Gastronomica Mav Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$42.500.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Carlos Omar Rancussi Santelices Socio 10.xxx.xxx-5 | 10.xxx.xxx-5 | 95% | - |
Socio | - | 5% | - |
Administradores (1)
Carlos Omar Rancussi Santelices
Histórico societário relatado
- Cessão de direitos
Martín Agustín Galleano cede íntegramente sus derechos sociales a Carlos Omar Rancussi Santelices.
- Cessão de direitos
María Angela Galleano Furnari cede el 90% de sus derechos a Carlos Omar Rancussi Santelices y el 5% a Margarita Elena Godoy Muñoz.
María Angela Galleano Furnari · Carlos Omar Rancussi Santelices · Margarita Elena Godoy Muñoz
Texto oficial do extrato
HUMBERTO PRIETO CONCHA, Notario Público suplente del titular de la 43ª. Notaría de Santiago, don Juan Ricardo San Martín Urrejola, Huérfanos 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública 5 de diciembre 2018, ante mí titular, doña MARÍA ANGELA GALLEANO FURNARI, ingeniera comercial, cédula de identidad para extranjeros N° 21.157.225-6, esta ciudad, San Pablo 1362, local 2, Santiago ; don MARTIN AGUSTIN GALLEANO, empleado, cédula de identidad para extranjeros N° 23.277.495-9, esta ciudad, San Pablo 1362, Santiago; don CARLOS OMAR RANCUSSI SANTELICES, comerciante, cédula de identidad N° 10.866.063-5 esta ciudad, José Joaquín Vallejos N° 1457, depto. 701, San Miguel, de paso en ésta; y doña MARGARITA ELENA GODOY MUÑOZ, labores de casa, esta ciudad, José Joaquín Vallejos N° 1457, depto. 701, San Miguel, de paso en ésta, modificaron sociedad comercial de responsabilidad limitada “GASTRONOMICA MAV LIMITADA”, inscrita a fojas 67.417, número 46.853 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2012. Modificación consiste en: 1) Se retira don Martín Agustín Galleano, quien vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en ella, representativos de un cinco por ciento del interés social a don Carlos Omar Rancussi Santelices, quien los compra, acepta y adquiere para sí, ingresando a la sociedad. Por su parte, doña María Angela Galleano Furnari, quien también se retira, vende, cede y transfiere a don Carlos Omar Rancussi Santelices, quien lo compra, acepta y adquiere para sí un noventa por ciento del interés social de que es titular la primera, ingresando el cesionario a la sociedad y asimismo, a doña Margarita Elena Godoy Muñoz, quien lo compra, acepta y adquiere para sí un cinco por ciento del interés social de que es titular la primera, ingresando el cesionario a la sociedad. El precio y forma de pago del precio de las cesiones se expresa en la escritura extractada. 2) Quedan como únicos socios don Carlos Omar Rancussi Santelices y doña Elena Margarita Godoy Muñoz, quienes acuerdan aumentar el capital social, que actualmente asciende a la suma de diecisiete millones quinientos mil pesos a la suma de treinta y dos millones doscientos mil pesos. El aumento ascendente a catorce millones setecientos mil pesos es íntegramente suscrito por el socios en la misma proporción en que son actualmente titulares del interés social, esto es la suma de trece millones novecientos sesenta y cinco mil pesos por el socio señor Carlos Omar Rancussi Santelices y la suma de setecientos treinta y cinco mil pesos, la socia señora Elena Margarita Godoy Muñoz, sumas que pagan, en este acto, en dinero, ingresadas en la caja social. Los socios acuerdan modificar la cláusula Cuarta del estatuto vigente, en el sentido que el capital de la sociedad es la suma de cuarenta y dos millones quinientos mil pesos, que los socios han aportado, en un noventa y cinco por ciento don Carlos Omar Rancussi Santelices y en un cinco por ciento doña Elena Margarita Godoy Muñoz. 3) Asimismo, actuales únicos socios acuerdan modificar la cláusula Quinta, sobre administración y uso de la razón social, las que corresponderán, exclusivamente, al socio señor Carlos Omar Rancussi Santelices, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las facultades que señala escritura que extracto. 4) En lo no modificado por escritura extractada se mantienen plenamente válidas y vigentes las cláusulas y estipulaciones contenidas en la escritura de constitución de la sociedad y su anterior modificación. Santiago, 18 de diciembre de 2018. Humberto Prieto Concha. Notario Público Suplente 43a Notaria Santiago.
Informações societárias
Capital
Capital total
$32.200.000
Representação legal (4)
Histórico societário relatado
- Mudança de capital· 5 de dezembro de 2018
Se rectifica el aumento de capital, corrigiendo el monto final a $32.200.000.
- Outro ato· 5 de dezembro de 2018
Se corrige el nombre de la socia para que diga Margarita Elena en lugar de Elena Margarita.
Texto oficial do extrato
HUMBERTO PRIETO CONCHA, abogado, Notario Público Suplente del titular de la 43ª. Notaría de Santiago, don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Huérfanos 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico escritura pública de 21 de diciembre de 2018, ante mí, don Oscar Hernán Gajardo Swinburn, abogado, cédula de identidad N° 4.945.437-6 esta ciudad calle Paseo Sótero del Rio 326, oficina 1206, Santiago, en representación de doña MARÍA ANGELA GALLEANO FURNARI, ingeniera comercial, cédula de identidad para extranjeros N° 21.157.225-6, esta ciudad, calle San Pablo 1362, local dos, Santiago; de don MARTIN AGUSTIN GALLEANO, empleado, cédula de identidad para extranjeros N° 23.277.495-9 esta ciudad, calle San Pablo 1362; de don CARLOS OMAR RANCUSSI SANTELICES, comerciante, cédula de identidad N° 10.866.063-5, esta ciudad, José Joaquín Vallejos 1457, departamento 701, San Miguel, de paso en ésta; y de doña MARGARITA ELENA GODOY MUÑOZ, chilena, labores de casa, esta ciudad, José Joaquín Vallejos 1457, departamento 701, rectificó escritura pública otorgada con fecha cinco de diciembre de dos mil dieciocho, en esta Notaría bajo repertorio 70.459-2018, por la que se modificó la sociedad “GASTRONOMICA MAV LIMITADA”, en el sentido que al acordar el aumento de capital a que dicha escritura se refiere se incurrió en errores de digitación tanto al señalarse que el nombre de la socia era “Elena Margarita”, debiendo decir “Margarita Elena”, así también como al expresarse la suma a que, como consecuencia del referido aumento, ascendía dicho capital, señalándose que éste era de “cuarenta y dos millones quinientos mil pesos”, en circunstancia que debió decir “treinta y dos millones doscientos mil pesos”. Santiago, 26 de diciembre de 2018. Humberto Prieto Concha. Notario Suplente. Santiago.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
GASTRONOMICA MAV LIMITADA
CVE 1522683
- MODIFICACIÓN
GASTRONOMICA MAV LIMITADA
CVE 1522681
