Inversiones Exus Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 75% | - |
Leonardo Esteban Gálvez Quiñones Socio | - | 25% | - |
Administradores (2)
Leonardo Esteban Gálvez Quiñones
Representação legal (1)
Christian Luis Sanhueza Recabarren
Histórico societário relatado
- Constituição· 14 de fevereiro de 2014
Se constituye la sociedad Sociedad Aluminios Diagonal Ltda o también Aluminios Diagonal.
Christian Luis Sanhueza Recabarren · Jonathan Alberto Morales Bailey
- Cessão de direitos· 2 de novembro de 2015
Jonathan Alberto Morales Bailey cede la totalidad de sus derechos sociales a Christian Luis Sanhueza Recabarren; luego Christian Luis Sanhueza Recabarren cede 30% a Sociedad Inversiones Mainfra Limitada; además se cambia la razón social a Inversiones Exus Ltda y el nombre de fantasía a Exus Limitada.
Jonathan Alberto Morales Bailey · Christian Luis Sanhueza Recabarren · Sociedad Inversiones Mainfra Limitada
- Cessão de direitos· 4 de maio de 2018
Christian Luis Sanhueza Recabarren cede 3% de sus derechos a Juan Ricardo Alvarado Coloma y se modifica el objeto social.
Christian Luis Sanhueza Recabarren · Juan Ricardo Alvarado Coloma
- Cessão de direitos· 12 de junho de 2018
Juan Ricardo Alvarado Coloma cede 3% de sus derechos a Javier Alexander Saavedra Inzunza.
Juan Ricardo Alvarado Coloma · Javier Alexander Saavedra Inzunza
- Cessão de direitos· 20 de novembro de 2020
Sociedad Inversiones Mainfra Limitada cede 25% a Leonardo Esteban Gálvez Quiñones, 5% a Evelyn Andrea Torres Torres y 67% a Evelyn Andrea Torres Torres; Javier Alexander Saavedra Inzunza cede 3% a Evelyn Andrea Torres Torres. Quedan como socios Evelyn Andrea Torres Torres y Leonardo Esteban Gálvez Quiñones.
Christian Luis Sanhueza Recabarren · Leonardo Esteban Gálvez Quiñones · Evelyn Andrea Torres Torres · Javier Alexander Saavedra Inzunza · Sociedad Inversiones Mainfra Limitada
- Mudança de administrador· 20 de novembro de 2020
La administración, representación y uso de la razón social pasa a corresponder a cada uno de los socios actuando independientemente.
Evelyn Andrea Torres Torres · Leonardo Esteban Gálvez Quiñones
- Outro ato· 10 de maio de 2021
Se agrega una nueva facultad expresa para los representantes legales: suscribir contratos y convenios con organismos públicos y privados sin limitación.
Evelyn Andrea Torres Torres · Leonardo Esteban Gálvez Quiñones
Texto oficial do extrato
Certifica: por escritura pública de 10 de mayo de 2021, REP.Nº 605-2021, ante mí MARIA ISABEL GONZALEZ BARRIENTOS, Abogado, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas, Titular de la comuna de Santa Juana, doña Evelyn Andrea Torres Torres, chilena, domiciliada en Camino Santa Juana, Km. 44, Interior, Sector Los Arrayanes, Tricauco, comuna de Santa Juana, y don Leonardo Esteban Gálvez Quiñones, chileno, domiciliado en Avenida Los Claveles 375, Huertos Familiares, comuna de San Pedro de la Paz, ambos mayores de edad y exponen: Que por escritura pública de 14 de febrero de 2014,suscrita ante la notario suplente de la ciudad de Concepción doña Zunilda Suazo Castillo, don Christian Luis Sanhueza Recabarren, y don Jonathan Alberto Morales Bailey, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es Sociedad Aluminios Diagonal Ltda o también Aluminios Diagonal, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial con fecha veinte de febrero del año dos mil catorce, y que se encuentra inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz, a fojas 68 número 59 del año 2014. Que por escritura pública suscrita ante doña Zunilda Suazo Castillo, notario suplente de la ciudad de Concepción del notario Gerardo Bambach, de fecha dos de noviembre del año dos mil quince el socio don Jonathan Alberto Morales Bailey, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, correspondiente al cincuenta por ciento del total de los derechos de la sociedad ya mencionada, al socio don Christian Luis Sanhueza Recabarren. Así mismo el socio don Christian Luis Sanhueza Recabarren, vende, cede y transfiere el treinta por ciento de los derechos sociales que le pertenecen en la sociedad Aluminios Diagonal, a la Sociedad Inversiones Mainfra Limitada. Así mismo en la referida escritura pública señalada, se hace una modificación a la sociedad en cuanto a que la nueva razón social de la sociedad será Inversiones Exus Ltda, cuyo nombre de fantasía será Exus Limitada. También se modifica por dicho instrumento que el nuevo y único representante legal de Inversiones Exus Limitada, será el socio Christian Luis Sanhueza Recabarren, ya singularizado. Se modifica también la escritura original en cuanto a que se aumenta el capital y se modifica así mismo el objeto social de la sociedad en los términos señalados con precisión en la referida escritura de modificación social. Dicha modificación fue publicada en el diario Oficial con fecha 30 de diciembre del año dos mil quince, e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, a fojas tres mil doscientos diecisiete, número dos mil seiscientos quince, del Registro de Comercio del año dos mil quince. Que por escritura pública de fecha cuatro de mayo del año dos mil dieciocho suscrita ante el Notario titular Gastón Ariel Santibáñez Torres de la ciudad de Talcahuano, el socio Christian Luis Sanhueza Recabaren, vende, cede y transfiere el tres por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la Sociedad de Inversiones Exus Limitada, a don Juan Ricardo Alvarado Coloma. Asimismo se modifica el objeto social de la Sociedad en los términos señalados con precisión en la referida escritura de modificación social. El extracto de esta escritura se publicó en el Diario Oficial con fecha dieciocho de mayo del año dos mil dieciocho y se inscribió a fojas mil diez número ochocientos doce del Registro de Comercio del año dos mil dieciocho del Conservador de Bienes Raíces de Concepción.- Que por escritura pública de fecha doce de junio del año dos mil dieciocho suscrita ante el Notario titular Gastón Ariel Santibáñez Torres de la ciudad de Talcahuano, el socio Juan Ricardo Alvarado Coloma, vende, cede y transfiere el tres por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la Sociedad de Inversiones Exus Limitada, a don Javier Alexander Saavedra Inzunza. El extracto de esta escritura se publicó en el Diario Oficial con fecha treinta de junio del año dos mil dieciocho y se inscribió a fojas mil trescientos cuarenta y siete número mil cincuenta y tres del Registro de Comercio del año dos mil dieciocho del Conservador de Bienes Raíces de Concepción. Que por escritura pública de fecha veinte de noviembre del año dos mil veinte suscrita ante el Notario titular María Isabel González Barrientos de la comuna de Santa Juana, don Christian Luis Sanhueza Recabarren, en representación de Sociedad Inversiones Mainfra Limitada, vende, cede, y transfiere a Leonardo Esteban Gálvez Quiñones, quien compra, acepta y adquiere para si el veinticinco por ciento del total de los derechos sociales que le pertenecen a la Sociedad Inversiones Mainfra Limitada en la Sociedad Inversiones Exus Limitada. El precio de la cesión es la suma de cinco millones de pesos, que el cesionario paga al cedente, de la siguiente forma: a) la suma de dos millones quinientos mil pesos que el cesionario paga en este acto, de contado y en efectivo, dinero que el cedente manifiesta haber recibido a su entera satisfacción, sin tener reclamo alguno que formular al respecto; y b) la suma de dos millones quinientos mil pesos, que se pagará en una cuota dentro del plazo de dos años contados desde la fecha del referido instrumento. Además don Christian Luis Sanhueza Recabarren en representación de Sociedad Inversiones Mainfra Limitada, vende, cede, y transfiere a doña Evelyn Andrea Torres Torres, quien compra, acepta y adquiere para si el cinco por ciento del total de los derechos sociales que le pertenecen a la Sociedad Inversiones Mainfra Limitada en la Sociedad de Inversiones Exus Limitada. El precio de la cesión es la suma de un millón de pesos, que el cesionario paga al cedente, de la siguiente forma: a) la suma de quinientos mil pesos que el cesionario paga en este acto, de contado y en efectivo, dinero que el cedente manifiesta haber recibido a su entera satisfacción, sin tener reclamo alguno que formular al respecto; y b) la suma de quinientos mil pesos, que se pagará en una cuota dentro del plazo de dos años contados desde la fecha de este instrumento.- También don Christian Luis Sanhueza Recabarren, vende, cede, y transfiere a doña Evelyn Andrea Torres Torres, quien compra, acepta y adquiere para sí, el sesenta y siete por ciento de los derechos sociales que le pertenecen al cedente en la Sociedad de Inversiones Exus Limitada. El precio de la cesión es la suma de trece millones cuatrocientos mil pesos, que el cesionario paga al cedente, de la siguiente forma: a) la suma de seis millones setecientos mil pesos que el cesionario paga en este acto, de contado y en efectivo, dinero que el cedente manifiesta haber recibido a su entera satisfacción, sin tener reclamo alguno que formular al respecto; y b) la suma de seis millones setecientos mil pesos, que se pagará en una cuota dentro del plazo de dos años contados desde la fecha de este instrumento.- Por la misma escritura pública don Javier Alexander Saavedra Inzunza, vende, cede, y transfiere a doña Evelyn Andrea Torres Torres, quien compra, acepta y adquiere para sí, el tres por ciento de los derechos sociales que le pertenecen al cedente en la Sociedad de Inversiones Exus Limitada. El precio de la cesión es la suma de seiscientos mil pesos, que el cesionario paga al cedente, de la siguiente forma: a) la suma de trescientos mil pesos que el cesionario paga en este acto, de contado y en efectivo, dinero que el cedente manifiesta haber recibido a su entera satisfacción, sin tener reclamo alguno que formular al respecto; y b) la suma de trescientos mil pesos, que se pagará en una cuota dentro del plazo de dos años contados desde la fecha de este instrumento.- De esta forma, en virtud de la cesión de derechos que da cuenta este instrumento público quedan como únicos socios de la sociedad Inversiones Exus Limitada, las siguientes personas, con las participaciones sociales que se indican a continuación: a) doña Evelyn Andrea Torres Torres, con un setenta y cinco por ciento de los derechos sociales, y b) don Leonardo Esteban Gálvez Quiñones, con un veinticinco por ciento de los derechos sociales, quedando la responsabilidad de los socios limitada al monto de sus respectivos aportes.- Además doña Evelyn Andrea Torres Torres y don Leonardo Esteban Gálvez Quiñones, actuales socios de la Sociedad Inversiones Exus Limitada, obrando de consuno, convienen en que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a cada uno de los socios, quienes actuando independientemente, anteponiendo a su firma la razón social, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades señaladas en la escritura de constitución de la Sociedad, las que se dan por íntegramente reproducidas una a una, pudiendo celebrar todos los actos y contratos, de cualquier naturaleza que sean, comprendidos dentro del giro social o que sean necesarios para la consecución de los fines que ésta se haya propuesto.- De esta manera, en todo lo demás rige la escritura original y sus modificaciones posteriores individualizadas. Dicha modificación fue publicada en el diario Oficial con fecha 30 de noviembre del año 2020, e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, a fojas 1932 vuelta número 1477 del Registro de Comercio del año 2020. - MODIFICACION SOCIAL: Por el presente acto doña Evelyn Andrea Torres Torres y don Leonardo Esteban Gálvez Quiñones actuando en su calidad de únicos socios de la sociedad Inversiones Exus Limitada, vienen de consuno en modificar los estatutos sociales de la sociedad Inversiones Exus Limitada, señalados en la cláusula cuarta de la escritura pública de constitución de la referida Sociedad, de fecha catorce de febrero del año dos mil catorce. Esta modificación social consiste en agregar a las facultades expresas de los representantes legales de la sociedad Inversiones Exus Limitada una nueva, cual es la facultad de poder suscribir todo tipo de contratos y/o convenios con todo tipo o clase de organismos públicos y/o privados, sin ningún tipo de limitación. De esta manera, en todo lo demás rige la escritura original y sus modificaciones posteriores individualizadas. Demás estipulaciones escritura extracta.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
Inversiones Exus Limitada
CVE 1952718
