Turismo Patagonia Verde Limitada
Informações tributárias (SII)
Tipo de entidade
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedade
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Início de atividades
Sem início de atividades informado pelo SII
Atividades econômicas
Sem atividades econômicas registradas no SII
Documentos timbrados
Sem documentos timbrados registrados no SII
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
la explotación turística de centros de recreación, hoteles, cabañas y ramos similares, en predios propios o ajenos, explotación de agencias de viajes, de turismo, de organización de expediciones y servicios de guía y la ejecución y desarrollo de toda clase de construcciones, obras civiles, obras eléctricas y proyectos de infraestructura, públicos o privados, por cuenta propia o de terceros. Podrá también realizar las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
AGRÍCOLA Y FORESTAL QUICHITUÉ LIMITADA Socio | - | - | - |
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior SERGIO ARENAS BENONI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en La Cisterna, Gran Avenida José Miguel Carrera 7930, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 01 de junio de 2026, Rep. N°10.111-2026, ante mí, don ROBERTO LUIS EDWARDS SMITH y la sociedad AGRÍCOLA Y FORESTAL QUICHITUÉ LIMITADA, todos domiciliados para estos efectos, en Sector El Azul sin número, comuna de Futaleufú, Región de Los Lagos, de paso en ésta, Región Metropolitana, celebraron “Modificación de sociedad Turismo Patagonia Verde Limitada”, sociedad inscrita a fojas 7 Vta. número 5 Reg. Com. CBR Futaleufú año 2019, y acordaron: I. Modificación de Estatutos Sociales: reemplazar las cláusulas cuarta, séptima, décima, relativas al objeto, reparto de utilidades y duración y además incorporar la cláusula décimo séptima, todos de los estatutos sociales, reemplazándolos por los del siguiente tenor extractado: ““ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la sociedad será: la explotación turística de centros de recreación, hoteles, cabañas y ramos similares, en predios propios o ajenos, explotación de agencias de viajes, de turismo, de organización de expediciones y servicios de guía y la ejecución y desarrollo de toda clase de construcciones, obras civiles, obras eléctricas y proyectos de infraestructura, públicos o privados, por cuenta propia o de terceros. Podrá también realizar las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.”, “ARTÍCULO SÉPTIMO: Cuando corresponda repartir utilidades, éstas se distribuirán entre los socios a prorrata de sus derechos sociales. Las utilidades solo podrán pagarse con cargo a utilidades líquidas del respectivo ejercicio o a utilidades retenidas provenientes de balances previamente aprobados por los socios. Con todo, salvo acuerdo por unanimidad de los socios, la utilidad a repartir será el uno por ciento de la utilidad líquida del ejercicio respectivo.”, “ARTÍCULO DÉCIMO: La duración de la sociedad será de treinta y cinco años contados desde la fecha de la presente escritura de modificación social de veinte de mayo de dos mil veintiséis, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento.”, “ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: En caso de fallecimiento del socio administrador, circunstancia que será necesario acreditar frente a terceros, éste será reemplazado en su calidad de administrador por doña MARÍA CAROLINA EDWARDS VALDÉS, doña MARÍA DE LOS ÁNGELES EDWARDS VALDÉS, don ROBERTO JOSÉ EDWARDS VALDÉS, don RAFAEL JOSÉ EDWARDS VALDÉS y doña MARÍA PAZ EDWARDS VALDÉS, quienes actuando conjuntamente al menos cuatro cualesquiera de ellos, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Cisterna, 17 de junio de 2026. S. Arenas B. Notario Público.
Informações societárias
Objeto social
la explotación turística de centros de recreación, hoteles, cabañas y ramos similares, en predios propios o ajenos, explotación de agencias de viajes, de turismo, de organización de expediciones y servicios de guía y la ejecución y desarrollo de toda clase de construcciones, obras civiles, obras eléctricas y proyectos de infraestructura, públicos o privados, por cuenta propia o de terceros. Podrá también realizar las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
AGRÍCOLA Y FORESTAL QUICHITUÉ LIMITADA Socio | - | - | - |
Administradores (5)
MARÍA DE LOS ÁNGELES EDWARDS VALDÉS
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior SERGIO ARENAS BENONI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en La Cisterna, Gran Avenida José Miguel Carrera 7930, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 01 de junio de 2026, Rep. N°10.111-2026, ante mí, don ROBERTO LUIS EDWARDS SMITH y la sociedad AGRÍCOLA Y FORESTAL QUICHITUÉ LIMITADA, todos domiciliados para estos efectos, en Sector El Azul sin número, comuna de Futaleufú, Región de Los Lagos, de paso en ésta, Región Metropolitana, celebraron “Modificación de sociedad Turismo Patagonia Verde Limitada”, sociedad inscrita a fojas 20 número 15 Reg. Com. CBR Chaitén año 2012, y acordaron: I. Modificación de Estatutos Sociales: reemplazar las cláusulas cuarta, séptima, décima, relativas al objeto, reparto de utilidades y duración y además incorporar la cláusula décimo séptima, todos de los estatutos sociales, reemplazándolos por los del siguiente tenor extractado: ““ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la sociedad será: la explotación turística de centros de recreación, hoteles, cabañas y ramos similares, en predios propios o ajenos, explotación de agencias de viajes, de turismo, de organización de expediciones y servicios de guía y la ejecución y desarrollo de toda clase de construcciones, obras civiles, obras eléctricas y proyectos de infraestructura, públicos o privados, por cuenta propia o de terceros. Podrá también realizar las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.”, “ARTÍCULO SÉPTIMO: Cuando corresponda repartir utilidades, éstas se distribuirán entre los socios a prorrata de sus derechos sociales. Las utilidades solo podrán pagarse con cargo a utilidades líquidas del respectivo ejercicio o a utilidades retenidas provenientes de balances previamente aprobados por los socios. Con todo, salvo acuerdo por unanimidad de los socios, la utilidad a repartir será el uno por ciento de la utilidad líquida del ejercicio respectivo.”, “ARTÍCULO DÉCIMO: La duración de la sociedad será de treinta y cinco años contados desde la fecha de la presente escritura de modificación social de veinte de mayo de dos mil veintiséis, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento.”, “ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: En caso de fallecimiento del socio administrador, circunstancia que será necesario acreditar frente a terceros, éste será reemplazado en su calidad de administrador por doña MARÍA CAROLINA EDWARDS VALDÉS, doña MARÍA DE LOS ÁNGELES EDWARDS VALDÉS, don ROBERTO JOSÉ EDWARDS VALDÉS, don RAFAEL JOSÉ EDWARDS VALDÉS y doña MARÍA PAZ EDWARDS VALDÉS, quienes actuando conjuntamente al menos cuatro cualesquiera de ellos, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Cisterna, 08 de junio de 2026. S. Arenas B. Notario Público.
Informações societárias
Objeto social
La explotación turística de centros de recreación, hoteles, cabañas y ramos similares, en predios propios o ajenos, explotación de agencias de viajes, de turismo, de organización de expediciones y servicios de guía. Podrá también realizar las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.
Capital
Capital total
$2.000.000.000
Capital integralizado
$1.000.000
Capital pendente
$1.999.000.000
Ações
2.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 99.95% | $1.999.010.000 |
Socio | - | 0.5% | $990.000 |
Administradores (1)
Texto oficial do extrato
SERGIO WALDO ARENAS BENONI, Notario Público Titular de San Miguel con asiento en La Cisterna, Gran Avenida José Miguel Carrera número 8006, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de mayo de 2023, Repertorio N° 17.921 - 2023, ante mí, ROBERTO LUIS EDWARDS SMITH y la sociedad INVERSIONES QUICHITUÉ SpA, ambos domiciliados para estos efectos en Rosario Norte N° 555, oficina 2001, comuna de Las Condes, de paso en ésta, Región Metropolitana, celebraron “Aumento de Capital y Transformación de sociedad TURISMO PATAGONIA VERDE SpA a TURISMO PATAGONIA VERDE LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 20 número 15 Reg. Com. CBR Chaitén año 2012, y posteriormente reinscrita a fojas 7 vuelta número 5 Reg. Com. CBR Futaleufú año 2019. Acordaron lo siguiente: I. Aumento de Capital. Aumentar capital social de $1.200.000.000 a la suma de $2.000.000.000, el que se materializará mediante la emisión de 800.000 acciones Serie B. Como consecuencia, socios modifican artículo quinto y primero transitorio de estatutos sociales, relativos al capital social, el cual será la cantidad de $2.000.000.000, dividido en 2.000.000 de acciones nominativas, sin valor nominal, de 2 series denominadas Serie A y Serie B, íntegramente suscrito, de los cuales $1.000.000 se encuentran pagados, y $1.999.000.000 se pagarán plazo 5 años desde fecha escritura extractada, debidamente reajustados. II. Transformación de Sociedad. Transformar la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada y otorgar el estatuto de la sociedad bajo su nueva forma social, el que se extracta a continuación: Razón Social: El nombre o razón social será TURISMO PATAGONIA VERDE LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de PATAGONIA VERDE LTDA. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Futaleufú, Décima Región de Los Lagos, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será la explotación turística de centros de recreación, hoteles, cabañas y ramos similares, en predios propios o ajenos, explotación de agencias de viajes, de turismo, de organización de expediciones y servicios de guía. Podrá también realizar las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Capital: $2.000.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) ROBERTO LUIS EDWARDS SMITH aporta la suma de $1.999.010.000, equivalentes al 99,95% aproximadamente del capital social, de los cuales la suma de $10.000 se pagó y enteró íntegramente a las arcas sociales con anterioridad a fecha escritura extractada, y la suma de $1.999.000.000 se pagará y enterará en el plazo máximo de 5 años contados desde fecha escritura extractada, debidamente reajustado conforme la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor entre dicha fecha y el día de pago efectivo; y, b) INVERSIONES QUICHITUÉ SpA aporta la suma de $990.000, equivalentes al 0,5% aproximadamente del capital social, suma que se pagó y enteró íntegramente a las arcas sociales con anterioridad a fecha escritura extractada. Administración y Uso de Razón Social: Corresponderá a don ROBERTO LUIS EDWARDS SMITH, quien actuando de forma individual y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades y poderes descritos en pacto social. Duración: El plazo de duración de la sociedad será de 5 años contados desde fecha escritura extractada, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que por acuerdo unánime los socios manifestaren su intención de poner término a la sociedad mediante declaración de voluntad efectuada por escritura pública, anotada al margen de la inscripción del extracto de esta sociedad en el Registro de Comercio de Santiago, o en aquel donde figure inscrita la sociedad, todo ello con una anticipación mínima de 6 meses contados desde el término del plazo primitivo o de una de sus prórrogas tácitas. Demás cláusulas constan en escritura extractada. La Cisterna, 13 de junio de 2023. S. Arenas B. Notario Público.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
TURISMO PATAGONIA VERDE LIMITADA
CVE 2829762
- MODIFICACIÓN
TURISMO PATAGONIA VERDE LIMITADA
CVE 2827033
- MODIFICACIÓN
Turismo Patagonia Verde SpA
CVE 2337940
