Asesorías En Informática Zona-Ti Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$1.000.000
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
JAIME ENRIQUE GONZÁLEZ CARRIÓN Socio | - | 33.3% | $333.000 |
MAURICIO ESTEBAN MIRANDA ALBARRAN Socio | - | 33.3% | $333.000 |
Socio | - | 33.4% | $334.000 |
Administradores (1)
JAIME ENRIQUE GONZÁLEZ CARRIÓN
Histórico societário relatado
- Constituição· 8 de abril de 2014
Se constituye la sociedad ASESORÍAS EN INFORMÁTICA ZONA-TI LIMITADA con tres socios y capital de $1.000.000.
JAIME ENRIQUE GONZÁLEZ CARRIÓN · MAURICIO ESTEBAN MIRANDA ALBARRAN · LORETO VICTORIA VALDIVIA ROSAS
- Outro ato
Se sanea un vicio de nulidad en la constitución por error en montos y porcentajes de aportes de capital.
JAIME ENRIQUE GONZÁLEZ CARRIÓN · MAURICIO ESTEBAN MIRANDA ALBARRAN · LORETO VICTORIA VALDIVIA ROSAS
- Cessão de direitos
LORETO VICTORIA VALDIVIA ROSAS cede el 33,4% de sus derechos sociales a JUAN ALEJANDRO ARCE AVILA.
Texto oficial do extrato
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Titular 36° Notaría de Santiago, Paseo Ahumada N°312, oficina 236, certifico: Por escritura pública hoy ante mí: Don JAIME ENRIQUE GONZÁLEZ CARRIÓN, domiciliado en Calle Boyero N°02099, Villa Los Olivos N°5, Puente Alto, Región Metropolitana; don MAURICIO ESTEBAN MIRANDA ALBARRAN, domiciliado en Calle Waterloo N°917, Maipú, Región Metropolitana; doña LORETO VICTORIA VALDIVIA ROSAS, domiciliada en Calle Juan de Dios Malebrán N°3752, casa 27, Puente Alto, Región Metropolitana; y don JUAN ALEJANDRO ARCE AVILA, domiciliado en Calle Juan de Dios Malebrán N°3752, Puente Alto, Región Metropolitana: Sanean vicio de nulidad, Ceden derechos sociales y Modifican sociedad de responsabilidad limitada "ASESORÍAS EN INFORMÁTICA ZONA-TI LIMITADA” .- Individualización escritura constitución S.R.L.- Por escritura pública de 08/04/2014, suscrita ante don SERGIO ANTONIO CARMONA BARRALES, Abogado, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada N°312, local 36, se constituyó la sociedad "ASESORÍAS EN INFORMÁTICA ZONA-TI LIMITADA”, RUT N°76.338.883-2; extracto inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 26976, N°16860, del año 2014; y publicado en el Diario Oficial de 11/04/2014, N° de Diario 40831.- De acuerdo a las estipulaciones de la escritura anteriormente individualizada, los actuales socios son: don JAIME ENRIQUE GONZÁLEZ CARRIÓN, con un 33,3% del capital social, don MAURICIO ESTEBAN MIRANDA ALBARRAN, con un 33,3% del capital social, y doña LORETO VICTORIA VALDIVIA ROSAS, con un 33,4% del capital social. Capital Social: $1.000.000.- SANEAMIENTO DE VICIO DE NULIDAD: En la escritura de constitución social se incurrió en un error en el monto y porcentaje de los aportes del capital, toda vez que se estableció que: “don JAIME ENRIQUE GONZÁLEZ CARRIÓN aporta, entera y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social, la suma de $333.333, equivalentes al 33,3% del capital social, don MAURICIO ESTEBAN MIRANDA ALBARRAN aporta, entera y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social, la suma de $333.333, equivalentes al 33,3% del capital social y doña LORETO VICTORIA VALDIVIA ROSAS aporta, entera y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social la suma de $333.334, equivalentes al 33,4% del capital social”. Asimismo, se incurrió en error en el extracto, debidamente inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces, y publicado en el Diario Oficial, toda vez que el extracto estableció que: “don JAIME ENRIQUE GONZÁLEZ CARRIÓN aporta, entera y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social, la suma de $333.333, don MAURICIO ESTEBAN MIRANDA ALBARRAN, aporta, entera y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social, la suma de $330.333 y doña LORETO VICTORIA VALDIVIA ROSAS, aporta, entera y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social, la suma de $333.334”. Los comparecientes vienen en sanear el vicio formal incurrido declarando que: “don JAIME ENRIQUE GONZÁLEZ CARRIÓN aporta, entera y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social, la suma de $333.000, equivalente al 33,3% del capital social; don MAURICIO ESTEBAN MIRANDA ALBARRAN aporta, entera y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social, la suma de $333.000, equivalente al 33,3% del capital social; y doña LORETO VICTORIA VALDIVIA ROSAS aporta, entera y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social, la suma de $334.000, equivalente al 33,4% del capital social, con esto se da por enterado el capital, ingresando a la caja social”.- En virtud de la Ley N°19.499 queda saneado el vicio de nulidad de que adolece dicha constitución de Sociedad.- CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES: Doña LORETO VICTORIA VALDIVIA ROSAS, quien se retira de la sociedad, vende, cede y transfiere el 33,4% del total de los derechos sociales a don JUAN ALEJANDRO ARCE AVILA, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de $334.000, que el cedente declara recibir en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción.- Con lo anterior, los socios serán: Don JAIME ENRIQUE GONZÁLEZ CARRIÓN, con un 33,3% del capital social; don MAURICIO ESTEBAN MIRANDA ALBARRAN, con un 33,3% del capital social; y don JUAN ALEJANDRO ARCE AVILA, con un 33,4% del capital social.- MODIFICACIÓN SOCIAL: Los socios modifican la sociedad "ASESORÍAS EN INFORMÁTICA ZONA-TI LIMITADA”: Modifican el artículo QUINTO del pacto originario de constitución social, el que será del siguiente tenor: La administración de la sociedad, el uso de la razón social, y la representación judicial y extrajudicial de la misma, corresponderá a don JAIME ENRIQUE GONZÁLEZ CARRIÓN, con todas y cada una de las facultades de administración y disposición enunciadas en el artículo QUINTO del pacto de constitución social anterior, las que se dan por expresa y totalmente reproducidas para todos los efectos legales.- Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- En todo lo no modificado se mantiene vigente la escritura de constitución social.- Santiago, 20, diciembre, 2016.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
ASESORÍAS EN INFORMÁTICA ZONA-TI LIMITADA
CVE 1154756
