Sociedade de Responsabilidade Limitada76.395.723-3

Inmobiliaria Rucamanqui Limitada

MODIFICACIÓN — 30 de dez. de 2016

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2016-12-30Ver PDF (CVE 1159847)

Informações societárias

Ltda
Temuco, Araucanía
Duração: Tres años renovables, tácita y sucesivamente, por períodos de tres años cada uno
Administração: Administración y uso de la razón social corresponderá en forma individual al socio CARLOS FEDERICO SIERRA SILVA

Objeto social

La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o de terceros; la construcción de redes de servicios, así como habitacionales; la formación y participación en sociedades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; y cualquier otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; así como cualquier otro negocio que los socios acuerden en relación con el objeto social

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital integralizado

$1.100.000

Capital pendente

$8.900.000

Sócios (2)

NomeParticipação

CARLOS FEDERICO SIERRA SILVA

Socio

91.65%

MARÍA JOSÉ SIERRA MARGENATS

Socio

8.35%

Administradores (1)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 15 de outubro de 2014

    Se constituyó INMOBILIARIA RUCAMANQUI LIMITADA

Texto oficial do extrato

ALBERTO HERMAN MONTAUBAN, Notario Santiago, Suplente titular 1ª Notaría Providencia, don Camilo Valenzuela Riveros, Avda. Providencia 1777, certifica: que por escritura pública otorgada el 26 de diciembre de 2016, ante él, Repertorio 5055/2016: MARIA JOSÉ SIERRA MARGENATS, domiciliada en calle Mayecura número mil noventa y nueve, departamento cincuenta y uno, comuna de Las Condes, Provincia de Santiago, Región Metropolitana; y CARLOS FEDERICO SIERRA SILVA, domiciliado en Fundo La Esperanza, parcela Uno, Loncotraro Alto, comuna de Pucón, Provincia de Cautín, Región de La Araucanía, modificaron sociedad INMOBILIARIA RUCAMANQUI LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones trescientos noventa y cinco mil setecientos veintitrés guion tres, constituida por escritura pública de fecha quince de Octubre del año dos mil catorce, ante el Notario Público titular de la ciudad de Los Ángeles, abogado don Selim Parra Fuentealba, inscrita a fojas mil ochenta y ocho número seiscientos noventa y ocho del Registro de Comercio del Conservador y Archivero de Los Ángeles, correspondiente al año dos mil catorce, en lo siguiente: 1) En el Título Primero Artículo Tercero del Estatuto Social se indica que la sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Los Ángeles, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o del extranjero. En este acto vienen en acordar que la sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Temuco, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o del extranjero; 2) En el Título Segundo Artículo Quinto del Estatuto Social se establece que el capital social será la suma total de diez millones de pesos, que los socios aportan en la forma que allí se indica. Por este acto los socios vienen en acordar que: El capital social será la suma total de diez millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: uno) El socio CARLOS FEDERICO SIERRA SILVA, aporta la suma total de nueve millones ciento sesenta y cinco mil pesos, de la siguiente forma: a) Con la suma de un millón ochenta y tres mil trescientos pesos, ya enterados e ingresados a la caja social; y b) el saldo de ocho millones ochenta y un mil setecientos pesos se enterará en un plazo de tres años de acuerdo a las necesidades sociales. En consecuencia le corresponde una participación social de un noventa y uno coma sesenta y cinco por ciento.- y dos) El socio doña MARÍA JOSÉ SIERRA MARGENATS aporta la suma total de ochocientos treinta y cinco mil pesos, de la siguiente forma: a) con la suma de dieciséis mil setecientos pesos, que se encuentran enterados e ingresados a la caja social y b) el saldo de ochocientos dieciocho mil trescientos pesos se enterará en el plazo de tres años de acuerdo con las necesidades sociales. En consecuencia le corresponde una participación social de un ocho coma treinta y cinco por ciento; 3) En el Título Tercero Artículo Séptimo de Estatuto Social en la enumeración de las facultades del socio administrador, en los número treinta y nueve y cuarenta y uno reemplazar el vocablo poder por el término Poner, de manera que el número treinta y nueve queda redactado de la siguiente manera: treinta y nueve) Celebrar, modificar y poner término a toda clase de contratos de trabajo y de prestación de servicios, sean ellos profesionales o no. Al tiempo que la redacción del número cuarenta y uno en definitiva queda establecido así: cuarenta y uno) Celebrar, modificar, dejar sin efecto, anular, resolver, resciliar, prorrogar, terminar, disolver, renovar, y poner término a toda clase de contratos o actos jurídicos; 4) Los socios acuerdan introducir entre el Artículo Décimo Tercero y el Artículo Décimo Cuarto un nuevo Artículo que se designará con tal ordinal, procediendo a reenumerar el actual Artículo Décimo Cuarto como Décimo Quinto, así como los siguientes en forma secuencial. El nuevo Artículo Décimo Cuarto tiene por objeto consignar que los socios acuerdan que la sociedad tributará de acuerdo a las normas del artículo catorce, letra B, de la Ley de la Renta, esto es que se somete al régimen semi integrado; 5) Ejemplar Definitivo: Los socios acuerdan tener un nuevo ejemplar definitivo del Estatuto Social, el que se regirá: nombre o razón social: “INMOBILIARIA RUCAMANQUI LIMITADA”, nombre de fantasía “INMOBILIARIA RUCAMANQUI LTDA.”; objeto: El objeto de la sociedad será la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o de terceros; la construcción de redes de servicios, así como habitacionales; la formación y participación en sociedades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; y cualquier otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; así como cualquier otro negocio que los socios acuerden en relación con el objeto social; domicilio: la ciudad de Temuco, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o del extranjero; duración: La sociedad comenzó a regir desde el quince de octubre del año dos mil catorce y tendrá una duración de tres años renovables, tácita y sucesivamente, por periodos de tres años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, y se notificará judicialmente en forma personal o por avisos o en la forma especial del artículo cuarenta y cuatro del Código de Procedimiento Civil, si procediere, a los demás socios, todo con anticipación de a lo menos seis meses antes del fin del respectivo período; CAPITAL.- diez millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: uno) El socio CARLOS FEDERICO SIERRA SILVA, aporta la suma total de nueve millones ciento sesenta y cinco mil pesos, de la siguiente forma: a) Con la suma de un millón ochenta y tres mil trescientos pesos, ya enterados e ingresados a la caja social; y b) el saldo de ocho millones ochenta y un mil setecientos pesos se enterará en un plazo de tres años de acuerdo a las necesidades sociales. En consecuencia le corresponde una participación social de un noventa y uno coma sesenta y cinco por ciento.- y dos) El socio doña MARÍA JOSÉ SIERRA MARGENATS aporta la suma total de ochocientos treinta y cinco mil pesos, de la siguiente forma: a) con la suma de dieciséis mil setecientos pesos, que se encuentran enterados e ingresados a la caja social y b) el saldo de ochocientos dieciocho mil trescientos pesos se enterará en el plazo de tres años de acuerdo con las necesidades sociales. En consecuencia le corresponde una participación social de un ocho coma treinta y cinco por ciento. ADMINISTRACIÓN: La administración y uso de la razón social corresponderá en forma individual al socio don CARLOS FEDERICO SIERRA SILVA.- Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes.- Demás clausulas consta en escritura extractada las que no son materia de extracto.- Santiago, 26 de diciembre de 2016.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    INMOBILIARIA RUCAMANQUI LIMITADA

    CVE 1159847

Relações societárias

EmpresaPessoaDiario Oficial