Inversiones Martina Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$886.910
Capital integralizado
$518.064
Capital pendente
$368.846
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 91.1727% | $808.620 |
Socio | - | 8.3176% | $73.770 |
Socio | - | 0.4575% | $4.057 |
Socio | - | 0.0522% | $463 |
Histórico societário relatado
- Constituição· 17 de novembro de 2021
Constitución de INVERSIONES MARTINA LIMITADA.
- Outro ato· 3 de agosto de 2023
Rectificación de escritura de división y saneamiento de estatutos, con disminución de capital de INVERSIONES MARTINA LIMITADA y rectificación de la división y constitución de INVERSIONES VIKINGA LIMITADA.
SANDRA MARÍA RADIC CLARKE · FERNANDA CABEZAS RADIC · SMILJAN RADIC CLARKE · CORA MARÍA CLARKE RAMÍREZ · JOSÉ MIGUEL HERRERA MUÑOZ
Texto oficial do extrato
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento y oficio en San Ramón, Av. Santa Rosa 7.955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 3 de agosto de 2023, ante mí, SANDRA MARÍA RADIC CLARKE, FERNANDA CABEZAS RADIC, SMILJAN RADIC CLARKE, CORA MARÍA CLARKE RAMIREZ, debidamente representados por don JOSÉ MIGUEL HERRERA MUÑOZ, todos domiciliados Avenida Las Condes 11.700, oficina 903, Torre A, comuna de Vitacura, celebraron “Rectificación de División de Sociedad y Modificación de Estatutos INVERSIONES MARTINA LIMITADA”, y acordaron: I.- Rectificar escritura pública de fecha 17 de noviembre de 2021, Repertorio N° 2.722-2021, otorgada en Notaría de San Miguel, con asiento en San Ramón, de doña Marcela Medina Ricci, con asiento y oficio en Av. Santa Rosa 7.955, en el sentido que, en relación a la sociedad INVERSIONES MARTINA LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 2.771 número 1866 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014, por las razones que se indican en escritura extractada, la cláusula cuarta de la escritura rectificada se reemplaza por la del siguiente tenor: “CUARTO: Disminución de capital y modificación estatutos. Por este acto, los únicos y actuales socios de la sociedad INVERSIONES MARTINA LIMITADA, en la especie, doña SANDRA MARÍA RADIC CLARKE, doña FERNANDA CABEZAS RADIC, don SMILJAN RADIC CLARKE, y doña CORA MARÍA CLARKE RAMÍREZ, como consecuencia de la división de la sociedad INVERSIONES MARTINA LIMITADA, disminuyen el capital de la misma, de la suma de $2.404.552, a la suma de $886.910, y acuerdan modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, en lo relativo al capital social, por el del siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $886.910, de los cuales la suma de $518.064 se encuentra suscrita y pagada con anterioridad a esta fecha, y la suma de $368.846 se encuentra suscrita y pendiente de pago, y se distribuye entre los socios de la siguiente forma: a) Doña SANDRA MARÍA RADIC CLARKE, con $808.620, equivalentes al 91,1727% de los derechos sociales, de los cuales la suma de $517.232 se encuentra pagada con anterioridad a esta fecha, y la suma de $291.388, se encuentra pendiente de pago y se pagará dentro del plazo de 5 años a contar desde la fecha de esta escritura de división; b) Doña FERNANDA CABEZAS RADIC, con $73.770, equivalentes al 8,3176% de los derechos sociales, que se encuentran pendientes de pago, y que se pagarán dentro del plazo de 5 años a contar desde la fecha de esta escritura de división; c) Don SMILJAN RADIC CLARKE, con $4.057, equivalentes al 0,4575% de los derechos sociales, de los cuales la suma de $369 se encuentra pagada con anterioridad a esta fecha, y la suma de $3.688 se encuentra pendiente de pago y se pagará dentro del plazo de 5 años a contar desde la fecha de esta escritura de división; y, d) Doña CORA MARÍA CLARKE RAMÍREZ, con $463, equivalentes al 0,0522% de los derechos sociales, que se encuentran pagados con anterioridad a esta fecha”. II. Rectificó y saneó además la cláusula SEXTO de la escritura de división referida, relativa a los estatutos de la sociedad INVERSIONES VIKINGA LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 96.480 número 44.460 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil veintiuno, particularmente su artículo CUARTO en el sentido que se reemplaza por el del siguiente tenor: “CUARTO: El capital social es la suma de 1882 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, de los cuales la suma de 1099 dólares con 31 centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica se encuentra suscrita y pagada con anterioridad a esta fecha, y la suma de 782 dólares con 69 centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica se encuentra suscrita y pendiente de pago, y que se distribuye entre los socios de acuerdo a los siguientes porcentajes: a) Doña SANDRA MARÍA RADIC CLARKE, con 1715 dólares con 87 centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica, equivalentes al 91,1727% de los derechos sociales, de los cuales la cantidad 1097 dólares con 55 centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica se encuentra pagada con anterioridad a esta fecha, y la cantidad de 618 dólares con 32 centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica, se encuentra pendiente de pago y se pagará dentro del plazo de 5 años a contar desde la fecha de esta escritura de división; b) Doña FERNANDA CABEZAS RADIC, con 156 dólares con 54 centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica, equivalentes al 8,3176% de los derechos sociales, se encuentra pendiente de pago y se pagará dentro del plazo de 5 años a contar desde la fecha de esta escritura de división; c) Don SMILJAN RADIC CLARKE, con 8 dólares con 61 centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica, equivalentes al 0,4575% de los derechos sociales, de los cuales la cantidad de 78 centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica se encuentran pagados con anterioridad a esta fecha, y la cantidad de 7 dólares con 83 centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica, se encuentra pendiente de pago y se pagará dentro del plazo de 5 años a contar desde la fecha de esta escritura de división; y, d) Doña CORA MARÍA CLARKE RAMÍREZ, con 98 centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica, equivalentes al 0,0522% de los derechos sociales, que se encuentran pagados con anterioridad a esta fecha. II.- Rectificó y saneó el extracto relativo a la división de la sociedad INVERSIONES MARTINA LIMITADA, inscrito a fojas 96.231 número 44.357 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2021, y el extracto de la constitución de la sociedad INVERSIONES VIKINGA LIMITADA, inscrito a fojas 96.480 número 44.460 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021, ambos extractos en el sentido que su apartado II se reemplaza por el del siguiente tenor: “II.- Disminución de capital y modificación de estatutos. Como consecuencia de la división, se disminuye el capital social de la sociedad INVERSIONES MARTINA LIMITADA, de la suma de $2.404.554, a la suma de $886.910. En virtud de la disminución de capital recién referida, se modificó el artículo quinto de los estatutos sociales, reemplazándolo por el del siguiente tenor extractado: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $886.910, de los cuales la suma de $518.064 se encuentra suscrita y pagada con anterioridad a esta fecha, y la suma de $368.846 se encuentra suscrita y pendiente de pago, y se distribuye entre los socios de la siguiente forma: a) Doña SANDRA MARÍA RADIC CLARKE, con $808.620, equivalentes al 91,1727% de los derechos sociales, de los cuales la suma de $517.232 se encuentra pagada con anterioridad a esta fecha, y la suma de $291.388, se encuentra pendiente de pago y que se pagará dentro del plazo de 5 años a contar desde la fecha de esta escritura de división; b) Doña FERNANDA CABEZAS RADIC, con $73.770, equivalentes al 8,3176% de los derechos sociales, que se encuentran pendientes de pago, y que se pagarán dentro del plazo de 5 años a contar desde la fecha de esta escritura de división; c) Don SMILJAN RADIC CLARKE, con $4.057, equivalentes al 0,4575% de los derechos sociales, de los cuales la suma de $369 se encuentra pagada con anterioridad a esta fecha, y la suma de $3.688 se encuentra pendiente de pago y se pagará dentro del plazo de 5 años a contar desde la fecha de esta escritura de división, y; d) Doña CORA MARÍA CLARKE RAMÍREZ, con $463, equivalentes al 0,0522% de los derechos sociales, que se encuentran pagados con anterioridad a esta fecha”. Asimismo, respecto de los estatutos de la sociedad INVERSIONES VIKINGA LIMITADA, se reemplaza la descripción del capital social: “CUARTO: El capital social es la suma de 1882 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, de los cuales la suma de 1099 dólares con 31 centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica se encuentra suscrita y pagada con anterioridad a esta fecha, y la suma de 782 dólares con 69 centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica se encuentra suscrita y pendiente de pago, y que se distribuye entre los socios de acuerdo a los siguientes porcentajes: a) Doña SANDRA MARÍA RADIC CLARKE, con 1715 dólares con 87 centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica, equivalentes al 91,1727% de los derechos sociales, de los cuales la cantidad 1097 dólares con 55 centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica se encuentra pagada con anterioridad a esta fecha, y la cantidad de 618 dólares con 32 centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica, se encuentra pendiente de pago y se pagará dentro del plazo de 5 años a contar desde la fecha de esta escritura de división; b) Doña FERNANDA CABEZAS RADIC, con 156 dólares con 54 centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica, equivalentes al 8,3176% de los derechos sociales, se encuentra pendiente de pago y se pagará dentro del plazo de 5 años a contar desde la fecha de esta escritura de división; c) Don SMILJAN RADIC CLARKE, con 8 dólares con 61 centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica, equivalentes al 0,4575% de los derechos sociales, de los cuales la cantidad 78 centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica se encuentran pagados con anterioridad a esta fecha, y la cantidad de 7 dólares con 83 centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica, se encuentra pendiente de pago y se pagará dentro del plazo de 5 años a contar desde la fecha de esta escritura de división; y; d) Doña CORA MARÍA CLARKE RAMÍREZ, con 98 centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica, equivalentes al 0,0522% de los derechos sociales, que se encuentran pagados con anterioridad a esta fecha.” Demás cláusulas constan en la escritura extractada. San Miguel, 28 de agosto de 2023. M. Medina R. Notario Público.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES MARTINA LIMITADA
CVE 2373198
