Sociedade por Ações76.355.651-4

Constructora Iktinos SpA

MODIFICACIÓN — 15 de jan. de 2024

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2024-01-15Ver PDF (CVE 2437363)

Informações societárias

SpA
Pedro Aguirre Cerda, Región Metropolitana

Capital

Capital total

$200.000.000

Capital integralizado

$12.000.000

Capital pendente

$188.000.000

Ações

20.000

Sócios (4)

NomeParticipação

Jaka S.A.

Accionista

99.513.060-2

-

Bellagio S.A.

Accionista

99.513.070-K

-

Sociedad de Inversiones Supetar Limitada

Accionista

77.518.100-1

-

Claudio Marcelo Aguilar Roldán

Accionista

12.xxx.xxx-7

-

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 23 de outubro de 2023

    Se constituyó CONSTRUCTORA IKTINOS SpA.

    Jaka S.A. · Bellagio S.A. · Sociedad de Inversiones Supetar Limitada · Claudio Marcelo Aguilar Roldán

  2. Mudança de capital· 27 de dezembro de 2023

    Se rectifica y complementa el aumento de capital de la sociedad, precisando que el capital queda en $200.000.000.

    Jaka S.A. · Bellagio S.A. · Sociedad de Inversiones Supetar Limitada · Claudio Marcelo Aguilar Roldán

Texto oficial do extrato

CARLOS FELIPE URBINA RESZCZYNSKI, Notario Público Titular de la Quinta Notaria de Antofagasta, con oficio en calle Latorre 2398, certifica que: por Escritura Pública otorgada ante el notario suscrito, fecha 27 de diciembre de 2023, Repertorio N°3.161; ante mí: Jaka S.A., RUT 99.513.060-2, representada por Yorgo Demetrio Kútulas Serrano, RUT 7.306.177-6; Bellagio S.A., RUT 99.513.070-K, representada por Marco Antonio Kútulas Peet, RUT 7.138.882-4; Sociedad de Inversiones Supetar Limitada, RUT 77.518.100-1, representada por Marko Razmilic Kútulas, RUT 7.359.657-2, y don Claudio Marcelo Aguilar Roldán, por sí, RUT 12.047.095-7, todos domiciliados en Avenida Pedro Aguirre Cerda Nº10.880, de la ciudad de Antofagasta, en su calidad de únicos accionistas de la sociedad referida, rectificaron y complementaron la escritura pública de aumento de capital y modificación de sociedad de CONSTRUCTORA IKTINOS SPA otorgada con fecha veintitrés de octubre del año dos mil veintitrés ante el notario público suplente Diego Fernández Soto de este mismo oficio notarial, bajo el repertorio número dos mil seiscientos cuarenta y ocho, en el sentido de precisar de que el aumento de capital, ascendiente a la suma de ciento ochenta y ocho millones de pesos, será íntegramente pagado en dinero en efectivo, a partir de la capitalización de las utilidades acumuladas de la Sociedad, existentes al treinta y uno de diciembre del año dos mil veintidós, según balance general aprobado. En consecuencia, UNO) Se reemplazó la cláusula tercera: “TERCERO: Aumento de capital. /Uno/ Por medio del presente instrumento, los accionistas, debidamente representados en la forma indicada en la comparecencia y en su calidad de únicos y actuales accionistas de la Sociedad, vienen en aumentar el capital de CONSTRUCTORA IKTINOS SpA en la suma de ciento ochenta y ocho millones de pesos ($188.000.000), esto es, de un capital de doce millones de pesos ($12.000.000), dividido en mil doscientas acciones (1.200) nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a un capital de doscientos millones de pesos ($200.000.000), dividido en veinte mil acciones (20.000) de las mismas características, mediante la emisión de dieciocho mil ochocientas (18.800) acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Este aumento de capital ascendiente a ciento ochenta y ocho millones de pesos ($188.000.000), se pagará íntegramente a través de la capitalización de las utilidades acumuladas existentes al treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós según balance general aprobado. Asimismo, los accionistas declaran que estas utilidades acumuladas de la Sociedad se encuentran pendientes de tributación. /Dos/ La totalidad de las nuevas acciones que se emiten deberán quedar totalmente suscritas y pagadas dentro del plazo de un año a contar de esta fecha. Las nuevas acciones deberán ser pagadas en dinero efectivo. Si no se pagaren oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. No obstante lo anterior, podrá fijarse en cada suscripción de acciones un plazo menor para pagar las acciones suscritas, quedando los accionistas en mora de pagar las acciones suscritas y no pagadas desde el vencimiento de dicho plazo menor”. DOS) Se reemplazó el numeral dos de la cláusula cuarta: “/ii/ Modificar y reemplazar el Artículo Primero Transitorio de los estatutos por el siguiente: “Artículo Primero Transitorio: En conformidad al Artículo Quinto de estos Estatutos, el capital de la Sociedad es la suma de doscientos millones pesos ($200.000.000) dividido en veinte mil (20.000) acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, de las cuales; /i/ Mil doscientas (1.200) acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal fueron suscritas por los accionistas, por un valor total de doce millones de pesos ($12.000.000), todas las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; /ii/ Las restantes dieciocho mil ochocientas acciones (18.800) nominativas, de única serie y sin valor nominal, quedan pendientes de suscripción y pago, todas las cuales deberán suscribirse y pagarse dentro del plazo de un año a contar de esta fecha. Con todo, estas dieciocho mil ochocientas nuevas acciones, se pagarán íntegramente a través de la capitalización de las utilidades acumuladas de la Sociedad existentes al treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós según balance general aprobado. Asimismo, los accionistas declaran que estas utilidades acumuladas de la Sociedad se encuentran pendientes de tributación”. Detalle en escritura extractada. Antofagasta, 11 de enero de 2024.

ModificaçãoDiario Oficial · 2023-11-08Ver PDF (CVE 2401800)

Informações societárias

SpA
Calle Arturo Prat N°470 – 474, piso 4, Edificio Paseo Prat

Capital

Capital total

$200.000.000

Capital integralizado

$12.000.000

Capital pendente

$188.000.000

Ações

20.000

Sócios (4)

NomeParticipação

Jaka S.A.

Accionista

99.513.060-2

-

Bellagio S.A.

Accionista

99.513.070-K

-

Sociedad de Inversiones Supetar Limitada

Accionista

77.518.100-1

-

Claudio Marcelo Aguilar Roldán

Accionista

12.xxx.xxx-7

-

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 27 de maio de 2014

    Constitución original de Constructora Iktinos SpA.

  2. Transformação· 1 de janeiro de 2021

    La sociedad fue transformada en Sociedad por Acciones.

Texto oficial do extrato

DIEGO ALEJANDRO FERNANDEZ SOTO, Notario Público Suplente de la Quinta Notaria de Antofagasta, con oficio en calle Latorre 2398, certifico: Por escritura pública de hoy, Repertorio N°2.648; ante mí: Jaka S.A., RUT 99.513.060-2, representada por Yorgo Demetrio Kútulas Serrano, RUT 7.306.177-6; Bellagio S.A., RUT 99.513.070-K, representada por Marco Antonio Kútulas Peet, RUT 7.138.882-4; Sociedad de Inversiones Supetar Limitada, RUT 77.518.100-1, representada por Marko Razmilic Kútulas, RUT 7.359.657-2, y don Claudio Marcelo Aguilar Roldán, por sí, RUT 12.047.095-7, todos domiciliados en Calle Arturo Prat N°470 – 474, piso 4, Edificio Paseo Prat, de la ciudad de Antofagasta, en su calidad de únicos accionistas de la sociedad referida modificaron; mediante escritura pública, la sociedad denominada “Constructora Iktinos SpA”, RUT 76.355.651-4, constituida por escritura pública con fecha 27 de mayo del año 2014 extendida en la Notaría de Antofagasta, ante don Gabriel Guerrero González, Notario Público de Antofagasta, cuyo extracto figura inscrito a fojas 1.434 bajo el N° 914 del Registro de Comercio de Antofagasta del año 2014. Luego la sociedad fue transformada en Sociedad por acciones mediante escritura pública extendida en la Notaría de Antofagasta, ante don Rodrigo Gutiérrez García, Notario Público de Antofagasta, cuyo extracto figura inscrito a fojas 800 vta. bajo el N° 480 del Registro de Comercio de Antofagasta del año 2021; en los siguientes términos: PRIMERO: Se aumenta el capital de CONSTRUCTORA IKTINOS SpA en la suma de ciento ochenta y ocho millones de pesos ($188.000.000), esto es, de la suma de doce millones de pesos ($12.000.000), dividido en mil doscientas acciones (1.200) nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de doscientos millones de pesos ($200.000.000), dividido en veinte mil acciones (20.000) de las mismas características, mediante la emisión de dieciocho mil ochocientas (18.800) acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal./Dos/ La totalidad de las nuevas acciones que se emiten deberán quedar totalmente suscritas y pagadas dentro del plazo de un año a contar de esta fecha. Las nuevas acciones deberán ser pagadas en dinero efectivo. Si no se pagaren oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. No obstante, podrá fijarse en cada suscripción de acciones un plazo menor para pagar las acciones suscritas, quedando los accionistas en mora de pagar las acciones suscritas y no pagadas desde el vencimiento de dicho plazo menor. Por lo tanto, se modifica el Artículo Quinto de los estatutos y el Artículo Primero Transitorio de los estatutos, de la siguiente forma, respectivamente: “Artículo Quinto. El capital de la Sociedad es la suma de doscientos millones pesos ($200.000.000) dividido en veinte mil (20.000) acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan en la forma establecida en las disposiciones transitorias”. “Artículo Primero Transitorio: En conformidad al Artículo Quinto de estos Estatutos, el capital de la Sociedad es la suma de doscientos millones pesos ($200.000.000) dividido en veinte mil (20.000) acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, de las cuales; /i/ Mil doscientas acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal fueron suscritas por los accionistas, por un valor total de doce millones de pesos ($12.000.000), todas las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; /ii/ Las restantes dieciocho mil ochocientas acciones (18.800) nominativas, de única serie y sin valor nominal, quedan pendientes de suscripción y pago, todas las cuales deberán suscribirse y pagarse dentro del plazo de un año a contar de esta fecha”. SEGUNDO: Detalle escritura extractada. Antofagasta, 23 de octubre 2023.

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  1. MODIFICACIÓN

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