Fabricacion De Juegos Infantiles Y Estructuras Metalicas Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
importación y exportación, reparación y comercialización de mobiliario urbano, juegos infantiles, parque acuático, productos de plásticos y caucho; la inversión en instrumentos de capitales de toda especie y la participación en derechos sociales de otras sociedades y, la de realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, explotarlos, administrarlos y percibir sus frutos naturales o civiles.
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital integralizado
$5.000.000
Capital pendente
$0
Ações
500
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA Accionista 06.xxx.xxx-1 | 06.xxx.xxx-1 | - | - |
Accionista 76.504.921-0 | 76.504.921-0 | - | - |
Administradores (2)
FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA
FERNANDO ALFREDO LOWY DE LA TORRE
Representação legal (1)
FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA
Texto oficial do extrato
ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Matías Cousiño N° 150, of. 647, certifico que por escritura publica hoy ante mí, FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA, por sí, General Parra 674, of. D, Providencia, ciudad de Santiago, C.I. 06.067.226-1 y, doña FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA, en representación de "ESPACIO LIBRE SpA", General Parra 674, of. D, Providencia, ciudad de Santiago, RUT: 76.504.921-0, transformaron y modificarón la Sociedad “FABRICACIÓN DE JUEGOS INFANTILES Y ESTRUCTURAS METALICAS LIMITADA” En el siguiente tenor: I ) Los actuales socios doña FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA y la sociedad "ESPACIO LIBRE SpA", vienen en transformar la sociedad de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones: A) NOMBRE: Se modifica el nombre de la sociedad, denominándose "OKSTAR CHILE SpA". B) OBJETO: El objeto de la sociedad, será importación y exportación, reparación y comercialización de mobiliario urbano, juegos infantiles, parque acuático, productos de plásticos y caucho; la inversión en instrumentos de capitales de toda especie y la participación en derechos sociales de otras sociedades y, la de realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, explotarlos, administrarlos y percibir sus frutos naturales o civiles. C) DURACIÓN: Indefinida. D) CAPITAL y ACCIONES: 5.000.000 de pesos dividida en 500 acciones, ordinarias, nominativas de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. E) RESPONSABILIDAD: limitan resposabilidad personal al monto de sus aportes. F) ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD: Administra la sociedad doña FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA y, don FERNANDO ALFREDO LOWY DE LA TORRE, quienes actuando separada e indistintamente o a través de apoderados especialmente designados por escritura pública. Los administradores tendrá la representación judicial y extrajudicial para el cumplimiento del objeto social, con todas las facultades de administración y disposición, tantas cuantas sean concebibles y sin limitación alguna, pudiendo ejecutar todos los actos jurídicos propios del giro de la sociedad, sin restricciones de ningún tipo, salvo aquellas referidas a materias exclusivas de las Juntas De Accionistas. G) BALANCE: La sociedad confeccionará anualmente su balance general al 31 de diciembre de cada año. H) DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES: Las utilidades se distribuirán conforme al número de acciones, de su respectiva serie y, acorde a los pactos que los accionistas tomen cada año. No existirá obligación de repartir dividendos mínimos obligatorios. I) DEL SILENCIO DE ESTOS ESTATUTOS: se aplicarán las normas legales y reglamentarias que rijan a las sociedades anónimas cerradas.- J) JUNTAS DE ACCIONISTAS: La sociedad tendrá Juntas de Accionistas, del modo reglamentado en la escritura que se extracta. K) DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD: La disolución de la sociedad será por el acuerdo de los accionistas, por sentencia ejecutoriada y por causales legales. La liquidación de la sociedad podrá ser practicada por quien designe la administradora, pudiendo ejercerla ella.- II) Existen otras diposiciones estatutarias en la escritura que se extracta.- Santiago, 30 de Diciembre del 2.017.
Informações societárias
Objeto social
importación y exportación, reparación y comercialización de mobiliario urbano, juegos infantiles, parque acuático, productos de plásticos y caucho; la inversión en instrumentos de capitales de toda especie y la participación en derechos sociales de otras sociedades y, la de realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, explotarlos, administrarlos y percibir sus frutos naturales o civiles.
Capital
Capital total
$5.000.000
Ações
500
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA Accionista 6.xxx.xxx-1 | 6.xxx.xxx-1 | - | - |
Accionista 76.504.921-0 | 76.504.921-0 | - | - |
Administradores (2)
FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA
FERNANDO ALFREDO LOWY DE LA TORRE
Representação legal (1)
FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA
Texto oficial do extrato
ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Matías Cousiño N° 150, of. 647, certifico que por escritura publica hoy, ante mí, FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA, por sí, General Parra 674, of. D, Providencia, ciudad de Santiago, C.I. 6.067.226-1 y, doña FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA, en representación de "ESPACIO LIBRE SpA", General Parra 674, of. D, Providencia, ciudad de Santiago, RUT: 76.504.921-0, transformaron y modificarón la Sociedad “FABRICACIÓN DE JUEGOS INFANTILES Y ESTRUCTURAS METALICAS LIMITADA” En el siguiente tenor: I ) Los actuales socios doña FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA y la sociedad "ESPACIO LIBRE SpA", vienen en transformar la sociedad de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones: A) NOMBRE: Se modifica el nombre de la sociedad, denominándose " OKSTAR CHILE SpA”. B) OBJETO: El objeto de la sociedad, será importación y exportación, reparación y comercialización de mobiliario urbano, juegos infantiles, parque acuático, productos de plásticos y caucho; la inversión en instrumentos de capitales de toda especie y la participación en derechos sociales de otras sociedades y, la de realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, explotarlos, administrarlos y percibir sus frutos naturales o civiles. C) DURACIÓN: Indefinida. D) CAPITAL y ACCIONES: 5.000.000 de pesos dividida en 500 acciones, ordinarias, nominativas de igual valor y sin valor nominal. E) RESPONSABILIDAD: limitan resposabilidad personal al monto de sus aportes. F) ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD: Administra la sociedad doña FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA y, don FERNANDO ALFREDO LOWY DE LA TORRE, quienes actuando separada e indistintamente o a través de apoderados especialmente designados de manera exclusiva y exclyente en conjunto por ambos administradores mediante escritura pública. Los administradores tendrá la representación judicial y extrajudicial para el cumplimiento del objeto social, con todas las facultades de administración y disposición, tantas cuantas sean concebibles y sin limitación alguna, pudiendo ejecutar todos los actos jurídicos propios del giro de la sociedad, sin restricciones de ningún tipo, salvo aquellas referidas a materias exclusivas de las Juntas De Accionistas. G) BALANCE: La sociedad confeccionará anualmente su balance general al 31 de diciembre de cada año. H) DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES: Las utilidades se distribuirán conforme al número de acciones, de su respectiva serie y, acorde a los pactos que los accionistas tomen cada año. No existirá obligación de repartir dividendos mínimos obligatorios. I) DEL SILENCIO DE ESTOS ESTATUTOS: se aplicarán las normas legales y reglamentarias que rijan a las sociedades anónimas cerradas.- J) JUNTAS DE ACCIONISTAS: La sociedad tendrá Juntas de Accionistas, del modo reglamentado en la escritura que se extracta. K) DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD: La disolución de la sociedad será por el acuerdo de los accionistas, por sentencia ejecutoriada y por causales legales. La liquidación de la sociedad podrá ser practicada por quien designe la administradora, pudiendo ejercerla ella.- II) Existen otras diposiciones estatutarias en la escritura que se extracta.-Santiago, 30 de Diciembre del 2.016.-
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
FABRICACION DE JUEGOS INFANTILES Y ESTRUCTURAS METALICAS LIMITADA
CVE 1176359
- MODIFICACIÓN
FABRICACIÓN DE JUEGOS INFANTILES Y ESTRUCTURAS METALICAS LIMITADA
CVE 1175055
