Sociedade de Responsabilidade Limitada76.362.955-4

Sociedad Vio, Vergara Y Godoy Abogados Limitada

MODIFICACIÓN — 31 de ago. de 2017

Informações tributárias (SII)

Tipo de entidade

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedade

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Início de atividades

Sem início de atividades informado pelo SII

Atividades econômicas

Sem atividades econômicas registradas no SII

Documentos timbrados

Sem documentos timbrados registrados no SII

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2017-08-31Ver PDF (CVE 1265382)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Administração: Administración y uso de la razón social exclusivamente por José Luis Vergara Donoso, actuando individualmente

Objeto social

La prestación de servicios de asesoría jurídica y cualquier otro negocio que acordaren los socios; el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de la actividad jurídica; la instalación de oficina para la atención de clientes particulares, las sociedades, los organismos públicos y demás instituciones; prestar asesorías, elaborar proyectos y realizar estudios; la dictación de conferencias, cursos, simposios y reuniones profesionales; la importación de libros, elementos, máquinas y equipos para el debido desarrollo de la actividad; la prestación de servicios y consultorías a empresas en todas las áreas del derecho y las ciencias jurídicas; la participación en licitaciones para la prestación de servicios de asesorías jurídicas, de defensa penal y en general de todas las ramas del derecho y de las ciencias jurídicas.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

José Luis Vergara Donoso

Socio

50%

Diego Fernando Godoy Molina

Socio

50%

Administradores (1)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 13 de fevereiro de 2014

    Se constituyó la sociedad "SOCIEDAD VIO, VERGARA Y GODOY ABOGADOS LIMITADA" con nombre de fantasía "DERECHO Y RAZÓN LIMITADA" y/o "DERECHO Y RAZÓN LTDA."

    Rolando Andrés Vio González · José Luis Vergara Donoso · Diego Fernando Godoy Molina

  2. Cessão de direitos· 28 de julho de 2017

    Rolando Andrés Vio González cede el 100% de sus derechos sociales a Diego Fernando Godoy Molina, quedando como socios José Luis Vergara Donoso y Diego Fernando Godoy Molina, con 50% cada uno.

    Rolando Andrés Vio González · Diego Fernando Godoy Molina · José Luis Vergara Donoso

Texto oficial do extrato

M. LORETO ZALDIVAR GRASS, abogado, Notario Suplente de don Patricio Zaldivar Mackenna Notario Público Titular de la 18ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Bandera 341 oficina 857, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 28 de julio de 2017 ante el titular, ROLANDO ANDRÉS VIO GONZÁLEZ, JOSÉ LUÍS VERGARA DONOSO, DIEGO FERNANDO GODOY MOLINA, todos domiciliados en calle Merced 838-A, oficina 137, Santiago, modificaron sociedad constituida 13 de Febrero 2014, ante Notario Santiago doña María Paz Valdés Vejar, suplente de doña Elba Sanhueza Muñoz, titular Notaria 32 “SOCIEDAD VIO, VERGARA Y GODOY ABOGADOS LIMITADA", nombre de fantasía “ DERECHO Y RAZÓN LIMITADA” y/o “DERECHO Y RAZÓN LTDA. El extracto se inscribió Reg. Com. Stgo. Fs 13.501 N° 8.472 año 2014, y se publico D.O. 22 Febrero 2014, y modificada 15 de Mayo de 2015, ante Notario Santiago doña María Paz Valdés Vejar, interino de la Notaria 32 de Santiago. El extracto se inscribió Reg. Com. Stgo. Fs 36.251 N° 21.461 año 2015 y se publico D.O. 30 Mayo 2015. Modificaciones consisten: ROLANDO ANDRES VIO GONZALEZ, viene en vender, ceder y transferir el 100% de las acciones y derechos que le corresponde en la sociedad, equivalentes al 50% del total de los derechos sociales a don DIEGO FERNANDO GODOY MOLINA, quien compra y adquiere para sí, el 100% de los derechos sociales del cedente o vendedor, quedando en consecuencia como únicos dos socios JOSÉ LUÍS VERGARA DONOSO y don DIEGO FERNANDO GODOY MOLINA, cada uno con una participación social del 50% en el total de los derechos sociales. El precio de la cesión o venta $ 500.000.- pagado en acto y en dinero efectivo a don ROLANDO ANDRES VIO GONZALEZ, por don DIEGO FERNANDO GODOY MOLINA. Los actuales socios, JOSE LUIS VERGARA DONOSO y DIEGO FERNANDO GODOY MOLINA, acuerdan la modificación de la sociedad en los siguientes términos: UNO) Se modifica la cláusula SEGUNDA de los estatutos sociales en el sentido de que la razón social será “SOCIEDAD VERGARA Y GODOY SERVICIOS JURIDICOS LIMITADA”, la cual podrá utilizar para todos los efectos legales, incluso ante bancos e Instituciones financieras, el nombre de fantasía “DERECHO Y RAZON LIMITADA” y/o “DERECHO Y RAZON LTDA”.- El domicilio será en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o en el extranjero. DOS) Se modifica la cláusula TERCERA, de los estatutos sociales en el sentido de que la Sociedad tendrá por objeto Uno: La prestación de servicios de asesoría jurídica y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Dos: El ejercicio desarrollo y perfeccionamiento de la actividad jurídica; la instalación de Oficina para la atención de clientes particulares, las sociedades, los Organismos Públicos y demás Instituciones; prestar asesorías, elaborar proyectos y realizar estudios; la dictación de conferencias, cursos simposios y reuniones profesionales; la importación de libros, elementos, máquinas y equipos para el debido desarrollo de la actividad; todo lo que, en la actualidad, o en futuro, de cualquiera manera, tenga que ver con todo lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.-Tres: La prestación de servicios y consultorías a empresas en todas las áreas del derecho y las ciencias jurídicas.- Cuatro: La participación en licitaciones para la prestación de servicios de asesorías jurídicas, de defensa penal y en general de todas las ramas del derecho y de las ciencias jurídicas. TRES) Se modifica la cláusula CUARTA de los estatutos sociales en el sentido de que el Capital de la Sociedad será la suma de un millón de pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: a) don José Luis Vergara Donoso aporta la suma de quinientos mil pesos en dinero efectivo, los que se encuentran íntegramente enterados en arcas sociales. b) don Diego Fernando Godoy Molina aporta la suma de quinientos mil pesos en dinero efectivo, los que se encuentran íntegramente enterados en arcas sociales.- En consecuencia los socios tendrán una participación equivalente al cincuenta por ciento en las utilidades y perdidas de la sociedad.- CUATRO) Se modifica la cláusula SEPTIMA de los estatutos sociales en el sentido de que la Administración y uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio señor José Luis Vergara Donoso, quien actuando en forma individual y anteponiendo su firma a la razón social la representara con todas aquellas facultades contempladas en la cláusula SEPTIMA de la escritura de constitución de la presente sociedad, las que se dan por reproducidas íntegramente. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 8 de Agosto de 2017.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD VIO, VERGARA Y GODOY ABOGADOS LIMITADA

    CVE 1265382

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