Asesorías Carvallo Y Compañía Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital integralizado
$10.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 10.xxx.xxx-8 | 10.xxx.xxx-8 | 5% | $500.000 |
Socio 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | 95% | $9.500.000 |
Administradores (2)
Texto oficial do extrato
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, notario público 43 notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifica: Por escritura pública de fecha 31 de agosto de 2023, bajo el Repertorio N° 25.945/2023, otorgada ante don Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna de Santiago, Región Metropolitana, comparecieron: /A/ don Leonardo Carvallo Donoso, cédula de identidad número 10.973.152-8; /B/ doña Ana María Donoso Noguera, cédula de identidad número 6.246.134-9; y /C/ doña Claudia Andrea Taricco Mackay, cédula de identidad número 9.731.827-1; todos domiciliados para estos efectos en calle Nueva York número nueve, piso dieciocho, comuna de Santiago, Región Metropolitana, quienes, respecto de la sociedad “ASESORÍAS CARVALLO Y COMPAÑÍA LIMITADA”, inscrita a fojas 80.262 número 55.940 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012, en adelante la “Sociedad”, acordaron lo siguiente: (i) Aumento de Capital: Se acordó aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $9.000.000, la cual se pagó y enteró en el acto, y en dinero efectivo, por doña Claudia Andrea Taricco Mackay, incorporándose así como socia. Producto de lo anterior, se modificó el capital de la Sociedad y, asimismo, las respectivas participaciones sociales, por cuyo motivo se reemplaza el artículo séptimo de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO: El capital social es la suma única y total de diez millones de pesos, que los socios aportan y enteran conforme a lo siguiente: /a/ don Leonardo Carvallo Donoso aportó y enteró, con anterioridad a este acto, y en dinero efectivo, la suma de quinientos mil pesos, equivalente a una participación social del cinco por ciento de los derechos sociales; /b/ doña Ana María Donoso Noguera aportó y enteró, con anterioridad a este acto, y en dinero efectivo, la suma de quinientos mil pesos, equivalente a una participación social del cinco por ciento de los derechos sociales; y /c/ doña Claudia Andrea Taricco Mackay aporta y entera en este acto, y en dinero efectivo, la suma de nueve millones de pesos, equivalente a una participación social del noventa por ciento de los derechos sociales.” (ii) Cesión de Derechos: Efectuado el aumento de capital precedente, doña Ana María Donoso Noguera cedió y transfirió la totalidad de sus derechos en la Sociedad a doña Claudia Andrea Taricco Mackay, quien los aceptó y adquirió para sí en la suma de $500.000, pagada en el acto y en dinero efectivo, retirándose así de la Sociedad la primera. Producto de lo anterior, se modificó la conformación del capital de la Sociedad y, asimismo, las respectivas participaciones sociales, por cuyo motivo se reemplaza el artículo séptimo de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO: El capital social es la suma única y total de diez millones de pesos, que los socios aportan y enteran conforme a lo siguiente: /a/ don Leonardo Carvallo Donoso aportó y enteró, con anterioridad a este acto, y en dinero efectivo, la suma de quinientos mil pesos, equivalente a una participación social del cinco por ciento de los derechos sociales; y /b/ doña Claudia Andrea Taricco Mackay aportó y enteró, con anterioridad a este acto, y en dinero efectivo, la suma de nueve millones quinientos mil pesos, equivalente a una participación social del noventa y cinco por ciento de los derechos sociales.”. Y (iii) Modificación de la Administración: Por último, los socios modificaron el artículo noveno de la sociedad, acordando reemplazar la sección del artículo noveno de los estatutos sociales que señala “La representación de la sociedad, su administración y el uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente al socio Leonardo Carvallo Donoso, quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Sin que la enumeración que sigue sea limitativa o taxativa de sus facultades, sino meramente enunciativa, podrá…” por la que sigue: “La representación de la sociedad, su administración y el uso de la razón social corresponderá individual e indistintamente a don Leonardo Carvallo Donoso, y a doña Claudia Andrea Taricco Mackay, quienes actuando en la forma indicada y anteponiendo su firma a la razón social, la representarán y administrarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Sin que la enumeración que sigue sea limitativa o taxativa de sus facultades, sino meramente enunciativa, podrán…”, manteniéndose vigente toda la enumeración no taxativa, sino meramente enunciativa, de las facultades que en ese mismo artículo noveno se otorgan a los administradores. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 31 de agosto de 2023.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
ASESORÍAS CARVALLO Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 2373231
