Sociedade de Responsabilidade Limitada76.464.486-7

Asesorías Y Servicios Altotrazo Limitada

MODIFICACIÓN — 6 de abr. de 2020

Informações tributárias (SII)

Tipo de entidade

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedade

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Início de atividades

Sem início de atividades informado pelo SII

Atividades econômicas

Sem atividades econômicas registradas no SII

Documentos timbrados

Sem documentos timbrados registrados no SII

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2020-04-06Ver PDF (CVE 1748796)

Informações societárias

Ltda
Administração: Elías Patricio Ardiles Barrera administra y representa; Juan Fernando Olivares Pino puede representar separadamente en facultades específicas y ambos deben concurrir en ciertos actos.

Capital

Capital total

$10.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

Elías Patricio Ardiles Barrera

Socio

12.xxx.xxx-k

-

Juan Fernando Olivares Pino

Socio

9.xxx.xxx-7

-

Administradores (1)

Elías Patricio Ardiles Barrera

12.xxx.xxx-kAdministrador

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 23 de julho de 2015

    Se menciona la constitución original de la sociedad y su publicación en el Diario Oficial.

  2. Mudança de administrador· 2 de abril de 2020

    Se modifica la administración y representación social, manteniéndose a Elías Patricio Ardiles Barrera como administrador y habilitando a Juan Fernando Olivares Pino para representar en facultades específicas.

    Elías Patricio Ardiles Barrera · Juan Fernando Olivares Pino

Texto oficial do extrato

JOHN GALLARDO GOMEZ, Abogado, Notario Público de la Segunda Notaria de La Serena, Suplente del Titular don Oscar Fernández Mora, con Oficio en esta ciudad, calle Cordovez número quinientos ochenta y ocho, Certifica: Por escritura pública de fecha 2 de Abril de 2020, Repertorio 2461, suscrita ante mí, Elías Patricio Ardiles Barrera, chileno, casado, separado de bienes, arquitecto, cédula de identidad número 12.806.818-K y Juan Fernando Olivares Pino, chileno, casado, separado de bienes, electricista, cédula de identidad número 9.336.848-7, ambos con domicilio en calle Henríquez número 405, oficina 7, Coquimbo, de paso por esta ciudad, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “ASESORÍAS Y SERVICIOS ALTOTRAZO LIMITADA” o “ALTOTRAZO LTDA” inscrita a fojas 53116, número 30900 del año 2017 en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2015 y publicada en el Diario Oficial el 23 de julio de 2015, edición N.º 41.214; en los siguientes términos: I) MODIFICACIÓN DE ESTATUTO: Estipulación séptima de la escritura constitutiva en los siguientes términos: en la matriz se señala: “Artículo Séptimo: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio don Elías Patricio Ardiles Barrera. El administrador tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social”; II) MODIFICACIÓN: “Artículo Séptimo. La administración, la representación y el uso de la razón social de la sociedad corresponderá al socio Elías Patricio Ardiles Barrera, sin perjuicio de las excepciones que se indican al final de esta estipulación. El administrador, además, tendrá facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la compañía, en especial aquellas señaladas en el artículo octavo de estos estatutos. Sin perjuicio de lo anterior, el socio Juan Fernando Olivares Pino, representará a la sociedad y usar la razón social en los mismos términos que su socio, separadamente de aquel, respecto a las facultades establecidas en la estipulación octava de estos estatutos, correlativos a las letras o), p) q), s), t), v) y x) que se dan por expresamente reproducidas. No obstante, en todas las operaciones del giro social que signifique el pago de obligación de dar que supere los $9.999.999.-, o de enajenación de cualquier bien raíz de propiedad de la compañía, deberán concurrir ambos socios a la suscripción de los documentos, escrituras o instrumentos que así se requiera, en especial aquellas señaladas en las letras h), i), j), m) y r) del artículo octavo de los estatutos, que se dan por expresamente reproducidas”; III) CAPITAL SOCIAL: $10.000.000. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Serena, 03 de abril de 2020.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    ASESORÍAS Y SERVICIOS ALTOTRAZO LIMITADA

    CVE 1748796

Relações societárias

EmpresaPessoaDiario Oficial