Sociedade por Ações76.399.157-1

Forestal El Laurel SpA

MODIFICACIÓN — 7 de jan. de 2017

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2017-01-07Ver PDF (CVE 1164190)

Informações societárias

SpA
Calle Manuel Antonio Matta Nro. 19
Administração: Administración definida en estatutos

Capital

Capital total

$236.849.000

Sócios (2)

NomeParticipação

Claudio Julián Orúe Escalona

Accionista

-

Natalia Patricia Rojas Latorre

Accionista

-

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público, O´Higgins 528, Concepción, certifico: Que por escritura pública de 30 de diciembre de 2016, Repertorio nº 6552, ante mi suplente Gastón Aranis Quiroz, Uno. Don Claudio Julián Orúe Escalona, y; Dos. Doña Natalia Patricia Rojas Latorre, ambos domiciliados en Calle Manuel Antonio Matta Nro. 19, comuna Coelemu, modificaron sociedad por acciones FORESTAL EL LAUREL SpA, capital $236.849.000, inscrita a fs. 5 vta., n.° 5 del Reg. de Comercio Conservador Concepción de 2015. Modificaciones estatutos consisten: A) Modificación TÍTULO TERCERO. De la Administración. DÉCIMO PRIMERO. Se agrega la siguiente facultad de administración: “cincuenta y ocho) Ejercer la opción por uno de los regímenes de tributación en el impuesto a la renta de primera categoría establecidos en el artículo catorce letras A) y B) de la Ley sobre Impuesto a la Renta, según su texto vigente a partir del uno de enero de dos mil diecisiete, en la forma y oportunidad que allí se señalan.”; y B) Incorporación de un nuevo TÍTULO NOVENO. A continuación del “TÍTULO OCTAVO. Jurisdicción y Domicilio.” de los estatutos y antes del “TÍTULO NOVENO: Disposiciones Transitorias”, que pasa en virtud de la presente modificación a ser el “TÍTULO DÉCIMO”, se agrega el siguiente título y artículo: “TÍTULO NOVENO. OPCIÓN DE RÉGIMEN DE TRIBUTACIÓN EN EL IMPUESTO A LA RENTA DE PRIMERA CATEGORÍA SEGÚN SU TEXTO VIGENTE AL UNO DE ENERO DE DOS MIL DIECISIETE. VIGÉSIMO SÉPTIMO. Regla especial para los efectos del ejercicio de la opción por uno de los regímenes de tributación a que se refiere el artículo catorce de la Ley sobre Impuesto a la Renta, según su texto vigente al uno de enero de dos mil diecisiete: Cuando la sociedad por acciones ejerciere la opción para acogerse al régimen de la letra A) del artículo catorce de la Ley sobre Impuesto a la Renta, según su texto vigente al uno de enero de dos mil diecisiete, cumpliendo los requisitos legales para tal efecto, la cesión de las acciones efectuada a una persona jurídica constituida en el país o a otra entidad que no sea una persona natural con domicilio o residencia en Chile o un contribuyente sin domicilio ni residencia en Chile, deberá ser aprobada previamente en Junta de Accionistas por la unanimidad de éstos. En caso que se estipule en contrario, tal norma se incumpla, o bien, se enajenen las acciones a un tercero que no sea una persona natural con domicilio o residencia en el país o un contribuyente sin domicilio ni residencia en Chile, la sociedad por acciones no podrá acogerse al régimen de la letra A) del artículo catorce, o bien, deberá abandonarlo en la forma señalada en la letra c), del número 1.-, de la Letra D) del mismo artículo.”. En lo demás estatutos sociales íntegramente vigentes. Responsabilidad accionistas limitada monto aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, 05 de enero de 2017.

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  1. MODIFICACIÓN

    FORESTAL EL LAUREL SpA

    CVE 1164190

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