Inversiones La Frontera Dos Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$1.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 9.xxx.xxx-8 | 9.xxx.xxx-8 | - | - |
Socio 13.xxx.xxx-9 | 13.xxx.xxx-9 | - | - |
Administradores (2)
Texto oficial do extrato
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico, que por escritura de fecha 27 de Diciembre ante mí, JAIME MORALES NILO, cédula de identidad número nueve millones doscientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos veintitrés guion ocho y MACARENA MORALES NILO, cédula de identidad número trece millones veintisiete mil ochocientos ochenta guion nueve ambos domiciliados en Canterbury mil trescientos sesenta, comuna de Las Condes, mayores de edad, modificaron sociedad INVERSIONES LA FRONTERA DOS LIMITADA, rol único tributario 76.265.517-9, cuyo capital es la suma de un millón de pesos, según se indica a continuación: a) Se reemplaza clausula Novena de estatutos sociales por el siguiente: “Las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios, de común acuerdo entre ellos, con anterioridad al término del respectivo ejercicio y considerando para estos efectos, las actividades desarrolladas por cada uno de ellos en representación de la sociedad. De esta manera, los socios deberán suscribir con anterioridad al termino de cada ejercicio, el instrumento que de cuenta de las actividades desarrolladas en representación de la sociedad, y en consecuencia la forma en que se distribuirán sus utilidades, debiendo informar de dicho acuerdo al Servicio de Impuestos Internos con anterioridad a la presentación de las declaraciones anuales de impuesto a la Renta. En caso de no haber acuerdo, las utilidades se distribuirán conforme a sus participaciones sociales.” b) Se modifican facultades de representación y administración en el sentido de otorgar expresamente facultades para que cualquiera de ellos, actuando en representación de la sociedad, pueda optar en materia tributaria por el régimen de la Letra A del artículo 14 de la Ley de Impuesto a la Renta denominado: REGIMEN DE RENTA ATRIBUIDA”. En el ejercicio de esta facultad, el apoderado podrá formular toda clase de declaraciones y realizar toda clase de presentaciones, verbales o escritas ante el Servicio de Impuestos Internos o ante otra autoridad que corresponda, para realizar la opción ante dicha. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de Febrero de 2017.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES LA FRONTERA DOS LIMITADA
CVE 1189687
