Sociedad De Inversiones Elaban Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$18.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
PEDRO EDUARDO ELGUETA ORTÍZ Socio 8.xxx.xxx-6 | 8.xxx.xxx-6 | 95% | $17.000.000 |
CARLA FERNANDA MARTÍNEZ CARMONA Socio 18.xxx.xxx-2 | 18.xxx.xxx-2 | 5% | $1.000.000 |
Representação legal (3)
Prohabit Administradora de Negocios Inmobiliarios S.A.
María Victoria Latorre Díaz
Christian Steffens Latorre
Histórico societário relatado
- Constituição· 30 de agosto de 2016
Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada con Pedro Eduardo Elgueta Ortíz y Carla Fernanda Martínez Carmona.
PEDRO EDUARDO ELGUETA ORTÍZ · CARLA FERNANDA MARTÍNEZ CARMONA
Texto oficial do extrato
RENÉ BENAVENTE CASH, Titular de la 45° Notaría de Santiago, Huérfanos 979, 7° piso, certifico: Por escritura pública, ante mí, con fecha 27 de Octubre de 2016, "SOCIEDAD DE INVERSIONES ELABAN LIMITADA" O "INVERSIONES ELABÁN LIMITADA ", rectifica y amplía escritura pública de fecha 30 de Agosto de dos mil dieciséis, anotada bajo el repertorio número 30.040-2016, otorgada en esta Notaría en el siguiente sentido: PEDRO EDUARDO ELGUETA ORTÍZ, chileno, casado, Ingeniero Civil, CNI 8.550.989-6, domiciliado en Sven Hedin 733 departamento 303, Comuna de Las Condes, y CARLA FERNANDA MARTÍNEZ CARMONA, chilena, soltera, estudiante, CNI 18.934.392-2, domiciliada en Avenida Simón Bolívar 8.366, Casa D, Comuna de La Reina, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada denominada "SOCIEDAD DE INVERSIONES ELABAN LIMITADA" O "INVERSIONES ELABÁN LIMITADA".- Que en la escritura señalada se cometieron algunos errores los que por este acto se rectifican y amplían: UNO) En la comparecencia, se designó a PEDRO EDUARDO ELGUETA ORTÍZ, como chileno, casado, omitiendo luego de esto, "separado totalmente de bienes", por lo que la comparecencia del socio Pedro Eduardo Elgueta Ortíz, debiendo quedar de la siguiente forma: PEDRO EDUARDO ELGUETA ORTÍZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, Ingeniero Civil, cedula nacional de identidad número ocho millones quinientos cincuenta mil novecientos ochenta y nueve guión seis, domiciliado en Sven Hedin setecientos treinta y tres departamento trescientos tres, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. DOS) En la Cláusula Quinta: QUINTO: Capital Social. El capital de la sociedad es la cantidad de dieciocho millones de pesos que los socios pagan de la siguiente forma: El Socio PEDRO EDUARDO ELGUETA ORTÍZ aporta la cantidad de 17 millones de pesos, que equivalen al 95% por ciento del capital social, el que paga de la siguiente manera: a) Mediante el aporte en dominio de derechos en el siguiente bien inmueble: Departamento número quinientos seis, y el uso y goce exclusivo del Estacionamiento número cuarenta y cinco, del Edificio Badajoz del Condominio Punta Colonos I, de Avenida Marítima número cuatrocientos diez.- El Lote ZEP-Cuatro-A, en el que se encuentra construido el Condominio, que resultó de la subdivisión del Lote o Macrolote ZEP-Cuatro, resultante a su vez de la fusión y posterior subdivisión del inmueble ubicado en la Comuna de Papudo, Provincia de Petorca, Quinta Región, compuesto por los Lotes C-Dos o Lilén Sur, Lote F, Lote E o Lilén y Lote D o El Peral; se incluyen y comprenden los derechos de dominio, uso y goce que corresponden a los bienes comunes. El inmueble se encuentra inscrito a fojas dos mil quinientos cincuenta y tres Vuelta (2553v) número dos mil trescientos cuarenta y dos (2342) del Registro de Propiedad del año dos mil diez (2010). El aporte es valorado por los socios en la cantidad de diecisiete millones de pesos. Queda de esta forma pagado el total del aporte del constituyente, representativo del noventa y cinco por ciento de los derechos sociales de la sociedad y del ciento por ciento de sus derechos. La socia doña CARLA FERNANDA MARTÍNEZ CARMONA, aporta la cantidad de un millón de pesos en este acto y en dinero efectivo ingresando este en la caja social, representativa del cinco por ciento de los derechos sociales de la sociedad y del ciento por ciento de sus derechos., debiendo quedar de la siguiente forma: QUINTO: Capital Social. El capital de la sociedad es la cantidad de dieciocho millones de pesos que los socios pagan de la siguiente forma: El Socio PEDRO EDUARDO ELGUETA ORTÍZ aporta la cantidad de 17 millones de pesos, que equivalen al 95% por ciento del capital social, el que paga de la siguiente manera: a) Mediante el aporte en dominio de derechos en el siguiente bien inmueble: Departamento número quinientos seis y el uso y goce exclusivo del estacionamiento número cuarenta y cinco , del Edificio Badajoz del "Condominio Punta Colonos I" DE Avenida Marítima número cuatrocientos diez, acogido a las disposiciones de la ley diecinueve mil quinientos treinta y seis sobre Copropiedad Inmobiliaria Los planos sobre Copropiedad Inmobiliaria, se encuentran archivados con los números veinticuatro, veinticinco y veintiséis, en el agregado especial de copropiedad inmobiliaria del Registro de Propiedad del año dos mil diez del Conservador de Bienes Raíces de La Ligua. El Lote ZEP Cuatro-A en que se encuentra construido el Condominio, tiene una superficie aproximada de diez mil ochocientos ocho coma cero nueve metros cuadrados, que resultó de la subdivisión del Lote o Macrolote ZEP-Cuatro, resultante a su vez de la fusión y posterior subdivisión del inmueble ubicado en la Comuna de Papudo, Provincia de Petrorca, Quinta Región, compuesto por los lotes C-Dos o Lilen Sur, Lote F, Lote E o Lilén y Lote D o El Peral; y que según plano archivado en este Conservador, el año dos mil ocho, con el número cuatrocientos cincuenta y siete, deslinda: Al Norte, en línea curva del polígono A al polígono B en cuarenta y siete metros con cincuenta y nueve centímetros con deslinde general del loteo; Al Sur, del polígono J al polígono K en ochenta y seis mtros ochenta centímetros con Lote ZEP-Cuatro B; al Nororiente, del polígono B, al polígono C en cientoveintisiete metros noventa y seis centímetros con deslinde general del loteo; al Suroriente, del polígono C al polígono F en noventa y tres metros cuatro centímetros con delinde general del loteo; Al Surponiente, en tramos del polígono F al polígono G en diecinueve metro noventa centímetros, del polígono H al Polígono I en treinta y seis metros setenta centímetros y del polígono K al polígono L en treinta metros cuarenta centímetros, todos del Lote ZEP-Cuatro B; Al Poniente, del polígono I al polígono J en cincuenta y cinco metros diez centímetros con Lote ZEP-Cuatro B; y al Norponiente, en tramos del polígono G al Polígono H en treinta y ocho metros setenta centímetros con lote ZEP-Cuatro B y del polígono L al polígono A en ochenta y dos metros veinticuatro centímetros con deslinde general del Loteo.- Se incluyen y comprenden en la venta, los derechos de dominio, uso y goce que corresponden a los bienes comunes de acuerdo a la ley número diecinueve mil quinientos treinta y al Reglamento de copropiedad del "Condominio Punta Colonos I. Adquirieron el departamento, uso y goce exclusivo del Estacionamiento y derechos individualizados a título de compraventa seguido que hicieron a Fondo de Inversión Privado Punta Colonos, Rut: 76.037.053-3, representada por Prohabit Administradora de Negocios Inmobiliarios S.A. y ésta última a su vez representada por doña María Victoria Latorre Díaz y don Christian Steffens Latorre, todos con domicilio en Santiago, Avenida Apoquindo número tres mil setenta y seis, oficina seiscientos uno, comuna de Las Condes, Santiago, según consta de escritura de fecha treinta de julio de dos mil diez, otorgada en la Notaria de Santiago de don Patricio Zaldívar Mackenna. El título de propiedad rola inscrito a fojas dos mil quinientos cincuenta y tres vuelta, número dos mil trescientos cuarenta y dos correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Ligua, del año dos mil diez. . El aporte es valorado por los socios en la cantidad de diecisiete millones de pesos. Queda de esta forma pagado el total del aporte del constituyente, representativo del noventa y cinco por ciento de los derechos sociales de la sociedad y del ciento por ciento de sus derechos. La socia doña CARLA FERNANDA MARTÍNEZ CARMONA, aporta la cantidad de un millón de pesos en este acto y en dinero efectivo ingresando este en la caja social, representativa del cinco por ciento de los derechos sociales de la sociedad y del ciento por ciento de sus derechos. En todo lo no rectificado por el presente instrumento se mantienen plenamente vigentes en los mismos términos pactados, la escritura pública ya mencionada y debidamente singularizada en la cláusula primera de este instrumento y de la cual se entiende formar parte integrante el presente instrumento para todos los efectos legales Demás estipulaciones en escritura que extracto. Santiago, 16 de Noviembre de 2016.
Informações societárias
Capital
Capital total
$18.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 85.550.989-6 | 85.550.989-6 | 95% | $17.000.000 |
Socio | - | 5% | $1.000.000 |
Histórico societário relatado
- Constituição· 30 de agosto de 2016
PEDRO EDUARDO ELGUETA ORTÍZ y CARLA FERNANDA MARTÍNEZ CARMONA constituyen una sociedad de responsabilidad limitada.
PEDRO EDUARDO ELGUETA ORTÍZ · CARLA FERNANDA MARTÍNEZ CARMONA
Texto oficial do extrato
RENÉ BENAVENTE CASH, Titular de la 45° Notaría de Santiago, Huérfanos 979, 7° piso, certifico: Por escritura pública, ante mí, con fecha 27 de Octubre de 2016, "SOCIEDAD DE INVERSIONES ELABAN LIMITADA" O "INVERSIONES ELABÁN LIMITADA ", rectifica y amplía escritura pública de fecha 30 de Agosto de dos mil dieciséis, anotada bajo el repertorio número 30.040-2016, otorgada en esta Notaría en el siguiente sentido: PEDRO EDUARDO ELGUETA ORTÍZ, y doña CARLA FERNANDA MARTÍNEZ CARMONA, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada denominada "SOCIEDAD DE INVERSIONES ELABAN LIMITADA" O "INVERSIONES ELABÁN LIMITADA".- Que en la escritura señalada se cometieron algunos errores los que por este acto se rectifican y amplían: UNO) En la comparecencia, se designó a PEDRO EDUARDO ELGUETA ORTÍZ, como chileno, casado, omitiendo luego de esto, "separado totalmente de bienes", por lo que la comparecencia del socio Pedro Eduardo Elgueta Ortíz, debiendo quedar de la siguiente forma: PEDRO EDUARDO ELGUETA ORTÍZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, Ingeniero Civil, cedula nacional de identidad número ocho millones quinientos cincuenta mil novecientos ochenta y nueve guión seis, domiciliado en Sven Hedin setecientos treinta y tres departamento trescientos tres, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. DOS) En la Cláusula Quinta: QUINTO: Capital Social. El capital de la sociedad es la cantidad de dieciocho millones de pesos que los socios pagan de la siguiente forma: El Socio PEDRO EDUARDO ELGUETA ORTÍZ aporta la cantidad de 17 millones de pesos, que equivalen al 95% por ciento del capital social, el que paga de la siguiente manera: a) Mediante el aporte en dominio de derechos en el siguiente bien inmueble: Departamento número quinientos seis, y el uso y goce exclusivo del Estacionamiento número cuarenta y cinco, del Edificio Badajoz del Condominio Punta Colonos I, de Avenida Marítima número cuatrocientos diez.- El Lote ZEP-Cuatro-A, en el que se encuentra construido el Condominio, que resultó de la subdivisión del Lote o Macrolote ZEP-Cuatro, resultante a su vez de la fusión y posterior subdivisión del inmueble ubicado en la Comuna de Papudo, Provincia de Petorca, Quinta Región, compuesto por los Lotes C-Dos o Lilén Sur, Lote F, Lote E o Lilén y Lote D o El Peral; se incluyen y comprenden los derechos de dominio, uso y goce que corresponden a los bienes comunes. El inmueble se encuentra inscrito a fojas dos mil quinientos cincuenta y tres Vuelta (2553v) número dos mil trescientos cuarenta y dos (2342) del Registro de Propiedad del año dos mil diez (2010). El aporte es valorado por los socios en la cantidad de diecisiete millones de pesos. Queda de esta forma pagado el total del aporte del constituyente, representativo del noventa y cinco por ciento de los derechos sociales de la sociedad y del ciento por ciento de sus derechos. La socia doña CARLA MARTÍNEZ CARMONA, aporta la cantidad de un millón de pesos en este acto y en dinero efectivo ingresando este en la caja social, representativa del cinco por ciento de los derechos sociales de la sociedad y del ciento por ciento de sus derechos., debiendo quedar de la siguiente forma: QUINTO: Capital Social. El capital de la sociedad es la cantidad de dieciocho millones de pesos que los socios pagan de la siguiente forma: El Socio PEDRO EDUARDO ELGUETA ORTÍZ aporta la cantidad de 17 millones de pesos, que equivalen al 95% por ciento del capital social, el que paga de la siguiente manera: a) Mediante el aporte en dominio de derechos en el siguiente bien inmueble: Departamento número quinientos seis y el uso y goce exclusivo del estacionamiento número cuarenta y cinco , del Edificio Badajoz del "Condominio Punta Colonos I" DE Avenida Marítima número cuatrocientos diez, acogido a las disposiciones de la ley diecinueve mil quinientos treinta y seis sobre Copropiedad Inmobiliaria Los planos sobre Copropiedad Inmobiliaria, se encuentran archivados con los números veinticuatro, veinticinco y veintiséis, en el agregado especial de copropiedad inmobiliaria del Registro de Propiedad del año dos mil diez del Conservador de Bienes Raíces de La Ligua. El Lote ZEP Cuatro-A en que se encuentra construido el Condominio, tiene una superficie aproximada de diez mil ochocientos ocho coma cero nueve metros cuadrados, que resultó de la subdivisión del Lote o Macrolote ZEP-Cuatro, resultante a su vez de la fusión y posterior subdivisión del inmueble ubicado en la Comuna de Papudo, Provincia de Petrorca, Quinta Región, compuesto por los lotes C-Dos o Lilen Sur, Lote F, Lote E o Lilén y Lote D o El Peral; y que según plano archivado en este Conservador, el año dos mil ocho, con el número cuatrocientos cincuenta y siete, deslinda: Al Norte, en línea curva del polígono A al polígono B en cuarenta y siete metros con cincuenta y nueve centímetros con deslinde general del loteo; Al Sur, del polígono J al polígono K en ochenta y seis mtros ochenta centímetros con Lote ZEP- Cuatro B; al Nororiente, del polígono B, al polígono C en cientoveintisiete metros noventa y seis centímetros con deslinde general del loteo; al Suroriente, del polígono C al polígono F en noventa y tres metros cuatro centímetros con delinde general del loteo; Al Surponiente, en tramos del polígono F al polígono G en diecinueve metro noventa centímetros, del polígono H al Polígono I en treinta y seis metros setenta centímetros y del polígono K al polígono L en treinta metros cuarenta centímetros, todos del Lote ZEP-Cuatro B; Al Poniente, del polígono I al polígono J en cincuenta y cinco metros diez centímetros con Lote ZEP-Cuatro B; y al Norponiente, en tramos del polígono G al Polígono H en treinta y ocho metros setenta centímetros con lote ZEP-Cuatro B y del polígono L al polígono A en ochenta y dos metros veinticuatro centímetros con deslinde general del Loteo.- Se incluyen y comprenden en la venta, los derechos de dominio, uso y goce que corresponden a los bienes comunes de acuerdo a la ley número diecinueve mil quinientos treinta y al Reglamento de copropiedad del "Condominio Punta Colonos I. Adquirieron el departamento, uso y goce exclusivo del Estacionamiento y derechos individualizados a título de compraventa seguido que hicieron a Fondo de Inversión Privado Punta Colonos, Rut: 76.037.053-3, representada por Prohabit Administradora de Negocios Inmobiliarios S.A. y ésta última a su vez representada por doña María Victoria Latorre Díaz y don Christian Steffens Latorre, todos con domicilio en Santiago, Avenida Apoquindo número tres mil setenta y seis, oficina seiscientos uno, comuna de Las Condes, Santiago, según consta de escritura de fecha treinta de julio de dos mil diez, otorgada en la Notaria de Santiago de don Patricio Zaldívar Mackenna. El título de propiedad rola inscrito a fojas dos mil quinientos cincuenta y tres vuelta, número dos mil trescientos cuarenta y dos correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Ligua, del año dos mil diez. . El aporte es valorado por los socios en la cantidad de diecisiete millones de pesos. Queda de esta forma pagado el total del aporte del constituyente, representativo del noventa y cinco por ciento de los derechos sociales de la sociedad y del ciento por ciento de sus derechos. La socia doña CARLA MARTÍNEZ CARMONA, aporta la cantidad de un millón de pesos en este acto y en dinero efectivo ingresando este en la caja social, representativa del cinco por ciento de los derechos sociales de la sociedad y del ciento por ciento de sus derechos. En todo lo no rectificado por el presente instrumento se mantienen plenamente vigentes en los mismos términos pactados, la escritura pública ya mencionada y debidamente singularizada en la cláusula primera de este instrumento y de la cual se entiende formar parte integrante el presente instrumento para todos los efectos legales.- Demás estipulaciones en escritura que extracto. Santiago, 10 de Noviembre de 2016.-
Informações societárias
Objeto social
la explotación por cuenta propia y o ajena de toda clase de establecimientos comerciales, hoteleros, centros de recreación y otros similares, como también la compra, venta, comercialización importación y explotación de artículos elementos e insumos relacionados con estos rubros, sus anexos o derivados. Podrá además tener como objeto realizar actividades comerciales, industriales y extractivas, comprar, vender o arrendar y realizar todo tipo de inversiones en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, derechos en sociedades de personas, cooperativas y comunidades, acciones, títulos de renta, efectos de comercio, bonos, debentures, patentes, marcas, licencias, procesos y concesiones de cualquier naturaleza, y cualesquiera otros bienes, así como la administración de éstos. Podrá asimismo, representar marcas, otorgar asistencia técnica y profesional por si o por terceros. Para la óptima ejecución de lo anterior, la sociedad podrá realizar todo tipo de actos o contratos relacionados con el objeto social, sea directamente o constituyendo y participando en sociedades de cualquier tipo o naturaleza, o cuentas en participación, en la administración de las mismas y en su disolución y liquidación y cualquier otra que el empresario acuerde y que tenga relación con el objeto social o se considere conveniente a dichos objetos, sin limitación de ninguna especie.
Capital
Capital total
$18.000.000
Capital integralizado
$18.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
PEDRO EDUARDO ELGUETA ORTÍZ Socio 8.xxx.xxx-6 | 8.xxx.xxx-6 | 95% | $17.000.000 |
CARLA FERNANDA MARTÍNEZ CARMONA Socio 18.xxx.xxx-2 | 18.xxx.xxx-2 | 5% | $1.000.000 |
Administradores (1)
PEDRO EDUARDO ELGUETA ORTÍZ
Texto oficial do extrato
RENÉ BENAVENTE CASH, Notario, Titular de la 45° Notaría de Santiago, domiciliado Huérfanos 979 Piso 7, Santiago: Certifica por escritura pública de hoy: PEDRO EDUARDO ELGUETA ORTÍZ, chileno, casado, Ingeniero Civil CNI 8.550.989-6, domiciliado Sven Hedin 733, departamento 303 Las Condes, Región Metropolitana y CARLA FERNANDA MARTÍNEZ CARMONA, chilena, soltera, estudiante, CNI 18.934.392-2, domiciliada Avenida Simón Bolívar 8.366, Casa D, La Reina, Región Metropolitana, constituyeron ante mí, sociedad bajo razón social "SOCIEDAD DE INVERSIONES ELABAN LIMITADA", nombre de fantasía "INVERSIONES ELABAN LIMITADA". El objeto de la sociedad será: la explotación por cuenta propia y o ajena de toda clase de establecimientos comerciales, hoteleros, centros de recreación y otros similares, como también la compra, venta, comercialización importación y explotación de artículos elementos e insumos relacionados con estos rubros, sus anexos o derivados. Podrá además tener como objeto realizar actividades comerciales, industriales y extractivas, comprar, vender o arrendar y realizar todo tipo de inversiones en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, derechos en sociedades de personas, cooperativas y comunidades, acciones, títulos de renta, efectos de comercio, bonos, debentures, patentes, marcas, licencias, procesos y concesiones de cualquier naturaleza, y cualesquiera otros bienes, así como la administración de éstos. Podrá asimismo, representar marcas, otorgar asistencia técnica y profesional por si o por terceros. Para la óptima ejecución de lo anterior, la sociedad podrá realizar todo tipo de actos o contratos relacionados con el objeto social, sea directamente o constituyendo y participando en sociedades de cualquier tipo o naturaleza, o cuentas en participación, en la administración de las mismas y en su disolución y liquidación y cualquier otra que el empresario acuerde y que tenga relación con el objeto social o se considere conveniente a dichos objetos, sin limitación de ninguna especie. Administración corresponderá a PEDRO EDUARDO ELGUETA ORTÍZ, pudiendo delegar todo o parte de estas facultades mediante escritura pública o privada, y anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social, facultades expresadas cláusula tercera escritura que extracto. El capital de la sociedad es la cantidad de $18.000.000.- que socios pagan de la siguiente forma: PEDRO EDUARDO ELGUETA ORTÍZ aporta la cantidad de $17.000.000, que equivalen al 95% del capital social, el que paga de la siguiente manera: a) Mediante el aporte en dominio de derechos en el siguiente bien inmueble: Departamento número quinientos seis, y el uso y goce exclusivo del Estacionamiento número cuarenta y cinco, del Edificio Badajoz del Condominio Punta Colonos I, de Avenida Marítima número cuatrocientos diez.- El Lote ZEP-Cuatro-A, en el que se encuentra construido el Condominio, que resultó de la subdivisión del Lote o Macrolote ZEP-Cuatro, resultante a su vez de la fusión y posterior subdivisión del inmueble ubicado en la Comuna de Papudo, Provincia de Petorca, Quinta Región, compuesto por los Lotes C-Dos o Lilén Sur, Lote F, Lote E o Lilén y Lote D o El Peral; se incluyen y comprenden los derechos de dominio, uso y goce que corresponden a los bienes comunes. El inmueble se encuentra inscrito a fojas 2553v, número 2342 del Registro de Propiedad de 2010. El aporte es valorado por los socios en la cantidad de $17.000.000. Queda de esta forma pagado el total del aporte del constituyente, representativo del 95% de los derechos sociales de la sociedad y del 100% de sus derechos. La socia doña CARLA MARTÍNEZ CARMONA, aporta la cantidad de $1.000.000.- en este acto y en dinero efectivo ingresando este en la caja social, representativa del 5% de los derechos sociales de la sociedad y del 100% de sus derechos. La sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración indefinida. Si alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a la sociedad, deberá hacerlo mediante carta certificada enviada al otro socio, con una anticipación de a lo menos 3 meses.- Demás estipulaciones en escritura que extracto. Santiago, 30 de Agosto de 2016.- Rene Benavente Cash.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD DE INVERSIONES ELABAN LIMITADA
CVE 1139340
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD DE INVERSIONES ELABAN LIMITADA
CVE 1135191
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD DE INVERSIONES ELABAN LIMITADA
CVE 1112601
