Empresa Individual de Responsabilidade Limitada76.423.421-9

Transportes Ramirez Arevalo E.I.R.L..

MODIFICACIÓN — 28 de mai. de 2021

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2021-05-28Ver PDF (CVE 1951362)

Informações societárias

E.I.R.L.
Camino Principal Monte Grande sin número
Administração: Titular

Objeto social

La prestación de servicios al comercio nacional e internacional, en materias de transporte de carga nacional e internacional por vía terrestre o aérea, esto sin perjuicio de otros que sean concordantes con el objeto consignado.

Administradores (1)

RAUL ESTEBAN RAMIREZ AREVALO

13.xxx.xxx-3Titular

Histórico societário relatado

  1. Transformação· 13 de outubro de 2020

    Raul Esteban Ramirez Arevalo transforma y constituye la E.I.R.L. TRANSPORTES RAMIREZ AREVALO E.I.R.L., con nombre de fantasía AREVALO RAMIREZ EIRL.

    RAUL ESTEBAN RAMIREZ AREVALO

Texto oficial do extrato

ERNESTO MONTOYA PEREDO, Abogado, Notario Público Titular, con oficio en calle Campos número 377, certifico: por escritura de hoy, ante mí: don RAUL ESTEBAN RAMIREZ AREVALO, chileno, soltero, técnico agrícola, de cuarenta años de edad, cédula nacional de identidad número 13.720.775-3, domiciliado en Camino Principal Monte Grande sin número, Coltauco, saneó la sociedad TRANSPORTES RAMIREZ AREVALO E.I.R.L., teniendo como nombre de fantasía AREVALO RAMIREZ EIRL, Rut 76.423.421-9, la que por escritura pública de fecha trece de Octubre del año dos mil veinte, otorgada ante el Notario público de Rancagua don Ernesto Montoya Peredo, el compareciente transformó y constituyó la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada cuya razón social es TRANSPORTES RAMIREZ AREVALO E.I.R.L., teniendo como nombre de fantasía AREVALO RAMIREZ EIRL, Rut 76.423.421-9. El extracto de dicha escritura se publicó en la edición del Diario Oficial de fecha seis de Noviembre del año dos mil veinte, y se inscribió a fojas 694 Nº444 en el Registro de Comercio del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua.- Al hacer la transformación y constitución de la Empresa Individual, no se cumplió con el articulo cuatro de la Ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete toda vez que al consignar en su descripción como objeto se señala como tal el siguiente: “El objeto de la empresa será: a) la prestación de servicios al comercio nacional e internacional, en materias de administración, comercialización, transporte de carga nacional e internacional por vía terrestre, almacenaje de mercaderías, consignaciones, representaciones, realización de trámites aduaneros y/o antes cualquier otro organismo público o privado, pudiendo gestionar para sí y para terceros todo lo relacionado a: (i) exportaciones e importaciones de bienes y servicios en general; (ii) evaluación técnica de proyectos de importación y exportación; (iii) participación en licitaciones nacionales e internacionales; b) la inversión en toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales, en especial acciones y derechos en cualquier especie de sociedades, efectos de comercio, valores mobiliarios, documentos del mercado de capitales o financiero, la percepción de las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones, y su administración sea por cuenta propia o asociada con terceros; y c) toda otra actividad relacionada, vinculada o que derive del presente objeto social. Para el cumplimiento del objeto social la empresa podrá ejecutar válidamente todos los actos y contratos que sean necesarios o conducentes, directa o indirectamente a la consecución de aquel”, lo determina con ello que su objeto sea múltiple y adolecería también de vicio de nulidad por esta circunstancia. Que de conformidad con las normas de la Ley numero diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve sobre saneamiento de vicios formales, el compareciente en este acto viene en este acto en sanear el vicio antes consignado de la siguiente forma: Se sustituye la cláusula séptima de la escritura de constitución de fecha trece de Octubre del año dos mil veinte, otorgada ante el Notario público de Rancagua don Ernesto Montoya Peredo relativa al objeto, la cual pasa a tener el siguiente tenor: El OBJETO DE LA EMPRESA SERÁ: “El objeto de la empresa será la prestación de servicios al comercio nacional e internacional, en materias de transporte de carga nacional e internacional por vía terrestre o aérea, esto sin perjuicio de otros que sean concordantes con el objeto consignado”. En todo lo no mencionado en este instrumento, sigue plenamente vigente y en su integridad el estatuto de la empresa otorgado mediante escritura pública de fecha trece de Octubre del año dos mil veinte, otorgada ante el Notario público de Rancagua don Ernesto Montoya Peredo y que por este acto se sanea.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rancagua, 22 Abril 2021.-

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    TRANSPORTES RAMIREZ AREVALO E.I.R.L.

    CVE 1951362

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