Sociedad Oleo-Hidráulica Y Mecanizados Rpc Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 67% | - |
Aldo Antonio Robles Parraguirre Socio | - | 33% | - |
Administradores (1)
Histórico societário relatado
- Cessão de direitos· 21 de novembro de 2018
Mario Antonio Campusano Alcayaga cede el 34% de sus derechos sociales a Jorge Eduardo Peralta Vega por $6.000.000
Mario Antonio Campusano Alcayaga · Jorge Eduardo Peralta Vega
Texto oficial do extrato
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público Titular de la 36 Notaria de Santiago, con oficio en La Concepción Número 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 21 de noviembre 2018, ante mí: Don Mario Antonio Campusano Alcayaga, chileno, empresario, casado, domiciliado en calle Atacama número 636, Block 6, departamento N° 41, Villa el Sol, comuna de Copiapó, Región de Atacama, de paso por esta; don Jorge Eduardo Peralta Vega, chileno Ingeniero Civil Industrial, casado, domiciliado en calle Mayecura N° 1.099, departamento 72, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y don Aldo Antonio Robles Parraguirre, chileno, Ingeniero en Administración de Empresas, casado, domiciliado en Avenida El Palomar N°2.789, comuna de Copiapó, Región de Atacama, de paso por esta; Modifican la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD OLEO-HIDRÁULICA Y MECANIZADOS RPC LIMITADA, inscrita a fs.59.316, N°36.473, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014. Así don Mario Antonio Campusano Alcayaga vende y cede y transfiere el total de sus derechos, correspondientes al 34% del haber social a don Jorge Eduardo Peralta Vega, quien compra, acepta y adquiere para sí. El precio $6.000.000.- pesos; Como consecuencia de la cesión quedan como únicos socios de la "SOCIEDAD OLEO-HIDRÁULICA y MECANIZADOS RPC LIMITADA": a) Jorge Eduardo Peralta Vega, con 67 % en el haber social y b) Aldo Antonio Robles Parraguirre, con 33 % en el haber social. Se modifica la clausula Quinta del pacto social, relativa a la administración y uso de la razón social, pasando a ser la siguiente: QUINTO: La administración representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá de manera exclusiva al socio don Jorge Eduardo Peralta Vega, con las facultades que se expresan en la escritura extractada. En lo no modificado por el presente instrumento, se mantienen plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en la escritura de constitución. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 26 de Noviembre de 2018.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD OLEO-HIDRÁULICA Y MECANIZADOS RPC LIMITADA
CVE 1504854
