Inmobiliaria Soinsi Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
del giro de su denominación
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital integralizado
$1.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 15.xxx.xxx-8 | 15.xxx.xxx-8 | 99% | $990.000 |
Socio 17.xxx.xxx-7 | 17.xxx.xxx-7 | 1% | $10.000 |
Histórico societário relatado
- Constituição· 26 de setembro de 2013
Se constituye INMOBILIARIA SOINSI LIMITADA.
- Cessão de direitos· 31 de março de 2026
Gustavo Andrés Silva Tapia cede el 100% de sus derechos sociales a Carla Andrea Letelier Escobar.
- Saída de sócio· 31 de março de 2026
Se retira de la sociedad Gustavo Andrés Silva Tapia.
- Mudança de capital· 31 de março de 2026
Se reemplaza la cláusula de capital social, fijándolo en $1.000.000 con aportes de José Miguel Silva Tapia y Carla Andrea Letelier Escobar.
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior MONICA QUIROZ TRUJILLO, Notario Publico de la Quinta Notaria de Curicó con asiento en la comuna de Teno, con oficio en Avenida Comalle 263, comuna de Teno, Certifico: Que Por escritura pública de fecha 31 de marzo del año 2026, ante mí don JOSE MIGUEL SILVA TAPIA, cédula de identidad número quince millones setecientos ochenta y tres mil novecientos noventa y uno guion ocho, don GUSTAVO ANDRÉS SILVA TAPIA, cédula de identidad número quince millones trescientos ochenta y dos mil quinientos setenta guion K, ambos domiciliados para estos efectos en Miguel de Cervantes número seiscientos ochenta y siete, comuna de Curicó, Región del Maule, y doña CARLA ANDREA LETELIER ESCOBAR, cédula de identidad número diecisiete millones ochenta y nueve mil setecientos noventa y dos guion siete, domiciliada para estos efectos en Kilómetro seis Camino Zapallar, Lote ciento treinta y seis, Hacienda Zapallar, Curicó, Región del Maule, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada INMOBILIARIA SOINSI LIMITADA sociedad de responsabilidad limitada del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y seis millones trescientos veintiocho mil quinientos ochenta y seis guion tres, constituida por escritura pública de fecha veintiséis de septiembre del año dos mil trece, otorgada en la notaría de Curicó de don Rodrigo Domínguez Jara, cuyo extracto se inscribió a fojas mil trescientas cincuenta y seis, número ochocientos ochenta y tres del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, correspondiente al año dos mil trece, y publicó en el Diario Oficial de fecha treinta de septiembre del año dos mil trece, en las siguientes estipulaciones: Cesión de derechos. Por el presente acto e instrumento don GUSTAVO ANDRÉS SILVA TAPIA, vende, cede y transfiere, el cien por ciento de los derechos sociales de que es titular en INMOBILIARIA SOINSI LIMITADA, equivalentes al uno por ciento del total del haber social, a doña CARLA ANDREA LETELIER ESCOBAR, quien compra, acepta y adquiere para sí, El precio de la cesión de derechos sociales de la Sociedad asciende a la suma de un millón cien mil pesos, que la cesionaria paga en este acto al contado y en dinero efectivo al cedente y que este declara recibir a su entera satisfacción. Como consecuencia de la cesión de derechos de la Sociedad señalada en la cláusula segunda, se retira de la sociedad don Gustavo Andrés Silva Tapia, quedando como únicos socios e interesados de INMOBILIARIA SOINSI LIMITADA, don José Miguel Silva Tapia y doña CARLA ANDREA LETELIER ESCOBAR. Modificaciones de Estatutos. Asimismo y con motivo de la cesión de derechos de que se ha dado cuenta en la cláusula segunda y siguientes del presente instrumento, don José Miguel Silva Tapia y doña CARLA ANDREA LETELIER ESCOBAR, en su carácter de únicos y actuales socios e interesados de INMOBILIARIA SOINSI LIMITADA, acuerdan adecuar y efectuar la siguiente modificación al pacto social: Uno. Reemplazar íntegramente la cláusula quinta de los Estatutos de la Sociedad, relativa al capital social, por la siguiente: QUINTO: El capital social es la suma de un millón de pesos que se aportó, enteró y pagó por los socios al contado y en dinero en efectivo, ya ingresado a la caja social, aportando don José Miguel Silva Tapia la suma de novecientos noventa mil pesos, es decir el noventa y nueve por ciento del capital social y doña Carla Andrea Letelier Escobar la suma de diez mil pesos, es decir, el uno por ciento del capital social.. Dos. Reemplazar íntegramente la cláusula sexta de los Estatutos de la Sociedad, relativa a la distribución de las utilidades o eventuales pérdidas entre los socios, por la siguiente: SEXTO: Las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Teno, 18 de mayo de 2026.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA SOINSI LIMITADA
CVE 2813942
