Sociedade de Responsabilidade Limitada76.299.808-4

Hipo Reposteria Limitada

MODIFICACIÓN — 8 de set. de 2016

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2016-09-08Ver PDF (CVE 1109440)

Texto oficial do extrato

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Público, Titular 16ª Notaría de Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, rectifica extracto de Modificación de la sociedad “HIPO REPOSTERIA LIMITADA”, inscrito a fojas 62669, Nº 33848 Registro Comercio, CBR Santiago, año 2016, siguiente sentido: Donde dice : “ HIPO RESPOSTERÍA LIMITADA, Debe decir : “HIPO REPOSTERIA LIMITADA. Santiago, 01 de septiembre de 2016.

ModificaçãoDiario Oficial · 2016-09-07Ver PDF (CVE 1108814)

Informações societárias

Ltda
Administração: Conjunta o separada, indistintamente, con limitación de $1.000.000; sobre ese monto, actuación conjunta

Sócios (2)

NomeParticipação

MARIA JOSE PALMA ARESTIZABAL

Socio

13.xxx.xxx-k

50%

RICARDO PALMA CONTESSE

Socio

5.xxx.xxx-5

50%

Administradores (2)

MARIA JOSE PALMA ARESTIZABAL

13.xxx.xxx-kAdministrador

RICARDO PALMA CONTESSE

5.xxx.xxx-5Administrador

Histórico societário relatado

  1. Cessão de direitos· 18 de agosto de 2016

    ALEXANDRA MIREILLE JORDAN LUNEBURG cede el 50% de sus derechos sociales a RICARDO PALMA CONTESSE.

    ALEXANDRA MIREILLE JORDAN LUNEBURG · RICARDO PALMA CONTESSE

  2. Saída de sócio· 18 de agosto de 2016

    Se retira de la sociedad ALEXANDRA MIREILLE JORDAN LUNEBURG e ingresa como nuevo socio RICARDO PALMA CONTESSE.

    ALEXANDRA MIREILLE JORDAN LUNEBURG · RICARDO PALMA CONTESSE

  3. Mudança de administrador· 18 de agosto de 2016

    La administración pasa a corresponder a MARIA JOSE PALMA ARESTIZABAL y RICARDO PALMA CONTESSE, conjunta o separadamente, con limitación de monto.

    MARIA JOSE PALMA ARESTIZABAL · RICARDO PALMA CONTESSE

Texto oficial do extrato

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Público, Titular 16ª Notaría de Santiago, con oficio en San Sebastián 2750, Las Condes certifica que por escritura pública otorgada con fecha 18 de Agosto de 2016, ante mí, ALEXANDRA MIREILLE JORDAN LUNEBURG, C.I. 9.977.525-4, con domicilio en Condominio Polo uno, parcela 156, sector Piedra Roja,Colina; don RICARDO PALMA CONTESSE, C.I. 5.208.147-5, con domicilio en calle El Alba2,Condominio Colina Verdes casa E, Colina y doña MARIA JOSÉ PALMA ARESTIZABAL, C.I. 13.358.286-K, con domicilio en El Alba 2, Condominio Colinas Verdes, casa M, Colina, han convenido lo siguiente: 1) Doña ALEXANDRA MIREILLE JORDAN LUNEBURG, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales que equivalen a un 50% de los derechos sociales de la sociedad “HIPO REPOSTERIA LIMITADA” los que son adquiridos por don RICARDO PALMA CONTESSE, quien compra, acepta y adquiere para sí, de manera que este último pasa a ser socio de la sociedad en la misma proporción de capital en lo que era aquella. 2) El precio de esta cesión es de $7.000.000, que el cesionario paga a la cedente mediante pago al contado, declarando la parte cedente haberlo recibido a su entera y total satisfacción. 3) Como consecuencia de la cesión de derechos se retira de la sociedad doña ALEXANDRA MIREILLE JORDAN LUNEBURG e ingresa como nuevo socio don RICARDO PALMA CONTESSE. 4) Comparece autorizando la presente cesión doña MARIA JOSE PALMA ARESTIZABAL, quien declara aceptar y estar conforme con la cesión y transferencia de derechos sociales. 5) Por lo anterior, serán desde este momento, únicos socios doña MARIA JOSE PALMA ARESTIZABAL y don RICARDO PALMA CONTESSE, cada uno con 50% de los derechos sociales, respectivamente. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. 6) Se modifica además que la administración y el uso de la razón social corresponderá a doña MARIA JOSE PALMA ARESTIZABAL y a don RICARDO PALMA CONTESSE, quienes actuando de forma conjunta o separada, indistintamente, cualquiera de ellos y anteponiendo la razón social a su firma representarán a la sociedad con las más amplias facultades y poderes descritos de manera enunciativa en el ARTICULO SEPTIMO de los estatutos sociales, pudiendo obligar¬la en toda clase de actos y contratos, sujetándose a la limitación de que el monto de los actos y/o contratos no exceda de $1.000.000. Para los actos y/o contratos cuyo monto supere $1.000.000, los socios deberán actuar siempre de forma conjunta anteponiendo ambos la razón social a sus firmas.7) Doña ALEXANDRA MIREILLE JORDAN LUNEBURG, y la sociedad, se otorgan el más amplio y completo finiquito recíproco, como asimismo entre aquella y su antigua socia doña MARIA JOSE PALMA ARESTIZABAL. En todo lo no expresamente modificado, sigue rigiendo inalterado el pacto social. Demás menciones en escritura extractada. Santiago, 23 de Agosto de 2016.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    Hipo Reposteria Limitada

    CVE 1109440

  2. MODIFICACIÓN

    Hipo Reposteria Limitada

    CVE 1108814

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