Sociedad Inmobiliaria Labayru Hermanos Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$455.647.760
Capital integralizado
$455.647.760
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Donald Mauricio Labayru Villalobos Socio 12.xxx.xxx-7 | 12.xxx.xxx-7 | 50% | $227.823.880 |
Socio 11.xxx.xxx-k | 11.xxx.xxx-k | 50% | $227.823.880 |
Histórico societário relatado
- Mudança de capital· 14 de março de 2014
Se dejan constancia de retiros e inversiones de bienes raíces desde Distribuidora de Combustibles Labayru Hermanos Limitada a la sociedad receptora
Donald Mauricio Labayru Villalobos · Pedro Yuri Labayru Villalobos
Texto oficial do extrato
ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular agrupación comunas Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con oficio en Temuco, Luis Claro Solar N.831, CERTIFICO, Por escritura pública de fecha 5 de Julio de 2017, ante mí, Donald Mauricio Labayru Villalobos, casado, comerciante, C.I. 12.139.386-7 y Pedro Yuri Labayru Villalobos, casado, abogado, C.I. 11.782.666-K, ambos domiciliados Caupolicán N° 0451, comuna y ciudad de Temuco, acordaron aumentar capital social y modificar estatutos SOCIEDAD INMOBILIARIA LABAYRU HERMANOS LIMITADA, RUT 76.330.714-K, inscrita Fojas 326 vuelta, N° 244, año 2014, Registro Comercio Temuco. Socios cumplieron exigencias contenidas en Circular N° 13 y Circular N° 15 de 7 y 17 de marzo 2014 respectivamente, ambas del SII, y, acordaron reformar estatutos sociales en siguiente sentido: Uno) Sustituyeron y reemplazaron cláusula sexta por la del siguiente tenor: "SEXTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de 455.647.760 pesos, el cual se pagó de la siguiente forma: Uno.- Donald Mauricio Labayru Villalobos aporta la suma de 227.823.880 pesos, y que equivalen al 50% del capital social, los cuales pagó de la siguiente manera: a.- Con la suma de 10.000.000 de pesos que pagó al contado y en dinero efectivo al momento y en el acto de constitución de la sociedad, los cuales ingresaron en arcas sociales; y b.- Con la suma de 217.823.880 pesos, que corresponden al 50% del valor de los derechos de dominio sobre los bienes raíces que se singularizan en el artículo transitorio y que aportó en dominio mediante el sistema de retiros para invertir que efectuó desde DISTRIBUIDORA DE COMBUSTIBLES LABAYRU HERMANOS LIMITADA, en la cual participa, y que, cumpliendo los requisitos establecidos en la Ley de la Renta, fueron pagados y recibidos por la sociedad receptora SOCIEDAD INMOBILIARIA LABAYRU HERMANOS LIMITADA, con fecha 14 de marzo del año 2014 y fueron debidamente inscritos en el Conservador de Bienes Raíces competente dentro del plazo de 20 días siguientes al retiro, todo ello, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, como asimismo, a lo dispuesto en las Circulares del Servicio de Impuestos Internos (SII) N°s 13 y 15, de fecha 7 y 17 de marzo del año 2014, respectivamente; y Dos.- Pedro Yuri Labayru Villalobos aporta la suma de 227.823.880 pesos, y que equivalen al 50% del capital social, los cuales pagó de la siguiente manera: a.- Con la suma de 10.000.000 de pesos que pagó al contado y en dinero efectivo al momento y en el acto de constitución de la sociedad, los cuales ingresaron en arcas sociales; y b.- Con la suma de 217.823.880 pesos, que corresponden al 50% del valor de los derechos de dominio sobre los bienes raíces que se singularizan en el artículo transitorio y que aportó en dominio mediante el sistema de retiros para invertir que efectuó desde DISTRIBUIDORA DE COMBUSTIBLES LABAYRU HERMANOS LIMITADA, en la cual participa, y que, cumpliendo los requisitos establecidos en la Ley de la Renta, fueron pagados y recibidos por la sociedad receptora SOCIEDAD INMOBILIARIA LABAYRU HERMANOS LIMITADA con fecha 14 de marzo del año 2014 y fueron debidamente inscritos en el Conservador de Bienes Raíces competente dentro del plazo de 20 días siguientes al retiro, todo ello, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, como asimismo, a lo dispuesto en las Circulares del Servicio de Impuestos Internos (SII) N°s 13 y 15, de fecha 7 y 17 de marzo del año 2014, respectivamente.”; y Dos) Acordaron insertar en la escritura social, después del punto seguido al final de la cláusula décimo cuarta, el siguiente artículo transitorio: "ARTÍCULO TRANSITORIO: Los bienes raíces que fueron retirados de común acuerdo entre los socios desde el activo fijo de la sociedad DISTRIBUIDORA DE COMBUSTIBLES LABAYRU HERMANOS LIMITADA y reinvertidos en SOCIEDAD INMOBILIARIA LABAYRU HERMANOS LIMITADA son los que a continuación se individualizan: UNO) Inmueble ubicado en calle Manuel Rodríguez N° 1189, y que corresponde al Sitio N° 7 de la manzana 67 del plano urbano de Temuco, compuesta de 13 metros 28 centímetros de frente por 40 metros 50 centímetros de fondo, cuyos deslindes son: Norte y Poniente, con propiedad de Rafael Ulloa; Oriente, con sitio número ocho, hoy perteneciente a Eduardo Solano Illanes; y Sur, con calle Manuel Rodríguez.; Valor del aporte.- El aporte del bien raíz antes singularizado en la sociedad receptora a título de reinversión se efectuó en su valor patrimonial o valor de libros, según el valor registrado en la contabilidad de la sociedad desde la cual se efectuó el retiro, esto es, en la suma ascendente a 149.308.736 pesos; Forma en que se efectuó la reinversión.- Los comparecientes y socios dejan constancia que el retiro y posterior reinversión del bien raíz se efectuó considerando la propiedad ad corpus, con todos sus derechos, usos, costumbres, servidumbres activas y pasivas, y en el estado en que se encontraba al momento del aporte, el cual era conocido y aceptado de la sociedad receptora, libre de hipotecas, prohibiciones, embargos, medidas precautorias, y, en general, libre de todo derecho real o personal que pudiere afectarle, y respondiendo los socios aportantes de la obligación de saneamiento de conformidad a la ley; Rol de Avalúo.- El inmueble singularizado y reinvertido en la sociedad receptora tiene el Rol de Avalúo N° 00052-013 de la comuna de Temuco. Los socios dejan constancia además que el inmueble pasó a formar parte del activo fijo de la sociedad receptora y se encuentra al día en el pago del impuesto territorial o contribuciones. Entrega.- Los comparecientes dejan constancia que la entrega material del inmueble se realizó en el acto en que se celebró la escritura singularizada en la cláusula tercera precedente, declarando la sociedad receptora haber recibido conforme y a su entera satisfacción; Inscripción de dominio.- La inscripción de dominio del inmueble a nombre de la sociedad receptora se practicó a Fojas 4905 vuelta, N° 4186 en el Registro de Propiedad del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2014. Se deja constancia que la inscripción antes indicada se practicó dentro de los 20 días siguientes a aquél en que se efectuó el retiro; DOS) Inmueble ubicado en calle Lautaro esquina Pinto N° 1452 y N° 228 y que corresponde al Lote N° Tres del plano divisorio de los sitios uno y dos del sitio número cinco de la manzana 119 del plano de la ciudad de Temuco, cuyos deslindes son los siguientes: Norte, en dieciocho coma cuarenta metros con lote número dos; Sur, en dieciocho coma cuarenta metros con propiedad de terceros; Oriente, en doce metros con Avenida Pinto; y Poniente, en doce metros con lote número uno.- Valor del aporte.- El aporte del bien raíz antes singularizado a la sociedad receptora a título de reinversión se efectuó en su valor patrimonial o valor de libros, según el valor registrado en la contabilidad de la sociedad desde la cual se efectuó el retiro, esto es, en la suma ascendente a 92.981.898 pesos. Forma en que se efectuó la reinversión.- Los comparecientes y socios dejan constancia que el retiro y posterior reinversión del bien raíz se efectuó considerando la propiedad ad corpus, con todos sus derechos, usos, costumbres, servidumbres activas y pasivas, y en el estado en que se encontraba al momento del aporte, el cual era conocido y aceptado de la sociedad receptora, libre de hipotecas, prohibiciones, embargos, medidas precautorias, y, en general, libre de todo derecho real o personal que pudiere afectarle, y respondiendo los socios aportantes de la obligación de saneamiento de conformidad a la ley; Rol de Avalúo.- El inmueble antes singularizado y reinvertido en la sociedad receptora tiene el Rol de Avalúo N° 55-0207, de la comuna de Temuco. Los socios dejan constancia además que el inmueble pasó a formar parte del activo fijo de la sociedad receptora y se encuentra al día en el pago del impuesto territorial o contribuciones. Entrega.- Los comparecientes dejan constancia que la entrega material del inmueble se realizó en el acto en que se celebró la escritura singularizada en la cláusula tercera precedente, declarando la sociedad receptora haber recibido conforme y a su entera satisfacción; Inscripción de dominio.- La inscripción de dominio del inmueble a nombre de la sociedad receptora se practicó a Fojas 4906, N° 4187 en el Registro de Propiedad del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2014. Se deja constancia que la inscripción antes indicada se practicó dentro de los 20 días siguientes a aquél en que se efectuó el retiro; TRES) Inmueble ubicado en calle Phillippi N° 445 y que corresponde al sitio N° 4 del Loteo Banco del Estado de la ciudad de Temuco y deslinda en especial: Norte, en veinticinco metros cincuenta cinco centímetros con sitio número tres; Sur, en veinticinco metros cincuenta cinco centímetros con sitio número cinco; Oriente, en doce metros sesenta centímetros con sitio diez y once; y Poniente, en doce metros sesenta centímetros con calle Phillippi; Valor del aporte.- El aporte del bien raíz antes singularizado a la sociedad receptora a título de reinversión se efectuó en su valor patrimonial o valor de libros, según el valor registrado en la contabilidad de la sociedad desde la cual se efectuó el retiro, esto es, en la suma ascendente a 96.678.563 pesos; Forma en que se efectuó la reinversión.- Los comparecientes y socios dejan constancia que el retiro y posterior reinversión del bien raíz se efectuó considerando la propiedad ad corpus, con todos sus derechos, usos, costumbres, servidumbres activas y pasivas, y en el estado en que se encontraba al momento del aporte, el cual era conocido y aceptado de la sociedad receptora, libre de hipotecas, prohibiciones, embargos, medidas precautorias, y, en general, libre de todo derecho real o personal que pudiere afectarle, y respondiendo los socios aportantes de la obligación de saneamiento de conformidad a la ley; Rol de Avalúo.- El inmueble antes singularizado y reinvertido en la sociedad receptora tiene el Rol de Avalúo N° 01373-016 de la comuna de Temuco. Los socios dejan constancia además que el inmueble pasó a formar parte del activo fijo de la sociedad receptora y se encuentra al día en el pago del impuesto territorial o contribuciones. Entrega.- Los comparecientes dejan constancia que la entrega material del inmueble se realizó en el acto en que se celebró la escritura singularizada en la cláusula tercera precedente, declarando la sociedad receptora haber recibido conforme y a su entera satisfacción; Inscripción de dominio.- La inscripción de dominio del inmueble a nombre de la sociedad receptora se practicó a Fojas 4907, N° 4188 en el Registro de Propiedad del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2014. Se deja constancia que la inscripción antes indicada se practicó dentro de los 20 días siguientes a aquél en que se efectuó el retiro; y CUATRO) Inmueble ubicado en calle Phillippi N° 465 y corresponde al sitio N° 5 del Loteo Banco del Estado de la ciudad de Temuco y deslinda en especial: Norte, en veinticinco metros cincuenta cinco centímetros con sitio número cuatro; Sur, en veinticinco metros cincuenta cinco centímetros con otro propietario; Oriente, en doce metros sesenta centímetros con sitios números nueve y diez y Poniente, en doce metros sesenta centímetros con calle Phillipi; Valor del aporte.- El aporte del bien raíz antes singularizado en la sociedad receptora a título de reinversión se efectuó en su valor patrimonial o valor de libros, según el valor registrado en la contabilidad de la sociedad desde la cual se efectuó el retiro, esto es, en la suma ascendente a 96.678.563 pesos; Forma en que se efectuó la reinversión.- Los comparecientes y socios dejan constancia que el retiro y posterior reinversión del bien raíz se efectuó considerando la propiedad ad corpus, con todos sus derechos, usos, costumbres, servidumbres activas y pasivas, y en el estado en que se encontraba al momento del aporte, el cual era conocido y aceptado de la sociedad receptora, libre de hipotecas, prohibiciones, embargos, medidas precautorias, y, en general, libre de todo derecho real o personal que pudiere afectarle, y respondiendo los socios aportantes de la obligación de saneamiento de conformidad a la ley; Rol de Avalúo.- El inmueble antes singularizado y reinvertido a la sociedad receptora tiene el Rol de Avalúo N° 01373-017, de la comuna de Temuco. Los socios dejan constancia además que el inmueble pasó a formar parte del activo fijo de la sociedad receptora y se encuentra al día en el pago del impuesto territorial o contribuciones. Entrega.- Los comparecientes dejan constancia que la entrega material del inmueble se realizó en el acto en que se celebró la escritura singularizada en la cláusula tercera precedente, declarando la sociedad receptora haber recibido conforme y a su entera satisfacción; Inscripción de dominio.- La inscripción de dominio del inmueble a nombre de la sociedad receptora se practicó a Fojas 4907 vuelta, N° 4189 en el Registro de Propiedad del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2014. Se deja constancia que la inscripción antes indicada se practicó dentro de los 20 días siguientes a aquél en que se efectuó el retiro. La sociedad se da por recibida del capital suscrito, pagado y enterado en caja, en la forma y por las personas señaladas en la cláusula sexta de la presente escritura." Demás cláusulas constan en escritura extractada. Temuco, 5 julio 2017.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD INMOBILIARIA LABAYRU HERMANOS LIMITADA
CVE 1249494
