Sociedade de Responsabilidade Limitada76.415.649-8

Sociedad Agrícola Y Ganadera Victoria Limitada

MODIFICACIÓN — 15 de jun. de 2022

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2022-06-15Ver PDF (CVE 2143300)

Informações societárias

Ltda
Administração: Socio administrador

Capital

Capital total

$168.750.000

Sócios (3)

NomeParticipação

LUIS ALBERTO SÁNCHEZ

Socio

20%

FLORENCIA MARTÍNEZ SÁNCHEZ

Socio

40%

BEATRIZ MOZÓ SÁNCHEZ

Socio

40%

Administradores (1)

LUIS ALBERTO SÁNCHEZ BINDER

Administrador

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 24 de novembro de 2014

    Constitución de la sociedad.

    MARY IRENE BINDER DUN · LUIS ALBERTO SÁNCHEZ BINDER · FLORENCIA MARTÍNEZ SÁNCHEZ · BEATRIZ MOZÓ SÁNCHEZ

  2. Outro ato· 27 de maio de 2021

    Se modificó la sociedad por escritura pública anterior.

Texto oficial do extrato

CLAUDIA LORENA BRAHM BAHAMONDE, Abogado, Notario Público Titular de Los Muermos, Antonio Varas 103, de esta misma ciudad y comuna, CERTIFICO: Por escritura pública Repertorio Nº646-2022, hoy ante mí, MARY IRENE BINDER DUN, agricultora, Fundo Paraguay Grande, sector Línea Balmaceda, comuna de Puerto Varas; LUIS ALBERTO SÁNCHEZ BINDER, agricultor, Fundo Paraguay Grande, sector Línea Balmaceda, comuna de Puerto Varas; FLORENCIA MARTÍNEZ SÁNCHEZ, estudiante, Volcán Lascar 1230, Sol de Oriente, comuna de Puerto Montt, y BEATRIZ MOZÓ SÁNCHEZ, médico veterinaria, Nalhuitad s, comuna de Chonchi, modificaron la SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA VICTORIA LIMITADA, constituida mediante escritura pública de fecha 24 de noviembre de 2014, otorgada ante el Notario Público de Puerto Varas don Bernardo Espinosa Bancalari, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial el 28 de noviembre de 2014, inscrita en el Registro de Comercio de Puerto Varas a fojas 392 Nº388 del año 2014, siendo su RUT Nº76.415.649-8 y su capital de $168.750.000.- La sociedad se modificó por escritura pública de fecha 27 de mayo de 2021, otorgada en la notaría de Puerto Varas, de doña Sandra Cárcamo e inscrita a fojas 210 Nº177 del Registro de Comercio de Puerto Varas del año 2021.- Modificaciones: Cesión de derechos. La socia doña MARY IRENE BINDER DUN, vende, cede y transfiere el total de sus derechos sociales, correspondientes al 80%, y en partes iguales, a doña FLORENCIA MARTÍNEZ SÁNCHEZ y doña BEATRIZ MOZÓ SÁNCHEZ, en la suma total de $135.000.000.- Del precio total señalado, la cantidad de $67.500.000.- corresponden al 40% de los derechos cedidos a doña FLORENCIA MARTÍNEZ SÁNCHEZ y la cantidad de $67.500.000.- corresponden al 40% de los derechos cedidos a doña BEATRIZ MOZÓ SÁNCHEZ. Las sumas referidas serán pagadas, por cada una de las adquirentes: A. En 24 cuotas iguales, mensuales y sucesivas, de $700.000.-, dentro de los 10 primeros días de cada mes. La primera de ellas, se deberá pagar en el mes de diciembre del año 2022. B. Con 36 cuotas mensuales y sucesivas, de $1.408.333.-, dentro de los 10 primeros días de cada mes a contar del vencimiento de las primeras 24 cuotas iniciales. La última de las cuotas señaladas tendrá el valor de $1.408.345. Las partes renuncian a la acción resolutoria que pueda emanar del presente contrato. En virtud de la cesión de derechos sociales a la que se refiere la cláusula anterior de este instrumento, se retira de la sociedad doña MARY IRENE BINDER DUN, quedando como únicos socios, LUIS ALBERTO SÁNCHEZ, con un 20%, FLORENCIA MARTÍNEZ SÁNCHEZ, con un 40% y doña BEATRIZ MOZÓ SÁNCHEZ, con un 40% de los derechos sociales. Las utilidades de la sociedad, y las eventuales pérdidas que se produjeren, se repartirán entre los socios a prorrata de sus respectivas participaciones en la sociedad. Con todo, el reparto de utilidades podrá efectuarse en otra proporción que la indicada, siempre y cuando los socios así lo acordaren por escrito.- Modificación de la cláusula 14ª.. Se sustituye la cláusula 14ª. por la siguiente: “La sociedad no termina por el fallecimiento de alguno de los socios. En caso de fallecimiento del socio administrador don LUIS ALBERTO SÁNCHEZ BINDER, la administración le corresponderá, en forma conjunta a las socias sobrevivientes, con todas las facultades señaladas en la cláusula 5ª. del estatuto. En todo caso, ocurrido el fallecimiento de alguno de los socios, los herederos del socio fallecido, deberán designar un procurador común para actuar ante la sociedad. Asimismo, la sociedad tampoco se disolverá, por la incapacidad sobreviviente o insolvencia de alguno de los socios, aplicándose en ese caso las reglas anteriores.”.- Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.- Los Muermos, 10 de junio de 2022.-

ModificaçãoDiario Oficial · 2021-06-14Ver PDF (CVE 1960468)

Informações societárias

Ltda
Fundo Paraguay Grande, sector Línea Balmaceda
Duração: 10 años renovables tácita y sucesivamente por periodos iguales
Administração: Administración exclusiva del socio LUIS ALBERTO SÁNCHEZ BINDER

Capital

Capital total

$168.750.000

Capital integralizado

$168.750.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

MARY IRENE BINDER DUN

Socio

3.xxx.xxx-3

80%

LUIS ALBERTO SÁNCHEZ BINDER

Socio

7.xxx.xxx-1

20%

Administradores (1)

LUIS ALBERTO SÁNCHEZ BINDER

7.xxx.xxx-1Administrador

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 24 de novembro de 2014

    Constitución original de la sociedad

    MARY IRENE BINDER DUN · LUIS ALBERTO SÁNCHEZ BINDER

Texto oficial do extrato

CLAUDIA ANDREA UNDURRAGA YUNGE, Notario Público de la Tercera Notaria de esta ciudad, Suplente de la Titular doña SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Por escritura pública de fecha 27/05/2021, repertorio N°969/2021, doña MARY IRENE BINDER DUN, chilena, agricultora, casada y separada de bienes conforme al artículo ciento cincuenta del Código Civil, cédula nacional de identidad número 3.588.725-3, domiciliada en Fundo Paraguay Grande, sector Línea Balmaceda, comuna de Puerto Varas, y don LUIS ALBERTO SÁNCHEZ BINDER, chileno, agricultor, soltero, cédula nacional de identidad siete millones ochocientos treinta y seis mil doscientos cincuenta y seis guion uno, domiciliado en Fundo Paraguay Grande, sector Línea Balmaceda, comuna de Puerto Varas, modificaron la sociedad denominada SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA VICTORIA LIMITADA, constituida mediante escritura pública de fecha 24 de noviembre de dos 2014, otorgada ante el Notario Público de esta Puerto Varas don Bernardo Espinosa Bancalari, repertorio 3349/2014. El extracto respectivo fue publicado en el Diario Oficial de fecha 28 de noviembre de 2014, siendo su rol único tributario el número. 76.415.649-8 y su capital de 136.000.000 de pesos. La sociedad fue inscrita en el Registro de Comercio de Puerto Varas a fojas 392 número 388 del año 2014. Modificaciones: Los socios vienen en modificar la sociedad en los términos siguientes. UNO: Se modifica la administración. Se modifica la cláusula Quinta del pacto primitivo en la cual se señalaba que la representación y administración de la sociedad correspondía indistintamente a los socios doña MARY IRENE BINDER DUN y don LUIS ALBERTO SÁNCHEZ BINDER, por la siguiente, modificando en lo pertinente la referida cláusula Quinta. El uso de la razón social, la representación y administración de la sociedad corresponderá en forma exclusiva al socio don LUIS ALBERTO SÁNCHEZ BINDER, quien actuando por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social podrá ejecutar todos los actos y contratos, convención, negocios o trámites, diligencias o acción que sea necesaria o conveniente para el desenvolvimiento, desarrollo y progreso de la sociedad o la consecución de sus fines, con la expresa facultad de auto contratar, y realizar todas las actuaciones enumeradas en forma no taxativa en la referida clausula Quinta del pacto primitivo. DOS: Aumento del capital: Se modifica la cláusula Sexta del Pacto Social, referido al capital social, el cual será aumentado y modificada la participación de los socios, quedando de la siguiente manera: Los comparecientes acuerdan aumentar el capital actualmente vigente de 136.000.000 de pesos establecido en la cláusula sexta del pacto social, a un total de 168.750.000 pesos. Tal cantidad se desglosa de la siguiente manera: A- Con la suma de CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES DE PESOS que la socia MARY IRENE BINDER DUN aportó al momento de constituirse la sociedad, mediante el aporte en dominio del inmueble individualizado en la cláusula Sexta del estatuto primitivo. En consecuencia, el aporte de la referida socia se encuentra totalmente pagado. B.- El socio LUIS ALBERTO SÁNCHEZ BINDER, aporta la suma de 33.750.000 pesos, suma que ingresó e ingresará a caja social, de la siguiente forma: uno.- Con la suma de 1.363.636 pesos, cantidad que ingresó a la caja social en virtud de los aportes realizados al constituirse la sociedad. Dos.- El saldo de 32.386.364 pesos, se enteran y enterarán de la siguiente forma. Uno. En este acto y en dinero efectivo la suma de diez millones de pesos. Dos. La suma de veintidós millones trescientos ochenta y seis mil trescientos sesenta y cuatro pesos en el plazo máximo de treinta y seis meses contados de la fecha de otorgamiento de esta escritura. En consecuencia, el capital de 168.750.000 pesos, se encuentra suscrito, enterado y pagado en la forma señalada y en las proporciones indicadas precedentemente. Como consecuencia de lo expresado, a la socia MARY IRENE BINDER DUN, le corresponde un 80% de los derechos sociales y al socio LUIS ALBERTO SÁNCHEZ BINDER, le corresponde un 20% por ciento de los derechos sociales. TRES.-Modificación cláusula octava. Se modifica la clausula octava del pacto primitivo la que se sustituye por la siguiente: “Las utilidades de la sociedad que correspondan, y pérdidas, si las hubiere, se distribuirán entre los socios, a prorrata de sus aportes.” CUATRO: Se modifica cláusula décimosegunda. “La sociedad comenzará a regir a contar de la escritura de constitución y tendrá una duración de 10 años renovables tácita y sucesivamente por periodos iguales salvo que, alguno de los socios manifieste su voluntad de que la prórroga no opere, lo que deberá hacer mediante escritura pública de la que se deberá tomar nota al margen de la inscripción social, en el Registro de Comercio respectivo y se notificará por carta certificada al otro socio, con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo plazo o prórroga vigente. El plazo de 10 años contemplados en esta cláusula se contará a partir de la fecha de otorgamiento de la presente escritura de modificación social.” CINCO: Se modifica cláusula décimotercera. Se sustituye la cláusula decimo tercera por la siguiente. “La sociedad no terminará anticipadamente en caso de pérdida de todo o parte de su capital.” SEIS. Se modifica la cláusula décimocuarta. Se sustituye la cláusula décimo cuarta por la siguiente: “La sociedad no termina por el fallecimiento de alguno de los socios. En caso de fallecimiento del socio administrador don LUIS ALBERTO SÁNCHEZ BINDER, la administración le corresponderá, en forma exclusiva a la socia doña MARY IRENE BINDER DUN, con todas las facultades señaladas en la cláusula quinta del estatuto. Ocurrido el fallecimiento de alguno de los socios, los herederos del socio fallecido, deberán designar un procurador común para actuar ante la sociedad. Asimismo, la sociedad tampoco se disolverá, por la incapacidad sobreviviente o insolvencia de alguno de los socios, aplicándose en ese caso las reglas anteriores.” Las demás estipulaciones del estatuto primitivo quedan expresamente vigentes y sin modificación alguna. Otras estipulaciones constan escritura extractada. Puerto Varas a 08 de junio de 2021.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA VICTORIA LIMITADA

    CVE 2143300

  2. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA VICTORIA LIMITADA

    CVE 1960468

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