntamente, manifestare intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 3 meses al vencimiento del período que estuviere vigente. Santiago, 28 de diciembre de 2022.
Informações societárias
Capital
Ações
775
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 9.xxx.xxx-2 | 9.xxx.xxx-2 | - | - |
Accionista 19.xxx.xxx-7 | 19.xxx.xxx-7 | - | - |
Accionista 21.xxx.xxx-9 | 21.xxx.xxx-9 | - | - |
Histórico societário relatado
- Constituição· 28 de abril de 2022
Constitución de la sociedad con 755 acciones.
JUAN PABLO CASTRO FLEISCHMANN · MARÍA LEONOR CASTRO STANLEY · EMILIA CASTRO STANLEY
Texto oficial do extrato
JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, Notario Suplente del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, con oficio en Huérfanos N° 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 12 de octubre de 2022, ante titular, comparecieron, don JUAN PABLO CASTRO FLEISCHMANN, cédula nacional de identidad N° 9.351.684-2, por sí y en representación de doña MARÍA LEONOR CASTRO STANLEY, cédula nacional de identidad N° 19.246.167-7; y doña EMILIA CASTRO STANLEY, cédula nacional de identidad N° 21.011.655-9; todos domiciliados en Circunvalación Las Terrazas N° 1.123, Las Condes, Santiago, únicos accionistas de la sociedad “COMERCIALIZADORA Y ASESORÍAS ORTSAC SpA”, quienes sanearon, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 19.499, la nulidad de que podría ser objeto la Sociedad como consecuencia de los vicios formales en que se incurrió en la escritura pública de constitución de fecha 28 de abril de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Juan Ricardo San Martín Urrejola, con oficio en Huérfanos N° 835 piso 18, Santiago, y en su respectivo extracto, inscrito a fojas 35.527 número 16.313 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022 y publicado en el Diario Oficial con fecha 11 de mayo de 2022: en el sentido que, tanto en la escritura como en el extracto, donde dice setecientas cincuenta y cinco acciones; debe decir, setecientas setenta y cinco acciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 08 de noviembre de 2022.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
INFANTE VALENZUELA MOLINA ABOGADOS LIMITADA
CVE 2760101
- MODIFICACIÓN
LAS PETUNIAS SpA
CVE 2706529
- MODIFICACIÓN
INFANTE VALENZUELA MOLINA ABOGADOS LIMITADA
CVE 2533154
- MODIFICACIÓN
INFANTE VALENZUELA MOLINA ABOGADOS LIMITADA
CVE 2439030
- MODIFICACIÓN
INFANTE VALENZUELA MOLINA ABOGADOS SpA
CVE 2247904
