Inmobiliaria E Inversiones Rapalo Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$30.000.000
Capital integralizado
$30.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 16.xxx.xxx-3 | 16.xxx.xxx-3 | 50% | $15.000.000 |
MITSUTOSHI GIOVANNI ASADA SOLARI Socio 16.xxx.xxx-2 | 16.xxx.xxx-2 | 50% | $15.000.000 |
Representação legal (1)
Histórico societário relatado
- Constituição· 11 de março de 2015
Constitución de INMOBILIARIA E INVERSIONES RAPALO LIMITADA o INMOBILIARIA RAPALO LIMITADA.
- Outro ato· 24 de dezembro de 2015
La sociedad fue modificada por escritura pública.
- Cessão de direitos· 24 de novembro de 2021
Kenyiro Angelo Asada Solari cede el 50% de sus derechos sociales a Mitsutoshi Giovanni Asada Solari.
KENYIRO ANGELO ASADA SOLARI · MITSUTOSHI GIOVANNI ASADA SOLARI
Texto oficial do extrato
Paula Castillo Bustamante, suplente del titular, don RODRIGO ROJAS CASTILLO, Notario Público Titular de Concepción, con asiento en San Pedro de la Paz, Michimalonco 1015, certifico: Por escritura pública otorgada con fecha 24 de noviembre de 2021, Rep.1555/2021 ante mí, don KENYIRO ANGELO ASADA SOLARI, chileno, soltero, comerciante, C.I. 17.087.942-2, domiciliado en pasaje Villarreal, casa 587, Huertos Familiares, Comuna de San Pedro de la Paz, por sí y en representación de doña NIEKO NATALIA ASADA SOLARI, chilena, soltera, comerciante, C.I. 16.621.658-3, domiciliada en Parcela 26, Los Pretiles, Comuna de Pinto; y don MITSUTOSHI GIOVANNI ASADA SOLARI, chileno, casado, médico cirujano, C.I. 16.018.511-2, domiciliado en Cochrane Poniente 66, departamento 504, Comuna de Concepción, modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada “INMOBILIARIA E INVERSIONES RAPALO LIMITADA” O “INMOBILIARIA RAPALO LIMITADA”, R.U.T. 76.442.277-5, constituida mediante escritura pública de fecha 11/03/2015, otorgada en la Tercera Notaría de Chillán de don Juan Armando Bustos Bonniard, cuyo extracto se inscribió a fojas 179 vuelta, N° 145 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán, correspondiente al año 2015 y publicado en el Diario Oficial con fecha 13/03/2015. Modificada mediante escritura pública otorgada con fecha 24/12/2015, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán, a fojas 27, bajo el N° 20 correspondiente al año 2016. Mediante escritura que se extracta, don KENYIRO ASADA SOLARI con expreso consentimiento de todos los socios, vende, cede y transfiere a don MITSUTOSHI GIOVANNI ASADA SOLARI, el 50% de los derechos sociales que tiene en la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES RÁPALO LIMITADA” O “INMOBILIARIA RAPALO LIMITADA”. El precio de la cesión es la suma de $15.000.000, que se paga en este acto al contado y en dinero efectivo, a entera satisfacción del cedente. Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, los socios vienen a modificar los Estatutos Sociales en los siguientes términos: A) Se reemplaza íntegramente la cláusula cuarta por la siguiente: CUARTO: Los comparecientes convienen que la administración, representación y el uso de la razón social, corresponderá a ambos socios en forma separada e indistinta, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que se señalan en escritura extractada, con la especial excepción del acto y contrato indicado en el numerando 49 de dicha cláusula. B) Se reemplaza íntegramente la cláusula quinta por la siguiente: QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $30.000.000, el cual se encuentra íntegramente enterado en dinero en efectivo por sus socios, y que corresponde a sus actuales socios como sigue: 1) doña NIEKO NATALIA ASADA SOLARI, con la suma de $15.000.000, que equivalen al 50% de los derechos sociales; 2) don MITSUTOSHI GIOVANNI ASADA SOLARI, con una suma equivalente al 50% de los derechos sociales, esto es, $15.000.000. C) Se reemplaza íntegramente la cláusula sexta por la siguiente: SEXTO: Las utilidades y pérdidas originadas en el giro social se distribuirán entre los socios en relación a sus respectivos porcentajes de aporte del capital social, es decir: para la socia NIEKO NATALIA ASADA SOLARI, en un 50% y para el socio MITSUTOSHI GIOVANNI ASADA SOLARI, en un 50%. En todo lo no expresamente modificado, sigue rigiendo inalterado el pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. San Pedro de la Paz, 01 de diciembre de 2021.-
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA E INVERSIONES RAPALO LIMITADA
CVE 2051305
